EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62014CA0040

Asunto C-40/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 20 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — Direction générale des douanes et droits indirects, Chef de l’Agence de poursuites de la Direction nationale du renseignement et des enquêtes douanières, Direction régionale des douanes et droits indirects de Lyon/Utopia SARL (Procedimiento prejudicial — Unión aduanera y Arancel Aduanero Común — Franquicia de los derechos de importación — Animales especialmente preparados para ser utilizados en laboratorio — Establecimiento público o de utilidad pública, o privado autorizado — Importador que tenga como clientes a tales establecimientos — Envases — Jaulas para el transporte de animales)

OJ C 26, 26.1.2015, p. 8–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.1.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 20 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — Direction générale des douanes et droits indirects, Chef de l’Agence de poursuites de la Direction nationale du renseignement et des enquêtes douanières, Direction régionale des douanes et droits indirects de Lyon/Utopia SARL

(Asunto C-40/14) (1)

((Procedimiento prejudicial - Unión aduanera y Arancel Aduanero Común - Franquicia de los derechos de importación - Animales especialmente preparados para ser utilizados en laboratorio - Establecimiento público o de utilidad pública, o privado autorizado - Importador que tenga como clientes a tales establecimientos - Envases - Jaulas para el transporte de animales))

(2015/C 026/10)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Direction générale des douanes et droits indirects, Chef de l’Agence de poursuites de la Direction nationale du renseignement et des enquêtes douanières, Direction régionale des douanes et droits indirects de Lyon

Demandada: Utopia SARL

Fallo

1)

El artículo 60 del Reglamento (CEE) no 918/83 del Consejo, de 28 de marzo de 1983, relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras, en su versión modificada por el Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca, y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión, debe interpretarse en el sentido de que, si los animales especialmente preparados para ser utilizados en laboratorio que un importador introduce en el territorio de la Unión Europea se destinan a un establecimiento público o de utilidad pública, o privado autorizado, cuya actividad principal sea la enseñanza o la investigación científica, el importador podrá disfrutar de la franquicia de derechos de importación prevista en el citado artículo para esa clase de mercancías aunque el propio importador no sea un establecimiento de esa naturaleza.

2)

La regla general 5, letra b), de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, tal y como fue modificada por el Reglamento (CE) no 1789/2003 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2003, debe interpretarse en el sentido de que las jaulas que sirven para el transporte de animales vivos destinados a la investigación en laboratorio no están comprendidas en la categoría de los envases que deben clasificarse con las mercancías que contienen.


(1)  DO C 102, de 7.4.2014.


Top