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Document 62017CN0256
Case C-256/17: Request for a preliminary ruling from the Rechtbank Rotterdam (Netherlands) lodged on 15 May 2017 — Sandd B.V. v Autoriteit Consument en Markt (ACM)
Asunto C-256/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Rotterdam (Países Bajos) el 15 de mayo de 2017 — Sandd BV/Autoriteit Consument en Markt
Asunto C-256/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Rotterdam (Países Bajos) el 15 de mayo de 2017 — Sandd BV/Autoriteit Consument en Markt
OJ C 256, 7.8.2017, p. 7–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.8.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 256/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Rotterdam (Países Bajos) el 15 de mayo de 2017 — Sandd BV/Autoriteit Consument en Markt
(Asunto C-256/17)
(2017/C 256/06)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank Rotterdam
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Sandd BV
Demandada: Autoriteit Consument en Markt
Otra parte: Koninklijke PostNL BV
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 97/67/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio, en su versión modificada por la Directiva 2008/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, por la que se modifica la Directiva 97/67/CE (2) en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios (Directiva Postal), en el sentido de que se deduce de dicha disposición que la normativa legislativa o reglamentaria nacional debe prever que el proveedor o proveedores del servicio universal llevarán en sus sistemas de contabilidad interna cuentas separadas de cada uno de los servicios y productos que forman parte del servicio universal, de modo que se pueda diferenciar claramente entre cada uno los servicios y productos que forman parte del servicio universal y los demás servicios y productos que no forman parte del mismo, o bien se deduce únicamente de esta disposición que el sistema de contabilidad deberá distinguir entre, por un lado, los servicios y productos que forman parte del servicio universal y, por otro, los servicios y productos que no forman parte del mismo? |
2) |
¿Debe interpretarse el artículo 12, inicio y segundo guion, de la Directiva 97/67/CE […], en su versión modificada por la Directiva 2008/6/CE […], en el sentido de que el precio de cada servicio específico que forma parte del servicio universal deberá fijarse teniendo en cuenta los costes? |
3) |
¿Se opone la exigencia establecida en el artículo 12, inicio y segundo guion, de la Directiva 97/67/CE […], en su versión modificada por la Directiva 2008/6/CE […], según la cual los precios se fijarán teniendo en cuenta los costes y de modo que ofrezcan incentivos para la prestación eficiente del servicio universal, a que se establezca por tiempo indefinido un porcentaje de rentabilidad fijo mediante el cual aumentarán los costes del servicio postal universal con vistas a la franja de tarifas? |