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Contratos de concesión en la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2014/23/UE relativa a la adjudicación de contratos de concesión

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece las normas de la Unión Europea (UE) de contratación por parte de poderes adjudicadores del sector público y entidades adjudicadoras del sector de los servicios de utilidad pública por medio de una concesión (por ejemplo, el derecho a explotar infraestructuras, como autopistas, o servicios, como rutas de autobús).

PUNTOS CLAVE

  • Las concesiones son contratos para el pago mediante los cuales uno o más poderes o entidades adjudicadores confían obras o la prestación y gestión de servicios a una o más empresas:
    • los poderes adjudicadores (según se define en el artículo 6) son autoridades nacionales, regionales o locales u organismos de Derecho público;
    • las entidades adjudicadoras (según se define en el artículo 7) son autoridades u operadores del sector de servicios públicos que ejercen una de las actividades pertinentes y adjudican una concesión para llevarlas a cabo.
  • La concesión de las obras o servicios consiste en el derecho a explotarlos o este mismo derecho en conjunción con un pago. El derecho de explotación implica la transferencia al concesionario del riesgo operacional de carácter económico que supone, en particular, la posibilidad de que no recupere las inversiones realizadas.
  • La reglamentación de la adjudicación de concesiones tiene por objeto establecer un planteamiento jurídico claro. Trata asimismo de garantizar un acceso efectivo al mercado de las concesiones para todas las empresas europeas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, y proporcionarles la posibilidad de invertir en un futuro en servicios públicos relevantes.
  • Esta Directiva forma parte de un conjunto de actos jurídicos diseñados para modernizar las normas de contratación pública en toda la UE. Las reformas otorgarán a las autoridades públicas la capacidad de optimizar el empleo de la contratación pública. Los contratos públicos abarcados por las directivas de la UE se valoran en cerca de 420 000 millones EUR, lo que los convierte en un motor fundamental de la economía de la UE.
  • Según se establece en el artículo 8, la Directiva se aplica a las concesiones de un importe igual o superior a 5 538 000 EUR. Dicho umbral se revisa cada 2 años, en consonancia con el artículo 9.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 17 de abril de 2014 y debía convertirse en ley en los Estados miembros de la UE a más tardar el 18 de abril de 2016.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO L 94 de 28.3.2014, pp. 1-64).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2014/23/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 08.12.2023

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