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Document 32015D1142
Council Implementing Decision (CFSP) 2015/1142 of 13 July 2015 implementing Decision 2012/642/CFSP concerning restrictive measures against Belarus
Decisión de Ejecución (PESC) 2015/1142 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a medidas restrictivas contra Belarús
Decisión de Ejecución (PESC) 2015/1142 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a medidas restrictivas contra Belarús
DO L 185 de 14.7.2015, p. 20–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
14.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 185/20 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2015/1142 DEL CONSEJO
de 13 de julio de 2015
por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a medidas restrictivas contra Belarús
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús (1), y, en particular, su artículo 6, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 15 de octubre de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/642/PESC. |
(2) |
El Consejo considera que procede modificar las entradas correspondientes a cuatro personas y tres entidades en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figuran en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC. |
(3) |
Además, el Consejo considera que deben suprimirse dos personas y cuatro entidades de la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC. |
(4) |
Procede, por lo tanto, modificar el anexo de la Decisión 2012/642/PESC en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2012/642/PESC se modifica según lo establecido en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2015.
Por el Consejo
El Presidente
F. ETGEN
(1) DO L 285 de 17.10.2012, p. 1.
ANEXO
I. |
Se suprimen las siguientes personas y entidades de la lista que figura en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC:
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II. |
Las entradas correspondientes a las siguientes personas y entidades que figuran en el anexo de la Decisión 2012/642/PESC se sustituyen por el texto siguiente:
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