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Document C2010/278/14

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5879 — Alstom/RZD/Cypriot Companies/TMH) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE

OJ C 278, 15.10.2010, p. 23–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.10.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 278/23


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5879 — Alstom/RZD/Cypriot Companies/TMH)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 278/14

1.

El 1 de octubre de 2010, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, de un proyecto de concentración por el cual Alstom Holdings (en lo sucesivo «Alstom», Francia), los Ferrocarriles Rusos (en lo sucesivo «RZD», Rusia) y Ammonis Trading Limited, Latorio Holdings Limited y Mafrido Trading Limited (en lo sucesivo, juntas «las Empresas Chipriotas») adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de CJSC Transmasholding (en lo sucesivo, «TMH», Rusia) mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Alstom: grupo de empresas que operan a nivel mundial principalmente en la fabricación de equipos y prestación de servicios para la producción y transmisión de electricidad y el transporte por ferrocarril,

RZD: compañía de ferrocarril rusa estatal y operador ferroviario en Rusia y algunos Estados de la CEI,

Empresas Chipriotas: sociedades de inversión financiera cuyas actividades se limitan a la posesión indirecta de acciones de TMH,

TMH: sociedad holding que se dedica a la fabricación de locomotoras y equipos de ferrocarril sobre todo en Rusia y algunos Estados del EEE.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5879 — Alstom/RZD/Cypriot Companies/TMH, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


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