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Document 52009XC0908(05)

Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 95/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 1995 , sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los ascensores (Texto pertinente a efectos del EEE)(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la Directiva)

OJ C 214, 8.9.2009, p. 27–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

8.9.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/27


Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 95/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 1995, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los ascensores

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la Directiva)

2009/C 214/02

Organismo Europeo de Normalización (1)

Referencia y título de la norma

(documento de referencia)

Primera publicación DO

Referencia de la norma retirada y sustituida

Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida

Nota 1

CEN

EN 81-1:1998

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Parte 1: Ascensores eléctricos.

31.3.1999

 

 

EN 81-1:1998/A2:2004

6.8.2005

Nota 3

Fecha vencida

(6.8.2005)

EN 81-1:1998/A1:2005

2.8.2006

Nota 3

Fecha vencida

(2.8.2006)

EN 81-1:1998/AC:1999

 

 

 

Nota 4: La norma EN 81-28:2003 sustituye en parte el apartado 14.2.3 de las normas EN 81-1 y EN 81-2 con respecto a los sistemas de alarma, por lo que las normas EN.81-1 y EN 81-2 se modificarán en consecuencia en la próxima revisión.

CEN

EN 81-2:1998

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Parte 2: Ascensores hidráulicos.

31.3.1999

 

 

EN 81-2:1998/A2:2004

6.8.2005

Nota 3

Fecha vencida

(6.8.2005)

EN 81-2:1998/A1:2005

2.8.2006

Nota 3

Fecha vencida

(2.8.2006)

EN 81-2:1998/AC:1999

 

 

 

Nota 4: La norma EN 81-28:2003 sustituye en parte el apartado 14.2.3 de las normas EN 81-1 y EN 81-2 con respecto a los sistemas de alarma, por lo que las normas EN.81-1 y EN 81-2 se modificarán en consecuencia en la próxima revisión.

CEN

EN 81-28:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de pasajeros y cargas. Parte 28: Alarmas a distancia en ascensores de pasajeros y pasajeros y cargas.

10.2.2004

 

 

Nota 4: La norma EN 81-28:2003 sustituye en parte el apartado 14.2.3 de las normas EN 81-1 y EN 81-2 con respecto a los sistemas de alarma, por lo que las normas EN.81-1 y EN 81-2 se modificarán en consecuencia en la próxima revisión.

CEN

EN 81-58:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Exámenes y ensayos. Parte 58: Ensayo de resistencia al fuego de las puertas de piso.

10.2.2004

 

 

CEN

EN 81-70:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para los ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 70: Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad.

6.8.2005

 

 

EN 81-70:2003/A1:2004

6.8.2005

Nota 3

 

CEN

EN 81-71:2005+A1:2006

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 71: Ascensores resistentes al vandalismo.

11.10.2007

EN 81-71:2005

Nota 2.1

Fecha vencida

(11.10.2007)

CEN

EN 81-72:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para los ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 72: Ascensores contra incendios.

10.2.2004

 

 

CEN

EN 81-73:2005

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 73: Comportamiento de los ascensores en caso de incendio.

2.8.2006

 

 

CEN

EN 12016:2004+A1:2008

Compatibilidad electromagnética. Norma de familia de productos para ascensores, escaleras mecánicas y andenes móviles. Inmunidad.

28.10.2008

EN 12016:2004

Nota 2.1

28.12.2009

CEN

EN 12385-3:2004+A1:2008

Cables de acero. Seguridad. Parte 3: Información para la utilización y el mantenimiento.

28.10.2008

EN 12385-3:2004

Nota 2.1

28.12.2009

CEN

EN 12385-5:2002

Cables de acero. Seguridad. Parte 5: Cables de cordones para ascensores.

6.8.2005

 

 

EN 12385-5:2002/AC:2005

 

 

 

CEN

EN 13015:2001+A1:2008

Mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas. Reglas para instrucciones de mantenimiento.

28.10.2008

EN 13015:2001

Nota 2.1

28.12.2009

CEN

EN 13411-7:2006+A1:2008

Terminales para cables de acero. Seguridad. Parte 7: Terminales de de cuña simétricos.

Esta es la primera publicación

EN 13411-7:2006

Nota 2.1

28.12.2009

Nota 1:

Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por el organismo europeo de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso.

Nota 2.1:

La norma nueva (o modificada) tiene el mismo campo de aplicación que la norma sustituida. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de la directiva.

Nota 2.2:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más amplio que las normas sustituidas. En la fecha declarada las normas sustituidas dejan de dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de la directiva.

Nota 2.3:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más limitado que la norma sustituida. En la fecha declarada la norma sustituida (parcialmente) deja de dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de la directiva para los productos que caen dentro del campo de aplicación de la norma nueva. No se ve afectada la presunción de la conformidad con los requisitos esenciales de la directiva para los productos a los que les sigue correspondiendo el campo de aplicación de la norma (parcialmente) sustituida, pero que no caen dentro del campo de aplicación de la norma nueva.

Nota 3:

En caso de modificaciones, la norma referenciada es la norma EN CCCCC:YYYY, sus modificaciones previas, si las hubiera, y esta nueva modificación; la norma retirada y sustituida (columna 3), por lo tanto, consiste en la norma EN CCCCC:YYYY y sus modificaciones previas, si las hubiera, pero sin la nueva modificación. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales de la directiva.

AVISO:

Todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en los organismos europeos de normalización o en los organismos nacionales de normalización, podrán encontrar una lista que figura en anexo de la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), modificada por la Directiva 98/48/CE (3).

La publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todos los idiomas comunitarios.

Esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión garantiza la puesta al día de la presente lista.

Para obtener más información consulte la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/standardization/harmstds/


(1)  CEN: Avenue Marnix 17, 1000 Bruselas, BÉLGICA. Tel. +32 25500811; fax +32 25500819 (http://www.cen.eu);

CENELEC: Avenue Marnix 17, 1000 Bruselas, BÉLGICA. Tel. +32 25196871; fax +32 25196919 (http://www.cenelec.eu);

ETSI: 650 route des Lucioles, 06921 Sophia Antipolis, FRANCIA. Tel. +33 492944200; fax +33 493654716, (http://www.etsi.eu).

(2)  DO L 204 de 21.7.1998, p. 37.

(3)  DO L 217 de 5.8.1998, p. 18.


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