This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document L:1991:175:TOC
Official Journal of the European Communities, L 175, 4 July 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 175, 4 de julio de 1991
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 175, 4 de julio de 1991
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CEE) n° 1943/91 del Consejo de 13 de junio de 1991 que modifica el Reglamento (CEE) n° 426/86 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas | |||
Reglamento (CEE) n 1944/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n 1945/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1946/91 DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1991 por el que se establecen valores unitarios para la determinación del valor en aduana de determinadas mercancías perecederas # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1947/91 DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos del código NC 3102 30 originarios de Hungría, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1948/91 DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 3904 10 00, 3904 21 00 y 3904 22 00 originarios de Polonia y de México, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 1949/91 DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1991 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos de los códigos NC 3904 10 00, 3904 21 00 y 3904 22 00 originarios de Hungría, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
Reglamento (CEE) n 1950/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fijan las restituciones a la exportación del azúcar blanco y del azúcar en bruto sin perfeccionar | ||||
* | Reglamento (CEE) nº 1951/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fijan determinadas normas adicionales para la aplicación del mecanismo complementario a los intercambios (MCI) entre España y la Comunidad en su composición el 31 de diciembre de 1985 en el sector de las frutas y hortalizas por lo que se refiere a los tomates, las lechugas, las escarolas, las zanahorias, las alcachofas, las uvas de mesa, los melones, los albaricoques, los melocotones y las fresas | |||
Reglamento (CEE) n 1952/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fija el importe máximo de la restitución a la exportación del azúcar blanco para la décima licitación parcial efectuada en el marco de la licitación permanente contemplada en el Reglamento (CEE) n 963/91 | ||||
Reglamento (CEE) n 1953/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fija el importe de la ayuda para el algodón | ||||
Reglamento (CEE) n 1954/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fijan las exacciones reguladoras sobre la importación del azúcar blanco y del azúcar en bruto | ||||
Reglamento (CEE) n 1955/91 de la Comisión, de 3 de julio de 1991, por el que se fija la exacción reguladora sobre la importación para la melaza | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
91/317/CEE: | ||||
* | Decisión del Consejo y de los Ministros de sanidad de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 4 de junio de 1991, por el que se aprueba un plan de acción 1991-1993 en el marco del programa «Europa contra el SIDA» | |||
91/318/CEE: | ||||
* | DECISIÓN DEL CONSEJO de 17 de junio de 1991 relativa a la notificación de la aceptación por parte de la Comunidad de la prórroga, hasta el 30 de septiembre de 1992, del Acuerdo internacional sobre el café de 1983 # | |||
Resolución número 352 - nueva prórroga del Convenio internacional del café | ||||
91/319/CEE: | ||||
* | DECISIÓN DEL CONSEJO de 18 de junio de 1991 relativa a la revisión del programa de mejora del entorno empresarial y de fomento del desarrollo de las empresas, en especial de las pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad # | |||
91/320/CEE: | ||||
* | DECISIÓN DEL CONSEJO de 20 de junio de 1991 por la que se autoriza a la República Portuguesa a prorrogar hasta el 7 de marzo de 1992 el acuerdo sobre las relaciones de pesca mutuas con la República de Sudáfrica # | |||
Comisión | ||||
91/321/CEE: | ||||
* | Directiva 91/321/CEE de la Comisión, de 14 de mayo de 1991, relativa a los preparados para lactantes y preparados de continuación | |||
Rectificaciones | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1147/91 de la Comisión, de 3 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 500 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención alemán (DO n L 112 de 4. 5. 1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1148/91 de la Comisión, de 3 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 500 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención alemán (DO n L 112 de 4.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1151/91 de la Comisión, de 3 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 372 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención francés (DO n L 112 de 4. 5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1152/91 de la Comisión, de 3 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 128 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención francés en Gante (DO n L 112 de 4. 5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1154/91 de la Comisión, de 3 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 200 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención del Reino Unido (DO n L 112 de 4.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1201/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención belga (DO n L 116 de 9.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1202/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención danés (DO n L 116 de 9.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1203/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención danés (DO n L 116 de 9.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1204/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención francés (DO n L 116 de 9.5.1991) | ||||
Rectificación al Reglamento (CEE) n 1205/91 de la Comisión, de 7 de mayo de 1991, relativo a la apertura de una licitación permanente para la exportación de 50 000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención irlandés (DO n L 116 de 9.5.1991) |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |