This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32014R0909R(05)
Corrección de errores del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (Diario Oficial de la Unión Europea L 257 de 28 de agosto de 2014)
Corrección de errores del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (Diario Oficial de la Unión Europea L 257 de 28 de agosto de 2014)
ST/6078/2021/INIT
DO L 104 de 25.3.2021, p. 56–56
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/909/corrigendum/2021-03-25/oj
25.3.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 104/56 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012
( Diario Oficial de la Unión Europea L 257 de 28 de agosto de 2014 )
En la página 27, en el artículo 16, apartado 4:
donde dice:
«4. Tanto los DCV como sus auditores independientes notificarán sin dilaciones injustificadas a la autoridad competente todo cambio importante respecto de las condiciones de la autorización.»,
debe decir:
«4. Tanto los DCV como sus auditores independientes notificarán sin dilaciones injustificadas a la autoridad competente todo cambio importante que afecte al cumplimiento de las condiciones de la autorización.».