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Document 31983D0053

83/53/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de enero de 1983, por la que se modifica la Decisión 74/441/CEE relativa a la creación de un Comité paritario para los problemas sociales en la pesca marítima

OJ L 44, 16.2.1983, p. 21–21 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)
Spanish special edition: Chapter 04 Volume 002 P. 85 - 85
Portuguese special edition: Chapter 04 Volume 002 P. 85 - 85
Special edition in Finnish: Chapter 04 Volume 001 P. 74 - 74
Special edition in Swedish: Chapter 04 Volume 001 P. 74 - 74

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/07/1987; derog. impl. por 31987D0446

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1983/53/oj

31983D0053

83/53/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de enero de 1983, por la que se modifica la Decisión 74/441/CEE relativa a la creación de un Comité paritario para los problemas sociales en la pesca marítima

Diario Oficial n° L 044 de 16/02/1983 p. 0021 - 0021
Edición especial en finés : Capítulo 4 Tomo 1 p. 0074
Edición especial en español: Capítulo 04 Tomo 2 p. 0085
Edición especial sueca: Capítulo 4 Tomo 1 p. 0074
Edición especial en portugués: Capítulo 04 Tomo 2 p. 0085


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DE 24 DE ENERO DE 1983

por la que se modifica la Decisión 74/441/CEE relativa a la creación de un Comité paritario para los problemas sociales en la pesca marítima

( 83/53/CEE )

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Considerando que se han producido cambios estructurales en el seno de las organizaciones representativas europeas de la pesca marítima desde la creación del Comité paritario y que se han derivado nuevas necesidades de la ampliación de la Comunidad ;

Considerando que la Comisión debe tener en cuenta también la situación en los diferentes Estados miembros con objeto de garantizar la participación de las partes sociales del sector pesquero en los trabajos del Comité paritario , preservando así la representatividad de las fuerzas socio-económicas implicadas ;

Considerando que la presencia de observadores de organizaciones diferentes a las mencionadas en el artículo 4 de la Decisión 74/441/CEE de la Comisión (1) en los trabajos del Comité puede aumentar su eficacia ,

DECIDE :

Artículo 1

La Decisión 74/44/CEE queda modificada de la siguiente manera :

1 . El artículo 4 queda sustituído por el texto siguiente :

« Artículo 4

1 . El Comité se compondrá de cuarenta y cuatro miembros .

2 . Los puestos serán atribuidos de la siguiente manera :

a ) veintidós para los representantes de los empresarios ;

b ) veintidós para los representantes de los trabajadores .

3 . Los miembros del Comité serán nombrados por la Comisión , entre los cuales cuarenta y dos a propuesta de las siguientes organizaciones de empresarios y trabajadores del sector pesquero :

- organizaciones de empresarios : veintiún miembros

- Asociación de las organizaciones nacionales de empresas pesqueras de la Comunidad Económica Europea ( « Europêche » )

- Comité especializado de cooperativas pesqueras de los países de la Comunidad Económica Europea ( Cogeca ) .

- organizaciones de trabajadores : veintiún miembros

- Comité sindical de transportes de la Comunidad Europea ( CST/CE ) . »

2 . En el artículo 13 , se añadirá el siguiente apartado 4 :

« 4 . La Comisión , tras oir al Comité , podrá invitar a otras organizaciones que las citadas en el apartado 3 del artículo 4 para que participen en los trabajos del Comité como observadores . »

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el 24 de enero de 1983 .

Hecho en Bruselas , el 24 de enero de 1983 .

Por la Comisión

Ivor RICHARD

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 243 , de 5 . 9 . 1074 , p. 19 .

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