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Document 62016CA0347

Asunto C-347/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 26 de octubre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad — Bulgaria) — Balgarska energiyna borsa AD (BEB) / Komisia za energiyno i vodno regulirane (KEVR) [Procedimiento prejudicial — Artículos 101 TFUE y 102 TFUE — Directiva 2009/72/CE — Artículos 9, 10, 13 y 14 — Reglamento (CE) n.° 714/2009 — Artículo 3 — Reglamento (UE) n.° 1227/2011 — Artículo 2, punto 3 — Reglamento (UE) 2015/1222 — Artículo 1, apartado 3 — Certificación y designación de los gestores de transporte independientes — Restricciones al número de personas a las que en territorio nacional se puede conceder licencia de transporte de electricidad]

OJ C 437, 18.12.2017, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

18.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 437/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 26 de octubre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad — Bulgaria) — Balgarska energiyna borsa AD (BEB) / Komisia za energiyno i vodno regulirane (KEVR)

(Asunto C-347/16) (1)

([Procedimiento prejudicial - Artículos 101 TFUE y 102 TFUE - Directiva 2009/72/CE - Artículos 9, 10, 13 y 14 - Reglamento (CE) n.o 714/2009 - Artículo 3 - Reglamento (UE) n.o 1227/2011 - Artículo 2, punto 3 - Reglamento (UE) 2015/1222 - Artículo 1, apartado 3 - Certificación y designación de los gestores de transporte independientes - Restricciones al número de personas a las que en territorio nacional se puede conceder licencia de transporte de electricidad])

(2017/C 437/13)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Sofia-grad

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Balgarska energiyna borsa AD (BEB)

Demandada: Komisia za energiyno i vodno regulirane (KEVR)

Fallo

Los artículos 9, 10, 13 y 14 de la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE, el artículo 3 del Reglamento (CE) n.o 714/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a las condiciones de acceso a la red para el comercio transfronterizo de electricidad y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1228/2003, el artículo 2, punto 3, en relación con el considerando 3, del Reglamento (UE) n.o 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía, y el artículo 1, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/1222 de la Comisión, de 24 de julio de 2015, por el que se establece una directriz sobre la asignación de capacidad y la gestión de las congestiones, no se oponen, en circunstancias como las del asunto principal, a que la normativa nacional fije restricciones al número de personas a las que en un territorio determinado se puede conceder licencia de transporte de electricidad.


(1)  DO C 326 de 5.9.2016.


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