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Document 52004IE0852

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema Integración regional y desarrollo sostenible

OJ C 241, 28.9.2004, p. 34–41 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

28.9.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 241/34


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Integración regional y desarrollo sostenible»

(2004/C 241/12)

El 21 de enero de 2003, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 del Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema: «Integración regional y desarrollo sostenible».

La Sección Especializada de Relaciones Exteriores, encargada de preparar los trabajos del CESE, aprobó su dictamen el 9 de marzo de 2004 (ponente: Sr. DIMITRIADIS).

En su 409o Pleno (sesión del 2 de junio de 2004), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 179 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones el presente dictamen:

1.   Introducción – Aspectos principales

1.1.

El objetivo del presente dictamen es contribuir a la configuración de los elementos básicos de un marco de trabajo mediante el cual las políticas regionales europeas sobre el desarrollo, tal y como se inscriben en los acuerdos transnacionales y regionales y en los programas de desarrollo, puedan incorporar el concepto de desarrollo sostenible. A partir de esta idea, el valor añadido del dictamen estriba en sus propuestas de incorporar el concepto de desarrollo sostenible a las acciones de integración regional, de modo que pueda constituir un elemento básico del orden del día de las reuniones de trabajo entre los grupos del CESE y las delegaciones de los países en desarrollo y los países pertenecientes a la Asociación Mediterránea. Asimismo, el presente dictamen tiene como objetivo poner sobre aviso a los países en desarrollo y a los países menos desarrollados para que, en el largo proceso de desarrollo económico que se presenta ante ellos, no repitan los errores que cometieron los países europeos, errores que dificultaron enormemente el camino de Europa hacia la sostenibilidad.

1.2.

El presente dictamen se refiere a las relaciones exteriores de la UE con los países en desarrollo y los países de la Asociación Euromediterránea (en lo sucesivo, PAE), con los que mantiene unos vínculos especiales.

1.3.

Asimismo, adopta la definición de desarrollo sostenible que se recoge en anteriores dictámenes del CESE (1), que a su vez se basa en el informe Brundtland y en la Cumbre de Gotemburgo. De importancia esencial es la definición de desarrollo sostenible en tres pilares, a saber, el crecimiento económico, la conservación del medio ambiente y la justicia social.

1.4.

Si bien ninguno de estos tres pilares puede expresar plenamente el sentido y la importancia del desarrollo sostenible, constituyen una base satisfactoria para determinar sus rasgos funcionales. Estos rasgos son imprescindibles para que el desarrollo sostenible «se transforme» de modo que deje de ser un concepto general y teórico y se convierta en un instrumento práctico.

1.5.

Sin lugar a dudas, es necesario buscar las características funcionales del desarrollo sostenible para todas las políticas de las que se supone que constituye un componente básico. Ahora bien, la búsqueda de estas características debe considerarse más específicamente necesaria para convertir el desarrollo sostenible en un elemento inherente e inseparable de la integración regional. Y ello porque la integración regional se realiza, principalmente, a través de acuerdos y programas transnacionales específicos que incluyen acciones concretas.

1.6.

La integración regional constituye uno de los seis campos de acción centrales de la cooperación para el desarrollo de la UE que se acordaron entre los Estados miembros y la Comisión en 2000. Junto con el apoyo a las políticas macroeconómicas, al comercio y al desarrollo, al transporte, a la seguridad alimentaria, al desarrollo sostenible de la agricultura y a la capacitación institucional, la integración regional forma parte de la estrategia de la UE destinada a garantizar una colaboración productiva y constructiva con los países en desarrollo y los países menos desarrollados. Este hecho quedó subrayado en particular en el Sexto seminario regional de los grupos de interés económicos y sociales ACP-UE.

1.7.

La integración y la cooperación regionales contribuyen a la inclusión de los países en desarrollo en la economía mundial y desempeñan un papel decisivo en la consolidación de la paz y la prevención de conflictos. Asimismo, proporcionan a los países participantes la posibilidad de afrontar las diferencias transfronterizas, especialmente en el ámbito del medio ambiente y del uso y gestión de los recursos naturales.

1.8.

Esta relación entre la integración regional y el uso y la gestión de los recursos naturales indica claramente la conexión y relación directa que debe existir entre los esfuerzos de integración regional y las acciones en materia de desarrollo sostenible. Es preciso destacar especialmente esta conexión, que también debe quedar de manifiesto en la cooperación a nivel subregional entre los países en desarrollo y menos desarrollados y los PAE.

1.9.

A nivel conceptual, el desarrollo sostenible es un término mucho más amplio que el de integración regional. Por un lado, el desarrollo sostenible se refiere indistintamente a todas las áreas de la vida económica y social, mientras que la integración regional se centra más en la cooperación económica a través de acuerdos comerciales y políticos específicos. De cualquier forma, ambos términos están relacionados directamente con el nuevo ambiente globalizado que ha empezado a configurarse a lo largo de las últimas décadas y que está cambiando drásticamente las condiciones económicas, sociales y medioambientales en todo el planeta.

1.10.

Hay que destacar también el hecho de que el término desarrollo sostenible se encuentra principalmente en documentos de estrategia, mientras que el de integración regional figura principalmente en documentos de programas de acciones económicas y de política. Es decir, el desarrollo sostenible es y debe ser tratado como una dimensión integradora, y no complementaria, de la integración regional.

1.11.

Es evidente que los esfuerzos de la UE por promocionar la integración regional en los países en desarrollo y menos desarrollados, así como en los PAE, se guían por los principios básicos, la filosofía y las prioridades que la propia UE ha aplicado en su propio territorio. El desarrollo sostenible constituye una prioridad primordial para la UE. No obstante, aunque se considere que es el principal objetivo estratégico de la UE (2), no puede decirse que sea plenamente operativo, básicamente por el reducido número de índices cuantitativos y cualitativos propuestos para su seguimiento. Este hecho debe afrontarse como un reto, y el CESE ha manifestado claramente en anteriores dictámenes su intención de apoyar la opción de la plena integración del desarrollo sostenible en la estrategia de Lisboa a nivel funcional. Mención especial merece el dictamen de mayo del 2002 sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones – Hacia una asociación global en favor del desarrollo sostenible».

1.11.1.

En el dictamen se afirma que «el desarrollo sostenible mundial es un ámbito en el que la UE puede aportar una contribución muy especial basada en la experiencia dentro de la propia Unión» (3). Es precisamente esta experiencia la que debe trasladarse de forma adecuada a los países menos desarrollados y a los PAE.

1.12.

Otro aspecto que debe constituir también un parámetro importante de los esfuerzos de la UE por promocionar la estrategia del desarrollo sostenible a través de la integración regional está relacionado con el reconocimiento de que la paz, la seguridad y la consolidación de los principios democráticos en las zonas donde se aspira a la integración regional es el requisito básico para el desarrollo sostenible.

2.   La integración regional y el desarrollo sostenible en el marco de la globalización

2.1.

En el esfuerzo de creación del marco de trabajo mencionado en el punto 1.1 no se puede ignorar el entorno globalizado de las últimas décadas y, aún menos, la relación de los acuerdos regionales de integración o de los acuerdos comerciales regionales con la Organización Mundial del Comercio.

2.2.

El principal deber de la OMC es liberalizar el comercio mundial suprimiendo los aranceles y las ayudas que distorsionen la competencia, y eliminar las barreras comerciales no arancelarias. Los acuerdos regionales de desarrollo deben ser compatibles con este objetivo y avanzar un paso más, centrando sus resultados por igual en lo relacionado con las reestructuraciones a nivel nacional destinadas a disminuir las barreras comerciales internas. Así, los acuerdos regionales de desarrollo deben abordar también los aspectos relacionados con las reestructuraciones fiscales, la reducción de la inestabilidad política y la corrupción, la creación y el apoyo a nuevas instituciones y otros problemas internos. De esta forma se consideran más compatibles con los esfuerzos por alcanzar el desarrollo sostenible, ya que crean «efectos colaterales» en diversos ámbitos de la política social y medioambiental.

2.3.

Si bien no es posible garantizar a priori que estos efectos colaterales sean siempre positivos, hay que reconocer que la dinámica de los acuerdos regionales de desarrollo puede lograr que funcionen de forma más integrada que los acuerdos realizados a través de la OMC.

2.4.

Otro aspecto en relación con el desarrollo sostenible y el desarrollo regional es el de las inversiones extranjeras directas en los países en desarrollo y los países menos desarrollados.

2.5.

En el pasado reciente, las inversiones extranjeras directas concentraron el creciente interés de los países en desarrollo. El flujo de inversiones extranjeras directas se multiplicó por ocho en la década de 1990 a 2000, pero se concentraron, en gran medida, en un número reducido de países en desarrollo.

2.6.

Las inversiones extranjeras directas tienen la posibilidad de desempeñar un papel importante en el desarrollo económico y, por consiguiente, en la reducción de la pobreza mediante la creación de puestos de trabajo (requisito básico del desarrollo sostenible). Es un hecho que la creación de puestos de trabajo puede contribuir sustancialmente a mejorar el nivel de vida de los ciudadanos de los países menos desarrollados y los PAE. Por tanto, cabe esperar que el proceso de producción pueda generar un aumento de la riqueza nacional y una mejora de las infraestructuras básicas por medio de las inversiones públicas que resultarán de dicho proceso.

2.7.

Es un hecho, sin embargo, que en muchos casos las inversiones extranjeras directas en los países en desarrollo y menos desarrollados se basan principalmente en el bajo coste de la mano de obra de dichos países. En numerosos estudios se sostiene que existe una alta probabilidad de que muchas de estas inversiones, a largo plazo, vayan en detrimento tanto del desarrollo sostenible como de la integración regional. Esto se debe a que los puestos de trabajo creados no están sostenidos por producciones o servicios basados en una estrategia global que incluya los tres pilares del desarrollo sostenible (viabilidad económica, conservación del medio ambiente y justicia social). Así, aunque los bajos costes laborales ayudan a que las empresas sean económicamente viables, no hay las mismas garantías de que dichas inversiones respondan a los objetivos de respeto del medio ambiente o de justicia social.

2.8.

Es posible, por lo menos a nivel teórico, que un país que forme parte de un acuerdo regional para el desarrollo y sea a la vez receptor de una cantidad proporcionalmente mucho más elevada de inversiones extranjeras directas (con respecto a otros países que participan en la cooperación regional), corra un gran riesgo de verse en dificultades para poner en práctica el proceso de integración regional. Esto puede ocurrir en el caso de que las inversiones extranjeras directas no sean totalmente compatibles con algunos de los principios de la cooperación regional con los otros países.

2.9.

En este sentido, sería muy conveniente investigar en profundidad y, si fuera posible, estudiar la calidad y cantidad de las inversiones extranjeras directas y su incidencia en el desarrollo sostenible y la integración regional de los países en desarrollo. Por consiguiente, las inversiones extranjeras directas deben ser evaluadas no sólo por su productividad sobre la base de criterios económicos estrictos, sino también por su impacto en el medio ambiente y el sistema social. Debe darse especial importancia al papel de las empresas y en especial al fomento de su responsabilidad social (Corporate Social Responsability).

3.   Estrategia y aplicación en el ámbito comunitario

3.1.

Es incuestionable la voluntad de la UE de enmarcar los esfuerzos de integración regional en el concepto del desarrollo sostenible. Puesto que la integración regional se considera el principal motor de crecimiento, especialmente para los países en desarrollo y menos desarrollados, es lógico que se intente incorporar el concepto de sostenibilidad en el modelo de desarrollo creado en estos países, para no tener que modificar dicho modelo posteriormente por no haber tenido en cuenta esta dimensión. Es de especial importancia que esta voluntad se transforme en acciones concretas en los países en desarrollo y menos desarrollados. En este punto es crucial el papel de las políticas sectoriales.

3.2.

El concepto de desarrollo sostenible puede incorporarse de manera efectiva en las acciones encaminadas a la integración regional sólo a través de políticas sectoriales específicas. Estas políticas sectoriales son las que determinan, a nivel operativo, las medidas destinadas a la consecución de objetivos específicos. Por lo tanto, es necesario elaborar un programa que incluya aspectos relacionados con políticas sectoriales concretas para la integración regional y el desarrollo sostenible. Esta idea está respaldada también por los resultados de la Cumbre Mundial sobre desarrollo sostenible de Johannesburgo, en la que la UE abogó, quizá con menos éxito del previsto debido a la resistencia de otros países, por lograr que la comunidad internacional se comprometa a adoptar una serie de medidas operativas que contribuyan a fomentar el desarrollo sostenible.

3.3.

La creación de este programa ha de ser el resultado de un proceso exhaustivo de diálogo con las organizaciones de la sociedad civil. El plazo para la creación de este programa debe, por un lado, permitir la plena cobertura de los temas y, por otro, garantizar la efectividad de toda la operación. En otras palabras, no debe ser ni desesperadamente breve ni innecesariamente largo. Todo el proceso podría simplificarse sustancialmente fomentando el desarrollo de las «agendas locales 21» (Local Agendas 21) en los países en desarrollo, los países menos desarrollados y los PAE. Las agendas locales 21 son programas de acción a nivel local (municipios, comunidades rurales, etc) destinados a promover el desarrollo sostenible. Las agendas son diseñadas principalmente por las autoridades locales, que trabajan en estrecha cooperación con todas las partes afectadas, contando con la especial participación de las organizaciones de la sociedad civil. Su desarrollo está apoyado por el Programa de medio ambiente de las Naciones Unidas y se inició en la Cumbre de la Tierra de Río (1992). En la elaboración de las agendas debe darse prioridad al desarrollo rural sostenible, que también está apoyado por la UE en el contexto de la puesta en marcha de estrategias de desarrollo a nivel nacional.

3.4.

En este sentido, se proponen los siguientes temas, que pueden considerarse como un primer grupo de elementos básicos del citado programa. Este subgrupo podrá completarse en función de los intercambios de opiniones con la sociedad civil, tal como contempla el programa de trabajo de la Sección Especializada de Relaciones Exteriores del CESE para 2003-04. El subgrupo de temas propuestos para la creación del programa básico se apoya en los tres pilares de la sostenibilidad, es decir, el crecimiento económico, la justicia social y la conservación del medio ambiente.

4.   El pilar del desarrollo económico

4.1.   Políticas en materia de desarrollo agrícola.

4.1.1.

En los países en desarrollo y menos desarrollados, un porcentaje elevado del PIB depende de la agricultura. A este respecto, el CESE recuerda que la Unión Europea ya ha emprendido numerosas iniciativas en favor de los intercambios comerciales con estos países (por ejemplo, la iniciativa «Todo menos las armas»). De hecho, la UE es el primer importador de productos agrícolas y alimentarios de los países menos desarrollados. Sin embargo, la integración regional se basa, en gran medida, en acuerdos que afectan a los productos agrícolas. Dado que las prácticas agrícolas dominantes distan mucho de considerarse como sostenibles, es preciso tomar todas las medidas necesarias para apoyar las prácticas agrícolas sostenibles, a saber, principalmente la seguridad alimentaria, un mayor control del uso del agua y la gestión de la fertilidad del suelo, en los países que participan o que van a participar en procesos de integración regional. Hay que subrayar que para lograr disminuir el número de ciudadanos que se hallan en el umbral de la pobreza, la producción agrícola en los países en desarrollo y menos desarrollados debe dar un salto cualitativo. Por esta razón, las prácticas agrícolas que van a utilizarse para aumentar la producción agrícola deben basarse en técnicas documentadas que aseguren la sostenibilidad de su funcionamiento.

4.1.2.

Hay que señalar en este punto que los «conocimientos autóctonos» (indigenous knowledge) de prácticas agrícolas de las poblaciones locales pueden ser valiosos en los procesos de integración regional. Estos conocimientos se asocian habitualmente a prácticas sostenibles ya que se derivan de la relación tradicional del hombre con el medio ambiente. En muchos casos, estos conocimientos corren el riesgo de extinguirse, y las prácticas que de ellos dependen han sido casi sustituidas por otras prácticas menos sostenibles. Este hecho ha sido la consecuencia de la decisión apresurada de muchos países en desarrollo y menos desarrollados de seguir el modelo occidental de modernización de la agricultura, y también de la presión que los países occidentales han ejercido sobre estos países para que abrieran sus mercados a prácticas que no concuerdan con el desarrollo sostenible de la agricultura. La integración regional puede, por lo tanto, resultar un vehículo perfecto de transmisión de conocimientos técnicos de prácticas agrícolas sostenibles entre los Estados que participan en ella. Como ejemplo de «conocimientos autóctonos» se puede mencionar el uso de restos de la producción agrícola reciclados como fertilizantes, uso que ha sido sustituido por los fertilizantes químicos. Hay que reconocer, sin embargo, que la tecnología disponible asegura una mayor rentabilidad de la producción de fertilizantes químicos en relación con los fertilizantes reciclados. Es posible solucionar estos problemas con la aplicación de métodos innovadores..

4.1.3.

Las prácticas dominantes en la producción agrícola de los países desarrollados han llegado a su límite. La agricultura biológica y la reducción del uso de fertilizantes y pesticidas ganan cada vez más terreno. Este hecho no tiene que ver sólo con la necesidad de disminuir el impacto medioambiental de la agricultura sino, claramente, con aspectos relacionados con el coste. Se ha demostrado, por ejemplo, que el alto coste ocasionado por el uso excesivo de los fertilizantes nítricos en la agricultura reduce significativamente cualquier posible beneficio del aumento de la producción agrícola gracias a su utilización. Por esta razón hay que hacer llegar a los países en desarrollo y menos desarrollados el mensaje de que no se deben sustituir, a la ligera, las prácticas agrícolas tradicionales por prácticas modernas, que está demostrado que son desventajosas tanto desde el punto de vista medioambiental como económico.

4.1.4.

En el ámbito del desarrollo rural, el CESE llama la atención sobre los efectos negativos del éxodo rural que sufren estos países. Por lo tanto, sería conveniente respaldar cualquier acción que contribuyera al mantenimiento de la población en el medio rural mediante la creación de nuevas actividades que complementen la agricultura y el intercambio de experiencias.

4.2.   Política forestal

4.2.1.

La actividad forestal desempeña un papel importante en la vida económica y social de muchos de los países en desarrollo y menos desarrollados. La integración regional en este punto afronta el problema de la naturaleza transfronteriza de las extensiones boscosas y, por lo tanto, de la necesidad de gestión sostenible de los recursos forestales que, conviene señalar, constituyen los recursos naturales renovables por excelencia.

4.2.2.

Hay que hacer especial hincapié en la elaboración de sistemas nacionales y regionales de certificación de la producción sostenible de los productos forestales (y especialmente de la madera) que deben ser compatibles con los modelos internacionales de certificación desarrollados en la materia.

4.3.   Políticas de transporte

4.3.1.

Las redes de transporte transnacionales constituyen una condición sine qua non para la integración regional. Sin embargo, también las infraestructuras de transporte conllevan un mayor riesgo de degradación o incluso de destrucción de recursos naturales importantes. Por eso se tienen que adoptar políticas y sistemas de control que garanticen que los beneficios de la integración regional a través de las redes de transporte transnacionales no se verán mermados por la degradación medioambiental.

4.4.   Políticas de turismo

4.4.1.

El turismo constituye un ejemplo claro de todo tipo de intercambios transnacionales, desde económicos hasta sociales y culturales. Los países en desarrollo y menos desarrollados que participan en planes de integración regional tienen muchísimo que ganar con el desarrollo del turismo. El objetivo es conseguir un desarrollo turístico sostenible a través de planes de integración regional. Esto se puede conseguir con programas transnacionales coordinados de diversificación del producto turístico y de desarrollo de nuevas formas de turismo, como el ecoturismo, el turismo cultural, etc.

4.4.2.

Hay que señalar en este punto que la diversificación del producto turístico y las nuevas formas de turismo deben realizarse basándose en las mejores prácticas, adaptadas a las condiciones locales de cada país. La UE debe apoyar más activamente los proyectos de desarrollo de nuevas formas de turismo en los países en desarrollo y menos desarrollados y, especialmente, los proyectos que inciden en la colaboración entre instituciones públicas y privadas para desarrollar conocimientos técnicos en estos sectores. Esta necesidad resulta del hecho de que la diversificación del producto turístico y el desarrollo de nuevas formas de turismo no está en competencia directa con las actividades turísticas clásicas, por lo que no se puede considerar al turismo como un sector que no pueda optar a la prestación de ayudas y de incentivos.

4.5.   Políticas de pesca

4.5.1.

La UE ha conseguido, después de largas deliberaciones, establecer una política común en el sector de la pesca. Sin embargo, la riqueza del mar no entiende de fronteras. Τanto la cuenca mediterránea como el Atlántico están siendo explotados por muchos países aparte de los Estados miembros de la UE. Muchos de ellos son países en desarrollo y menos desarrollados que no tienen obligación de adoptar prácticas sostenibles.

4.5.2.

El ciclo del valor de los productos del mar implica a muchos países y organizaciones de cooperación regional. Por eso, la adopción de prácticas pesqueras sostenibles debe asegurarse a través de la aplicación de iniciativas y de programas que tienen como objetivo la integración regional, especialmente a través de los acuerdos Norte-Sur y los acuerdos Sur-Sur.

4.6.   Políticas en materia de energía

4.6.1.

La Comisión Europea ha publicado un Libro Verde sobre la seguridad del abastecimiento energético en el que se presta especial atención a los aspectos relacionados con la protección del medio ambiente. Dado que la UE vincula directamente la política de abastecimiento energético al desarrollo sostenible, las estrategias de integración regional deben prever políticas y medidas en el ámbito de la energía. Este es un tema harto difícil, porque muchos de los países en desarrollo, países menos desarrollados y PAE tienen sustanciales reservas de petróleo, que actualmente constituye la mayor fuente de energía para la UE. Se han fijado objetivos optimistas para reducir el consumo de petróleo, basándose también en los compromisos acordados sobre las emisiones de gases de efecto invernadero (Protocolo de Kioto).

4.6.2.

Otro aspecto que resulta de la máxima importancia para el desarrollo sostenible en los países en desarrollo, los países menos desarrollados y los PAE es el desarrollo de infraestructuras energéticas en las zonas rurales. Dada la importancia de este tema, así como el objetivo estratégico de la UE de mejorar la gestión energética y hacerla coherente con los objetivos de la sostenibilidad, el desarrollo de las infraestructuras energéticas deben llevarse a cabo de tal modo que los beneficios económicos que éstas reporten sean compatibles con la protección del medio ambiente y el desarrollo social.

4.7.

Los anteriores sectores de actividad económica no deben considerarse los únicos donde los esquemas de integración regional tienen que basarse en la lógica del desarrollo sostenible. Han de considerarse, sencillamente, como los sectores básicos que servirán de ejemplo para el resto de las actividades económicas. Los acuerdos comerciales y sus programas de promoción en estos sectores deben marcar el camino basándose en procedimientos de planificación participativa.

5.   El pilar de la justicia social

5.1.

Ningún esfuerzo de integración regional puede garantizar su éxito a largo plazo si no se apoya en la educación y en la formación. El desarrollo sostenible de la educación debe ser el objetivo primordial de todos los planes de integración regional. Son los ciudadanos del futuro que disfruten de una adecuada formación los que asegurarán la sostenibilidad de los logros de la integración regional.

5.2.

Dado que, en muchos países en desarrollo y menos desarrollados, la situación de la mujer no es objeto de una política de desarrollo sostenible, los planes de integración regional no sólo deben rechazar cualquier caso de exclusión social de las mujeres, sino también prever el papel especial que desempeña el sexo femenino en los intercambios transnacionales. Los esquemas de integración transnacional deben apoyar, entre otras cosas, cambios en el trato de los géneros, así como en las estructuras y mecanismos en los ámbitos político, jurídico y familiar que contribuyan a la eliminación de las discriminaciones por razón de género.

5.3.

En ningún caso debe la integración regional alterar la identidad cultural de los países en desarrollo. Por el contrario, los esquemas de integración regional deben respetar las particularidades culturales, fomentar los intercambios culturales y apoyar los derechos de grupos culturales minoritarios. Se debe preservar la identidad cultural de los países en desarrollo, teniendo siempre en cuenta el respeto de los derechos individuales y de los principios democráticos de igualdad de oportunidades y de no discriminación por motivos sociales o raciales.

5.4.

Es también muy importante que los trabajadores participen, en condiciones de igualdad, en la toma de decisiones relacionadas con la integración regional y el desarrollo sostenible. La creación de nuevos puestos de trabajo es, claramente, uno de los mayores objetivos de los programas de integración regional. La participación activa de los trabajadores y de sus organizaciones en los procesos de creación de estos programas puede contribuir esencialmente, tanto a la consecución del objetivo de creación de nuevos puestos de trabajo, como a la disminución de los posibles efectos negativos para el medio ambiente. Los trabajadores, ciudadanos sensibilizados de unas sociedades cuyo desarrollo se persigue a través de programas de integración regional, deben tener representación directa, ya que son productores y a la vez consumidores de los productos y de los servicios relacionados con los programas para la integración regional.

5.5.

Numerosas ONG de los países en desarrollo y menos desarrollados han declarado su voluntad de fomentar activamente acciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Algunas de ellas se han dedicado a la realización de obras relacionadas con los temas anteriormente citados. Por eso, debe darse importancia a su contribución a los procesos de incorporación del desarrollo sostenible a los programas de integración regional, y debe llevarse a cabo a través de los canales de comunicación organizados de la sociedad civil.

5.6.

Para el éxito de esta operación es un requisito básico desarrollar instituciones eficaces y responsables que cuenten con las competencias que se requieren para fomentar las estrategias necesarias, las políticas de desarrollo sostenible y la integración regional. Por esta razón, debe ser una prioridad política desarrollar programas de adquisición de capacidades (capacity building) a nivel local y regional en los países en desarrollo, los países menos desarrollados y los PAE.

6.   El pilar de la conservación del medio ambiente

6.1.

Las zonas geográficas donde se fomenta la integración regional incluyen países que comparten importantes depósitos de recursos hídricos, cuya gestión constituye un punto de fricción entre varios países. Asegurar la gestión sostenible de los recursos hídricos transfronterizos debe ser prioridad absoluta de los procesos para lograr la integración regional. No se concibe acuerdo comercial, económico o de cualquier otro tipo entre países que no respete el derecho de todos a tener agua de buena calidad y en cantidad suficiente.

6.2.

Se sobreentiende que la gestión de los recursos hídricos transfronterizos debe estar en concordancia con una gestión racional a nivel nacional. A este respecto, en los países en desarrollo, los países menos desarrollados y los PAE es preciso promover la aplicación de la Directiva 60/2000 de la Comisión (4) relativa a la gestión de la política de aguas. Esta Directiva establece un marco integral de gestión de los recursos hídricos y podría constituir la base para encuadrar las políticas de gestión del agua en lo que respecta a los aspectos técnicos.

6.3.

Igualmente importante es la gestión de las regiones protegidas, ya que, en este caso, existen también múltiples ejemplos de extensiones y de fricciones transfronterizas. Dado que en estas mismas regiones se desarrollan muchas actividades económicas, es evidente que los acuerdos de integración regional afectan directamente a su gestión. Por eso debe existir una previsión especial para la gestión sostenible de dichas regiones.

6.3.1.

La gestión de las zonas protegidas debe realizarse por medio de planes integrales que, por una parte, se basen en una evaluación adecuada de los tres pilares del desarrollo sostenible (económico, ambiental y social) y, por otra parte, den lugar a la adopción de medidas realistas y viables que incluyan la dimensión de la cooperación regional.

6.4.

La UE está estableciendo una red de regiones protegidas en los Estados miembros con objeto de preservar la biodiversidad (Red Natura 2000). La experiencia de los Estados miembros en este sector debe trasladarse a los países en desarrollo y los países menos desarrollados. Por consiguiente, deben fomentarse programas destinados a desarrollar capacidades de gestión de las zonas protegidas y a mantener la biodiversidad. La Comisión y los Estados miembros también pueden contribuir directamente a la consecución de este objetivo invitando a observadores de los países en desarrollo y menos desarrollados a los trabajos de los seminarios de biogeografía (especialmente los seminarios sobre la región mediterránea).

6.5.

Una de las áreas más importantes de desarrollo es la zona costera. Cualquier procedimiento de integración regional puede no incluir aspectos que afecten, directa o indirectamente, a la zona costera. Dada la complejidad, tanto de los ecosistemas como de las actividades económicas en este campo, debe fomentarse la gestión sostenible de la zona costera por medio de la integración regional. En este sector, el CESE apoya la aplicación de la gestión integrada de zonas costeras desarrollada por la Comisión.

6.6.

De especial importancia es también la gestión de la fauna y el control estricto del comercio de la fauna y de la flora. En este marco el CESE expresa su apoyo para la aplicación más estricta posible del acuerdo CITES y de su fomento en el mayor número de países posible.

6.7.

Debe prestarse especial atención a los considerables problemas que plantea el creciente riesgo de desertificación en muchos PAE. En muchas zonas de estos países este fenómeno no sólo tiene repercusiones medioambientales en las regiones afectadas, sino que también es perjudicial para las economías regionales al impedir la actividad económica. Por tanto, es necesario ayudar a los PAE a desarrollar proyectos de cooperación regional que establezcan medidas específicas para contener el riesgo de desertificación.

7.   Medidas y prácticas

7.1.

Los principios básicos de la incorporación del desarrollo sostenible a los esfuerzos por la integración regional anteriormente presentados exigen medidas y prácticas concretas. Estas medidas y prácticas deben, por un lado, ayudar a los países en desarrollo y menos desarrollados a que incluyan el concepto del desarrollo sostenible en la integración regional, y que permitan, por otro lado, el seguimiento del progreso realizado por los países en desarrollo y menos desarrollados en este ámbito. A la hora de desarrollar estas medidas y prácticas debe atribuirse un papel especial a la planificación participativa y a los esfuerzos por lograr formas óptimas de gobernanza.

7.2.

A través del organismo responsable de las ayudas externas, la UE ha planificado y realizado programas de desarrollo para los países en desarrollo y menos desarrollados (MEDA, ALA, CARDS etc.). En estos programas, el desarrollo sostenible constituye un elemento inherente de su planificación. La efectividad de estos programas no ha alcanzado hasta hoy los ambiciosos objetivos de la UE. Sin embargo, estos programas tienen la capacidad de fomentar la idea de la incorporación del desarrollo sostenible a los esfuerzos por la integración regional.

7.3.

Mención especial merece el programa de la Asociación Euromediterránea. La estrategia para la asociación euromediterránea constituye un asunto de alta prioridad en las relaciones exteriores de la UE. Una medida esencial para la aplicación de dicha estrategia es el programa MEDA. Respecto al medio ambiente y al desarrollo sostenible el programa SMAP constituye también una medida central de aplicación de políticas.

7.4.

Hasta ahora, el programa MEDA no ha conseguido responder a las expectativas. A pesar de que el presupuesto de MEDA II se consideró más que suficiente, no ha conseguido cumplir, hasta el momento, las expectativas creadas. El programa SMAP, a pesar de que ha conseguido funcionar como medio para desencadenar la aplicación de proyectos de desarrollo sostenible, no ha tenido la continuidad necesaria para asegurar la consecución de las acciones. A pesar de las dificultades de aplicación de los proyectos en el marco de estos programas, por la falta de cooperación necesaria entre los países destinatarios, hay que intensificar los esfuerzos de la UE, y especialmente de la Comisión, para aumentar la movilización de los agentes necesarios y beneficiarios de estos programas. El CESE considera que la Comisión debe examinar la posibilidad de financiar mecanismos más flexibles con la participación, tanto de agentes públicos que garanticen el compromiso nacional de los respectivos países beneficiarios de estos programas, como de agentes privados que puedan funcionar para transferir conocimientos técnicos a estos países.

7.5.

Respecto al seguimiento de los progresos realizados en los países en desarrollo y menos desarrollados en los esfuerzos por incorporar el desarrollo sostenible en las acciones de integración regional, hay que señalar la importancia especial de la evaluación del impacto de la sostenibilidad (Sustainability Impact Αssesment). En este punto, el CESE apoya la posición del Consejo para la elaboración de una evaluación del impacto de la sostenibilidad en los acuerdos de libre comercio. Esta posición fue confirmada en la Conferencia Intermedia de la Asociación Euromediterránea celebrada en mayo de 2003 en Creta.

7.6.

El rendimiento de los países donde se llevan a cabo acciones de integración regional debe valorarse en función de indicadores de desarrollo sostenible que se aplican ya en los Estados miembros de la UE. Dichos indicadores, aun hallándose en una primera etapa de desarrollo y aplicación, deben considerarse como un modus vivendi que proporciona un marco de trabajo capaz de valorar el rendimiento de los distintos países.

7.7.

Una cuestión a la que debe prestarse mucha atención durante el proceso de valoración del rendimiento de los países donde se aplican programas de integración regional, debe ser la del solapamiento de acciones debido a la participación de estos países en más de un acuerdo de integración regional. Numerosos países en desarrollo y menos desarrollados participan en muchos acuerdos de integración regional. Este hecho puede dar lugar a una menor eficacia y entraña el riesgo de que se derrochen recursos. La incorporación del desarrollo sostenible en las acciones de integración regional debe tener como objetivo primordial la eliminación de las posibles repercusiones que se deriven de estos hechos.

7.8.

Respecto a la financiación del desarrollo sostenible en programas de integración regional, el CESE apoya el Acuerdo de Monterrey sobre la financiación para el desarrollo, que prevé la movilización de los recursos financieros destinados al desarrollo sostenible (5). En la Declaración se aboga por aumentar la movilización y el aprovechamiento de los recursos financieros para alcanzar las metas convenidas internacionalmente, metas también fijadas en la Declaración del Milenio (6), a saber, eliminar la pobreza, mejorar las condiciones sociales y los niveles de vida y proteger el medio ambiente, como primer paso para asegurar que el siglo XXI sea el siglo de desarrollo para todos.

8.   Observaciones finales

8.1.

Como se menciona en la introducción, el desarrollo sostenible es y debe considerarse como una dimensión integradora, y no complementaria, de la integración regional. No es algo sencillo, pero tampoco debe considerarse como algo imposible. Los objetivos fijados por la Unión Europea en esta dirección pueden producir un resultado efectivo. La Unión Europea, a través de los programas de cooperación para el desarrollo, no sólo ayuda a los países en desarrollo y menos desarrollados, sino también transmite mensajes culturales, políticos y sociales. Estos mensajes pueden resumirse bajo el concepto del desarrollo sostenible y aplicarse, entre otros medios, a través de la integración regional.

8.2.

Los esfuerzos de la Unión Europea deben dirigirse a lograr la cooperación internacional. En este marco, merece una mención especial la cooperación con las Naciones Unidas.

8.3.

Las relaciones entre las Naciones Unidas y la UE han evolucionado a lo largo del tiempo a través de una red de cooperaciones variada. Dichas relaciones son sólidas y abarcan casi todos los aspectos de las relaciones exteriores. Promover en mayor medida las relaciones con las Naciones Unidas constituye una prioridad estratégica de la Unión Europea, de los Estados miembros y de la Comisión.

8.4.

El sector de la integración regional y del desarrollo sostenible es idóneo para mejorar dichas relaciones. Dada la orientación estratégica y la experiencia de las Naciones Unidas en materia de desarrollo sostenible y dados los conocimientos técnicos de la Unión Europea sobre la integración regional, el CESE aboga por la cooperación de ambas organizaciones a través de obras de desarrollo regional y desarrollo sostenible financiadas por mecanismos comunes de estas dos organizaciones.

8.5.

La Unión Europea ha expresado ya su deseo de cooperar, tanto en la Declaración del Consejo y de la Comisión de noviembre de 2000 sobre «La política comunitaria de desarrollo», como en la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la «Construcción de una asociación efectiva con las Naciones Unidas en los ámbitos de desarrollo y asuntos humanitarios» (COM(2001) 231 final, de 2.5.2001).

8.6.

Así pues, en materia de integración regional, los programas de cooperación de la UE, en particular los que se refieren a la integración regional con los países en desarrollo y menos desarrollados, deben hacer hincapié en las diferentes dimensiones de la sostenibilidad con respecto a los pilares económico, social y medioambiental. En este sentido, el CESE puede aportar una contribución esencial al éxito de los esfuerzos que se acometan, en tanto que órgano de la UE competente en esta materia, abordando estos temas sobre la base del debate que se desarrolle dentro de la sociedad civil.

Bruselas, 2 de junio de 2004.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Roger BRIESCH


(1)  Dictamen del CESE sobre la «Preparación de la estrategia de la Unión Europea para el desarrollo sostenible», DO C 221 de 7.8.2001.

Dictamen del CESE sobre el tema «Una Europa sostenible para un mundo mejor», DO C 48 de 21.2.2002.

Dictamen del CESE sobre el tema «Mensajes para Barcelona (Estrategia para el desarrollo sostenible)», DO C 94 de 18.4.2002.

Dictamen del CESE sobre el tema «La estrategia de Lisboa y el desarrollo sostenible», DO C 95 de 23.4.2003.

(2)  Consejo Europeo de Gotemburgo.

(3)  Dictamen del CESE sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones – Hacia una asociación global en favor del desarrollo sostenible», COM(2002) 82 final de 13.2.2002 (DO C 221 de 17.9.2002).

(4)  Directiva 60/2000/CE por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

(5)  Naciones Unidas, Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey, 18-22 de marzo A/CONF.1981/11.

(6)  Naciones Unidas, Declaración del Milenio, Asamblea del Milenio de las Naciones Unidas, Asamblea general A/55/L 2.


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