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Document 31997D0104

    97/104/CE: Decisión de la Comisión de 22 de enero de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

    DO L 36 de 6.2.1997, p. 31–31 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 25/02/1999; derog. impl. por 399D0204

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1997/104(1)/oj

    31997D0104

    97/104/CE: Decisión de la Comisión de 22 de enero de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

    Diario Oficial n° L 036 de 06/02/1997 p. 0031 - 0031


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 22 de enero de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE) (97/104/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/113/CE de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 8,

    Considerando que la Decisión 92/452/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 96/726/CE (4), establece las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina;

    Considerando que las autoridades competentes de los Estados Unidos de América han comunicado enmiendas a sus listas de equipos de recogida de embriones; que la Comisión ha recibido garantías en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Directiva 89/556/CEE;

    Considerando que procede modificar las listas de equipos autorizados de los Estados Unidos de América;

    Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En la parte 3 del Anexo de la Decisión 92/452/CEE, en relación con los Estados Unidos de América, se añadirá el equipo siguiente:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 22 de enero de 1997.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO n° L 302 de 19. 10. 1989, p. 1.

    (2) DO n° L 53 de 24. 2. 1994, p. 23.

    (3) DO n° L 250 de 29. 8. 1992, p. 40.

    (4) DO n° L 329 de 19. 12. 1996, p. 49.

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