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Document 52002XC1122(01)

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

OJ C 286, 22.11.2002, p. 10–12 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52002XC1122(01)

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

Diario Oficial n° C 286 de 22/11/2002 p. 0010 - 0012


Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

(2002/C 286/04)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) n° 2081/92.

REGLAMENTO (CEE) N° 2081/92 DEL CONSEJO

SOLICITUD DE REGISTRO: ARTÍCULO 5

DOP (x) IGP ( )

Número nacional del expediente: 13/2001

1. Servicio competente del Estado miembro Nombre: Ministero delle Politiche agricole e forestali

Dirección: Via XX Settembre, 20, I-00187 Roma

Tel. (39) 06 481 99 68

Fax (39) 06 420 131 26

Corr. electr.: qualità@politicheagricole.it

2. Agrupación solicitante 2.1. Nombre: Associazione regionale produttori olivicoli - ARPO

2.2. Dirección: Via Emilia, 106, I-47900 Rimini

2.3. Composición: Productor(es)/transformador(es) (x) otros ( )

3. Tipo de producto: Clase 1.5 - Grasas - Aceite de oliva virgen extra

4. Descripción del pliego de condiciones (resumen de las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 4)

4.1. Denominación: "Colline di Romagna"

4.2. Descripción: Aceite de oliva virgen extra, con las siguientes características:

- color: entre verde y amarillo dorado,

- olor: de aceituna, de medio a intenso,

- sabor: afrutado de aceituna, con sensación moderadamente amarga y picante,

- análisis sensorial: >= 7,

- acidez total, expresada en peso de ácido oleico, no superior a 0,5 g por cada 100 g de aceite,

- índice de peróxidos: <= 12 meq O2/kg,

- ácido oleico: >= 72 %,

- tocoferoles: >= 70 mg/kg.

4.3. Zona geográfica: La zona de producción, transformación de las aceitunas destinadas a la obtención del aceite de oliva virgen extra "Colline di Romagna" y de envasado de este aceite se asienta en parte de los territorios de las provincias de Rímini y Forli-Cesena, de la región de Emilia Romaña, delimitados en el pliego de condiciones de producción.

4.4. Prueba del origen: Desde la época vilanoviana hasta la Edad Media y de ésta hasta principios del siglo XX, son numerosas la fuentes documentales, eclesiásticas y notariales que hablan de la presencia del olivo en el territorio de colinas de Romaña y de la importancia del aceite de oliva en su economía rural.

A comienzos de siglo, se extraía aceite en 22 municipios de la provincia y toda la aceituna utilizada procedía de la propia provincia. En esos años, se prestó una atención especial al cultivo del olivo como demuestra la publicación de la obra Olivo y aceite de oliva en Rímini en 1901. En los primeros años del siglo, la Rivista agraria romagnola tenía una rúbrica habitual con información y consejos para los oleicultores. Esta zona goza, en efecto, de condiciones microclimáticas especiales, que, junto con prácticas agronómicas adecuadas, permiten producir un aceite muy estimado y que se distingue por sus características químicas y organolépticas.

La producción, transformación y envasado se efectúan en la zona delimitada. El hecho de que también el envasado se efectúe en esta zona obedece a la necesidad de preservar las características peculiares y la calidad del aceite "Colline di Romagna", de tal forma que el control efectuado por la estructura de control se lleve a cabo bajo la supervisión de los productores. Para éstos, la denominación de origen protegida reviste una importancia suma y supone, de acuerdo con los objetivos y orientación del Reglamento, una ocasión para aumentar sus ingresos. Además, el envasado se ha venido efectuando tradicionalmente en la zona geográfica delimitada.

Con el fin de garantizar el origen del producto, los productores que desean comercializar aceite virgen extra con esta denominación deben inscribir los olivares y las plantas transformadoras y envasadoras en registros específicos del organismo de control, que se mantienen actualizados, y comunicar anualmente las cantidades de aceitunas producidas así como la planta de transformación y de envasado.

4.5. Método de obtención: El aceite de oliva virgen extra "Colline di Romagna" se obtiene de las variedades de aceitunas Correggiolo (un 60 % como mínimo) y Leccino (un 40 % como máximo). Pueden emplearse también variedades menos significadas, como Pendolino, Moraiolo y Rossina, hasta un porcentaje máximo del 10 %.

La lucha contra las malas hierbas y contra los principales parásitos del olivo se lleva a cabo según los métodos de lucha integrada dictados por la región de Emilia Romaña.

La recoleccion de las aceitunas, efectuada directamente del árbol a mano o por medios mecánicos y evitando el contacto de las aceitunas con el suelo, debe producirse en el período comprendido entre el 20 de octubre y el 15 de diciembre. Está prohibido utilizar productos de abscisión. El transporte y el almacenamiento de las aceitunas se efectúa en recipientes rígidos de material inerte que permiten una ventilación adecuada del fruto. La molturación debe producirse como máximo dos días después de la recogida. La producción máxima de aceitunas está fijada en 7000 kg por hectárea en las plantaciones de cultivo especializado, mientras que no puede ser superior a 60 kg planta en los olivos aislados. La extracción del aceite se realiza únicamente por medios mecánicos y físicos en almazaras de la zona y previa desfoliación y lavado de las aceitunas. El rendimiento máximo de aceite no puede superar el 18 %. La temperatura de la pasta de aceituna durante las operaciones de extracción de aceite no puede superar los 27 °C. El "repaso" está prohibido, al igual que la utilización de cualesquiera productos de acción química o bioquímica, en las operaciones de extracción.

4.6. Vínculo: Los factores naturales, es decir, las características edafológicas de la zona y, sobre todo, sus condiciones microclimáticas específicas, repercuten directamente en las características químicas y organolépticas del aceite, vinculadas con la cosecha de las aceitunas antes de que maduren totalmente, lo que garantiza al aceite una gran calidad. Los terrenos son mixtos, con tendencia arcillosa, y contenido calcáreo elevado, bien estructurados e idóneos para el olivar. Las condiciones microclimáticas (lluvias concentradas en la primavera y el otoño y bajas temperaturas medias anuales) hacen que el período vegetativo se extienda sólo de abril a octubre, lo que determina una maduración progresiva y tardía de los frutos y hace que el aceite obtenido tenga una elevada calidad química y organoléptica. Los factores humanos están representados por el apego histórico al olivo de los oleicultores de la zona, que se manifiesta en los métodos agronómicos tradicionales que siguen aplicando para mantener el cultivo del olivo en el territorio.

La oleicultura está muy difundida en toda la provincia de Rímini, preferentemente en las colinas protegidas de la zona litoral, y se extiende por la provincia de Forli-Cesena en las zonas de colinas medias y bajas. En estos territorios, el olivo es el único cultivo arbóreo posible junto con la viticultura, y ocupa las zonas marginales, que tienen fuertes pendientes y que, por ello, son difíciles de cultivar, por lo que constituye un elemento importante del paisaje rural.

La variedad Corregiolo es la más común y la que da su carácter al aceite producido. Esta variedad resiste bien el frío y sus aceitunas maduran tardíamente y progresivamente, lo que, unido a las condiciones edafoclimáticas del territorio, permiten producir un aceite típico y renombrado.

4.7. Estructura de control Nombre: Cermet - Certificazione e ricerca per la qualità

Dirección: Via Aldo Moro, 22, I-40068 San Lazzaro di Savena - Bologna.

4.8. Etiquetado: El aceite de oliva virgen extra "Colline di Romagna" debe comercializarse en envases inmediatos, cerrados herméticamente, aptos para usos alimentarios y con la siguiente capacidad: 0,10 litros, 0,25 litros, 0,50 litros, 0,75 litros, 1 litro, 3 litros y 5 litros.

El nombre de la denominación de origen protegida "Colline di Romagna" debe figurar en la etiqueta en caracteres claros e indelebles y de forma que destaque sobre las demás indicaciones. Es obligatorio indicar el año de producción de las aceitunas de las que se haya obtenido el aceite. Se prohíbe utilizar otras referencias geográficas, indicaciones geográficas e indicaciones de lugares que correspondan a municipios o sectores pertenecientes a la zona de producción.

4.9. Requisitos nacionales: -

N° CE: IT/00211/2001.10.12.

Fecha de recepción del expediente completo: 8 de julio de 2002.

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