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Document 32017R0700
Commission Implementing Regulation (EU) 2017/700 of 18 April 2017 amending for the 266th time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with the ISIL (Da'esh) and Al-Qaida organisations
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/700 de la Comisión, de 18 de abril de 2017, por el que se modifica por 266.a vez el Reglamento (CE) n.° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
Reglamento de Ejecución (UE) 2017/700 de la Comisión, de 18 de abril de 2017, por el que se modifica por 266.a vez el Reglamento (CE) n.° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
C/2017/2605
DO L 103 de 19.4.2017, p. 22–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
19.4.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 103/22 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/700 DE LA COMISIÓN
de 18 de abril de 2017
por el que se modifica por 266.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento. |
(2) |
El 8 de abril de 2017, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió suprimir a una persona física de la lista de personas, grupos y entidades a las que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2017.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Director en funciones del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.
ANEXO
En el epígrafe «Personas físicas» del anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se suprime la entrada siguiente:
«Khadafi Abubakar Janjalani [alias a) Khadafy Janjalani, b) Khaddafy Abubakar Janjalani, c) Abu Muktar]. Fecha de nacimiento: 3.3.1975. Lugar de nacimiento: Isabela, Basilan, Filipinas. Nacionalidad: filipino. Información complementaria: supuestamente fallecido en 2006. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 22.12.2004.».