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Document E2017P0003

Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2017 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-3/17)

OJ C 108, 6.4.2017, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.4.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/17


Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2017 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC

(Asunto E-3/17)

(2017/C 108/15)

El 1 de febrero de 2017, el Órgano de Vigilancia de la AELC, representado por Carsten Zatschler and Maria Moustakali, agentes de dicho Órgano, 35 Rue Belliard, 1040 Bruselas, Bélgica, interpuso ante el Tribunal de la AELC un recurso contra Islandia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal de la AELC lo siguiente:

1.

Al mantener en vigor un régimen de autorización para la carne y los productos cárnicos frescos, tal como se establece en el artículo 10 de la Ley n.o 25/1993 y en los artículos 3, 4 y 5 del Reglamento (IS) n.o 448/2012, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben derivadas del Acto mencionado en el punto 1.1.1 del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE, Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior, tal como fue modificado y adaptado al Acuerdo EEE por el Protocolo 1 del mismo y por las adaptaciones sectoriales del anexo I del mismo, y en particular el artículo 5 de dicha Directiva.

2.

Islandia soportará las costas del procedimiento.

Antecedentes de hecho, fundamentos de Derecho y motivos invocados:

El Órgano de Vigilancia de la AELC alega que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 89/662/CEE, al mantener en vigor un régimen de autorización para la importación, entre otras cosas, de carne y productos cárnicos frescos.

El Órgano de Vigilancia de la AELC alega que las normas relativas a los intercambios comerciales en el EEE de productos de origen animal y a los controles veterinarios están armonizadas a nivel del EEE. La Directiva 89/662/CEE del Consejo regula los controles veterinarios en el comercio en el EEE de productos de origen animal. Su objetivo principal es la eliminación de los controles veterinarios en las fronteras interiores del EEE, reforzando al mismo tiempo los controles efectuados en el lugar de origen. Las autoridades competentes del Estado del EEE de destino solo pueden controlar de forma aleatoria y no discriminatoria el cumplimiento de las disposiciones pertinentes del Derecho del EEE.

El Órgano de Vigilancia de la AELC alega que, al mantener en vigor el régimen de autorización para la importación de carne y productos cárnicos frescos, Islandia impone requisitos adicionales, que no están autorizados por la normativa armonizada a escala del EEE en materia de controles veterinarios.

De acuerdo con el Órgano de Vigilancia de la AELC, la no conformidad con el Derecho del EEE de esta imposición de requisitos adicionales ya ha sido reconocida por el Tribunal de la AELC en su sentencia en el asunto E-17/15 Ferskar kjötvörur ehf./Estado de Islandia.


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