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Document 62015FA0082

Asunto F-82/15: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 21 de julio de 2016 — De Nicola/BEI (Función pública — Personal del BEI — Seguro de enfermedad — Denegación de reembolso de gastos médicos — Terapia de láser — Falta de rigor científico del tratamiento — Modalidades de designación de un médico independiente — Colegio de médicos competente — Informe del médico independiente — Extensión del control jurisdiccional — Motivos de denegación del reembolso — Disposiciones internas en materia de seguro de enfermedad — Objetivo de la terapia de láser — Efectos lenitivos sobre el dolor — Autorización previa del médico asesor — Perjuicio material — Conclusiones prematuras — Perjuicio moral — Importe no precisado — Inadmisibilidad)

OJ C 364, 3.10.2016, p. 31–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.10.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 364/31


Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 21 de julio de 2016 — De Nicola/BEI

(Asunto F-82/15) (1)

((Función pública - Personal del BEI - Seguro de enfermedad - Denegación de reembolso de gastos médicos - Terapia de láser - Falta de rigor científico del tratamiento - Modalidades de designación de un médico independiente - Colegio de médicos competente - Informe del médico independiente - Extensión del control jurisdiccional - Motivos de denegación del reembolso - Disposiciones internas en materia de seguro de enfermedad - Objetivo de la terapia de láser - Efectos lenitivos sobre el dolor - Autorización previa del médico asesor - Perjuicio material - Conclusiones prematuras - Perjuicio moral - Importe no precisado - Inadmisibilidad))

(2016/C 364/36)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Carlo De Nicola (Strassen, Luxemburgo) (representantes: inicialmente L. Isola y G. Isola, abogados, posteriormente G. Ferabecoli, abogado)

Demandada: Banco Europeo de Inversiones (representantes: inicialmente G. Nuvoli y J.-P. Minnaert, agentes, A. Dal Ferro, abogado, posteriormente G. Faedo y G. Nuvoli, agentes, A. Dal Ferro, abogado)

Objeto

Pretensión de anulación, por un lado, de la decisión de no reembolsar los gastos en que incurrió el demandante para una terapia de láser seguida en 2007 y, por otro lado, de las decisiones consecutivas y conexas adoptadas por el Banco en 2014.

Fallo

1)

Anular la decisión del Banco Europeo de Inversiones de 4 de diciembre de 2014, mediante la cual se denegó el reembolso al Sr. Carlo De Nicola de los gastos de la terapia de láser FP3.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Banco Europeo de Inversiones cargará con sus propias costas y con las del Sr. De Nicola.


(1)  DO C 279 de 24.8.2015, p. 59.


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