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Resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO
Decisión Marco 2003/577/JAI — Ejecución de resoluciones de embargo preventivo en el extranjero
SÍNTESIS
¿QUÉ HACE LA PRESENTE DECISIÓN MARCO?
PUNTOS CLAVE
¿Qué es una orden de embargo preventivo?
Se trata de una orden temporal dictada por una autoridad judicial para evitar que delincuentes puedan ocultar, vender o utilizar propiedades, documentos o datos en una actividad delictiva.
Esta Decisión se aplica a las órdenes de embargo preventivo dictadas con el objeto de:
Infracciones
Existe una serie de infracciones graves que no están sujetas a control de la doble tipificación de los hechos, es decir, la infracción es un delito tanto en el país de la UE que dicta la orden (país de emisión) como en el que la ejecuta (país de ejecución). La infracción debe, no obstante, estar castigada en el país de emisión con penas privativas de libertad cuya duración máxima sea de al menos tres años. Entre las infracciones se incluyen:
Reconocimiento y ejecución
La autoridad judicial del país de emisión envía un certificado a la autoridad judicial del país de ejecución para solicitar la ejecución de la resolución. El país de ejecución deberá:
No reconocimiento y no ejecución
El país de ejecución podrá rehusar el reconocimiento o la ejecución de la resolución en los siguientes casos:
Suspensión de la ejecución
La ejecución de la resolución se podrá suspender cuando:
Partes interesadas
Los países de la UE garantizarán que todo aquel afectado por la orden de embargo o de aseguramiento, incluidos terceros con un interés legítimo, dispongan de recursos legales para defender sus intereses legítimos, sin efecto suspensivo contra la resolución.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA DECISIÓN?
Entró en vigor el 2 de agosto de 2003. Los países de la UE tuvieron que incorporarla en la legislación nacional antes del 2 de agosto de 2005.
ANTECEDENTES
Decomiso y embargo preventivo de bienes
ACTO
Decisión Marco 2003/577/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la ejecución en la Unión Europea de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas (DO L 196 de 2.8.2003, pp. 45–55)
Corrección de errores de la Decisión Marco 2003/577/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la ejecución en la Unión Europea de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas (DO L 196 de 2.8.2003) (DO L 374 de 27.12.2006, p. 20)
ACTOS CONEXOS
Decisión Marco 2006/783/JAI del Consejo, de 6 de octubre de 2006, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso (DO L 328 de 24.11.2006, pp. 59-78)
Informe de la Comisión basado en el artículo 14 de la Decisión Marco 2003/577/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la ejecución en la Unión Europea de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas [COM(2008) 885 final de 22.12.2008]
Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, pp. 1-36)
última actualización 25.01.2016