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Document 51998IR0310

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Hacia un mayor desarrollo de la política comunitaria de medio ambiente y creación de una Unión ecológica»

cdr 310/98 FIN

OJ C 198, 14.7.1999, p. 30 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51998IR0310

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Hacia un mayor desarrollo de la política comunitaria de medio ambiente y creación de una Unión ecológica» cdr 310/98 FIN -

Diario Oficial n° C 198 de 14/07/1999 p. 0030


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema "Hacia un mayor desarrollo de la política comunitaria de medio ambiente y creación de una Unión ecológica"

(1999/C 198/07)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

vista la decisión de la Mesa de 16 de septiembre de 1998, de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de emitir un dictamen sobre el tema "Hacia un mayor desarrollo de la política comunitaria de medio ambiente y creación de una Unión ecológica" y de encargar su elaboración a la Comisión 4 (Comisión de Ordenación del Territorio, Política Urbana, Energía y Medio Ambiente);

visto el proyecto de Dictamen (CDR 310/98 rev. 2) aprobado por la Comisión 4 el 11 de diciembre de 1998 (ponente: Sr. Teufel);

A. CONSIDERANDO QUE:

1. la profundización de una estrategia para la inclusión del medio ambiente en las políticas de la Unión Europea constituye en la actualidad una tarea especialmente importante de los órganos de la UE;

2. el Tratado de Amsterdam constituye un fundamento jurídico adecuado para el desarrollo y progreso de la política de la UE en materia de medio ambiente;

3. lo que interesa a este respecto es un reparto razonable de las competencias en los ámbitos relevantes para el medio ambiente entre los distintos niveles: Estados miembros de la UE, regiones y municipios, en virtud del principio de subsidiariedad;

4. sólo mediante bases científicas, incluidas las consideraciones relativas a la viabilidad, y respetando el principio de precaución, pueden lograrse unos planteamientos de futuro justos y de largo alcance para resolver la integración de las exigencias en materia de protección del medio ambiente en todas las políticas comunitarias y eliminar los elementos ecológicamente contraproducentes de la legislación europea;

5. las disposiciones en materia de medio ambiente vigentes en los Estados miembros de la UE imponen en la actualidad distintos requisitos, al tiempo que la aplicación de las disposiciones jurídicas comunitarias se realiza en casos particulares de manera muy diferente;

6. en los distintos Estados miembros y, respectivamente, en sus entes locales y regionales, existen diferencias importantes en la frecuencia de los controles realizados por las autoridades y en la sanción de las infracciones capaces de dañar seriamente el medio ambiente y, por ello, puede distorsionarse la situación de la competencia en el mercado interior;

7. los entes locales y regionales, las autoridades y los tribunales tienen una responsabilidad especial en la ejecución y control de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente;

8. en la tercera conferencia de seguimiento de los Estados signatarios del Convenio marco sobre el cambio climático de Río de Janeiro, celebrada en Kioto en diciembre de 1997, se alcanzaron unos compromisos concretos -aunque poco exigentes- para la reducción de las emisiones de gases que producen el efecto invernadero. Las reducciones acordadas de al menos el 5 % para los Estados industrializados son inferiores a las propuestas por la UE;

9. deben continuar los esfuerzos para la conservación de la biodiversidad, en particular más allá de las fronteras nacionales y regionales;

10. los paisajes formados por la mano del hombre reflejan el desarrollo económico, ecológico y cultural de las regiones de Europa, constituyen la razón de ser de la agricultura y la silvicultura, sientan las bases para un modo de explotación más sostenible y tienen una gran importancia no sólo para la biodiversidad, sino también para la población de las regiones y para el turismo;

11. el suelo, junto con el aire, el agua y la luz solar, constituye uno de los fundamentos naturales e indispensables de la vida para las personas, los animales y las plantas;

12. el desgaste del suelo, la erosión y la densificación, así como la sedimentación de substancias contaminantes amenazan cada vez más el aprovechamiento del suelo por el hombre y el desempeño de su función en la naturaleza y el paisaje;

13. aún continúa existiendo un potencial de desarrollo, sobre todo en el fomento de sistemas de producción más compatibles con los recursos hídricos y la agricultura y en la reducción de los depósitos de sustancias difusas;

14. con las directivas en materia de protección de los recursos hídricos adoptadas mientras tanto en la UE, que coinciden parcialmente y que ya no son coherentes en su contenido, no se compensan estos déficit ni se pueden trasladar los objetivos de una política sostenible en materia de aguas;

15. los ciudadanos de Europa tienen unas necesidades crecientes de acceso a la educación, al empleo, a los servicios sanitarios, etc., que deben satisfacerse de un modo sostenible, no necesariamente proporcionando más facilidades de transporte;

16. con la integración de la economía europea, el transporte de mercancías en el mercado interior experimentará un crecimiento importante a medio plazo, al tiempo que el transporte transnacional de mercancías a larga distancia por carretera contribuirá considerablemente a este crecimiento;

17. las emisiones procedentes de los vehículos y de los combustibles en el transporte por carretera ya son en la actualidad una causa importante del deterioro del medio ambiente a través del ruido y de los gases contaminantes, que dañan el clima y la salud humana;

18. se han producido deficiencias en el transporte por ferrocarril y no se ha utilizado hasta ahora su importante potencial de innovación, en particular en el transporte de mercancías a larga distancia;

19. la competencia entre los distintos transportistas está distorsionada y debería crearse una competencia justa mediante la consideración de los costes externos;

20. el principio de que "quien contamina paga" debe ser un principio fundamental de todos los programas y la legislación ambiental de la Comunidad,

en su 28° Pleno de los días 10 y 11 de marzo de 1999 (sesión del 10 de marzo) el Comité de las Regiones ha aprobado por mayoría el presente Dictamen.

B. INTRODUCCIÓN

En virtud del Tratado de Amsterdam, la Unión Europea también debe concebirse como una Unión ecológica. Esta exigencia se refiere a la propia Comunidad, a sus Estados miembros y a los entes regionales y locales. La Europa que se fusiona, en la que los problemas políticos, en particular en los ámbitos social, laboral y financiero, están en un primer término, requiere una nueva solidaridad.

A esta solidaridad corresponde también el que no se descuide la protección del medio ambiente y de la naturaleza. En la práctica, la política de medio ambiente, que requiere unas perspectivas especiales a largo plazo, se encuentra a menudo aislada sin ninguna relación con las medidas de otras políticas. En la elaboración y ejecución de todas las políticas y medidas, hay que considerar el nuevo triángulo mágico de la sostenibilidad en el sentido de un desarrollo equilibrado en los ámbitos ecológico, social y económico.

Esto es válido no sólo a escala comunitaria, sino también para los Estados miembros y sus entes regionales y locales.

El Comité de las Regiones valora la iniciativa de la Comisión Europea de promover la integración de la protección del medio ambiente y de la naturaleza en las políticas comunitarias dentro de sus estructuras institucionales.

Con su dictamen, el Comité de las Regiones desea

- contribuir al cumplimiento de la obligación que ahora figura en el Tratado de la UE relativa al desarrollo sostenible,

- presentar propuestas para la eliminación de las distorsiones de la competencia,

- garantizar una política europea común de medio ambiente en el sentido de preservar el planeta.

C. RECOMENDACIONES

1. Mejora de los procedimientos y disposiciones vigentes

1.1. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción que el principio de la sostenibilidad haya podido establecerse en el artículo 6 del Tratado CE con el respaldo oficial del Parlamento Europeo. Ahora hay que dotar de vida a esta disposición.

En opinión del Comité de las Regiones, la elaboración de un protocolo de sostenibilidad aportaría una importante contribución a este respecto, que en el momento adecuado se incluiría en el Tratado CE. Dicho protocolo de sostenibilidad podría, al igual que el protocolo de subsidiariedad, fijar unos procedimientos y medidas especiales, que deberán garantizar la toma en consideración del principio de sostenibilidad en medidas, programas y actos jurídicos a escala europea. Al mismo tiempo, debería prestarse la máxima atención a la eficacia administrativa.

El Comité de las Regiones, dentro de sus posibilidades, elaborará una propuesta para un protocolo de sostenibilidad en el que se recogerán las deliberaciones que se están manteniendo en las instituciones europeas y en los distintos Estados miembros. Dicho protocolo de sostenibilidad podría, asimismo, orientar la acción en los Estados miembros.

1.2. El Comité de las Regiones considera indispensable que se concreten todas las medidas tendentes a lograr un mayor desarrollo de la política medioambiental comunitaria y la realización de una Unión ecológica, con objeto de elaborar un programa de aplicación. Por último, debe incluirse un calendario con plazos para los ámbitos de actuación y las medidas más importantes, así como los fundamentos para el Libro Blanco y el Libro Verde correspondientes. El Comité de las Regiones propone que, en lugar de emprender una revisión del quinto programa de acción en favor del medio ambiente, la Comisión inicie los trabajos de un sexto programa, elaborado sobre la base del documento de Río, y que tenga como punto de partida el objetivo global de la Comisión de lograr un desarrollo sostenible.

1.3. El Comité de las Regiones considera que, precisamente para el ámbito del medio ambiente, debe celebrarse el debate ya entablado sobre un reparto razonable de competencias entre los municipios, las regiones, los Estados miembros y a escala europea, con el telón de fondo del aprovechamiento de los efectos de la sinergia y en el respeto del principio de subsidiariedad.

El Comité de las Regiones considera asimismo que, a este respecto, también debe aplicarse un control periódico de la legislación de la UE en el ámbito del medio ambiente. Al mismo tiempo, debería examinarse en qué medida una "legislación blanda" ("soft law") puede ayudar a lograr mejores resultados en materia de protección del medio ambiente mediante el compromiso voluntario de los grupos contemplados en los acuerdos.

Los principios de una gestión voluntaria de la protección del medio ambiente por parte de las empresas introducidos con la auditoría ecológica deben cimentarse aún más en la práctica. Con ello se trata de que participen los trabajadores, de que desarrollen su competencias y de que se establezca una estrategia de gestión armonizada con la representación de los intereses empresariales.

Igualmente se considera que la evaluación estratégica previa desde el punto de vista medioambiental de los diferentes planes y programas sectoriales es un instrumento que puede contribuir positivamente a hacer realidad la integración del medio ambiente en las diferentes políticas.

1.4. El Comité de las Regiones pide un pacto de estabilidad sobre medio ambiente entre la UE, los Estados miembros, las regiones y los municipios. Con el pacto de estabilidad sobre medio ambiente deberá desarrollarse la Carta de Valencia sobre medio ambiente en el marco de la próxima adhesión de nuevos Estados a la UE y debería hacerse referencia a la Carta de Aalborg. El Comité de las Regiones presentará lo antes posible un primer proyecto para la concretización del pacto. Los futuros miembros de la UE deberían aspirar a adherirse a dicho pacto de estabilidad.

1.5. El Comité de las Regiones pide la creación de un Consejo de expertos en ecología de la UE. Cada dos años, el Consejo de expertos en ecología debería presentar un informe a la Comisión, en el que se propongan medidas concretas comunitarias para eliminar de la legislación europea los elementos contraproducentes desde el punto de vista ecológico en distintos instrumentos de financiación de la Comunidad y para que en todas las políticas comunitarias se tomen ampliamente en consideración las necesidades de protección del medio ambiente. Asimismo, podría emitir dictámenes sobre cuestiones específicas y controlar así con regularidad el respeto del principio de la sostenibilidad.

1.6. Mediante una modificación del Tratado CE debería lograrse que también se enviaran al Comité Económico y Social representantes de las organizaciones no gubernamentales que se ocupan del medio ambiente.

1.7. Debería reforzarse el diálogo sobre medio ambiente entre el Parlamento Europeo, el Comité de las Regiones y la Comisión Europea, con la inclusión del Foro Consultivo General en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible.

1.8. Las regiones y los municipios deberían fomentar la participación de sus ciudadanos con programas en favor de unas relaciones públicas activas. El primer paso en esta dirección debería consistir en que todas las regiones y municipios dispusiesen de una oficina de contacto y, de forma paralela y en la medida de lo posible, de un sitio en Internet, para que los ciudadanos pudieran informarse sobre las iniciativas en sus territorios (por ejemplo, Agenda 21 o Hábitat).

1.9. Cada región debería, en coordinación con los municipios, crear un marco de orientación de más largo plazo, por ejemplo, bajo la forma de un plan de medio ambiente para lograr la sostenibilidad, que incluyese objetivos concretos con etapas intermedias, así como medidas y plazos para su incorporación. Al mismo tiempo, la UE debería apoyar de una manera adecuada el intercambio de experiencias y los procesos de coordinación, en particular en las regiones fronterizas.

2. La legislación medioambiental y su ejecución

2.1. El Comité de las Regiones desearía en este punto apoyar a la Comisión Europea para que continúe desarrollando la legislación comunitaria en materia de medio ambiente con arreglo al principio de subsidiariedad, con miras a su importante contribución a la consecución de una competencia justa y, en particular, mediante la fijación de valores límite de emisión y normas de calidad medioambiental. Se recomienda a la Comisión que mantenga la obligación de presentar informes sobre estos temas dentro de unos límites razonables y que los resultados, en términos de "feedback", del cumplimiento de dicha obligación sean superiores al esfuerzo realizado para elaborar dichos informes.

2.2. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión Europea respecto a los requisitos mínimos relativos a la forma y alcance de las inspecciones oficiales en materia de medio ambiente. Pide al Consejo que haga suya esta propuesta y que adopte cuanto antes unas condiciones que tengan en cuenta las necesidades prácticas y, con unos gastos de ejecución justificables, conduzcan pronto a una práctica de ejecución comparable y a medio plazo a una aplicación homogénea en Europa.

2.3. El Comité de las Regiones acoge favorablemente la adopción de la Directiva 96/61/CE relativa a la prevención y control integrados de la contaminación, que establece por primera vez un marco homogéneo a escala europea para la autorización y el control de las instalaciones industriales de especial relevancia para el medio ambiente.

2.4. Asimismo, pide a la Comisión Europea que ultime cuanto antes documentos técnicos (BREF) para los distintos tipos de instalaciones industriales incluidas en la Directiva 96/61/CE, que describan de manera concreta las normas exigidas a escala europea como valores límite de emisión.

Solo así puede lograrse una armonización de los requisitos materiales. De lo contrario, la Directiva 96/61/CE se limitaría a una armonización de los procedimientos de autorización y control y consolidaría las distorsiones de la competencia.

2.5. El Comité de las Regiones pide a la Comisión que presente lo antes posible propuestas con medidas basadas en el concepto de política integrada de productos, que cubre todo el ciclo de vida de un producto.

3. Formación y educación para la sostenibilidad

3.1. Con objeto de fomentar un comportamiento consciente del medio ambiente, orientado hacia la calidad de vida y la sostenibilidad, junto a la aplicación de los medios jurídicos y financieros, debería otorgarse un mayor peso específico a la aplicación de los instrumentos sociales (información, formación y educación, diálogo, decisiones políticas interactivas, colaboración, etc.)

3.2. El Comité de las Regiones insta a la Comisión y al Consejo a que reformen los actuales programas de promoción, de modo que en adelante puedan fomentarse planteamientos innovadores para la potenciación de los conocimientos sobre el medio ambiente y del comportamiento respetuoso con el mismo, con la ayuda de los instrumentos sociales antes citados.

3.3. Debería permitirse la utilización de un banco de datos internacional con el fin de que puedan intercambiarse informaciones sobre las iniciativas locales en los ámbitos de la calidad de vida y de la sostenibilidad con el funcionamiento de los instrumentos sociales (por ejemplo, desarrollo de una Agenda 21 local o de una Agenda-Hábitat relativa al desarrollo de la vivienda).

4. Cooperación transfronteriza

4.1. El Comité de las Regiones señala la importancia de una cooperación intensificada entre las regiones del interior y del exterior de la Unión Europea. Pide a la Comisión Europea que promueva en adelante el intercambio de experiencias y la búsqueda de soluciones para el deterioro transfronterizo del medio ambiente, en particular con miras a la ampliación de la Unión Europea.

4.2. La creación de nuevas normas jurídicas en materia de medio ambiente por la Comunidad debería concentrarse en las cuestiones transfronterizas entre los Estados miembros.

5. Protección del clima

5.1. El Comité de las Regiones considera oportuno aprovechar lo mejor posible el potencial de las energías renovables y de las técnicas para lograr un uso más eficaz de la energía y contemplar la elaboración de un análisis competitivo de su fomento por las autoridades públicas, en particular desde el punto de vista de la sostenibilidad. Además, deberían crearse incentivos para ello y facilitarse el acceso a los programas correspondientes.

5.2. El Comité de las Regiones pide al Consejo que cree lo antes posible un marco comunitario para la imposición fiscal de la energía no renovable y la internalización de todos los costes externos. Al mismo tiempo, deberían también tomarse en consideración las repercusiones para los grupos de ciudadanos con rentas bajas, para las zonas montañosas y rurales y para los sectores de la economía sobre los que repercuten fuertemente los costes energéticos.

5.3. El Comité de las Regiones pide a la Comisión Europea que estudie en qué medida el ordenamiento jurídico y otros instrumentos, en particular los programas de apoyo, son contrarios a la reducción de las emisiones. La Comisión Europea debería actuar, asimismo, en el marco de la reforma de la política agrícola común y de los fondos estructurales sobre la reducción de las emisiones. El Comité de las Regiones hace hincapié a este respecto en la importancia que reviste el ecosistema forestal como filtro del aire y reductor del dióxido de carbono.

5.4. El Comité de las Regiones considera conveniente adaptar a los nuevos avances los objetivos de reducción legales relacionados con las sustancias contaminantes dentro de un período de tiempo razonable, para que puedan considerarse en la legislación europea los nuevos conocimientos sobre sustancias contaminantes y el estado de la técnica.

5.5. El Comité de las Regiones considera conveniente la utilización de instrumentos de incentivación económica reforzados (tasas medioambientales orientativas, derechos negociables de explotación del medio ambiente y estrategias de compensación) en el ámbito de la protección del clima. Por consiguiente, debe actuarse enérgicamente para incrementar la relación coste-eficacia de la política de medio ambiente y desactivar el conflicto con las políticas de crecimiento y empleo.

5.6. El Comité de las Regiones considera necesario que la Unión Europea y sus Estados miembros tomen en adelante la iniciativa en la reducción de los gases causantes del efecto invernadero.

6. Protección de la naturaleza

6.1. El Comité de las Regiones valora los esfuerzos realizados hasta ahora por la Comisión Europea para mantener la biodiversidad. Asimismo, espera que la Comunidad defenderá también en la política comercial internacional los intereses de la protección de las especies y de la naturaleza.

6.2. El Comité de las Regiones pide a la Comisión Europea, al Consejo y al Parlamento Europeo que tomen en mayor consideración los intereses de la protección de la naturaleza en la reforma de la política agrícola común. A este respecto, el Comité de las Regiones constata que sólo las formas sostenibles de agricultura deben considerarse compatibles con la salvaguarda del medio ambiente y que esta consideración no es aplicable a las formas puramente industriales. Para lograr una agricultura sostenible, habría que favorecer una explotación agraria y un ciclo económico agrario respetuosos con el medio ambiente, así como la comercialización de productos cultivados y transformados en la región.

6.3. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por la Comisión Europea para fomentar un uso sostenible de la tierra, como el etiquetado de los productos de la agricultura ecológica y los trabajos en favor de la etiqueta ecológica. Los programas y planes de acción concretos deberían adecuarse a la situación del espacio natural, de modo que puedan tomarse en especial consideración las necesidades de la población local, de los usuarios de la tierra y de la naturaleza. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por la Comisión para fomentar un uso sostenible de la tierra a través de la reglamentación de las OCM y del Reglamento 2078/92, impulsando a su amplio desarrollo normativo y económico.

6.4. El Comité de las Regiones pide que en los grandes proyectos previstos en el marco de los fondos estructurales se realicen controles de compatibilidad con el medio ambiente. La documentación elaborada, incluido el examen de la relación coste-beneficio, deberá hacerse pública.

6.5. El Comité de las Regiones apoya la creación y consolidación de la red de espacios protegidos Natura 2000. Asimismo, pide a la Comisión Europea que limite la obligación de información al respecto a un contenido justificable.

6.6. Es preciso un reconocimiento financiero adecuado de la conservación del paisaje desde una óptica a largo plazo, así como del cuidado del suelo y de los esfuerzos por conservar y recuperar los bosques sanos.

7. Suelo

7.1. El Comité de las Regiones pide que también el suelo se utilice con arreglo al principio de la sostenibilidad. Por este motivo, junto con la utilización moderada del suelo como superficie, también deberá desarrollarse cuidadosamente el uso del suelo como elemento de la naturaleza y portador de funciones ecológicas. El Comité de las Regiones considera que la agricultura y silvicultura sostenibles constituyen un elemento irrenunciable e intrínseco del uso del suelo y son garantes de la conservación del paisaje transformado por la acción humana.

7.2. Por consiguiente, el Comité de las Regiones pide que las medidas adoptadas por la Comunidad y por los Estados miembros, así como por los entes regionales y locales, se basen en los siguientes principios:

- una utilización moderada y cuidadosa del suelo;

- la protección contra la degradación y la impermeabilización del suelo especialmente valioso y un recurso adecuado a la extracción de suelo cuando ésta resulte inevitable;

- el carácter prioritario de la reutilización de superficies ya cultivadas;

- la revalorización de los suelos no contaminados y el tratamiento racional de los suelos contaminados;

- la reducción de la erosión y la prevención de los riesgos de aludes y deslizamientos de tierras y de otros fenómenos geológicos similares;

- la disminución de los depósitos de sustancias nocivas.

8. Agua y residuos

8.1. El Comité de las Regiones apoya a la Comisión Europea en los esfuerzos comunes en favor de una política eficaz de protección de los recursos hídricos con un elevado nivel de protección. Sólo así podrá realizarse el objetivo del desarrollo sostenible a escala europea.

8.2. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción que la Comisión Europea haya fijado objetivos para la futura política de aguas y pide a la Comisión Europea que concrete los principios de precaución, de "quien contamina paga" y de cooperación, así como el principio de la consideración de los intereses ecológicos y el principio de subsidiariedad en el contenido material de su política de aguas, con objeto de evitar o reducir los perjuicios más importantes a los fundamentos de la vida humana.

El Comité de las Regiones señala a este respecto que las medidas en favor de la conservación o la creación de bosques revisten, asimismo, una especial importancia para la protección de los recursos hídricos.

8.3. El Comité de las Regiones considera que la evitación de residuos es el elemento más importante de una política europea en materia de residuos. Pide, por consiguiente, que la Comunidad y sus Estados miembros presten una atención particular a este objetivo.

En los programas de ayuda comunitaria para el sector industrial debe introducirse -y, en su caso, reforzarse- como parámetro importante de control la reducción de residuos de cualquier clase con arreglo a los últimos avances de la técnica y la ciencia.

Debe agilizarse la introducción a escala europea de instrumentos de la economía de mercado ya probados en algunas regiones a modo de incentivo a fin de evitar la producción de residuos peligrosos para el medio ambiente y la salud.

8.4. El Comité de las Regiones señala que el principio de la libre circulación de mercancías sólo se aplica con restricciones a la eliminación de residuos. La armonización europea debe preservar las actuales competencias locales y regionales.

Asimismo, pide a la Comisión Europea que, junto a la utilización de los materiales y la energía contenidos en los residuos, tome también en consideración el objetivo en materia de gestión de residuos consistente en eliminar las sustancias contaminantes contenidas en los residuos lo más cerca posible de su lugar de origen.

8.5. El Comité de las Regiones pide a la Comisión Europea que no interfiera en los esfuerzos realizados por los Estados miembros para instalar estructuras para la eliminación ecológica de residuos. En este sentido, se trata de garantizar elevadas normas medioambientales, y no de debilitar a la Comisión Europea por medio de iniciativas relacionadas con la competencia. Asimismo, el Comité de las Regiones solicita a la Comisión Europea que presente lo antes posible propuestas para concretar las limitaciones necesarias en la legislación comunitaria para la eliminación y el tratamiento de residuos. El Comité de las Regiones espera que la Comisión Europea reconozca la competencia de los Estados miembros para desarrollar por sí mismos los criterios límite aplicables en materia de valoración y eliminación de residuos hasta que éstos se definan a escala comunitaria.

9. Transporte

9.1. El Comité de las Regiones reconoce que la Comisión Europea ha presentado varias propuestas de base y documentos de debate para la mejora de la integración de las políticas de medio ambiente y de transportes. El Comité de las Regiones espera que la Comisión Europea otorgue prioridad a la solución de los problemas crecientes que existen en el ámbito del transporte tomando en consideración los modos de transporte más respetuosos con el medio ambiente (por ejemplo, el ferrocarril, el transporte público, el transporte por vía navegable y el marítimo-costero). A este respecto, el Comité de las Regiones acoge con especial satisfacción los esfuerzos realizados en favor de una mayor promoción del transporte combinado, para contribuir así a la descongestión de las carreteras.

El Comité de las Regiones espera que el Parlamento Europeo y el Consejo aprueben lo antes posible los actos jurídicos necesarios para un mayor desarrollo del transporte ferroviario reconociendo una preferencia especial al transporte ferroviario, que respeta el medio ambiente.

El Comité de las Regiones considera, asimismo, necesario alcanzar un acuerdo a escala europea sobre los elementos esenciales de un concepto amplio para todos los modos de transporte con objeto de lograr una repercusión justa de los costes sobre aquellos que los originan con la inclusión de los costes externos.

El Comité de las Regiones pide a la Comisión que se estudien también, a este respecto, las repercusiones de las distintas estrategias de internalización sobre la economía, la sociedad y el medio ambiente. Al mismo tiempo, también deberían estudiarse suficientemente las repercusiones que unos precios del transporte adecuados a los costes tendrían para el sector orientado hacia la carga y el transporte, así como para la Unión Europea como emplazamiento empresarial.

9.2. El Comité de las Regiones pide a la Comisión Europea, al Consejo y al Parlamento Europeo que hagan todo lo posible para que se logren nuevos avances decisivos en el ámbito del transporte en el marco de la ampliación de la Comunidad, entre ellos el aumento de los valores máximos de las tasas de utilización de las carreteras para los camiones -allí donde éstas sean aplicables- y su diferenciación de acuerdo con los puntos de vista ecológicos. Asimismo, deberían realizarse progresos en la utilización de las redes ferroviarias.

9.3. El Comité de las Regiones pide medidas para limitar el consumo de combustibles y, por consiguiente, de las emisiones de CO2 de los automóviles, incluida la facultad de las regiones y de los Estados miembros para fomentar con incentivos fiscales la introducción anticipada en el mercado de vehículos automóviles con un consumo especialmente reducido, tomando en consideración los efectos en los distintos grupos de renta y en las personas que residen en las zonas rurales y urbanas.

9.4. El Comité de las Regiones pide la rápida aprobación de la Directiva sobre las emisiones de los vehículos pesados, donde se impongan unos valores más exigentes que los hasta ahora previstos para el nivel EURO IV (a partir del 2005). Al mismo tiempo, deberá autorizarse a los Estados miembros a fomentar con incentivos fiscales, a partir del año 2000, los vehículos que respeten anticipadamente unos valores límite de emisiones más estrictos. Esta medida debería aplicarse también a los autobuses y a los vehículos de reparto con motor de gas, cuando pudieran implantarse en las aglomeraciones urbanas.

9.5. El Comité de las Regiones ve en la introducción rápida de gasolinas y combustibles diesel menos perjudiciales para el medio ambiente una medida decisiva para reducir el deterioro del medio ambiente producido por el transporte por carretera. Asimismo, los combustibles más limpios son una condición indispensable para la introducción de nuevos conceptos de motor con un menor consumo y unas emisiones más reducidas de sustancias contaminantes.

El Comité de las Regiones considera que la Directiva relativa a los combustibles publicada a finales de diciembre de 1998 constituye un auténtico avance fundamental, pero considera necesaria una nueva reducción, especialmente de los contenidos de azufre.

El Comité de las Regiones pide a todos los Estados miembros que fomenten la rápida implantación y el uso preferente de combustibles menos perjudiciales para el medio ambiente mediante incentivos fiscales eficaces.

Al mismo tiempo, deberían tomarse en consideración las repercusiones para los grupos de ciudadanos con rentas bajas y para las zonas rurales.

9.6. El Comité de las Regiones acoge con satisfacción la Directiva publicada a finales de diciembre de 1998 sobre futuras normas de emisión de los automóviles y vehículos industriales ligeros, así como la autorización a los Estados miembros para fomentar con incentivos fiscales la introducción anticipada en el mercado de automóviles adecuados a los requisitos EURO IV a partir del año 2000.

El Comité de las Regiones se pronuncia a favor de que todos los Estados miembros fomenten mediante incentivos fiscales eficaces la rápida introducción y el uso preferente de vehículos de emisiones especialmente reducidas.

9.7. Debido a la gran importancia que los ciudadanos otorgan a un entorno residencial y vital tranquilo en las zonas del interior de las ciudades y de su periferia, el Comité de las Regiones insta encarecidamente a la Comisión a que presente una directiva a modo de medida de continuación de la nueva directiva sobre las emisiones de los vehículos de motor, que tenga como objetivo una mayor reducción de la contaminación sonora producida por los automóviles y los camiones (ruido de motores en velocidades de hasta 60 km/h y ruido de neumáticos a velocidades superiores).

10. Economía, comercio y empleo

10.1. El Comité de las Regiones señala que las mejoras en el ámbito del medio ambiente aumentan la calidad del emplazamiento y contribuyen a garantizar el empleo.

10.2. En el ámbito de la política comercial, en particular de la OMC, deberían introducirse unas normas ecológicas mínimas. Por otra parte, y en ese mismo ámbito de la política comercial, en particular de las OCM, deberían regularse las normas básicas de producción integrada y ecológica.

10.3. El Comité de las Regiones señala que, en efecto, desde el punto de vista económico, en la política de medio ambiente deberían escogerse cada vez más aquellos instrumentos que, además de ser eficaces, tengan una buena relación coste-eficacia y que estimulen la promoción de los avances técnicos en el ámbito del medio ambiente. El Comité de las Regiones considera que una política medioambiental eficaz desde el punto de vista ecológico y económico resulta más adecuada para integrar la política de medio ambiente en las políticas económica y de empleo.

11. Protección contra las radiaciones

11.1. El Comité de las Regiones solicita que los ámbitos de la protección contra las radiaciones, que no están incluidos en los trabajos de Euratom, como el almacenamiento definitivo y los residuos procedentes de la minería del uranio, se aborden con mayor intensidad en la UE. A este respecto, debe mejorarse, en particular, la información de las autoridades regionales competentes para la protección contra las radiaciones, así como la colaboración con las mismas, y garantizarse un mayor fomento de proyectos comunes de I+D sobre cuestiones relacionadas con la radiactividad natural. Con el telón de fondo de las próximas adhesiones, estas cuestiones adquieren una mayor importancia.

11.2. El Comité de las Regiones espera que se elabore una normativa europea común para el tratamiento de materiales contaminados con radionucleidos naturales (como, por ejemplo, la chatarra, los lodos procedentes de la producción de petróleo, las escorias, etc.)

D. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las posiciones del Comité de las Regiones sobre los temas fundamentales de la política de medio ambiente deben consolidarse y desarrollarse a la luz del Tratado de Amsterdam.

La competencia en el mercado interior aumentará aún más con la Unión Económica y Monetaria. Por consiguiente, la ejecución concreta y el desarrollo de los contenidos de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente será todavía más importante en el futuro.

El Comité de las Regiones tiene una responsabilidad especial en la materia, ya que son sobre todo los entes regionales y locales los responsables de una aplicación eficaz.

Un buen desarrollo económico de la Unión Europea sólo es posible en conexión con una política de medio ambiente exigente. La protección del medio ambiente es un motor para la innovación y el crecimiento del conjunto de la economía. Una protección moderna del medio ambiente crea, asimismo, puestos de trabajo sostenibles. La exportación de técnicas de protección del medio ambiente por parte de la UE adquiere una importancia especial con miras a la estrategia intensiva de preadhesión para los países de Europa Central y Oriental candidatos a la adhesión en el próximo decenio.

El Comité de las Regiones no ignora que el mayor desarrollo de la legislación material sobre el medio ambiente será cada vez más complicado debido a las numerosas interdependencias. Por ello, se considera necesario un asesoramiento científico complementario.

En el lugar de los problemas clásicos del medio ambiente, se han presentado nuevos retos. Las amenazas globales que plantean los cambios climáticos como consecuencia del aumento de las emisiones de los gases que producen el efecto invernadero, la reducción de la capa de ozono y el agotamiento de los recursos no son tan visibles como la mayoría de los problemas medioambientales clásicos, como, por ejemplo, la contaminación de las aguas o el vertido incontrolado de residuos. Por consiguiente, en todos los ámbitos de la educación medioambiental es necesario un planteamiento amplio. No deben proporcionarse únicamente fundamentos científicos, sino que también debe establecerse una relación entre la protección del medio ambiente y los aspectos económicos y sociales.

La Unión Europea tiene una responsabilidad global en la protección del clima y en el ahorro energético y de materias primas. Debe tomar la iniciativa dando un buen ejemplo, para concretar la exigencia de un desarrollo sostenible en todo el mundo.

La realización de un desarrollo sostenible en el interior de la Unión Europea no será posible sin la modificación de las prioridades en las distintas políticas sectoriales. Esto se manifiesta claramente, sobre todo, en el ámbito del transporte.

Un problema especialmente importante en el ámbito del medio ambiente es el deterioro del suelo. Sus causas principales son la erosión y la degradación de su estado físico y químico. Hasta ahora no existe una política comunitaria de protección del suelo. El Comité de las Regiones es consciente de que, en vista del carácter transversal que debe tener una política moderna de protección del suelo, es especialmente difícil desarrollar esta política a escala comunitaria, sobre todo cuando debe respetarse el principio de subsidiariedad.

En la transposición del principio del desarrollo sostenible, los aspectos institucionales y de procedimiento desempeñan un papel especial debido a su carácter horizontal.

Bruselas, el 10 de marzo de 1999.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Manfred DAMMEYER

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