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Document 32001R1207R(01)

Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1207/2001 del Consejo, de 11 de junio de 2001, relativo al procedimiento destinado a facilitar la expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR.1, la extensión de las declaraciones en factura y de los formularios EUR.2 y la expedición de determinadas autorizaciones de exportador autorizado en aplicación de las disposiciones que regulan los intercambios preferenciales entre la Comunidad Europea y determinados países, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 3351/83 (DO L 165 de 21.6.2001)

OJ L 170, 29.6.2002, p. 88–92 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/1207/corrigendum/2002-06-29/oj

32001R1207R(01)

Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1207/2001 del Consejo, de 11 de junio de 2001, relativo al procedimiento destinado a facilitar la expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR.1, la extensión de las declaraciones en factura y de los formularios EUR.2 y la expedición de determinadas autorizaciones de exportador autorizado en aplicación de las disposiciones que regulan los intercambios preferenciales entre la Comunidad Europea y determinados países, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 3351/83 (DO L 165 de 21.6.2001)

Diario Oficial n° L 170 de 29/06/2002 p. 0088 - 0092


Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1207/2001 del Consejo, de 11 de junio de 2001, relativo al procedimiento destinado a facilitar la expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR.1, la extensión de las declaraciones en factura y de los formularios EUR.2 y la expedición de determinadas autorizaciones de exportador autorizado en aplicación de las disposiciones que regulan los intercambios preferenciales entre la Comunidad Europea y determinados países, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 3351/83

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 165 de 21 de junio de 2001)

En la página 5, en el anexo II, en el título:

en lugar de: "Declaración a largo plazo para productos [...]",

léase: "Declaración a largo plazo del proveedor para productos [...]".

En las páginas 8-12, en el anexo V: El anexo se sustituirá por las páginas siguientes.

"ANEXO V

CERTIFICADO DE INFORMACIÓN INF 4 Y SOLICITUD DE UN CERTIFICADO DE INFORMACIÓN INF 4

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPRESIÓN

1. El formulario en el que se expide el certificado de información INF 4 se imprimirá en papel blanco, encolado para escritura, sin pasta mecánica y con un peso entre 40 y 65 gramos por m2.

2. El tamaño del formulario será de 210 × 297 milímetros.

3. La impresión de los formularios será responsabilidad de los Estados miembros; los formularios deberán llevar un número de serie que permita identificarlo. Los formularios se imprimirán en una de las lenguas oficiales de la Comunidad.

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