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Document 62015TN0249
Case T-249/15: Action brought on 3 July 2015 — JT v OHIM — Carrasco Pirard and others (QUILAPAYÚN)
Asunto T-249/15: Recurso interpuesto el 3 de julio de 2015 — JT/OAMI — Carrasco Pirard y otros (QUILAPAYÚN)
Asunto T-249/15: Recurso interpuesto el 3 de julio de 2015 — JT/OAMI — Carrasco Pirard y otros (QUILAPAYÚN)
OJ C 337, 12.10.2015, p. 13–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.10.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 337/13 |
Recurso interpuesto el 3 de julio de 2015 — JT/OAMI — Carrasco Pirard y otros (QUILAPAYÚN)
(Asunto T-249/15)
(2015/C 337/16)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: JT (París, Francia) (representante: A. Mena Valenzuela, abogada)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI)
Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Eduardo Carrasco Pirard (Santiago de Chile, Chile), Guillermo García Campos (Bruselas, Bélgica), Luis Hernán Gómez Larenas (París, Francia), Hugo Lagos Vásquez (Taverny, Francia), Ismael Oddo Méndez (Santiago de Chile, Chile), Carlos Quezada Salas (Colombes, Francia), Ricardo Venegas Carhart (Santiago de Chile, Chile), Sebastián Quezada (París, Francia)
Datos relativos al procedimiento ante la OAMI
Solicitante de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca comunitaria figurativa que incluye el elemento denominativo «QUILAPAYÚN» — Solicitud de registro no 9 267 287
Procedimiento ante la OAMI: Procedimiento de oposición
Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 13 de marzo de 2015 en el asunto R 354/2014-2
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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revoque o anule la resolución impugnada; y |
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deniegue la solicitud de inscripción de la marca figurativa «QUILAPAYÚN» para los productos y servicios de la clase 9 y clase 41 realizada ante la OAMI por los solicitantes Eduardo Carrasco Pirard, Guillermo García Campos, Luis Hernán Gómez Larenas, Hugo Lagos Vásquez, Ismael Oddo Méndez, Carlos Quezada Salas, Ricardo Venegas Carhart y Sebastián Quezada en fecha 16 de septiembre de 2010. |
Motivos invocados
Interpretación incorrecta del artículo 8, apartado 1, letra b) y apartado 2, letra c), en relación con el artículo 6 1. bis) del Convenio de París.