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Document 32018R1937

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1937 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2018, por el que se sustituye el anexo X del Reglamento (CE) n.° 4/2009 del Consejo, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

C/2018/8219

DO L 314 de 11.12.2018, p. 36–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1937/oj

11.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 314/36


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1937 DE LA COMISIÓN

de 10 de diciembre de 2018

por el que se sustituye el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (1), y en particular su artículo 2, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 presenta una lista de las autoridades administrativas a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 2, de dicho Reglamento.

(2)

El Reino Unido y Letonia han notificado a la Comisión modificaciones en las autoridades administrativas que deben figurar en el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

(3)

Las autoridades administrativas notificadas por el Reino Unido y Letonia que figuran en el anexo del presente Reglamento cumplen los requisitos establecidos en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre la ley aplicable, la jurisdicción y la ejecución en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligaciones de alimentos.

(5)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 7 de 10.1.2009, p. 1.


ANEXO

«ANEXO X

Las autoridades administrativas a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 4/2009 son las siguientes:

en Letonia, el Fondo de Garantía de Pensiones Alimenticias (“Uzturlīdzekļu Garantiju Fonds”);

en Finlandia, el Consejo sobre Seguridad Social (“Sosiaalilautakunta/Socialnämnd”);

en Suecia, la Autoridad de Aplicación (“Kronofogdemyndigheten”);

en el Reino Unido:

a)

en Inglaterra y Gales y Escocia, el Departamento de Trabajo y Pensiones [“The Department for Work and Pensions (DWP)”], incluidas sus ramas administrativas Agencia de Apoyo a la Infancia (“Children Support Agency”) y Servicio de Pensiones Alimenticias Infantiles [“Child Maintenance Service (CMS)”];

b)

en Irlanda del Norte, el Servicio de Pensiones Alimenticias Infantiles [“Child Maintenance Service (CMS)”].

».

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