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Dokument 31982D0179

82/179/CEE: Decisión del Consejo, de 16 de marzo de 1982, relativa a la celebración del Protocolo de prórroga del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles

DO L 83 de 29.3.1982, s. 8—8 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (ES, PT)

Právní stav dokumentu Již není platné, Datum konce platnosti: 31/07/1986

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1982/179/oj

související mezinárodní dohoda

31982D0179

82/179/CEE: Decisión del Consejo, de 16 de marzo de 1982, relativa a la celebración del Protocolo de prórroga del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles

Diario Oficial n° L 083 de 29/03/1982 p. 0008
Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 15 p. 0220
Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 15 p. 0220


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 16 de marzo de 1982

relativa a la celebración del Protocolo de prórroga del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles

( 82/179/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 ,

Vista la recomendación de la Comisión ,

Considerando que la Comisión participó , en nombre de la Comunidad , en las negociaciones dirigidas a la renovación del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles , y que dichas negociaciones llevaron a la adopción de un Protocolo , anejas al cual figuran las Conclusiones adoptadas , el 22 de diciembre de 1971 , por el Comité de los Textiles creado por el Acuerdo ;

Considerando que es oportuno que la Comunidad acepte la prórroga del Acuerdo en las condiciones previstas por el Protocolo antes mencionado y por las Conclusiones que a él se adjuntan ,

DECIDE :

Artículo 1

Se celebra en nombre de la Comunidad Económica Europea el Protocolo de Prórroga del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles , al que se adjuntan las Conclusiones adoptadas el 22 de diciembre de 1981 por el Comité de los Textiles .

Los textos mencionados en el párrafo primero se adjuntan a la presente Decisión .

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para notificar la aceptación a la que se refiere el punto 3 del Protocolo , con objeto de obligar a la Comunidad .

Hecho en Bruselas , el 16 de marzo de 1982 .

Por el Consejo

El Presidente

P. de KEERSMAEKER

Nahoru