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Document 51995IR0376

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Libro Verde de la Comisión sobre el papel de la Unión en materia de turismo»

CdR 376/95

OJ C 126, 29.4.1996, p. 24–27 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

51995IR0376

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Libro Verde de la Comisión sobre el papel de la Unión en materia de turismo» CdR 376/95

Diario Oficial n° C 126 de 29/04/1996 p. 0024


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Libro Verde de la Comisión sobre el papel de la Unión en materia de turismo»

(96/C 126/05)

El 24 de abril de 1995, de conformidad con el artículo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité de las Regiones sobre el Libro Verde de la Comisión sobre el papel de la Unión en materia de turismo.

El 19 de julio de 1995, el Comité de las Regiones decidió elaborar un dictamen al respecto. La Subcomisión de Turismo y Espacio Rural (Subcomisión 2) fue encargada de preparar los trabajos del Comité de las Regiones en este asunto (Ponente: Sr. Bent Hansen).

En su reunión del 6 de septiembre de 1995, la Subcomisión 2 aprobó el presente dictamen.

En su 10° Pleno celebrado los días 15 y 16 de noviembre de 1995 (sesión del 16 de noviembre 1995), el Comité de las Regiones ha aprobado el presente dictamen.

Introducción

El Comité de las Regiones se remite a su Dictamen de 2 de febrero de 1995 sobre «Una política de desarrollo rural en las regiones de la UE» (doc. CDR 6/95 fin), y hace notar:

- que las necesidades y posibilidades actuales en materia de empleo, estilo de vida, nivel de vida y tecnología hacen del turismo una actividad con futuro,

- que, en el plano económico y regional, el turismo puede contribuir al desarrollo y a la diversificación,

- que el turismo puede contribuir a la cohesión económica y social y a la reducción de las distorsiones territoriales y regionales en la Unión, y

- que numerosos entes locales y regionales poseen competencias en materia de turismo.

Observaciones generales

1. El Comité de las Regiones

- toma nota con satisfacción del inventario de las acciones emprendidas por la Comunidad en materia de turismo que figura en el Libro Verde, y de los numerosos vínculos existentes entre el desarrollo del turismo y gran número de políticas e instrumentos comunitarios,

- señala que, teniendo en cuenta la decisiva responsabilidad de los entes regionales y locales en el desarrollo del turismo, parece conveniente completar el elenco de las competencias locales y regionales en el Anexo 3 del Libro Verde, y se declara dispuesto a facilitar el material de información correspondiente sobre sus miembros,

- muestra su conformidad también con el análisis claro del valor añadido comunitario en materia de turismo y de las diferentes perspectivas de evolución del papel de la Unión en materia de turismo,

- felicita a la Comisión por el amplio procedimiento de consulta que se propugna en el Libro Verde.

Los objetivos de las acciones futuras de la Unión en materia de turismo

2. El Comité de las Regiones subraya que las medidas denominadas en lo sucesivo «acciones» y «actividades» de la UE deberán ser compatibles con el principio de subsidiariedad.

El Comité de las Regiones subraya la necesidad de precisar y fijar los objetivos comunitarios en materia de turismo, y de examinar las posibilidades de realización de estos objetivos a través de una acción coordinada entre las políticas actuales.

El Comité de las Regiones insta a la Comisión a presentar propuestas al respecto.

3. El Comité de las Regiones considera que el objetivo comunitario en materia de turismo debería ser contribuir al desarrollo sostenible en el ámbito económico, cultural y medioambiental. A largo plazo, este desarrollo debería ser provechoso tanto para los turistas como para la actividad económica y las poblaciones locales.

El Comité de las Regiones comparte la idea de que los intereses de las empresas y de los turistas, en su calidad de consumidores, son objetivos importantes en el marco de las acciones comunitarias en materia de turismo.

Sin embargo, el Comité de las Regiones hace notar que existe un tercer grupo que merece también que se le preste atención en el marco del desarrollo del turismo, a saber, los ciudadanos que viven en los lugares de destino de los turistas.

4. A juicio del Comité de las Regiones, es esencial que, al igual que a otras actividades, se otorgue a la industria del turismo condiciones marco y que ésta tenga libre acceso a los instrumentos de política económica que contribuyen a uniformizar las condiciones de la competencia y crean crecimiento y empleo.

Las acciones en materia de turismo deberían, en gran medida, ser parte integrante de una estrategia de desarrollo económico más diversificada y mejor aplicada.

5. Finalmente, el Comité de las Regiones considera importante que la Unión estimule lo antes posible la participación de los interlocutores regionales y locales, incluidas las entidades y las empresas, que son las principales responsables del desarrollo del turismo.

Cooperación y asociación

6. El Comité de las Regiones destaca que el turismo es un asunto extremadamente complejo no sólo desde el punto de vista político sino también desde el punto de vista práctico:

- los agentes económicos van desde las PYME a las cadenas de hoteles y a las compañías aéreas de carácter multinacional;

- el propio producto va de las grandes ciudades turísticas y las megaatracciones internacionales al cicloturismo y el turismo rural;

- los consumidores disponen de medios financieros variables y tienen gustos diferentes;

- las poblaciones locales de los diferentes destinos no constituyen grupos homogéneos. Algunas personas viven del turismo. Otras piensan que el turismo pesa quizá demasiado sobre el medio ambiente y la cultura local;

- los poderes públicos poseen competencias esenciales en un conjunto de ámbitos importantes para el turismo.

7. Por consiguiente, el Comité de las Regiones considera que un desarrollo positivo del turismo exige una colaboración en todos los niveles de la Unión:

- entre los proveedores privados de productos turísticos y de servicios;

- entre los socios públicos y privados responsables en materia de turismo;

- entre los diferentes niveles de autoridad de la Unión: Comisión, Estados miembros, entidades regionales y locales;

- entre los diferentes servicios de cada nivel de autoridad de la Unión: entre centros y servicios de las administraciones locales y regionales, entre ministerios de los Estados miembros y entre los servicios de la Comisión.

8. El Comité de las Regiones subraya que la cooperación en todos estos niveles reforzará el valor de cada acción individual.

El Comité de las Regiones insiste asimismo en que un único agente no puede determinar ni ser responsable de la cooperación necesaria ni de la evolución positiva deseable en este ámbito. La responsabilidad es colectiva, pero los poderes públicos pueden desempeñar un papel particular fomentando la cooperación en materia de turismo, garantizando que se tengan en cuenta los intereses públicos en el desarrollo del turismo y contribuyendo de forma continua a la mejora de bienes públicos como, por ejemplo, el entorno natural, el patrimonio, las instalaciones de esparcimiento y las infraestructuras de transportes.

9. El Comité de las Regiones desea poner de manifiesto, en particular, las posibilidades de que disponen las entidades regionales y locales para desempeñar un papel clave en la constitución de asociaciones y en el establecimiento de la cooperación en pro de un desarrollo conveniente para el turismo. Los consejos regionales y municipales y los órganos elegidos democráticamente han asumido ya, en gran medida, la responsabilidad de las estrategias de turismo local y regional, que, dado que constituyen una síntesis de todas las opiniones, son un punto de partida para conseguir el desarrollo conjunto a largo plazo de un turismo sostenible.

Se insta a la Comisión a que, en el marco de sus competencias, propulse de manera inmediata la cooperación interregional y local en materia de turismo, reforzando así el papel de las autoridades locales y regionales en su dimensión de auténticos actores y responsables primarios del desarrollo turístico en toda Europa.

10. El Comité de las Regiones cree que no debe olvidarse que también se insta a las empresas, a los países, a las regiones y a las localidades a participar en el desarrollo del turismo mediante una competencia sana en lo que se refiere a los medios de atraer a los turistas.

Perspectivas de evolución del papel de la Unión en materia de turismo

11. El Comité de las Regiones considera que es necesaria una intervención más activa y más coordinada entre los Estados miembros debido al desarrollo y a las potencialidades dinámicas del turismo, y debido sobre todo a las complejas relaciones del turismo con los numerosos ámbitos de competencia de la Unión.

12. El Comité de las Regiones no cree, sin embargo, que fuera del marco de las actuales políticas de la Comunidad sea necesario crear fundamentos jurídicos para una política comunitaria sobre turismo.

Es asimismo necesario que las iniciativas emprendidas a escala comunitaria se lleven a cabo sobre una base transparente y coherente que asegure la legitimidad necesaria a la acción y, por tanto, garantice la coordinación y el efecto general deseados.

13. El Comité de las Regiones insiste en que la acción de la Unión en materia de turismo debe fundamentarse en el principio de subsidiariedad. Además, toda tentativa de crear una imagen común europea sólo puede servir para enmascarar las identidades individuales y culturales que los Estados miembros y las autoridades regionales y locales ponen de relieve en la actualidad en sus campañas de promoción de sus respectivos destinos turísticos. Por consiguiente, el CDR hace hincapié en que la responsabilidad de la promoción turística no debería ser competencia de la Unión sino de las autoridades y organismos locales, regionales y nacionales.

La acción comunitaria debe, además, tener en cuenta las disparidades de la situación de las diferentes regiones de la Unión, ya se trate de zonas urbanas o rurales, o de regiones costeras o de montaña, cada una con sus particularidades medioambientales y sus elementos culturales propios relevantes para el turismo.

14. El Comité de las Regiones mantiene que una acción en el nivel de la Unión ofrecería las máximas ventajas si estuviera acompañada de los tres elementos siguientes: 1) una coordinación interna de la acción entre las Direcciones Generales de la Comisión, 2) una acción complementaria en relación con las estrategias nacionales, regionales y locales, y 3) el estímulo y el apoyo a las iniciativas locales y regionales.

15. El Comité de las Regiones corrobora la necesidad de una coordinación sectorial entre los diversos servicios de la Comisión, teniendo en cuenta la multiplicidad de responsabilidades en relación con las numerosas políticas (citadas en el punto A II del Libro Verde) que influyen fuertemente sobre el desarrollo del turismo.

El Comité de las Regiones desea que los objetivos comunitarios en materia de turismo se integren en la concepción y aplicación de políticas comunitarias en otros ámbitos, entre ellos el medio ambiente, la cultura, las PYME, el mercado interior, las RDT, los transportes y la formación.

El Comité de las Regiones espera que la determinación de objetivos comunitarios claros en materia de turismo contribuya a comprender la importancia de tener en cuenta el turismo en la concepción y la aplicación de planes de acción y de programas en estos ámbitos y en otros.

Será necesario, además, introducir reglas y procedimientos de carácter interno que confieran a los objetivos en materia de turismo el lugar que les corresponde.

16. En el marco de los Fondos estructurales comunitarios, el Comité de las Regiones subraya la necesidad de equiparar las actividades turísticas con otras actividades y señala que las entidades regionales y locales pueden garantizar la utilización coordinada de medios estructurales y medios nacionales en favor del turismo.

Además, el Comité de las Regiones considera esencial mantener vínculos en la mayor medida posible entre los objetivos comunitarios generales en materia de turismo y las disposiciones de los Fondos estructurales relativas al turismo, procurando al mismo tiempo que las iniciativas financiadas por la Unión a nivel local y regional sigan tomando como base las prioridades y necesidades locales y regionales.

17. El Comité de las Regiones estima que los planes de acciones comunitarias deberían considerarse como un instrumento valioso para recabar información y difundir los conocimientos adquiridos.

Por el contrario, los planes de acción no deberían sustraer a los interlocutores regionales y locales la responsabilidad política de la concepción y la aplicación de estrategias de desarrollo local y regional sostenibles y equilibradas. Además, estos planes tampoco deberían sustraer a las empresas la responsabilidad comercial del desarrollo y la comercialización de los nuevos productos turísticos y de los nuevos servicios.

Observaciones particulares

18. El Comité de las Regiones confirma el papel de la Unión en el marco de los proyectos piloto y la difusión de información y de experiencias, en particular en relación con elementos como la distribución geográfica y estacional, la mejora de las condiciones de formación y trabajo y las posibilidades de aumentar la competitividad del conjunto de la industria turística.

Por consiguiente, el Comité de las Regiones solicita a la Comisión que organice el marco, la evaluación y la difusión de proyectos piloto de manera más eficaz que en el período 1993-1995, de modo que los resultados de los proyectos sean de la mejor calidad posible y sean comunicados al mayor número posible de interesados. Debería otorgarse prioridad a la solución de problemas relacionados con las repercusiones negativas del turismo sobre el medio ambiente, que revestirá la forma de proyectos piloto que cuenten con varios participantes con diferentes niveles de desarrollo económico procedentes de varios Estados miembros.

19. El Comité de las Regiones destaca que es importante reforzar la atención que se presta al turismo de negocios, por lo que cabe entender las reuniones, los cursos, los viajes de promoción, los congresos y las conferencias. En este ámbito, es posible establecer sinergias entre la acción comunitaria en materia de turismo y la internacionalización de la economía europea por medio del mercado interior y otras políticas europeas.

Otra forma de turismo de negocios es el turismo de visitas; se entiende por tal los viajes cuyo objetivo es mostrar grandes instalaciones técnicas, grandes empresas, obras públicas, etc.

20. El Comité de las Regiones considera conveniente que la Unión, en colaboración con otras organizaciones competentes, prosiga su trabajo de coordinación y suministro de estadísticas e información en materia de turismo para uso de los interlocutores, incluidas las empresas y las entidades locales y regionales, que deben desarrollar nuevos productos y nuevos marcos turísticos.

21. El Comité de las Regiones considera que numerosas actividades recomendadas y emprendidas por la Unión en favor de las PYME pueden revelarse de gran utilidad en el ámbito del turismo. Esto vale, sobre todo, para las acciones en materia de formación y de tecnologías y métodos nuevos.

Conclusiones

22. El Comité de las Regiones

- apoya la elaboración de directrices transparentes y coordinadas en materia de turismo, aplicables en toda la Unión;

- recomienda que se sienten las bases para garantizar que la Unión tenga más en cuenta los intereses específicos de las actividades turísticas en la concepción y aplicación del resto de las políticas comunitarias;

- no cree que esto deba implicar necesariamente una modificación de los fundamentos jurídicos actuales o un refuerzo de las competencias de la Unión;

- estima que el Libro Verde de la Comisión constituye un primer paso para que el turismo ocupe el lugar que le corresponde en los procesos de toma de decisiones políticas de la Unión, e insta a la Comisión a presentar propuestas concretas que fijen los objetivos y los medios de acción que debe utilizar la Unión en favor del turismo;

- insta a la Comisión a que base el informe que deberá presentar al Consejo para la Conferencia Intergubernamental de 1996 en los principios de asociación, complementariedad y subsidiariedad, y a que ponga de manifiesto la responsabilidad y el potencial de las entidades locales y regionales en materia de desarrollo del turismo;

- estima que el capítulo C III del Libro Verde (Refuerzo de la acción comunitaria sobre la base del Tratado) constituye un excelente punto de partida para los trabajos futuros de la Comisión, puesto que la opción C III constituye una señal política inequívoca de que el fundamento jurídico actual (artículo 3 T del Tratado de la Unión Europea) es adecuado para que la Unión alcance todos los objetivos mencionados;

- pide que el Comité de las Regiones participe en los trabajos futuros a fin de fijar los objetivos y los medios que permitan a la Unión desempeñar un papel en materia de turismo.

Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 1995.

El Presidente del Comité de las Regiones

Jacques BLANC

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