This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 31985D0491
85/491/EEC: Commission Decision of 24 October 1985 amending Decision 84/28/EEC as regards the list of establishments in Poland approved for the purpose of importing fresh meat into the Community
85/491/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 84/28/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Polonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad
85/491/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 84/28/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Polonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad
DO L 296 de 8.11.1985, p. 46–48
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 06/05/1986; derog. impl. por 31986D0252
85/491/CEE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 84/28/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Polonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad
Diario Oficial n° L 296 de 08/11/1985 p. 0046 - 0048
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0118
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0118
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 24 de octubre de 1985 por la que se modifica la Decisión 84/28/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Polonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad ( 85/491/CEE ) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , referente a problemas sanitarios y de policía sanitaria vinculados a la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) y , en particular , el apartado 1 del artículo 4 y el apartado 1 del artículo 18 , Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo de 21 de diciembre de 1976 referente a la busqueda de triquinas con ocasión de las importaciones de carnes frescas de animales domésticos de la especie porcina procedentes de terceros países (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) , y , en particular , el artículo 4 de la misma , Considerando que la lista de los establecimientos de Polonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad fue establecida inicialmente en la Decisión 84/28/CEE de la Comisión (5) , modificada en último lugar por la Decisión 85/139/CEE (6) ; Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión de 8 de abril de 1983 , referente a los controles sobre el terreno efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina , así como de carnes frescas procedentes de terceros países (7) , ha puesto de manifiesto que el nivel de higiene de ciertos establecimientos ha experimentado cambios con respecto a la inspección anterior ; que , además , se han recibido declaraciones de las autoridades polacas referentes a dos de esos establecimientos ; Considerando que esa misma inspección ha mostrado que ningún establecimiento responde a las condiciones del artículo 2 de la Directiva 77/96/CEE ni puede , por consiguiente , ser admitido para la realización del examen destinado a determinar la presencia de triquinas en las carnes frescas porcinas ; Considerando que es necesario , por consiguiente , modificar la lista de establecimientos ; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente , HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN : Artículo 1 El Anexo de la Decisión 84/28/CEE quedará sustituido por el Anexo de la presente Decisión . Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 24 de octubre de 1985 . Por la Comisión Frans ANDRIESSEN Vicepresidente (1) DO n º L 302 de 31 . 13 . 1972 , p. 28 . (2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 . (3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 . (4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 . (5) DO n º L 21 de 26 . 1 . 1984 , p. 42 . (6) DO n º L 51 de 21 . 2 . 1985 , p. 49 . (7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 . ANEXO LISTA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CUYA PROCEDENCIA SE AUTORIZAN LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS SIN LIMITACIÓN DE TIEMPO Número de autorización * Establecimiento * Dirección * I . CARNE DE VACUNO A . Mataderos y salas de despiece 67 * Zaklady Miesne * Kolo * 101 * Zaklady Miesne * Jaroslaw * 131 * Zaklady Miesne * Ostroda * 139 * Zaklady Miesne * Elk * 267 * Zaklady Miesne * Rawa-Mazowiecka * 268 * Zaklady Miesne * Sokolow Podlaski * II . CARNE DE PORCINO A . Mataderos y salas de despiece 67 * Zaklady Miesne * Kolo * 101 * Zaklady Miesne * Jaroslaw * 131 * Zaklady Miesne * Ostroda * 139 * Zaklady Miesne * Elk * 267 * Zaklady Miesne * Rawa-Mazowiecka * 268 * Zaklady Miesne * Sokolow Podlaski * B . Matadero 79 * Zaklady Miesne * Debica * III . CARNE CABALLAR Mataderos 192 * Rzeznia Koni * Wysokie Mazowieckie * 224 * Rzeznia Koni * Andrychow * 242 * Rzeznia Koni * Skawina * 244 * Rzeznia Koni * Parczew * 250 * Rzeznia Koni * Jaslo * 265 * Rzeznia Koni * Olecko * IV . ALMACENES FRIGORÍFICOS ( únicamente carnes congeladas embaladas ) 400 * Chlodnia Skladowa * Debica * 401 * Chlodnia Skladowa * Wloclawek * 423 * Chlodnia Skladowa * Bialystok * 431 * Chlodnia Skladowa * Lublin * LISTA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CUYA PROCEDENCIA SE PUEDEN INTRODUCIR CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD SÓLO HASTA UNA FECHA DETERMINADA Número de autorización * Establecimiento * Dirección * I . CARNE DE VACUNO A . Matadero y sala de despiece 201 (1) * Zaklady Miesne * Tarnow * B . Matadero 65 (2) * Zaklady Miesne * Nisko * II . CARNE PORCINA A . Matadero y sala de despiece 201 (1) * Zaklady Miesne * Tarnow * B . Mataderos 3 (1) * Zaklady Miesne * Pabianice * 17 A (2) * Zaklady Miesne * Krotozzyn * 64 (2) * Zaklady Miesne * Lublin * 65 (2) * Zaklady Miesne * Nisko * III . CARNE CABALLAR Mataderos 189 (1) * Rzeznia Koni * Slomniki * 243 (1) * Rzeznia Koni * Rawicz * 245 (1) * Rzeznia Koni * Lwowek Slaski * IV . ALMACENES FRIGORÍFICOS ( únicamente carnes congeladas embaladas ) 415 (1) * Chlodnia Skladow * Elk * (1) Hasta el 30 de abril de 1986 . (2) Hasta el 8 de noviembre de 1985 .