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Document 52017TA1206(30)

Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2016, acompañado de la respuesta de la Oficina

OJ C 417, 6.12.2017, p. 187–193 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 417/187


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2016, acompañado de la respuesta de la Oficina

(2017/C 417/30)

INTRODUCCIÓN

1.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (conocida como «OPIUE» y denominada en lo sucesivo «Oficina»), denominada «Oficina de Armonización del Mercado Interior» («OHIM») hasta el 23 de marzo de 2016, se creó en virtud del Reglamento (CE) n.o 207/2009 (1), modificado en último lugar por el Reglamento (UE) 2015/2424 (2). Tiene su sede en Alicante y su actividad principal consiste en registrar marcas de la UE y diseños y modelos comunitarios registrados, válidos en toda la Unión.

2.

El cuadro presenta las cifras clave de la Oficina (3).

Cuadro

Cifras clave de la Oficina

 

2015

2016

Presupuesto (millones de euros) (4)

384,2

421,3

Efectivos a 31 de diciembre

848

910

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Oficina, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

OPINIÓN

4.

El Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas de la Oficina, que comprenden los estados financieros (5) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (6) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas,

de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Fiabilidad de las cuentas

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

5.

En opinión del Tribunal, las cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Oficina a 31 de diciembre de 2016 (los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha) conforme a lo dispuesto en el Reglamento Financiero y en las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión; estas últimas están basadas en las normas de contabilidad aceptadas internacionalmente para el sector público.

Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

Ingresos

Opinión sobre la legalidad y regularidad de los ingresos subyacentes a las cuentas

6.

En opinión del Tribunal, los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

Pagos

Opinión sobre la legalidad y regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas

7.

En opinión del Tribunal, los pagos subyacentes a las cuentas del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2016 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

Responsabilidades de la dirección y de los encargados de la gobernanza

8.

De conformidad con los artículos 310 a 325 del TFUE y con el reglamento financiero de la Oficina, la dirección es responsable de la preparación y presentación de las cuentas basada en las normas de contabilidad internacionalmente aceptadas para el sector público, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. Esta responsabilidad consiste en crear, aplicar y mantener un sistema de controles internos propicio a la preparación y presentación de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error. La dirección debe también garantizar que las actividades, las operaciones financieras y la información reflejada en los estados financieros son conformes a las normas por las que se rigen. La dirección de la Oficina es responsable en última instancia de la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas.

9.

Durante la preparación de las cuentas, la dirección debe evaluar la viabilidad comercial de la Oficina, lo que incluye presentar, según proceda, las cuestiones relacionadas con la continuación de actividades, además de partir de la hipótesis de empresa en funcionamiento.

10.

Los encargados de la gobernanza, por su parte, supervisan el proceso de elaboración de informes financieros de la entidad.

Responsabilidades del auditor en la fiscalización de las cuentas y operaciones subyacentes

11.

Los objetivos del Tribunal son, por un lado, obtener garantías razonables de que las cuentas de la Oficina estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares y, por otro, presentar al Parlamento Europeo y al Consejo, o a las autoridades responsables de aprobación de la gestión, en su caso, sobre la base de la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Aunque las garantías razonables ofrecen un elevado nivel de fiabilidad, no implican que las fiscalizaciones vayan a detectar siempre las incorrecciones materiales o la falta de cumplimiento. Las incorrecciones pueden ser consecuencia del fraude o un error y reciben la consideración de materiales cuando, ya sea de forma individual o conjunta, podrían influir las decisiones económicas de los usuarios, fundadas en estas cuentas.

12.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas, y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. La selección de estos procedimientos depende del criterio profesional del auditor, que se basa en una valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas o de que las operaciones subyacentes incumplan de manera significativa los requisitos previstos en el marco jurídico de la Unión Europea, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tienen en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias, pero no de expresar una opinión sobre la eficacia de los controles internos. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables efectuadas por la dirección, así como la evaluación de la presentación general de los estados financieros.

13.

En lo relativo a los ingresos, el Tribunal examina las subvenciones procedentes de la Comisión y evalúa los procedimientos de la Oficina para recaudar tasas y otro tipo de ingresos, si procede.

14.

En el caso de los gastos, el Tribunal examina las operaciones de pagos cuando los gastos se han efectuado, registrado y aceptado. Los pagos de anticipos se examinan cuando el receptor de los fondos justifica que su utilización es adecuada y la Oficina acepta dicha justificación liquidando el pago del anticipo, ya sea en el mismo ejercicio o posteriormente.

Otros comentarios

15.

Sin que ello suponga cuestionar su opinión, el Tribunal quiere hacer hincapié en que el Reino Unido notificó al Consejo Europeo el 29 de marzo de 2017 su decisión de abandonar la Unión Europea; a partir de entonces se negociará un acuerdo en el que se establezcan las condiciones de su retirada. El presupuesto de la Oficina procede íntegramente de tasas aportadas por actores económicos que operan en la UE y cuya cuantía fluctúa anualmente en función del volumen de registros y renovaciones de marcas, diseños y modelos. Es posible que se produzca una reducción de los ingresos de la Oficina como consecuencia de la decisión de Reino Unido de abandonar la UE.

16.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan la opinión emitida por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA

17.

El porcentaje de ejecución presupuestaria de la Oficina fue reducido (89 %), lo que denota una estimación imprecisa de sus gastos en el presupuesto de 2016. La exigencia de un presupuesto exacto, con enmiendas en caso necesario, ha cobrado más importancia con las recientes modificaciones de los reglamentos de base y financiero de la Oficina por las que se establecen mecanismos tales como la asignación de excedentes a un fondo de reserva (7) y el mecanismo compensatorio relacionado (8), que están vinculados a los importes presupuestados.

COMENTARIOS EN MATERIA DE BUENA GESTIÓN FINANCIERA Y RENDIMIENTO

18.

En 2014, la Oficina convocó una licitación para celebrar un contrato marco de cuatro años con un volumen de mercado estimado de 30 millones de euros destinado a adquirir servicios de consultoría para una amplia gama de actividades: auditoría, gestión de proyectos y consultoría y realización de estudios generales, etc. Sin embargo, algunos aspectos del procedimiento de licitación y el uso consiguiente del contrato marco no se gestionaron correctamente. Así por ejemplo, no se especificaron suficientemente los objetivos y las actividades previstos para hacer una estimación exacta del volumen del contrato marco. Como consecuencia, en solo dos años y seis meses se había utilizado el importe íntegro del contrato. Por otro lado, pese a la gran variedad de los servicios contemplados y a la gran diversidad de los niveles de gasto según las actividades, no se hicieron lotes. De haberlos hecho, se habría fomentado la participación de empresas de menor tamaño en actividades de bajo valor. Por último, la Oficina solicitó ofertas de precio fijo a un único contratista dentro del contrato marco, con lo que se neutralizó la competencia de precios y se incrementó la dependencia respecto del contratista. La Oficina debería considerar la posibilidad de firmar acuerdos con múltiples proveedores convocando nuevas licitaciones siempre que sea necesario.

OTROS COMENTARIOS

19.

La misión de la Oficina de registrar marcas, diseños y modelos para el mercado único europeo lleva consigo un elevado volumen de trabajo de traducción. El reglamento constitutivo de la Oficina establece que el Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea («CDT») proporcionará los servicios de traducción necesarios para su funcionamiento, lo que convierte a la Oficina en el principal cliente del Centro. No obstante, a fin de mejorar su relación coste-eficacia y su eficiencia, la Oficina recurre cada vez más a soluciones internas, como memorias lingüísticas y de traducción y aplicaciones informáticas conexas. Ahora bien, desde una perspectiva de unión europea, esta situación podría resultar en una duplicación de esfuerzos y de los costes correspondientes.

SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

20.

En el anexo figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con ejercicios anteriores.

El presente Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Baudilio TOMÉ MUGURUZA, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 12 de septiembre de 2017.

Por el Tribunal de Cuentas

Klaus-Heiner LEHNE

Presidente


(1)  DO L 78 de 24.3.2009, p. 1.

(2)  DO L 341 de 24.12.2015, p. 21.

(3)  Las competencias y actividades de la Oficina se detallan en su sitio web: https://euipo.europa.eu

(4)  En el presupuesto se incluye la reserva para imprevistos.

Fuente: datos facilitados por la Oficina.

(5)  Los estados financieros consolidados comprenden el balance, el estado de resultados financieros, el estado de flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(6)  Los estados de la ejecución presupuestaria incluyen los estados agregados de todas las operaciones presupuestarias y las notas explicativas.

(7)  En el artículo 89, apartado 1, del reglamento financiero de la Oficina se establece la obligación de constituir una reserva financiera suficiente para garantizar la continuidad de sus actividades y el desempeño de sus funciones durante un año, es decir, un importe equivalente a los créditos estimados previstos en los títulos 1, 2 y 3 del presupuesto de la Oficina.

(8)  En los apartados 4 y 6 del artículo 139 del reglamento constitutivo se prevé que la Oficina compensará anualmente los costes en los que hayan incurrido las oficinas centrales de propiedad intelectual de los Estados miembros, la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux y toda autoridad competente que nombren los Estados miembros como resultado de las funciones específicas que ejerzan como partes funcionales del sistema de marcas de la Unión Europea, en el contexto de los diversos servicios y procedimientos; esta obligación se aplicará únicamente en la medida en que ese año no se produzcan déficits presupuestarios.


ANEXO

Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores

Año

Comentario del Tribunal

Estado de aplicación de la medida correctora

(Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

2013

La Oficina dispone de un plan de continuidad de actividades y de gestión de crisis en vigor que establece que aproximadamente veinticinco puestos han de estar ocupados permanentemente por trabajadores de guardia. Pese a que el comité presupuestario de la Oficina aprueba cada año los créditos presupuestarios por servicios de guardia, el importe abonado en 2013 (402 458 euros) excede considerablemente del abonado por otras agencias que necesitan garantizar un servicio permanente.

Aplicada

2014

En su informe de 2013 sobre las cuentas anuales de la Oficina, el Tribunal cuestionó la cuantía de las indemnizaciones por guardias realizadas que se habían abonado (0,40  millones de euros). Estos pagos se incrementaron en 2014 (0,44  millones de euros). En noviembre de 2014, la Oficina revisó su política y redujo el número de funciones con derecho este tipo de indemnizaciones de 25 a 17, de modo que el efecto financiero de esta medida se manifestaría en 2015 (1). Un total de nueve agentes, de los cuales siete eran gestores, recibieron más de 11 000 euros cada uno en indemnizaciones por guardias realizadas.

Aplicada

2015

El nivel de créditos comprometidos prorrogados a 2016 fue elevado en el título III, donde se situó en 12,9  millones de euros, o sea, el 36 % (frente a 14,1  millones de euros, es decir, el 38 % en 2014). Estas prórrogas corresponden principalmente a acuerdos de cooperación con las oficinas nacionales que no presentan las declaraciones de gastos hasta después del final del ejercicio.

Sin objeto

2015

La contratación de servicios externos mediante procedimiento negociado sin publicidad limita la competencia a una única parte negociadora, por lo que solo debe recurrirse a él en circunstancias excepcionales. En 2015, la Oficina prorrogó seis contratos marco con servicios adicionales por valor de 1,9  millones de euros (frente a doce contratos marco con servicios adicionales por valor de 12,6  millones de euros en 2014) (2). El recurso a este procedimiento por parte de la Oficina no puede considerarse «excepcional» debido al número, valor y frecuencia de dichos contratos y tampoco se ajustó plenamente a los requisitos formales establecidos (3).

Aplicada

2015

La Oficina reembolsa en su totalidad o en parte el salario bruto de los expertos nacionales en comisión de servicio a sus empleadores, lo cual se aparta de la práctica de la Comisión de que el empleador de los expertos nacionales en comisión de servicio se compromete a seguir abonándoles su retribución.

Aplicada

2015

A 31 de diciembre de 2015, nueve miembros del personal de la Oficina fueron destinados a la Sala de recurso de la misma en interés del servicio, pese a que en el Estatuto de los funcionarios no se prevén estas comisiones de servicio (4).

Aplicada (5)


(1)  En 2015, la Oficina abonó 285 242 euros para servicios de guardia; 13 funciones tenían derecho a estas indemnizaciones.

(2)  Contratos marco prorrogados con arreglo al artículo 134, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión (DO L 362 de 31.12.2012, p. 1).

(3)  Según lo dispuesto en el artículo 134, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012.

(4)  Artículo 37, letra a) del Reglamento n.o 31 (CEE), n.o 11 (CEEA) del Consejo, de 18 de diciembre de 1961, por el que se establecen el Estatuto de los funcionarios y el Régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385/62).

(5)  En 2016, la Oficina ha tomado medidas adicionales para garantizar la independencia de la Sala de Recursos.


RESPUESTA DE LA OFICINA

17.

La Oficina está de acuerdo en que la exactitud del presupuesto de la Oficina ha adquirido mayor importancia a raíz de las recientes modificaciones de sus reglamentos de base y financiero, por las que se establecen mecanismos tales como la asignación de excedentes a un fondo de reserva, el umbral de las actividades de cooperación de la UE y el mecanismo compensatorio, dado que están vinculados a las cantidades presupuestadas. Por esta razón, la Oficina pondrá especial énfasis en la elaboración de presupuestos más precisos en el futuro y, cuando sea necesario, con presupuestos modificados que se presentarán a los órganos de gobierno de la Oficina en un momento conveniente que preserve el carácter predictivo del presupuesto.

18.

La Oficina toma buena nota de las observaciones del Tribunal.

La estimación inicial del volumen del contrato marco fue difícil de calcular en el momento de la licitación, ya que la especificación de los objetivos y actividades que abarcasen los dos últimos años del contrato estaban directamente vinculados al Plan Estratégico 2020 (1) (SP2020), que por entonces todavía no se había detallado ni desarrollado. Sin embargo, cabe señalar que esto se rectificó en los siguientes contratos marco, donde las estimaciones de volumen corresponden a una lista detallada de las actividades subyacentes.

En cuanto a la posible utilización de lotes, la Oficina lo tendrá en cuenta con vista a futuras licitaciones de este tipo.

En cuanto a la observación del Tribunal sobre la cuestión de la competencia neutralizada con respecto a los precios y el aumento de la dependencia con respecto al contratista como consecuencia de la solicitud de ofertas de precio fijo a un único contratista, cabe señalar que solo el 50 % de los contratos específicos firmados en virtud de este contrato marco son de precio fijo. En este contexto, la Oficina había creado un equipo especializado en la gestión de contratos en el conjunto de la Oficina al igual que había establecido un marco para la gestión de proveedores que le permite evaluar la corrección de la oferta de precio fijo y, en su caso, volver a otro mecanismo de contrato como los «Tiempos y medios materiales presupuestados (QTM)» o, como último recurso, a los «Tiempos y medios materiales». Además, la reapertura del mecanismo de competencia entraña mayores gastos administrativos y requiere más tiempo que otras soluciones.

Asimismo, con vista a nuevos contratos marco, la Oficina utilizará un contrato marco múltiple mixto, parte mediante el sistema de cascada, y parte mediante reapertura con respecto a los servicios de este tipo.

19.

Considerando que los actos de base tanto del CdT como de la EUIPO solo establecen que el CdT proporcionará los servicios de traducción que la entidad necesita para funcionar, la EUIPO cuenta con los servicios del CdT no solo para todas las traducciones necesarias mencionadas, sino también para varias tareas adicionales, incluidos trabajos de edición y terminología. No obstante, al igual que cualquier otra agencia u órgano europeo, la Oficina se rige por el principio de buena gestión financiera y considera que el pago de traducciones que ya se han solicitado y remunerado en el pasado no se ajusta a dicho principio.

Como señaló el Tribunal de Cuentas, la EUIPO sigue siendo el principal cliente del CdT, habiendo aportado más de la mitad de los ingresos de este en 2016, a pesar de que la Oficina esté utilizando memorias de traducción sobre propiedad intelectual (2) que se nutren de los registros de traducciones sobre propiedad intelectual de los últimos veinte años. En 2016, el 96 % de los términos necesarios para las traducciones sobre propiedad intelectual pudieron encontrarse mediante dichas memorias. El 4 % de las traducciones sobre propiedad intelectual que eran necesarias y requirieron los servicios del CdT tuvieron un coste para la Oficina de 15,5 millones EUR.

De conformidad con su misión, la EUIPO siempre ha procurado ofrecer a los usuarios de propiedad intelectual la mejor calidad al menor precio posible a fin de apoyar a las empresas de la UE. A este respecto, la Oficina ha reducido las tasas en concepto de marca en más del 50 %, lo que beneficia claramente a nuestros usuarios, en particular a las pyme. Los ahorros relacionados con la práctica anterior desempeñaron un papel importante en esta notable reducción.

En cuanto a la preocupación expresada por el Tribunal de Cuentas con respecto a la posible duplicación de esfuerzos y de los costes relacionados a nivel de la Unión Europea, la Oficina considera que el mantenimiento y la reutilización de los registros disponibles de la EUIPO no suponen ni un esfuerzo ni un coste excesivo. La Oficina reflexiona continuamente sobre nuevas formas de garantizar la rentabilidad dentro del marco jurídico existente.

El CdT es un socio clave en el cumplimiento de la misión de la Oficina, por lo que, habida cuenta de los avances en el ámbito de la traducción automatizada, la Oficina considera fundamental que se tomen medidas conjuntamente dado el interés estratégico mutuo en un futuro próximo y previsible para así lograr un modelo de negocio moderno y sostenible que beneficie de manera justa a todas las partes implicadas.


(1)  El Plan Estratégico 2020 es un programa de trabajo plurianual que abarca actividades y proyectos para el período 2016-2020.

(2)  El uso de memorias de traducción se refiere a la reutilización de traducciones disponibles, la cual se denomina «pretraducción» en los hechos.


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