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Document 31985D0493

    85/493/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo referente a la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad

    DO L 296 de 8.11.1985, p. 52–53 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (ES, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 11/02/1986; sustituido por 31986D0055

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1985/493/oj

    31985D0493

    85/493/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo referente a la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad

    Diario Oficial n° L 296 de 08/11/1985 p. 0052 - 0053
    Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0124
    Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0124


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 24 de octubre de 1985

    por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo referente a la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad

    ( 85/493/CEE )

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

    Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , referente a los problemas sanitarios y de policía sanitaria en el momento de la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) y , en particular , el apartado 1 del artículo 4 y el apartado 1 del artículo 18 ,

    Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo , de 21 de diciembre de 1976 , relativa a la investigación de triquinas en el momento de las importaciones , procedentes de terceros países , de carnes frescas de animales domésticos de la especie porcina (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) y , en particular , su artículo 4 ,

    Considerando que la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad se estableció inicialmente en la Decisión 83/421/CEE de la Comisión (5) , modificada por la Decisión 84/572/CEE (6) ;

    Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión , de 8 de abril de 1983 , relativa a los controles en las dependencias correspondientes efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina así como de carnes frescas procedentes de terceros países (7) , ha puesto de manifiesto que el nivel de higiene de determinados establecimientos ha experimentado cambios con relación a la inspección anterior ;

    Considerando que es necesario modificar , por consiguiente , la lista de establecimientos ;

    Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente ,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN :

    Artículo 1

    El Anexo de la Decisión 83/421/CEE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión .

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

    Hecho en Bruselas , el 24 de octubre de 1985 .

    Por la Comisión

    Frans ANDRIESSEN

    Vicepresidente

    (1) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 28 .

    (2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 .

    (3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 .

    (4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 .

    (5) DO n º L 238 de 27 . 8 . 1983 , p. 35 .

    (6) DO n º L 315 de 5 . 12 . 1984 , p. 12 .

    (7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 .

    ANEXO

    LISTA DE ESTABLECIMIENTOS A PARTIR DE LOS CUALES SE AUTORIZAN LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS SIN LÍMITE DE TIEMPO

    Número de autorización * Establecimiento * Dirección *

    I . CARNE DE VACUNO

    Mataderos y salas de despiece

    13 * Agro Fellesslaktei * Egersund *

    20 * Boendernes Salgslag * Trondheim *

    22 * Boendernes Salgslag * Fosen *

    II . CARNE DE PORCINO (1)

    Mataderos y salas de despiece

    13 T * Agro Fellesslakteri * Egersund *

    20 * Boendernes Salgslag * Trondheim *

    21 T * Boendernes Salgslag * Steinkjer *

    (1) Se admite , con arreglo al artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , que los establecimientos para los que aparece la mención « T » efectúen el examen para el descubrimiento de triquinas previsto en el artículo 2 de dicha Directiva .

    LISTA DE ESTABLECIMIENTOS A PARTIR DE LOS CUALES SÓLO PUEDEN INTRODUCIRSE CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD HASTA UNA FECHA DETERMINADA

    Número de autorización * Establecimiento * Dirección *

    CARNE DE VACUNO

    Matadero y sala de despiece

    21 (1) * Boendernes Salgslag * Steinkjer *

    (1) Hasta el 8 de noviembre de 1985 .

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