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Document 32013D0325
2013/325/EU: Council Decision of 21 June 2013 amending Decision 1999/70/EC concerning the external auditors of the national central banks, as regards the external auditors of the Suomen Pankki
2013/325/UE: Decisión del Consejo, de 21 de junio de 2013 , por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Suomen Pankki
2013/325/UE: Decisión del Consejo, de 21 de junio de 2013 , por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Suomen Pankki
DO L 175 de 27.6.2013, p. 55–55
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
27.6.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 175/55 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 21 de junio de 2013
por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Suomen Pankki
(2013/325/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular su artículo 27.1,
Vista la Recomendación BCE/2013/12 del Banco Central Europeo de 26 de abril de 2013 al Consejo de la Unión Europea sobre los auditores externos del Suomen Pankki (1).
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
(2) |
El mandato del auditor externo del Suomen Pankki ha expirado tras la auditoría del ejercicio de 2012. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo a partir del ejercicio de 2013. |
(3) |
El Suomen Pankki ha seleccionado a PricewaterhouseCoopers Oy como auditor externo para los ejercicios de 2013 a 2019. |
(4) |
El Consejo de Gobierno del BCE recomendó que se nombrase a la empresa PricewaterhouseCoopers Oy auditor externo del Suomen Pankki para los ejercicios de 2013 a 2019. |
(5) |
Procede seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 1.11 de la Decisión 1999/70/CE se sustituirá por el siguiente texto:
«11. La empresa PricewaterhouseCoopers Oy queda designada como auditor externo del Suomen Pankki para los ejercicios de 2013 a 2019.».
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es el BCE.
Hecho en Luxemburgo, el 21 de junio de 2013.
Por el Consejo
El Presidente
M. NOONAN
(1) DO C 126 de 3.5.2013, p. 1.
(2) DO L 22 de 29.1.1999, p.69.