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Document 62014TN0671
Case T-671/14: Action brought on 19 September 2014 — Bayerische Motoren Werke v Commission
Asunto T-671/14: Recurso interpuesto el 19 de septiembre de 2014 — Bayerische Motoren Werke/Comisión
Asunto T-671/14: Recurso interpuesto el 19 de septiembre de 2014 — Bayerische Motoren Werke/Comisión
OJ C 439, 8.12.2014, p. 30–31
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.12.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 439/30 |
Recurso interpuesto el 19 de septiembre de 2014 — Bayerische Motoren Werke/Comisión
(Asunto T-671/14)
(2014/C 439/41)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Bayerische Motoren Werke AG (Múnich, Alemania) (representantes: M. Rosenthal, G. Drauz y M. Schütte, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución de 9 de julio de 2014 en el asunto SA.32009 (2011/C) con arreglo al artículo 263 TFUE, apartado 4, en la medida en que en ella se declara la incompatibilidad con el mercado interior del importe excedente de 17 millones de euros (2 8 2 57 273 euros) de la ayuda solicitada de 4 5 2 57 273 euros. |
— |
Con carácter subsidiario, anule la resolución de 9 de julio de 2014 en el asunto SA.32009 (2011/C) con arreglo al artículo 263 TFUE, apartado 4, en la medida en que en ella se declara incompatible con el mercado interior la cantidad de 22,5 millones de euros exenta de la obligación de solicitud de conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 800/2008 (1). |
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Condene en costas a la demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 108 TFUE, apartado 3
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2. |
Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c)
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3. |
Motivo subsidiario, basado en la infracción del artículo 108 TFUE, apartado 3, y del Reglamento no 800/2008
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(1) Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 CE y 88 CE del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DO L 214, p. 3).