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Document 32021R0633
Commission Implementing Regulation (EU) 2021/633 of 14 April 2021 imposing a definitive anti-dumping duty on imports of monosodium glutamate originating in the People’s Republic of China and in Indonesia following an expiry review pursuant to Article 11(2) of Regulation (EU) 2016/1036 of the European Parliament and of the Council
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/633 de la Comisión de 14 de abril de 2021 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China y de Indonesia, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/633 de la Comisión de 14 de abril de 2021 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China y de Indonesia, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
C/2021/2427
DO L 132 de 19.4.2021, p. 63–107
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force: This act has been changed. Current consolidated version: 08/07/2022
19.4.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 132/63 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/633 DE LA COMISIÓN
de 14 de abril de 2021
por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China y de Indonesia, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) (denominado en lo sucesivo «el Reglamento de base»), y en particular su artículo 11, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
1. PROCEDIMIENTO
1.1. Investigaciones anteriores y medidas en vigor
(1) |
A raíz de una investigación antidumping («la investigación original, China»), el Consejo estableció, mediante el Reglamento (CE) n.o 1187/2008 (2), un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico («GMS») originario de la República Popular China («China»). |
(2) |
En enero de 2015, por medio del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/83 (3), la Comisión Europea («la Comisión») estableció un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de GMS originario de China tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base («reconsideración por expiración previa»). |
(3) |
En enero de 2015, por medio del Reglamento (UE) 2015/84 (4), la Comisión estableció derechos antidumping sobre las importaciones de GMS originario de Indonesia («la investigación original, Indonesia»). |
(4) |
Los tipos del derecho antidumping actualmente en vigor se sitúan entre el 33,8 % y el 36,5 % en las importaciones de los productores exportadores que cooperaron en la investigación original, y en el 39,7 % en las importaciones de todas las demás empresas de China. Para Indonesia, los tipos del derecho antidumping actualmente en vigor se sitúan entre el 7,2 % y el 13,3 % en las importaciones de los productores exportadores que cooperaron en la investigación original, Indonesia, y en el 28,4 % en las importaciones de todas las demás empresas de Indonesia. |
1.2. Solicitud de reconsideración por expiración
(5) |
A raíz de la publicación de dos anuncios de expiración inminente (5), la Comisión recibió dos solicitudes de reconsideración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base. |
(6) |
Ambas solicitudes fueron presentadas el 21 de octubre de 2019 por Ajinomoto Foods Europe S. A. S. («AFE» o «el solicitante»), que representa el 100 % de la producción total de GMS de la Unión. El motivo en el que se basaron las solicitudes es que la expiración de las medidas probablemente supondría la continuación y reaparición del dumping y la continuación o reaparición del perjuicio para la industria de la Unión (6). |
1.3. Inicio de una reconsideración por expiración
(7) |
Tras determinar, previa consulta al comité establecido por el artículo 15, apartado 1, del Reglamento de base, que existían pruebas suficientes para iniciar una reconsideración por expiración, la Comisión inició el 21 de enero de 2020 una reconsideración por expiración relativa a las importaciones de GMS originario de China e Indonesia («los países afectados») de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base. La Comisión publicó un anuncio de inicio en el Diario Oficial de la Unión Europea (7) («el anuncio de inicio»). |
1.4. Investigación antielusión paralela
(8) |
El 19 de febrero de 2020, la Comisión inició una investigación, de conformidad con el artículo 13, apartado 3, del Reglamento de base, relativa a la posible elusión de las medidas antidumping en vigor establecidas sobre las importaciones de GMS originario de China y estableció que dichas importaciones se sometieran a registro (8). El inicio de la investigación se produjo tras la solicitud presentada por Ajinomoto Foods Europe S. A. S., la empresa que también es la solicitante de las reconsideraciones por expiración actuales. El producto investigado por la posible elusión fue el GMS mezclado o en solución, con un peso seco de GMS igual o superior al 50 %. |
(9) |
La investigación concluyó que las medidas existentes sobre las importaciones de GMS originario de China estaban siendo eludidas por las importaciones del producto en investigación. Por medio del Reglamento (UE) 2020/1427 (9) la Comisión amplió las medidas en vigor a las importaciones de GMS mezclado o en solución con un peso seco de GMS igual o superior al 50 %, originario de China. |
1.5. Período de investigación de la reconsideración y período considerado
(10) |
La investigación de la continuación o reaparición del dumping abarcó el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019 (el «período de investigación de la reconsideración» o «PIR»). El análisis de las tendencias pertinentes para evaluar la probabilidad de continuación o reaparición del perjuicio abarcó el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el final del período de investigación (el «período considerado») (10). |
1.6. Partes interesadas
(11) |
En el anuncio de inicio se invitó a las partes interesadas a ponerse en contacto con la Comisión para participar en la investigación. Además, la Comisión informó específicamente al solicitante, a los productores conocidos de GMS de China e Indonesia y a las autoridades de los países afectados y a los importadores y usuarios conocidos sobre el inicio de la investigación y les invitó a participar. |
(12) |
Se dio a las partes interesadas la oportunidad de formular observaciones sobre el inicio de la investigación y de solicitar una audiencia con la Comisión o con el consejero auditor en litigios comerciales. |
1.6.1. Muestreo
(13) |
Habida cuenta del número aparentemente elevado de productores establecidos en los países afectados y de importadores no vinculados establecidos en la Unión, la Comisión declaró en el anuncio de inicio que podría realizar un muestreo de los productores e importadores no vinculados de conformidad con el artículo 17 del Reglamento de base. |
1.6.1.1. Muestreo de productores de la República Popular China e Indonesia
(14) |
Para decidir si era necesario el muestreo y, en ese caso, seleccionar una muestra, la Comisión pidió a todos los productores de China e Indonesia que facilitaran la información especificada en el anuncio de inicio. Además, la Comisión pidió a las Representaciones de China e Indonesia ante la Unión Europea que señalaran si había otros productores que pudieran estar interesados en participar en la investigación, o que se pusieran en contacto con ellos. |
(15) |
Dos productores exportadores de China facilitaron la información solicitada y accedieron a ser incluidos en la muestra. La Comisión invitó a esas empresas a participar en la investigación y les envió cuestionarios. Teniendo en cuenta el reducido número, la Comisión decidió que el muestreo no era necesario e informó a todas las partes interesadas mediante una nota para el expediente. |
(16) |
La Comisión notificó a la Representación de China que, dada la cooperación insuficiente de esos dos productores exportadores de China, tenía intención de aplicar el artículo 18 del Reglamento de base y, por lo tanto, basar sus conclusiones sobre la continuación o reaparición del dumping, así como del perjuicio relacionado con China, en los datos disponibles. No se recibió ninguna observación en respuesta a esta notificación. |
(17) |
No se presentó ningún productor exportador de Indonesia. No obstante, un grupo de empresas de Indonesia que producen y venden GMS en el mercado interno indonesio («grupo de productores indonesios que cooperaron») presentó los formularios de muestreo. Esas empresas no exportaban el producto objeto de reconsideración a la Unión. La Comisión invitó a esas empresas a participar en la investigación y les envió cuestionarios. |
(18) |
La Comisión notificó a la Representación de Indonesia que, dada la cooperación insuficiente de los productores exportadores/productores de Indonesia, tenía intención de aplicar el artículo 18 del Reglamento de base y, por lo tanto, basar sus conclusiones sobre la continuación o reaparición del dumping, así como del perjuicio relacionado con los productores exportadores/productores de Indonesia, en los datos disponibles. No se recibió ninguna observación en respuesta a esta notificación. |
1.6.1.2. Muestreo de los importadores
(19) |
Para decidir si era necesario el muestreo y, en caso afirmativo, seleccionar una muestra, la Comisión invitó a los importadores no vinculados a facilitar la información especificada en el anuncio de inicio. |
(20) |
Cuatro importadores no vinculados facilitaron la información solicitada y accedieron a formar parte de la muestra. La Comisión decidió que el muestreo no era necesario y que se investigaría a todos los importadores no vinculados que se presentaran. Los cuatro importadores no vinculados cooperaron plenamente y presentaron una respuesta completa al cuestionario. |
1.6.2. Respuestas al cuestionario
(21) |
Se recibieron respuestas completas al cuestionario del grupo de productores indonesios de GMS que cooperaron, el único productor de la Unión y los cuatro importadores no vinculados. |
(22) |
La Comisión invitó a todos los productores exportadores/productores de China que se presentaron y facilitaron la información solicitada sobre el muestreo a completar el cuestionario para los productores exportadores. Al inicio, se facilitó una copia del cuestionario en el sitio web de la Dirección General de Comercio. |
(23) |
No se recibieron respuestas al cuestionario de productores exportadores/productores de China. Como se indica anteriormente en los considerandos 15 y 16, la Comisión notificó a los dos productores exportadores/productores de China que se presentaron inicialmente que pretendía aplicar el artículo 18 del Reglamento de base y, por lo tanto, basar sus conclusiones en los datos disponibles, que podrían ser menos favorables para la parte afectada. No se recibió observación alguna. |
(24) |
Por lo tanto, no cooperaron ni los productores exportadores/productores chinos ni los indonesios. No obstante, como se indica en el considerando 17, sí que cooperó un grupo de empresas de Indonesia que producen y venden GMS en el mercado interno indonesio, pero no exportan a la Unión. |
1.6.3. Comprobación
(25) |
La Comisión recabó y verificó toda la información que consideró necesaria para determinar la probabilidad de continuación o reaparición del dumping y del perjuicio, así como el interés de la Unión. Sin embargo, debido al brote de la pandemia de COVID-19 y a las consiguientes medidas adoptadas para hacerle frente («la comunicación sobre la COVID-19») (11), la Comisión no pudo llevar a cabo las inspecciones in situ en las instalaciones de todas las empresas. En su lugar, la Comisión realizó verificaciones a distancia de la información facilitada por las siguientes empresas por videoconferencia:
|
2. PRODUCTO OBJETO DE RECONSIDERACIÓN Y PRODUCTO SIMILAR
2.1. Producto objeto de reconsideración
(26) |
El producto objeto de esta reconsideración es el mismo que en las investigaciones previas indicadas en los considerandos 1 a 4, es decir, el glutamato monosódico originario de China e Indonesia, clasificado actualmente en el código NC ex 2922 42 00 (código TARIC 2922420010) («el producto objeto de reconsideración»). El GMS es un aditivo alimentario que se utiliza sobre todo para realzar los sabores de sopas, caldos, preparados de pescado y carne, mezclas de especias y platos precocinados. Se produce en forma de cristales blancos, inodoros, de diferentes tamaños. El GMS se utiliza también en la industria química para aplicaciones no alimentarias, como los detergentes. |
(27) |
Se produce principalmente mediante fermentación de distintas fuentes de azúcar (almidón de maíz, almidón de tapioca, jarabe de azúcar, melaza de caña de azúcar y melaza de remolacha azucarera). |
2.2. Producto similar
(28) |
Según lo establecido en las investigaciones previas mencionadas en los considerandos 1 a 4, la presente investigación de reconsideración por expiración confirmó que los siguientes productos tienen las mismas características físicas, químicas y técnicas básicas, así como los mismos usos básicos:
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(29) |
Se considera, por tanto, que son productos similares a efectos del artículo 1, apartado 4, del Reglamento de base. |
3. PROBABILIDAD DE CONTINUACIÓN O REAPARICIÓN DEL DUMPING
3.1. Observaciones preliminares
(30) |
De conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base, la Comisión examinó si era probable que la expiración de las medidas vigentes condujese a una continuación o a una reaparición del dumping practicado por China o Indonesia. |
3.1.1. China
(31) |
Ninguno de los productores exportadores/productores chinos cooperó en la investigación. No presentaron ninguna información ni aportaron pruebas justificativas relacionadas con las presuntas distorsiones significativas en el sentido del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base. Del mismo modo, como se indica en el considerando 23, ninguno de los productores exportadores de China presentó una respuesta al cuestionario. |
(32) |
Las autoridades chinas no contestaron al cuestionario ni se pronunciaron sobre las pruebas que figuran en el expediente facilitado por el solicitante, incluido el «Documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre distorsiones significativas en la economía de la República Popular China a efectos de las investigaciones de defensa comercial» («el Informe») (12). |
(33) |
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, las conclusiones relativas a la probabilidad de continuación del dumping expuestas en los considerandos 36 a 135 se basaron en los datos disponibles, en particular, la información de la solicitud de reconsideración por expiración y las estadísticas disponibles, a saber, los datos de Global Trade Atlas («GTA») y los datos de Eurostat. |
3.1.2. Indonesia
(34) |
Como se menciona en el considerando 17, ningún productor exportador de Indonesia cooperó en la investigación. Sin embargo, sí que cooperó un grupo de productores indonesios que vendían en el mercado interno y otros mercados de terceros países. |
(35) |
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, las conclusiones relativas a la probabilidad de continuación del dumping expuestas en los considerandos 137 a 144 se basaron en los datos disponibles, en particular, la información de la solicitud de reconsideración por expiración y las estadísticas disponibles, a saber, los datos de GTA y los datos de Eurostat y también, según lo expuesto en el considerando 21, los datos presentados por el grupo de productores indonesios que cooperaron. |
3.2. Continuación del dumping durante el período de investigación de la reconsideración
3.2.1. China
(36) |
Para el período de investigación de la reconsideración, los datos estadísticos de Eurostat muestran que se importaron 3 500 toneladas de GMS procedentes de China, lo que representa un [4 – 7] % de la cuota de mercado en la Unión (13). La Comisión concluyó que este volumen de importaciones es suficientemente representativo para examinar si el dumping continuó durante el período de investigación de la reconsideración. |
3.2.2. Procedimiento para la determinación del valor normal con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base para las importaciones del producto objeto de reconsideración originario de China.
(37) |
Dados los elementos de prueba suficientes disponibles al inicio de la investigación que, con respecto a China, tienden a mostrar la existencia de distorsiones significativas a efectos del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base, la Comisión inició la investigación con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base. |
(38) |
A fin de obtener la información que consideró necesaria para su investigación en relación con las supuestas distorsiones significativas, la Comisión envió un cuestionario a las autoridades chinas. Además, en el punto 5.3.2 del anuncio de inicio, la Comisión invitó a todas las partes interesadas a presentar sus puntos de vista, facilitar información y aportar pruebas justificativas relativas a la aplicación del artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base en un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de publicación del anuncio de inicio en el Diario Oficial de la Unión Europea. No se recibió respuesta de las autoridades chinas al cuestionario ni documento alguno sobre la aplicación del artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base dentro del plazo. |
(39) |
En el punto 5.3.2 del anuncio de inicio, la Comisión también especificó que, a la vista de las pruebas disponibles, había seleccionado provisionalmente a Tailandia como país representativo adecuado de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, a fin de determinar el valor normal basado en precios o valores de referencia no distorsionados. La Comisión también señaló que examinaría otros posibles países representativos adecuados de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), primer guion, del Reglamento de base. |
(40) |
El 21 de febrero de 2020, la Comisión informó a las partes interesadas mediante una nota («primera nota sobre los factores de producción») de las fuentes pertinentes que tenía previsto utilizar para determinar el valor normal si se confirmaba la metodología con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base. En dicha nota, la Comisión facilitó una lista de todos los factores de producción, como las materias primas, la mano de obra y la energía utilizados en la producción de GMS. Además, sobre la base de los criterios que guían la elección de precios o valores de referencia no distorsionados, la Comisión expresó su intención de elegir a Tailandia o Malasia como país representativo adecuado. La Comisión invitó a las partes interesadas a pronunciarse al respecto y recibió observaciones solo del solicitante. Apoyó la elección de Tailandia, debido al número elevado de empresas con datos públicamente disponibles en ese país. En sus observaciones, el solicitante también pidió que se ponderaran los datos de las empresas adecuadas para obtener una base mejor y más sólida para las determinaciones de la Comisión, frente a un uso de los datos basado en información de una sola empresa. |
(41) |
El 8 de abril de 2020, la Comisión informó a las partes interesadas mediante una segunda nota («segunda nota sobre los factores de producción») de las fuentes pertinentes que tenía previsto utilizar para determinar el valor normal, con Tailandia como país representativo, si se confirmaba la aplicación de la metodología con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base. Asimismo, informó a las partes interesadas de que establecería los gastos administrativos, de venta y generales y los beneficios basándose en la información disponible para las cinco empresas siguientes, productoras de GMS en el país representativo:
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(42) |
La Comisión invitó a las partes interesadas a formular observaciones y solo recibió comentarios de un importador, que apoyó la selección de Tailandia como país representativo. |
3.2.2.1. Valor normal
(43) |
De conformidad con el artículo 2, apartado 1, del Reglamento de base, «el valor normal se basará en principio en los precios pagados o por pagar, en el curso de operaciones comerciales normales, por clientes independientes en el país de exportación». |
(44) |
Sin embargo, de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, «si […] se determina que no es adecuado utilizar los precios y costes internos del país exportador debido a la existencia en ese país de distorsiones significativas a tenor de la letra b), el valor normal se calculará exclusivamente a partir de costes de producción y venta que reflejen precios o valores de referencia no distorsionados» e «incluirá una cantidad no distorsionada y razonable en concepto de gastos administrativos, de venta y generales y en concepto de beneficios». |
(45) |
Como se explica en los considerandos 46 a 107, en la presente investigación la Comisión ha llegado a la conclusión de que, sobre la base de las pruebas disponibles, y teniendo en cuenta la ausencia de cooperación de las autoridades chinas y de los productores exportadores, es conveniente aplicar el artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base. |
3.2.3. Existencia de distorsiones significativas
3.2.3.1. Introducción
(46) |
Según lo previsto en el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base, «[p]uede considerarse que una distorsión es significativa cuando los precios o costes notificados, incluidos los costes de las materias primas y la energía, no son fruto de las fuerzas del mercado libre por verse afectados por una intervención sustancial de los poderes públicos. Al valorar la existencia de distorsiones significativas se tendrá en cuenta, entre otras cosas, el posible impacto de uno o varios de los elementos siguientes:
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(47) |
Según lo dispuesto en el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base, la evaluación de la existencia de distorsiones significativas en el sentido del artículo 2, apartado 6 bis, letra a) tendrá en cuenta, entre otras cosas, la lista no exhaustiva de elementos de la disposición anterior. En virtud del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base, al evaluar la existencia de distorsiones significativas, deberá tenerse en cuenta el posible impacto de uno o varios de estos elementos en los precios y costes para el país exportador del producto objeto de reconsideración. De hecho, dado que esta lista no es acumulativa, no es necesario que todos los elementos se tengan en cuenta para formular conclusiones de distorsiones significativas. Además, pueden utilizarse las mismas circunstancias de hecho para demostrar la existencia de uno o varios de los elementos de la lista. No obstante, toda conclusión sobre distorsiones significativas en el sentido del artículo 2, apartado 6 bis, letra a), debe formularse sobre la base de todas las pruebas disponibles. La evaluación general sobre la existencia de distorsiones también puede tener en cuenta el contexto y la situación generales del país exportador, en particular cuando los elementos fundamentales de la estructura económica y administrativa de dicho país otorguen al Gobierno poderes considerables para intervenir en la economía de tal manera que los precios y los costes no sean el resultado de la evolución libre de las fuerzas del mercado. |
(48) |
El artículo 2, apartado 6 bis, letra c), del Reglamento de base establece lo siguiente: «en caso de que la Comisión disponga de indicios fundados de la posible existencia en un determinado país o sector de ese país de distorsiones significativas a tenor de la letra b), y cuando proceda a efectos de la aplicación efectiva del presente Reglamento, la Comisión elaborará, publicará y actualizará periódicamente un informe en el que se describan las circunstancias del mercado contempladas en la letra b) que se den en ese país o sector». |
(49) |
Con arreglo a esta disposición, la Comisión ha publicado un informe nacional sobre China (véase la nota a pie de página 12) en el que muestra la existencia de una intervención gubernamental sustancial en muchos niveles de la economía, que incluye distorsiones específicas en numerosos factores de producción clave (por ejemplo, los terrenos, la energía, el capital, las materias primas y la mano de obra), así como en sectores específicos (por ejemplo, el de los productos químicos o la transformación del maíz). El Informe se incluyó en el expediente de investigación en la fase inicial. Se invitó a las partes interesadas a refutar, comentar o completar las pruebas contenidas en el expediente de investigación, del cual formaba parte el Informe, en el momento del inicio. No se recibió ninguna observación. |
(50) |
La solicitud de reconsideración presentada por el solicitante proporcionó pruebas adicionales de distorsiones significativas en el sector del GMS a efectos del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), como complemento del Informe. El solicitante presentó pruebas de que la producción y la venta del producto objeto de reconsideración se ven afectadas (al menos potencialmente) por las distorsiones mencionadas en el Informe, en particular por la gran intervención del Estado en la cadena de valor del GMS, es decir, en el sector del GMS y los sectores relacionados con la producción de GMS, en particular, en el sector de los insumos y los factores de producción. |
(51) |
La Comisión examinó si procedía utilizar los precios y costes internos de China, debido a la existencia de distorsiones significativas a efectos del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base. La Comisión lo hizo sobre la base de las pruebas disponibles en el expediente, entre ellas las pruebas contenidas en el Informe, que se basan en fuentes a disposición del público, especialmente en la legislación china, documentos políticos oficiales chinos publicados, informes publicados por organizaciones internacionales y estudios/artículos de reconocidos académicos, identificados específicamente en el Informe. Este análisis incluyó el examen de las intervenciones sustanciales de los poderes públicos en la economía en general, así como de la situación específica del mercado en el sector pertinente al que pertenece el producto objeto de reconsideración. La Comisión complementó estos elementos probatorios con sus propias investigaciones sobre los diferentes criterios pertinentes para confirmar la existencia de distorsiones significativas en China. |
(52) |
Como se especifica en el considerando 32, las autoridades chinas no respondieron al cuestionario. Como se indica en el considerando 23, no cooperó ningún productor exportador/productor de China. Asimismo, ninguno de los productores exportadores/productores de China a los que se concedió el estatuto de partes interesadas presentó pruebas que respaldaran o refutaran los datos contenidos en el expediente del caso (incluidos el Informe y los datos adicionales aportados por el solicitante) en la solicitud de reconsideración sobre la existencia de distorsiones significativas o sobre si procedía aplicar el artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base en relación con este asunto. |
3.2.3.2. Distorsiones significativas que afectan a los precios y los costes internos de China
(53) |
El sistema económico chino se basa en el concepto de «economía socialista de mercado», que está consagrado en la Constitución china y determina la gobernanza económica del país. El principio fundamental es «la propiedad pública socialista de los medios de producción, es decir, la propiedad por parte de todo el pueblo y la propiedad colectiva por parte de los trabajadores». La economía estatal es la «fuerza motriz de la economía nacional» y el Estado tiene el mandato de «garantizar su consolidación y crecimiento» (14). Por consiguiente, la configuración general de la economía china no solo permite intervenciones sustanciales de los poderes públicos en la economía, sino que estas intervenciones están respaldadas por un mandato expreso. El concepto de la supremacía de la propiedad pública sobre la privada impregna todo el sistema jurídico y se destaca como principio general en todos los actos legislativos fundamentales. El Derecho chino en materia de propiedad es un buen ejemplo: se refiere a la etapa primaria del socialismo y confía al Estado el mantenimiento del sistema económico básico en virtud del cual la propiedad pública desempeña un papel dominante. Se toleran otras modalidades de propiedad, y la legislación permite que se desarrollen en paralelo a la propiedad estatal (15). |
(54) |
Además, con arreglo al Derecho chino, la economía socialista de mercado se desarrolla bajo la dirección del Partido Comunista de China («PCCh»). Las estructuras del Estado chino y del PCCh están interrelacionadas a todos los niveles (jurídico, institucional y personal) y conforman una superestructura en la que es imposible distinguir entre las funciones del Partido y las del Estado. Tras una modificación de la Constitución china en marzo de 2018, se otorgó mayor prominencia si cabe al papel principal del PCCh mediante su reafirmación en el texto del artículo 1 de la Constitución. Tras la primera frase, ya existente, de dicho artículo, a saber: «el sistema socialista es el sistema básico de la República Popular China», se añadió una segunda frase nueva, que dice: «el rasgo definitorio del socialismo con características chinas es el liderazgo del Partido Comunista de China» (16). Esto ilustra el incontestado y cada vez mayor control del PCCh sobre el sistema económico de China. Este liderazgo y control son inherentes al sistema chino y van mucho más allá de la situación habitual en otros países donde los gobiernos ejercen un control macroeconómico general dentro de cuyos límites se desarrollan las fuerzas del mercado libre. |
(55) |
El Estado chino aplica una política económica intervencionista para la consecución de objetivos, los cuales, en lugar de reflejar las condiciones económicas imperantes en un mercado libre, coinciden con las metas políticas establecidas por el PCCh (17). Las herramientas económicas intervencionistas desplegadas por las autoridades chinas son múltiples e incluyen el sistema de planificación industrial, el sistema financiero y el nivel del marco regulador. |
(56) |
En primer lugar, en cuanto al nivel de control administrativo general, la dirección de la economía china se rige por un complejo sistema de planificación industrial que afecta a todas las actividades económicas del país. En su conjunto, estos planes abarcan una matriz exhaustiva y compleja de sectores y políticas transversales y están presentes en todos los niveles de gobierno. Los planes a escala provincial son detallados, mientras que los planes nacionales fijan objetivos más amplios. Los planes también especifican los medios que deben utilizarse para apoyar a las industrias o sectores pertinentes, así como los plazos en los que deben alcanzarse los objetivos. Algunos planes todavía contienen objetivos explícitos en materia de producción, aunque se trata de una característica habitual en ciclos de planificación anteriores. En los planes se destacan algunos sectores industriales o proyectos como prioridades (positivas o negativas), en consonancia con las prioridades del Gobierno, y se les asignan objetivos específicos de desarrollo (modernización industrial, expansión internacional, etc.). Los operadores económicos, tanto privados como públicos, deben ajustar sus actividades empresariales de manera efectiva a las realidades impuestas por el sistema de planificación. Esto no se debe únicamente al carácter vinculante de los planes, sino también a que las autoridades competentes chinas a todos los niveles de la Administración aplican el sistema de planes y utilizan sus competencias en consecuencia, induciendo a los operadores económicos a adaptarse a las prioridades establecidas en los planes (véase también la sección 3.2.3.5) (18). |
(57) |
En segundo lugar, en cuanto al nivel de asignación de recursos financieros, el sistema financiero chino está dominado por los bancos comerciales de propiedad estatal. A la hora de establecer y aplicar su política de préstamos, estos bancos deben ajustarse a los objetivos de la política industrial del Gobierno, en lugar de evaluar sobre todo el interés económico de un proyecto determinado (véase también la sección 3.2.3.8) (19). Esto mismo se aplica a los demás componentes del sistema financiero chino, como los mercados de valores, los mercados de obligaciones, los mercados de renta variable, etc. Además, estas partes del sector financiero distintas del sector bancario están institucional y operativamente estructuradas de una forma no orientada a maximizar el funcionamiento eficiente de los mercados financieros, sino a garantizar el control y permitir la intervención del Estado y del PCCh (20). |
(58) |
En tercer lugar, en lo que al marco regulador se refiere, las intervenciones estatales en la economía revisten diversas formas. Por ejemplo, las normas de contratación pública se utilizan habitualmente para alcanzar objetivos estratégicos distintos de la eficiencia económica, por lo que de este modo se socavan los principios de mercado en el sector. La legislación aplicable establece específicamente que la contratación pública se llevará a cabo con el fin de facilitar la consecución de los objetivos diseñados por las políticas estatales. Sin embargo, la naturaleza de estos objetivos sigue sin estar definida, lo que concede un amplio margen de apreciación a los órganos encargados de la toma de decisiones (21). Del mismo modo, en el ámbito de la inversión, las autoridades chinas mantienen un control y una influencia considerables en relación con el destino y la magnitud tanto de la inversión estatal como de la privada. Las autoridades utilizan el control de las inversiones, así como diversos incentivos, restricciones y prohibiciones en materia de inversión, como instrumento importante para apoyar los objetivos de la política industrial, por ejemplo, para mantener el control estatal sobre sectores clave o para reforzar la industria nacional (22). |
(59) |
En definitiva, el modelo económico chino se basa en determinados axiomas básicos que establecen y fomentan múltiples intervenciones de los poderes públicos. Estas intervenciones significativas de los poderes públicos chocan con la libre actuación de las fuerzas del mercado, lo que repercute en la asignación efectiva de recursos en consonancia con los principios del mercado (23). |
3.2.3.3. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), primer guion, del Reglamento de base: mercado abastecido en una proporción significativa por empresas que son propiedad de las autoridades del país exportador o que operan bajo su control o supervisión política o bajo su dirección
(60) |
En China, las empresas que son propiedad del Estado o que operan bajo su control, su supervisión política o su dirección representan una parte fundamental de la economía. |
(61) |
A falta de cooperación por parte de China, la Comisión dispone de información limitada relacionada con la estructura de propiedad de las empresas que operan en el sector chino del GMS. Ninguna de las tres empresas chinas indicadas como grandes productores por el solicitante, y confirmadas como tales mediante otras fuentes basadas en las investigaciones propias de la Comisión (24), parece ser de propiedad pública. |
(62) |
Sin embargo, la Comisión observó que uno de los mayores productores exportadores, Fufeng Group, contaba con el apoyo de miembros del PCCh y de las autoridades públicas locales, y que estas últimas coordinaban cuestiones de interés para la empresa. Por ejemplo, en el sitio web oficial de la empresa se declara lo siguiente sobre una visita oficial de representantes del gobierno local: «Tras su discurso, Jiao Gangwei mencionó el problema relacionado con el carbón que había dificultado la labor de las empresas durante los últimos dos años y destacó que el Comité del Partido Municipal de Zhalantun y el Gobierno habían garantizado la coordinación en relación con este asunto. […] La delegación de Liu-Qifan obtuvo más información sobre las contribuciones sociales de la empresa, la labor de construcción del Partido, así como el GMS […]. Liu Qifan también alabó el impacto sobre los precios generales del inicio por parte de Fufeng de la producción masiva de aminoácidos de máxima calidad y apoyó la labor de construcción del partido de la empresa. Finalmente, declaró ante su delegación: “La empresa es una empresa líder y en ningún otro sitio hay proyectos de tan buena calidad. El Gobierno debe ofrecerle un buen servicio”. El secretario Liu mencionó tres veces seguidas que el Gobierno debía ofrecer un buen servicio a la empresa. Además, mostró su apoyo a la empresa al afirmar que su situación refleja la determinación de los líderes sénior de la Región Autónoma de Mongolia Interior de crear un Gobierno orientado al servicio» (25). El apoyo del gobierno local también se hace evidente en relación con la filial de Fufeng en Heilongjiang Qiqihar, como confirma el sitio web del Gobierno de Qiqihar: “Para mostrar la fuerza de la empresa, reunir las fuerzas internas, extender el espíritu de lucha y agradecer al Gobierno local su gran apoyo a la filial del grupo, Qiqihar Longjiang Fufeng Biotechnology Co., Ltd., se celebró el encuentro con la prensa «Nuevo punto de partida, nuevo viaje, nuevo sueño» en el Wanda Jiahua Hotel en Qiqihar, la tarde del 26 de julio, en relación con el 20.° aniversario de la fundación de Fufeng Group” (26). La Comisión obtuvo más pruebas de las relaciones de Fufeng con el PCCh, así como el apoyo y las orientaciones de las autoridades locales en el comunicado siguiente en el sitio web del grupo: «El 7 de diciembre de 2019, el subsecretario de la Comisión del Partido Municipal de Qiqihar y alcalde, Li Yugang, visitó la sede de Fufeng Group. El teniente de alcalde, Wang Yongshi; el secretario general del gobierno municipal, Qi Xiaotong; el subsecretario del Comité del Partido del Distrito de Angangxi y alcalde, Ren Guangcai; y el teniente de alcalde, Li Yugang Jing, etc. lo acompañaron en la investigación. El presidente del consejo, Li Xuechun, el director general, Zhao Qiang y otros líderes también asistieron a la visita. […] Durante la conversación, el alcalde Li señaló que la transformación profunda clave, así como sus productos derivados, son particularmente importantes en la estructura industrial actual de la ciudad de Qiqihar. Como primer fabricante mundial de aminoácidos, la empresa ha sido de gran ayuda para la transformación profunda de maíz local. El presidente del consejo expresó su gratitud al alcalde Li por su asistencia y declaró: “La ciudad de Qiqihar ha prestado servicios de ‘incubadora’ a la empresa. Esta vez la noticia no solo copará los titulares en la ciudad de Qiqihar, sino también los de la CCTV. La empresa, de acuerdo con la línea de pensamiento económico del Gobierno, continuará estabilizando el comercio exterior, el capital extranjero, las inversiones y las expectativas. Seguirá extendiendo su espíritu de lucha, explotando sus ventajas y cooperando continuamente con el gobierno local para un desarrollo conjunto”». (27) Adicionalmente, el comunicado de prensa siguiente confirma que Fufeng ha seguido los objetivos de las políticas y la ideología del Estado en sus actividades: «Fufeng Group respondió a las propuestas de iniciativas de cooperación del presidente Xi Jinping para el “Nuevo Cinturón Económico de la Ruta de la Seda” y la “Ruta de la Seda Marítima del siglo XXI”, y desarrolló activamente acuerdos de asociación económica con varios países a lo largo del “Cinturón y la Ruta”» (28). |
(63) |
En el caso de otro de los tres principales productores de GMS, Ningxia Eppen, la Comisión observó que la empresa aplicaba las políticas del Estado y la ideología del PCCh en sus actividades, como señala una declaración de la Federación de Industria y Comercio de Ningxia: «Desde principios de este año, Ningxia Eppen Biological Company ha organizado meticulosamente, desplegado integralmente, estudiado y aplicado en profundidad el espíritu del 18.° Congreso Nacional del Partido Comunista de China, teniendo en cuenta la situación actual de la empresa y con el objetivo de “Dos refuerzos, seis bienes”, ha reforzado la construcción del Partido, que ha contribuido enormemente al desarrollo de la empresa» (29). La empresa también se ha beneficiado del apoyo de las autoridades públicas en la fundación de un centro tecnológico nacional. Según el Departamento de Industria y Tecnologías de la Información de Ningxia Hui, la construcción de esos centros pretende orientar notablemente a las empresas hacia determinados logros de las políticas: «Para aplicar las orientaciones y la estrategia de desarrollo impulsado por la innovación y apoyar a las empresas en el refuerzo de sus capacidades de innovación tecnológica, el Departamento de Industria y Tecnologías de la Información de la Región Autónoma promueve intensamente la construcción de centros tecnológicos empresariales. […] Los centros tecnológicos empresariales se han convertido en los principales actores de la innovación tecnológica en nuestra región y ofrecen un apoyo tecnológico sólido y eficaz para el desarrollo de alta calidad de la industria en nuestra región. […] El centro tecnológico empresarial de Ningxia Eppen Company se fundó en 2006 y fue reconocido como centro tecnológico empresarial a escala nacional en 2011. El centro tecnológico garantiza el liderazgo en la evolución del sector hacia la innovación continua y ha obtenido resultados significativos» (30). |
(64) |
Con respecto a los proveedores de insumos para la producción de GMS, como ha indicado el solicitante y se corroboró mediante otras fuentes (31), la principal materia prima en la fabricación de GMS en China suele ser el almidón de maíz, que representa una parte sustancial de los costes de producción. Según lo observado por la Comisión, al menos un productor principal de almidón de maíz, Cofco Biotech, es una empresa pública supervisada por la Comisión de Supervisión y Administración de Activos Estatales del Consejo de Estado (SASAC) (32). Las autoridades estatales también son accionistas, de forma directa o indirecta, de muchos otros grandes productores de almidón de maíz. Como ejemplo destacable, en el caso de Zhucheng Xingmao Corn Developing Co. Ltd, el productor líder de almidón de maíz (13,29 % del mercado) (33), el 74 % de las acciones son propiedad de Zhucheng Foreign Trade Corp., un 26,54 % de cuyas acciones, a su vez, es propiedad de la ciudad de Zhucheng. (34) |
(65) |
Como ha indicado el solicitante, la producción de GMS incluye un proceso químico en el que se utilizan almidón de maíz y amoníaco. Por esta razón, los productores de GMS pueden considerarse, asimismo, participantes activos del sector químico chino. Con respecto a dicho sector, la Comisión observó que, según las estadísticas nacionales, las empresas públicas representaban el 52 % de los activos totales de las empresas químicas en 2015 (35). Las empresas públicas, en particular las grandes centrales, tradicionalmente han desempeñado un papel dominante en el sector químico de China debido a su posición oligopólica en la exploración y producción o en el mercado de las materias primas, el fácil acceso a los recursos públicos (fondos, préstamos, terrenos, etc.) y su gran influencia en la toma de decisiones del Gobierno. |
(66) |
Con respecto a lo anteriormente señalado, las autoridades chinas y el PCCh tienen estructuras que les garantizan una influencia continua en las empresas, en particular las empresas públicas o las empresas controladas por el Estado. El Estado (y, en muchos aspectos, también el PCCh) no solo formula y supervisa activamente la aplicación de las políticas económicas generales por parte de las empresas (en concreto las empresas públicas o las empresas controladas por el Estado), sino que también reivindica su derecho a participar en la toma de decisiones operativas en las empresas. Esto se hace normalmente a través de la rotación de directivos entre las autoridades gubernamentales y estas empresas, a través de la presencia de miembros del partido en los órganos ejecutivos de dicha empresas y de células del partido en sus estructuras (véase también la sección 3.2.3.4), así como a través de la configuración de la estructura corporativa del sector (36). En el caso de las empresas públicas o las empresas controladas por el Estado, estas últimas gozan, en contrapartida, de un estatuto particular dentro de la economía china que conlleva una serie de beneficios económicos, en especial el blindaje ante la competencia y el acceso preferencial a los insumos pertinentes, incluida la financiación (37) . Los elementos que indican la existencia de control estatal sobre empresas en la cadena de valor del sector del GMS y el sector químico en general se explican más detalladamente en la sección 3.2.3.4 a continuación. |
(67) |
Debido al nivel significativo de intervención gubernamental en las cadenas de valor del sector químico en China, a la propiedad y el control estatales de determinadas empresas productoras líderes de almidón de maíz y al hecho de que, según lo observado por la Comisión, determinados productores líderes de GMS están sujetos a la orientación del Estado, dependen de su apoyo y, en determinados casos, aplican la ideología del PCCh, ni siquiera los productores de propiedad privada del producto objeto de reconsideración pueden actuar según las condiciones del mercado. Como se señala en la sección 3.2.3.5 a continuación, las empresas públicas y las privadas que operan en la producción de GMS y de los insumos utilizados en su fabricación, también están sujetas, directa o indirectamente, a la supervisión y la orientación políticas. |
3.2.3.4. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), segundo guion, del Reglamento de base: presencia del Estado en las empresas, lo que le permite interferir en los precios o los costes
(68) |
Además de ejercer el control sobre la economía al ser propietarias de empresas públicas y por otras vías, las autoridades chinas pueden interferir en los precios y en los costes mediante la presencia del Estado en las empresas. Si bien se puede considerar que el derecho de las autoridades estatales pertinentes a designar y destituir a los altos directivos de las empresas públicas, conforme a lo dispuesto en la legislación china, refleja los correspondientes derechos de propiedad (38), las células del PCCh en las empresas, tanto públicas como privadas, representan otro canal importante a través del cual el Estado puede interferir en las decisiones empresariales. Con arreglo al Derecho de sociedades chino, en todas las empresas debe establecerse una organización del PCCh (con al menos tres miembros del partido, según se especifica en la Constitución del PCCh (39)) y la empresa debe facilitar las condiciones necesarias para las actividades de dicha organización. Aparentemente, en el pasado este requisito no siempre se aplicaba ni se imponía de forma estricta. Sin embargo, al menos desde 2016, el PCCh ha reforzado sus exigencias de control de las decisiones empresariales de las empresas públicas como cuestión de principio político. También se ha informado de que el PCCh presiona a las empresas privadas para que den prioridad al «patriotismo» y sigan la disciplina de partido (40) . En 2017 se informó de que existían células del Partido en el 70 % de los aproximadamente 1,86 millones de empresas de propiedad privada, así como de que había una presión creciente para que las organizaciones del PCCh tuvieran la última palabra sobre las decisiones empresariales de sus respectivas empresas (41). Estas normas se aplican de manera general a toda la economía china y a todos los sectores, incluidos los fabricantes de MSG y los proveedores de sus insumos. |
(69) |
A modo de ejemplo, las estructuras del PCCh se superponen personalmente a las del órgano de gestión en el caso de varios productores líderes de GMS. La Comisión observó que el presidente del consejo de Fufeng Group, Li Xuechun, fue nombrado en 2013, durante un período de cinco años, como miembro del Congreso Popular de la ciudad de Linyi (42). Asimismo, según lo evidenciado en el considerando 62, la empresa realiza actividades relacionadas con la labor de construcción del Partido, que influyen en sus operaciones. |
(70) |
En el caso de Meihua Group, otro de los tres grandes productores de GMS, se declaró que cinco de los doce miembros del consejo eran miembros del PCCh en 2019 (43). La Comisión también observó las pruebas siguientes de actividades relacionadas con la labor de construcción del Partido de Meihua y de la influencia del PCCh en las operaciones de la empresa: «El 30 de junio Jilin Meihua organizó y celebró una jornada festiva dedicada a “Crear una iniciativa de aprendizaje, brillar en el trabajo”. El representante del Departamento de Organización de la Comisión del Partido Municipal de Baicheng e instructor de construcción del Partido de Jilin Meihua, Wang Xingang; el director de la Oficina del Partido del polígono industrial de Baicheng, Guo Baoyu; el director general y secretario del partido de Jilin Meihua, Zhang Jinlong, y veintidós miembros del partido asistieron al evento. […] En el evento, Wang Xingang impartió a todos los miembros del Partido una animada sesión en torno al “proceso de desarrollo del Partido, las acciones que deben llevar a cabo los miembros de la filial del Partido en las empresas de nueva creación y de qué forma los representantes del Partido deben desempeñar un papel de liderazgo”. A continuación, Wang Xingang entregó la insignia del Partido y la Constitución del Partido a cada miembro del Partido. Como si de un nuevo bautizo en el Partido se tratara, con la insignia del Partido en el pecho y la “Constitución del Partido” en las manos, se tendió un “puente de corazón a corazón” entre la organización del Partido y los miembros del Partido y se fortaleció eficazmente el sentido del honor, de la responsabilidad y de pertenencia de cada miembro y directivo del Partido. No obstante, esta no es solo una cuestión de honor, sino también de responsabilidad. Este “cumpleaños político” permite a los miembros del Partido recordar siempre su identidad y su misión, para dar rienda suelta a su carácter pionero y ejemplar en su labor futura, para unir y liderar a la mayoría de directivos y empleados, trabajar duro, ser creativos, atreverse a ser los primeros y no rendirse nunca. “Me ofrezco voluntario para unirme al Partido Comunista de China, apoyar el programa del Partido y acatar su constitución”. Bajo el liderazgo del secretario del Partido, Zhang Jinlong, los miembros del Partido participantes, con el puño derecho en alto al final del evento, recordaron el juramento del Partido ante la bandera roja y brillante del Partido. Esta jornada festiva del Partido permitió a todos sus miembros reforzar sus ideales y creencias, fortalecer su espíritu de Partido y aclarar la dirección que debe tomar el trabajo futuro» (44). |
(71) |
En el caso de Ningxia Eppen, el tercer mayor productor de GMS, la Comisión observó que el presidente de la empresa ostentó el cargo de representante del 12.° Congreso Popular de la Región Autónoma de Ningxia Hui, al menos hasta julio de 2020 (45). Al mismo tiempo, la Federación de Industria y Comercio de Ningxia describe detalladamente el papel del PCCh en relación con las operaciones de la empresa: «En primer lugar, las reglamentaciones estipulan que el secretario de la Comisión del Partido debe asistir a las reuniones en las que se toman decisiones sobre cuestiones empresariales significativas y otras reuniones importantes, así como escuchar atentamente las opiniones y sugerencias que se expresan en estas; En segundo lugar, actualmente, la persona pertinente al cargo de la Organización del Partido debe asistir a las reuniones importantes y escuchar atentamente las opiniones y sugerencias que se expresan en estas, así como las decisiones importantes en relación con la gestión de la producción y los departamentos empresariales. La persona pertinente al cargo de la Organización del Partido, con un elevado sentido de la responsabilidad, comunicará debidamente y en el momento oportuno las decisiones y principales proyectos de trabajo relacionados con la producción a los miembros del Partido e involucrará plenamente a las principales partes interesadas para que los promuevan» (46). |
(72) |
La presencia e intervención del Estado en los mercados financieros (véase también la sección 3.2.3.8.), así como en el suministro de materias primas e insumos, tienen, además, un efecto distorsionador en el mercado (47). Así pues, la presencia del Estado en las empresas, incluidas las empresas públicas, del sector del GMS y otros sectores relacionados (como el financiero y el de los insumos) permite a las autoridades chinas interferir en los precios y los costes. |
3.2.3.5. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), tercer guion, del Reglamento de base: existencia de políticas públicas o medidas discriminatorias que favorecen a los proveedores internos o que influyen en las fuerzas del mercado libre
(73) |
La dirección de la economía china está determinada en gran medida por un complejo sistema de planificación que establece las prioridades y fija los objetivos en los que deben centrarse el Gobierno central y los entes locales. Existen planes correspondientes a todos los niveles de la Administración que abarcan prácticamente todos los sectores económicos. Los objetivos, que son fijados por los instrumentos de planificación, revisten carácter vinculante y las autoridades de cada nivel administrativo supervisan que las Administraciones de nivel inferior apliquen los planes. Por lo general, el sistema de planificación de China hace que los recursos se destinen a los sectores que el Gobierno considera estratégicos o políticamente importantes, en lugar de asignarse en consonancia con las fuerzas del mercado (48). |
(74) |
Las autoridades chinas consideran la industria química, a la que pertenecen los productores de GMS, un sector importante. Esto se confirma en los numerosos planes, directrices y otros documentos relativos al sector químico, que se publican a escala nacional, regional y municipal (49). |
(75) |
Más específicamente, el GMS también está sujeto en China a documentos estratégicos específicos relativos a la transformación profunda del maíz, uno de los insumos clave utilizados en su producción, por medio de la fermentación del almidón de maíz (véase lo mencionado anteriormente, en particular, el considerando 64). Concretamente, los procesos de producción de GMS están regulados por las disposiciones del 13.° Plan Quinquenal para la Transformación de los Cereales y el Aceite. Estas prevén la gestión de varios aspectos del sector de transformación del maíz (incluido el subsector del GMS), por ejemplo, en relación con el desarrollo de la cadena de valor, los patrones de suministro, la elección tecnológica, la localización de la producción o el apoyo de las políticas: «Acelerar el desarrollo de la transformación profunda de los cereales: Incentivar a las empresas de transformación a gran escala para desarrollar modelos industriales innovadores de transformación de los cereales y del aceite, aprovechar plenamente el valor potencial de los productos derivados y ampliar la cadena industrial en la mayor medida posible. Favorecer la transferencia de las industrias de transformación fina y profunda, como la transformación del maíz, a ámbitos de producción beneficiosos y áreas logísticas clave y acelerar el agotamiento de las existencias. Desarrollar nuevos productos derivados a partir de nuevos tipos de azúcares de almidón funcionales y nuevos tipos de preparados enzimáticos, ácido poliglutámico, polilisina y otros productos de fermentación a granel» […] «Sector de la transformación profunda del maíz: incentivar a las empresas de transformación profunda de maíz para desarrollar nuevas formas eficientes de utilizar el maíz y aumentar significativamente el índice de conversión de la transformación profunda de maíz. […] Desarrollar activamente nuevos productos fermentados funcionales con un contenido de alta tecnología, como aminoácidos y nucleósidos, nuevos ácidos orgánicos, azúcares de almidón, polioles, nuevos preparados enzimáticos, así como almidones modificados especiales utilizados para los alimentos, la elaboración de papel, los textiles, los productos de química fina, etc. […] El área que incluye las tres provincias nororientales, así como el área de Huanghuaihai y otras áreas de producción principales, deberán incrementar sus esfuerzos para promover las fusiones y la reorganización de las empresas que producen almidón de maíz procesado y azúcar de almidón, alcohol, glutamato monosódico, […] Fomentar la activación de la capacidad de producción no utilizada a través de la cooperación y el funcionamiento conjunto» (50). |
(76) |
Asimismo, en relación con los insumos, la Comisión observó que el sector del maíz está sujeto a una regulación intensiva en China. El país dispone de grandes cantidades de existencias de maíz, lo que permite a las autoridades subir o bajar artificialmente los precios de esta materia prima comprando o vendiendo gran cantidad de maíz en el mercado. Pese a que China comenzó a abordar el problema del exceso de reservas de maíz en 2016, todavía mantiene un nivel muy alto de existencias, lo que ejerce un efecto de distorsión sobre los precios (51). Además, las autoridades controlan los distintos elementos del conjunto de la cadena de valor del maíz, incluidas las subvenciones a la producción del maíz (52) y la supervisión de sus operaciones de transformación, según se confirma en esta notificación de la NDRC: «todas las autoridades públicas ampliarán el seguimiento y análisis de la oferta y la demanda de maíz en las zonas pertinentes, reforzarán la supervisión de la fase de construcción y la fase posconstructiva de los proyectos de transformación profunda de maíz, promoverán el equilibrio de la oferta y la demanda de maíz y garantizarán la seguridad alimentaria nacional». (53) En otro documento estratégico clave del Gobierno (54) se declara: “Enfoque en los tres cereales principales: arroz, trigo y maíz […]; Explorar el desarrollo de un sistema de servicios sociales para un «proceso integral” y un modelo de producción para una “cadena industrial integral”; Desarrollar y promover un aumento del nivel de producción en “todo el condado”, así como aumentar la oferta de productos agrícolas ecológicos y de buena calidad. Las provincias pertinentes que lleven a cabo estas tareas recibirán apoyo en función de las disposiciones contempladas en la programación presupuestaria del Gobierno central». |
(77) |
La Comisión también observó que se aplican medidas de control de las inversiones en China en relación con la producción de maíz: «las solicitudes para la creación de proyectos de transformación profunda de maíz estarán sujetas a gestión armonizada con arreglo a la Orden del Consejo de Estado n.o 673» (55). |
(78) |
Las políticas del Estado que interfieren con las fuerzas del mercado libre en el sector del maíz también se reflejan a escala provincial. Como ha indicado el solicitante y confirmado la Comisión, la provincia de Heilongjiang publicó, en agosto de 2017, un documento estratégico sobre la gestión del sector de la transformación del maíz, en forma de Dictamen orientativo sobre la estructura de desarrollo del sector de la transformación profunda de maíz en la provincia de Heilongjiang. Esta se dirige a «Cualquier ciudad (distrito), condado (ciudad), gobierno popular (oficina administrativa) y todas las unidades bajo la autoridad directa del Gobierno provincial», que deben «garantizar [su] ejecución rigurosa». El Dictamen establece, en términos de criterios de entrada en el mercado, que «los proyectos de transformación profunda de maíz nuevos se situarán principalmente en las principales áreas de producción de maíz» y que todas las entidades ejecutoras deben «fomentar la creación de proyectos de transformación profunda con una gran escala de transformación, cadenas industriales largas y espacio para la demanda del producto en el mercado; apoyo en determinados proyectos de transformación profunda de maíz nuevos con una capacidad de transformación de maíz anual no inferior a 600 000 toneladas; y fomentar proyectos de transformación profunda de maíz nuevos de más de 1,2 millones de toneladas». El documento impone una visión específica de las «cadenas industriales clave»: «Los proyectos pertenecientes a la estructura industrial deberán: centrarse principalmente en el desarrollo y la producción de productos derivados relacionados con el almidón, el alcohol y gamas de productos funcionales; ampliar la cadena industrial, optimizar la estructura de los productos, destacar la especialización de los diferentes distritos y las diferentes empresas; y aplicar un desarrollo diferenciado de las funcionalidades de los productos». Para la gama de productos del almidón esto se traduce en: «Desarrollar principalmente el almidón modificado especial necesario para sectores como el alimentario, el del papel, el textil y el de los productos de química fina». En el Dictamen también se establecen normas para la disposición geográfica del tejido industrial: «Tener en cuenta la totalidad de factores como la producción, la transformación, el mercado del maíz y la disponibilidad continua de las materias primas que se procesarán, las garantías clave, o que los proyectos de transformación profunda de maíz se situarán principalmente en siete áreas». Por ejemplo, en el caso de una de las áreas mencionadas, dispone específicamente que: «Longjiang, Nehe, Yi’an, Nenjiang y los condados circundantes de Gannan, Lindian, Wudalianchi, Bei’an, Fuyu, Dorbod, Baiquan, Keshan, Tailai, Kedong y otros catorce condados más (ciudades), así como el área de la ciudad de Qiqihar, pueden aportar 8,67 millones de toneladas de volumen de transformación de maíz, desplegar siete proyectos con 1,2 millones de toneladas de capacidad de transformación profunda de maíz o catorce proyectos con una capacidad de 600 000 toneladas. Fomentar la creación de proyectos de transformación profunda a gran escala de 1,2 millones de toneladas en esta zona». Se ordena a todas las entidades ejecutoras que reorganicen el sector de la forma siguiente: «Incentivar la fusión y reorganización de las capacidades de transformación de maíz anuales existentes de menos de 300 000 toneladas para mejorar la competitividad de las empresas en el mercado. En relación con la capacidad de transformación profunda de maíz no utilizada en el área, alentar la introducción de empresas potentes y aplicar alianzas de tipos de productos similares y de empresas productoras y derivadas a través de fusiones y adquisiciones y cooperación estratégica, etc. […] Orientar a las empresas para reforzar la comercialización, aumentar la cuota de mercado y formar varios grupos empresariales líderes con influencia en el sector». Adicionalmente, en términos de medidas políticas, el Dictamen prevé específicamente el apoyo del Estado a las empresas que cumplen unos criterios de financiación determinados: «Apoyar la financiación de empresas en el mercado de valores y facilitar subvenciones a las empresas de transformación profunda de maíz registradas en el país y en el extranjero o en el Nuevo Tercer Consejo» (56). |
(79) |
Adicionalmente, la Comisión observó que las autoridades locales de Heilongjiang daban apoyo, coordinaban y supervisaban (también por medio de sanciones) el establecimiento y el funcionamiento de al menos un polígono industrial destinado a la realización de actividades de transformación de maíz (57). |
(80) |
La Comisión también extrajo conclusiones en relación con la intervención del Estado en el sector del amoníaco, otra materia prima utilizada en la producción de GMS. En el 13.° Plan Quinquenal Nacional para la Industria Química y Petroquímica, el gobierno chino ha establecido unos objetivos anuales para la producción de amoníaco mediante la promoción de «conjuntos tecnológicos y de equipos que garanticen una producción anual superior a un millón de toneladas de amoníaco sintético y metanol sintético» (58). Esta intervención del lado de la oferta también se refleja en políticas similares de las autoridades locales. El 13.° Plan Quinquenal Petroquímico de la provincia de Hebei establece en particular «el enfoque en la promoción de la construcción de la segunda fase de la planta de 600 000 toneladas de amoníaco de Cangzhou Zhengyuan» (59). Asimismo, se observó que las provincias industriales de Chongqing y Zhejiang ofrecían precios de la electricidad preferencialmente más bajos para la fabricación, en particular, de amoníaco sintético (60). |
(81) |
Según se indica anteriormente en la nota al pie del considerando 64, el carbón suele ser un insumo clave en el proceso de producción de GMS en China (en relación con el suministro de energía en el proceso de fabricación). Según lo observado por la Comisión en su Informe, los precios de la energía en China no se basan en el mercado. En particular, el mercado del carbón está sujeto a distorsiones, especialmente debido a las subvenciones (61). Asimismo, la Comisión observó que las autoridades públicas interfieren con las fuerzas del mercado en el sector del carbón a escala provincial, especialmente en la provincia de Shandong, mediante documentos de planificación que regulan las características industriales, de la oferta y la localización. Uno de estos documentos es el Plan de desarrollo a medio y largo plazo de la energía de la provincia de Shandong, publicado en 2016 y que incluye el período hasta 2030. La motivación ideológica del Plan para gestionar el mercado se hace notablemente visible a través del principio rector de «aplicar exhaustivamente el espíritu del 18.° Congreso Nacional del Partido Comunista de China y sus sesiones plenarias tercera, cuarta, quinta y sexta; aplicar rigurosamente los importantes discursos del secretario general Xi Jinping, así como los discursos que pronunció mientras inspeccionaba Shandong». También reconoce el carácter centralizado del funcionamiento del mercado de la energía hasta hace poco tiempo, ya que uno de los objetivos declarados del Plan es «promover la transformación de un modelo de suministro de energía plenamente centralizado hacia un modelo centralizado y descentralizado». Las disposiciones del documento están destinadas en particular a la regulación de los patrones de localización y desarrollo específicas para la industria del carbón (62). En relación con la energía generada mediante el carbón, el documento contiene, entre otras, las siguientes instrucciones: «centrarse en la planificación y la construcción de proyectos de centrales eléctricas de carbón ultrasupercríticas, de alta eficiencia y de megakilovatios y construir un conjunto de centrales eléctricas de carbón ecológicas en la zona costera septentrional» y «planificar la construcción de una base para el desarrollo de electricidad de carbón integrada en Shandong, en el suroeste». En el marco del documento, un Plan de acción de desarrollo y transformación del carbón específico insta a seguir los patrones de construcción y desarrollo industriales siguientes, sin tener en cuenta la libertad de las fuerzas del mercado y la libertad de las empresas a la hora de tomar decisiones: «Asimilar ordenadamente y transferir la mano de obra y el exceso de capacidad de producción de la provincia; Continuar mejorando y reforzando las bases de los dos grandes grupos empresariales Shandong Energy y Yankuang; Acelerar y promover la fusión y reorganización de empresas de minas de carbón locales, mejorar el nivel de concentración de la industria, promover la transformación del modelo de desarrollo, de un modelo basado en la cantidad y la velocidad, hacia un modelo basado en la calidad y el beneficio. […] Centrarse en la construcción de proyectos integrados de electricidad de carbón fuera de la provincia en Mongolia Interior, Shaanxi, Xinjiang, etc.» (63). |
(82) |
Esta intervención del gobierno y las autoridades locales en toda la cadena de valor del GMS tiene, o por lo menos puede tener, un efecto de distorsión sobre los precios. |
(83) |
Las autoridades chinas controlan el desarrollo del sector del GMS de conformidad con una amplia gama de instrumentos, por ejemplo, mediante la concesión de subvenciones del Estado. El informe anual de 2019 del productor exportador Meihua confirma que la empresa recibió en 2018 al menos 130 millones RMB en forma de subvenciones gubernamentales (64). En el caso de Ningxia Eppen, el informe de auditoría de 2018 de la empresa revela subvenciones gubernamentales por valor de 62,3 millones RMB recibidas en 2017 (65). Asimismo, ese año, Ningxia Eppen parece haber recibido una asignación de 200 000 RMB por el establecimiento de un centro de demostración de construcción del Partido (66). |
(84) |
Además, la Comisión observó que China ha empezado a aplicar en los últimos años una reducción del IVA del 13 % en las exportaciones de GMS, que actualmente representa una exención del IVA completa en esas exportaciones. Esto también da lugar a un incentivo del coste para los operadores chinos en el mercado del GMS (67). |
(85) |
A través de estos y otros medios, el sector del GMS y los sectores que producen materias primas que se utilizan para producir GMS están sujetos a la intervención gubernamental y las autoridades chinas dirigen y controlan prácticamente todos los aspectos del desarrollo y funcionamiento de la cadena de valor del sector del GMS. |
(86) |
En resumen, las autoridades chinas han adoptado medidas para inducir a los operadores a cumplir los objetivos de la política pública, incluidos los productores de GMS y de los insumos utilizados para la fabricación de GMS. Tales medidas impiden que las fuerzas del mercado actúen libremente. |
3.2.3.6. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), cuarto guion, del Reglamento de base: la falta de aplicación o la aplicación discriminatoria de las leyes relativas a la quiebra, las sociedades y la propiedad, o su ejecución inadecuada
(87) |
Según la información que obra en el expediente, el sistema chino de concurso de acreedores parece inadecuado para alcanzar sus propios objetivos principales, tales como la resolución equitativa de los créditos y las deudas y la salvaguardia de los derechos e intereses legítimos de los acreedores y los deudores. Esto parece deberse al hecho de que, si bien el Derecho concursal chino se basa formalmente en principios similares a los aplicados en la legislación correspondiente de otros países, el sistema chino se caracteriza por una aplicación deficiente sistemática. El número de quiebras sigue siendo notoriamente bajo en relación con el tamaño de la economía del país, sobre todo porque el procedimiento en caso de insolvencia adolece de una serie de deficiencias, que funcionan en la práctica como elemento disuasorio para la presentación de declaraciones de quiebra. Por otra parte, el Estado desempeña un papel importante y activo en los procedimientos de insolvencia y a menudo influye directamente en el resultado de los procedimientos (68). |
(88) |
Además, las deficiencias del sistema de derechos de propiedad de China son especialmente evidentes en relación con los derechos a la propiedad de la tierra y el uso de los terrenos (69). Todo el suelo es propiedad del Estado chino (tanto el suelo rural de propiedad colectiva como el urbano de propiedad estatal). Su asignación sigue dependiendo exclusivamente del Estado. Existen disposiciones legales destinadas a asignar los derechos de uso del suelo de manera transparente y a precios de mercado, como por ejemplo, mediante la introducción de procedimientos de licitación. Sin embargo, estas disposiciones no se suelen cumplir, ya que determinados compradores obtienen sus terrenos de forma gratuita o por debajo de los precios de mercado (70). Además, al asignar los terrenos, las autoridades persiguen a menudo objetivos políticos específicos, como la ejecución de los planes económicos (71). |
(89) |
Al igual que otros sectores de la economía china, los fabricantes de GMS están sujetos a las normas generales del Derecho concursal y de la legislación relativa a las sociedades y la propiedad de China. Esto hace que estas empresas también sufran las distorsiones descendentes derivadas de la aplicación discriminatoria o inadecuada del Derecho concursal y de la legislación en materia de propiedad. La presente investigación no reveló nada que pudiera cuestionar dichas conclusiones. Así pues, la Comisión llegó a la conclusión preliminar de que la legislación en materia de propiedad y el Derecho concursal chinos no funcionan de manera adecuada, lo que genera distorsiones a la hora de mantener a flote las empresas insolventes y de asignar los derechos de uso del suelo en China. Estas consideraciones, sobre la base de las pruebas disponibles, parecen ser plenamente aplicables también en el sector del GMS y los sectores que fabrican las materias primas que se utilizan para producir el producto objeto de reconsideración. |
(90) |
En vista de lo anterior, la Comisión llegó a la conclusión de que las leyes relativas a la propiedad y la quiebra se aplicaban de forma discriminatoria o que se hacían cumplir de forma inadecuada en las cadenas de valor del sector químico y de transformación de maíz, también en lo que respecta al producto objeto de reconsideración. |
3.2.3.7. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), quinto guion, del Reglamento de base: costes salariales distorsionados
(91) |
En China no es posible establecer plenamente un sistema de salarios basados en el mercado, ya que los trabajadores y los empleadores se encuentran con obstáculos a la hora de ejercer sus derechos de organización colectiva. China no ha ratificado una serie de convenios esenciales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en particular los relativos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva (72). Con arreglo a la legislación nacional, solo existe una organización sindical activa. Sin embargo, esta organización no es independiente de las autoridades estatales y su participación en la negociación colectiva y en la protección de los derechos de los trabajadores sigue siendo rudimentaria (73). Además, la movilidad de los trabajadores chinos está restringida por el sistema de registro de los hogares, que limita el acceso a toda la gama de prestaciones de la seguridad social y de otro tipo a los residentes locales de una determinada zona administrativa. Esto suele tener como consecuencia que los trabajadores que no estén en posesión del registro local de residencia se encuentren en una situación laboral vulnerable y reciban ingresos más bajos que los titulares del registro de residencia (74). Estas conclusiones reflejan la existencia de una distorsión de los costes salariales en China. |
(92) |
No se presentó ninguna prueba de que las empresas que producen GMS o los insumos relacionados no estén sujetas al sistema del Derecho laboral chino anteriormente descrito. Así pues, el sector del GMS se ve afectado por las distorsiones de los costes salariales, tanto de forma directa (en la fabricación del producto objeto de reconsideración) como de forma indirecta (en el acceso de los productores de GMS al capital o a los insumos de empresas sujetas al mismo sistema laboral en China). |
3.2.3.8. Distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), sexto guion, del Reglamento de base: acceso a la financiación concedido por instituciones que aplican objetivos de política pública o que de otro modo no actúan con independencia del Estado
(93) |
Para el sector empresarial chino, el acceso al capital está sujeto a diversas distorsiones. |
(94) |
En primer lugar, el sistema financiero chino se caracteriza por la fuerte posición de los bancos públicos (75), que, a la hora de conceder acceso a la financiación, tienen en cuenta otros criterios además de la viabilidad económica de un proyecto. Al igual que en el caso de las empresas públicas no financieras, los bancos están vinculados al Estado no solo mediante la propiedad, sino también a través de relaciones personales (los altos ejecutivos de las grandes instituciones financieras públicas son designados, en última instancia, por el PCCh) (76), y también al igual que las empresas públicas no financieras, los bancos suelen aplicar políticas públicas diseñadas por el Gobierno. De este modo, los bancos cumplen una obligación legal explícita de llevar a cabo su actividad empresarial en función de las necesidades de desarrollo económico y social nacional y al amparo de las orientaciones de las políticas industriales del Estado (77). Esto se acompaña de otras normas en vigor que orientan las finanzas a sectores que las autoridades deseen fomentar o consideren importantes (78). |
(95) |
Si bien se reconoce que varias disposiciones legales se refieren a la necesidad de respetar el comportamiento normal de la banca y las normas prudenciales, como la necesidad de examinar la solvencia del prestatario, hay una abrumadora cantidad de pruebas, incluidas las constataciones realizadas en las investigaciones de defensa comercial, que sugieren que estas disposiciones solo desempeñan un papel secundario en la aplicación de los diversos instrumentos jurídicos. |
(96) |
Además, las calificaciones de las obligaciones y de la solvencia suelen estar distorsionadas por diversas razones, especialmente por el hecho de que en la evaluación del riesgo influye la importancia estratégica que revista la empresa para las autoridades chinas y la solidez de cualquier garantía implícita que ofrezca el Gobierno. Las estimaciones sugieren claramente que las calificaciones crediticias chinas se corresponden sistemáticamente con calificaciones internacionales más bajas (79). |
(97) |
A estas cuestiones se suman otras normas existentes originales que orientan las finanzas a sectores que las autoridades deseen fomentar o consideren importantes (80). Esto produce un sesgo en favor de la concesión de préstamos a empresas públicas, a grandes empresas privadas bien relacionadas y a empresas de sectores industriales clave, lo que implica que la disponibilidad y el coste del capital no es igual para todos los agentes del mercado. |
(98) |
En segundo lugar, los costes de los préstamos se han mantenido artificialmente bajos para estimular el crecimiento de la inversión. Ello ha dado lugar a un uso excesivo de la inversión de capital con rentabilidades cada vez más bajas. Esto queda ilustrado por el reciente crecimiento del apalancamiento de las empresas en el sector estatal a pesar de una fuerte caída de la rentabilidad, lo que indica que los mecanismos del sistema bancario no siguen las respuestas comerciales normales. |
(99) |
En tercer lugar, si bien en octubre de 2015 se introdujo la liberalización del tipo de interés nominal, las señales que transmiten los precios no son aún las de una libre actuación de las fuerzas del mercado, sino que ponen de manifiesto que los precios se encuentran bajo la influencia de las distorsiones inducidas por el Gobierno. Los tipos de interés artificialmente bajos dan lugar a una infravaloración y, por consiguiente, a una utilización excesiva de capital. |
(100) |
El incremento general del crédito en China pone de manifiesto un empeoramiento de la eficiencia en la asignación de capital, sin que haya signos de la restricción del crédito que cabría esperar en un entorno de mercado sin distorsiones. Como consecuencia de ello, los préstamos dudosos han aumentado rápidamente en los últimos años. Ante una situación de aumento de la deuda en riesgo, las autoridades chinas han optado por evitar los impagos. Por consiguiente, los problemas relativos a los créditos de dudoso cobro se han tratado refinanciando la deuda, mediante la creación de empresas «zombis», o transfiriendo la titularidad de la deuda (por ejemplo, mediante fusiones o conversiones de deuda en capital), sin eliminar necesariamente el problema general de la deuda ni abordar sus causas profundas. |
(101) |
En síntesis, a pesar de las medidas que se han adoptado recientemente para liberalizar el mercado, el sistema crediticio para las empresas existente en China se ve afectado por distorsiones significativas que se derivan del papel dominante que sigue desempeñando el Estado en los mercados de capitales. |
(102) |
No se presentó ninguna prueba de que el sector del GMS estuviera exento de la intervención gubernamental en el sistema financiero anteriormente descrita. La Comisión también ha determinado que los principales productores de GMS se beneficiaron de subvenciones del Gobierno (véase el considerando 83). Por tanto, la intervención sustancial de los poderes públicos en el sistema financiero afecta gravemente a las condiciones del mercado a todos los niveles. |
3.2.3.9. Naturaleza sistémica de las distorsiones descritas
(103) |
La Comisión señaló que las distorsiones descritas en el Informe son características de la economía china. Las pruebas disponibles demuestran que los hechos y las características del sistema chino descritos en las secciones 3.2.3.2 a 3.2.3.5, así como en la parte A del Informe, se aplican en todo el país y en todos los sectores de la economía. Esto mismo sucede con la descripción de los factores de producción realizada en las secciones 3.2.3.6 a 3.2.3.8 y en la parte B del Informe. |
(104) |
La Comisión recuerda que para producir GMS se necesita una amplia gama de insumos. A ese respecto, China es uno de los principales productores de maíz, la materia prima fundamental en el proceso de producción del GMS (véase el considerando 64). Cuando los productores de GMS compran o contratan estos insumos en China, los precios que pagan (y que se registran como costes) están claramente expuestos a las distorsiones sistémicas mencionadas anteriormente. Por ejemplo, los proveedores de insumos emplean mano de obra que está sujeta a las distorsiones. El dinero que pueden pedir prestado está sujeto a las distorsiones del sector financiero o de la asignación de capital. Además, se regirán por el mismo sistema de planificación que se aplica a todos los niveles de gobierno y a todos los sectores. |
(105) |
Como consecuencia de ello, no solo no es apropiado utilizar los precios de venta en el mercado interno de GMS en el sentido del artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, sino que todos los costes de los insumos (incluidas las materias primas, la energía, los terrenos, la financiación, la mano de obra, etc.) también se ven distorsionados porque la formación de sus precios está afectada por la sustancial intervención gubernamental, tal como se describe en las partes A y B del Informe. De hecho, las intervenciones de los poderes públicos descritas en relación con la asignación del capital, el suelo, la mano de obra, la energía y las materias primas están presentes en toda China. Esto significa, por ejemplo, que un insumo producido en China que combine una serie de factores de producción está expuesto a distorsiones significativas. Lo mismo se aplica al insumo del insumo, y así sucesivamente. En la presente investigación, ni las autoridades chinas ni los productores exportadores han presentado pruebas ni argumentos en sentido contrario. |
3.2.3.10. Conclusión
(106) |
El análisis expuesto en las secciones 3.2.3.2 a 3.2.3.9, que incluye un examen de todas las pruebas disponibles de la intervención de China en su economía en general, así como en el sector del GMS y la cadena de valor relacionada, mostró que los precios o costes del producto objeto de reconsideración, incluidos los costes de las materias primas, la energía y la mano de obra, no son fruto de las fuerzas del mercado libre porque se ven afectados por una intervención gubernamental sustancial en el sentido del artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base, como muestra el impacto real o posible de uno o más de los elementos enumerados. Sobre esta base, y ante la falta de cooperación de las autoridades chinas, la Comisión llegó a la conclusión de que, en este caso, no era adecuado utilizar los precios y los costes internos para determinar el valor normal. |
(107) |
Por consiguiente, la Comisión procedió a calcular el valor normal basándose exclusivamente en costes de producción y venta que reflejaran precios o valores de referencia no distorsionados, es decir, en este caso concreto, basándose en los costes correspondientes de producción y venta de un país representativo adecuado, de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, tal como se explica en la sección siguiente. |
3.2.4. País representativo
3.2.4.1. Observaciones generales
(108) |
La elección del país representativo, de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, del Reglamento de base, se basó en los criterios siguientes:
|
(109) |
Como se indica en los considerandos 40 y 41, la Comisión emitió dos notas para el expediente disponible para las partes interesadas sobre las fuentes para determinar el valor normal, el 21 de febrero de 2020 («primera nota sobre los factores de producción») y el 8 de abril de 2020 («la segunda nota sobre los factores de producción»), respectivamente. En la última nota, la Comisión informó a las partes interesadas de su conclusión relativa a que Tailandia sería un país representativo adecuado en el presente caso si se confirmaba la aplicación de la metodología con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base. |
3.2.4.2. Producción del producto objeto de investigación en el país representativo y nivel de desarrollo económico similar al de China
(110) |
En la primera nota sobre los factores de producción, la Comisión indicó que, entre los países con un nivel similar de desarrollo económico al de China según el Banco Mundial, es decir, aquellos clasificados por el Banco Mundial como «países de renta media alta» en función de la renta nacional bruta, se tenía conocimiento de la producción del producto objeto de reconsideración en Argentina, Brasil, Fiyi, Irán, Jamaica, Malasia, México, Perú, Sudáfrica, Tailandia y Turquía. No se recibieron observaciones sobre el nivel de desarrollo económico y la producción del producto objeto de investigación en los posibles países representativos después de esa nota. |
3.2.4.3. Datos disponibles en el país representativo
(111) |
La Comisión pudo identificar empresas productoras de GMS cuyos datos financieros estaban disponibles y que, por lo tanto, podían considerarse aptas a los efectos del artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base solo en dos de los países identificados por la Comisión como posibles países representativos, es decir, Tailandia y Malasia. |
(112) |
No obstante, según se indica en la segunda nota sobre los factores de producción, en Malasia solo se identificó una empresa productora de GMS: Ajinomoto Malaysia Bhd, que también producía otros productos alimentarios y aditivos. En Tailandia se identificaron cinco empresas, a saber, Ajinomoto Co., (Thailand) Ltd., Thai Fermentation Industry Co Ltd. (Racha Churos), Thai Churos, Thai Foods International Co. Ltd. y KT MSG. Todas estas empresas producían GMS y otros productos alimentarios o aditivos. No obstante, dos de ellas, Thai Fermentation Industry Co Ltd. (Racha Churos) y Thai Churos, parecían producir principalmente GMS y una gama limitada de otros productos. Sobre esa base, la Comisión concluyó que los datos financieros públicamente disponibles en Tailandia serían representativos y precisos para la evaluación de los gastos administrativos, de venta y generales no distorsionados y razonables para esta investigación. |
(113) |
La Comisión analizó en detalle todos los datos disponibles pertinentes del expediente relativos a los factores de producción en Tailandia y señaló lo siguiente:
|
(114) |
De conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, el valor normal calculado incluirá una cantidad no distorsionada y razonable en concepto de gastos administrativos, de venta y generales, y en concepto de beneficios. Además, debe establecerse un valor para los gastos generales de fabricación que cubra los costes no incluidos en los factores de producción. Como se menciona anteriormente en el considerando 112, la Comisión llegó a la conclusión de que cinco empresas de Tailandia, a saber, Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd.; Thai Fermentation Industry Co Ltd. (Racha Churos); Thai Churos; Thai Foods International Co. Ltd. y KT MSG contaban con estados financieros de acceso público que podían utilizarse como indicador para determinar una cantidad no distorsionada y razonable en concepto de gastos administrativos, de venta y generales, y de beneficios. |
(115) |
Una vez establecido que Tailandia era un país representativo adecuado sobre la base de estos elementos, no fue necesario llevar a cabo una evaluación del nivel de protección social y medioambiental de conformidad con la última frase del artículo 2, apartado 6 bis, letra a), primer guion, del Reglamento de base. |
3.2.4.4. Conclusión sobre el país representativo
(116) |
Habida cuenta del análisis anterior, Tailandia cumplía todos los criterios establecidos en el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), primer guion, del Reglamento de base para ser considerado como un país representativo adecuado. En particular, Tailandia tiene una producción importante del producto objeto de investigación y un conjunto completo de datos disponibles sobre todos los factores de producción, los gastos administrativos, de venta y generales, y en concepto de beneficios. |
3.2.5. Fuentes utilizadas para determinar los valores de referencia y costes no distorsionados
(117) |
En la segunda nota sobre los factores de producción, la Comisión declaró que, para calcular el valor normal de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, pretendía utilizar datos de GTA (84) para establecer el coste no distorsionado de todas las materias primas incluidas en los factores de producción del país representativo, así como las estadísticas de la OIT y las estadísticas nacionales para establecer los costes no distorsionados de la mano de obra en el país representativo. La Comisión también declaró que para los costes de electricidad pretendía utilizar las tasas aplicables por la Autoridad de Electricidad Provincial de Tailandia. Por lo que se refiere al coste del agua, la Comisión pretendía utilizar los gravámenes aplicables por la Autoridad de Instalaciones de Abastecimiento de Agua Metropolitanas de Tailandia. Asimismo, los datos financieros de las cinco empresas Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd.; Thai Fermentation Industry Co Ltd. (Racha Churos); Thai Churos; Thai Foods International Co. Ltd. y KT MSG se utilizarían para determinar los gastos administrativos, de venta y generales y los beneficios. |
3.2.6. Factores de producción
(118) |
Para determinar el valor normal de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, la Comisión analizó todos los datos disponibles sobre los factores de producción y decidió utilizar los siguientes valores: Cuadro 1 Factores de producción del GMS
|
(119) |
La Comisión incluyó un valor para los gastos generales de fabricación con el fin de cubrir los costes no incluidos en los factores de producción mencionados anteriormente. Para establecer esta cantidad se utilizaron los datos facilitados en la solicitud, en particular los datos de la planta de Ajinomoto Thai KKP. Esta metodología se explica debidamente en los considerandos 127 y 128. |
3.2.6.1. Materias primas
(120) |
La estructura de costes del GMS viene determinada principalmente por los costes de las materias primas, especialmente la fuente de azúcar y diferentes productos químicos (principalmente carbonatos), así como la energía. |
(121) |
Para determinar el precio no distorsionado de las materias primas, la Comisión se basó en los precios de importación al país representativo notificados en GTA, a los que se añadieron los derechos de importación. Para establecer el valor normal según la metodología de la Comisión, los costes de transporte interno normalmente deben agregarse a estos precios de importación. Sin embargo, teniendo en cuenta la conclusión del considerando 133, de que no había costes de transporte interno disponibles debido a la falta de cooperación del exportador/de los productores de China, así como la naturaleza de la presente investigación de la reconsideración por expiración, la cual se centra en determinar si el dumping continuó durante el período de investigación de la reconsideración en lugar de determinar su magnitud exacta, la Comisión decidió que los ajustes por el transporte interno no eran necesarios, ya que tales ajustes solo producirían un aumento del valor normal y, por consiguiente, del margen de dumping. |
(122) |
El precio de las importaciones de cada factor de producción en el país representativo se determinó mediante una media ponderada de los precios unitarios de las importaciones de ese factor de producción procedentes de todos los terceros países, excepto China, y de los países que no son miembros de la OMC, enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) 2015/755 del Parlamento Europeo y del Consejo (85). La Comisión decidió excluir las importaciones procedentes de China en el país representativo, al llegar a la conclusión, en el considerando 106, de que no procedía utilizar los precios y costes internos de China, debido a la existencia de distorsiones significativas de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra b), del Reglamento de base. Dado que no pudo demostrarse que esas mismas distorsiones no afectaran por igual a los productos destinados a la exportación, la Comisión consideró que las mismas distorsiones afectaban a los precios de exportación. |
3.2.6.2. Mano de obra
(123) |
La OIT publica información detallada sobre los salarios de distintos sectores económicos de Tailandia. La Comisión utilizó las últimas estadísticas de la OIT disponibles sobre salarios mensuales en el sector manufacturero y las horas semanales trabajadas en Tailandia para el período de investigación de reconsideración (86). |
3.2.6.3. Electricidad
(124) |
El Consejo de Inversiones de Tailandia publica el precio de la electricidad para las empresas (usuarios industriales) del país. La Comisión utilizó las tasas aplicables a las empresas de Gran Servicio General, aplicadas por la Autoridad de Electricidad Provincial y publicadas por el Consejo de Inversiones de Tailandia (87). |
3.2.6.4. Bienes fungibles/cantidades insignificantes
(125) |
Debido al gran número de factores de producción, una parte de las materias primas que solo tenían un peso insignificante (es decir, inferior al 0,5 %) respecto al coste total de producción se agruparon como bienes fungibles. |
(126) |
La Comisión calculó el porcentaje de los bienes fungibles dentro del coste total de las materias primas facilitado en la solicitud, como los datos de la planta de Ajinomoto Thai KKP y aplicó este porcentaje al coste recalculado de las materias primas utilizando los precios no distorsionados establecidos. |
3.2.6.5. Gastos generales de fabricación, gastos administrativos, de venta y generales, beneficios y depreciación
(127) |
De conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base, «el valor normal calculado incluirá una cantidad no distorsionada y razonable en concepto de gastos administrativos, de venta y generales y en concepto de beneficios». Además, debe establecerse un valor para los gastos generales de fabricación que cubra los costes no incluidos en los factores de producción. |
(128) |
Para establecer un valor no distorsionado de los gastos generales de fabricación y dada la falta de cooperación de los productores exportadores/los productores chinos, la Comisión utilizó los datos disponibles de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base. Por esta razón, según los datos facilitados en la solicitud, particularmente los datos de la planta de Ajinomoto Thai KKP, la Comisión estableció la ratio de gastos generales de fabricación respecto a los costes de fabricación y mano de obra totales. A continuación, se aplicó este porcentaje al valor no distorsionado del coste de fabricación para obtener el valor no distorsionado de los gastos generales de fabricación. |
(129) |
Para establecer un importe no distorsionado y razonable para los costes administrativos, de venta y generales y el beneficio, la Comisión se basó en los datos financieros de cinco empresas del país representativo, Tailandia, mencionadas en el considerando 117; a saber, Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd.; Thai Fermentation Industry Co Ltd. (Racha Churos); Thai Churos; Thai Foods International Co. Ltd. y KT MSG, extraídos de las bases de datos de Orbis Bureau van Dijk (88) («Orbis»). Según se indica en la segunda nota sobre los factores de producción, los datos de Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd. hacían referencia al ejercicio de abril de 2018 a marzo de 2019. Los últimos datos financieros de las otras cuatro empresas hacían referencia al ejercicio de enero a diciembre de 2018. El volumen de negocios de Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd. representó más del 80 % del volumen de negocios total de las cinco empresas, por lo que los datos que cubre parcialmente el PIR tienen un peso muy significativo en cuanto al promedio de costes administrativos, de venta y generales y los beneficios utilizados en esta investigación. La inclusión de datos de otras empresas, aunque incluye el período inmediatamente anterior al PIR, se consideró representativa en ausencia de pruebas que acreditaran lo contrario. No se recibió ninguna observación sobre este enfoque, según se describe en la segunda nota sobre los factores de producción. La Comisión consideró que este enfoque era apropiado en estas circunstancias, teniendo en cuenta que los costes administrativos, de venta y generales y los beneficios de Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd. (ambos del 16 %) estaban en consonancia con el promedio utilizado e indicado en el considerando 132, que refleja los datos de las otras empresas para las cuales había datos disponibles hasta finales de 2018. En cualquier caso, cualquiera de los conjuntos de datos habría demostrado un margen de dumping elevado y, teniendo en cuenta que la investigación en cuestión es una reconsideración por expiración, no es necesario establecer un margen de dumping preciso. En enero de 2021, la Comisión consultó la base de datos de Dun & Bradsheet («D & B») (89) para comprobar si los datos financieros de las cinco empresas estaban actualizados. La única actualización observada fue para Ajinomoto Co. (Thailand) Ltd. para el período entre abril de 2019 y marzo de 2020: sin embargo, el conjunto de datos era incompleto, ya que no incluía el beneficio neto. Por esta razón, se utilizó el conjunto de datos original que fue divulgado en la segunda nota sobre los factores de producción. |
3.2.7. Cálculo
(130) |
Sobre la base de lo anterior, la Comisión calculó el valor normal franco fábrica, de conformidad con el artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base. Debido a la falta de cooperación de los productores exportadores/los productores de China y al hecho de que, por esta razón, no se disponía de información sobre los tipos de productos vendidos en el mercado interno, no se estableció un valor normal por tipo. |
(131) |
En primer lugar, la Comisión determinó los costes de fabricación no distorsionados. A falta de cooperación de los productores exportadores/los productores chinos, la Comisión se basó en la información facilitada por el solicitante en la solicitud basada en la estructura de costes y las ratios de producción técnica pertinentes de sus plantas de producción adaptadas a las principales fuentes de azúcar (almidón de maíz) utilizadas en China respecto al uso de cada factor (materiales y mano de obra) para la producción de GMS. La Comisión multiplicó los factores de uso por los costes por unidad no distorsionados observados en el país representativo, Tailandia. |
(132) |
A continuación la Comisión aplicó la ratio de gastos generales de fabricación establecida según se indica en el considerando 128 a los costes de fabricación no distorsionados. Para los gastos administrativos, de venta y generales y los beneficios, la Comisión utilizó la media ponderada de los gastos administrativos, de venta y generales y los beneficios registrada en los estados contables disponibles de los cinco productores identificados de GMS en Tailandia según se indica en el considerando 129. Por esta razón, la Comisión añadió los siguientes elementos al coste de fabricación no distorsionado:
|
3.2.8. Precio de exportación
(133) |
Debido a la falta de cooperación de los productores exportadores/los productores de China, los precios de exportación a la Unión se establecieron sobre la base de los datos disponibles con arreglo al artículo 18 del Reglamento de base. La Comisión estableció el precio de exportación basándose en las estadísticas disponibles, es decir, la base de datos Comext (Eurostat). Los precios en Comext están registrados a nivel de coste, seguro y flete («cif»), el nivel franco fábrica se estableció a partir de las pruebas facilitadas en la solicitud de reconsideración por expiración para el coste de transporte, la manipulación, el flete y el seguro marítimos. |
3.2.9. Comparación y margen de dumping
(134) |
La Comisión comparó el valor normal calculado con arreglo al artículo 2, apartado 6 bis, letra a), del Reglamento de base con el precio de exportación establecido anteriormente. Partiendo de esta base, el margen de dumping medio ponderado, expresado como porcentaje del precio cif en frontera de la Unión de la base de datos Comext, no despachado de aduana, era del 112,8 %. |
3.2.10. Conclusión
(135) |
Por lo tanto, la Comisión concluyó que el dumping de China continuó durante el período de investigación de la reconsideración. |
3.3. Indonesia
(136) |
Para el período de investigación de la reconsideración, los datos estadísticos de Eurostat muestran que se importaron 5 535 toneladas de GMS procedentes de Indonesia, lo que representa un [5 – 10] % de la cuota de mercado en la Unión. La Comisión concluyó que este volumen de importaciones es suficientemente representativo para examinar si continuó el dumping durante el período de investigación de la reconsideración. |
3.3.1. Valor normal
(137) |
Debido a la falta de cooperación de los productores exportadores de Indonesia, la Comisión utilizó las cifras disponibles para establecer el valor normal, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base. A tal efecto, la Comisión utilizó la información facilitada por el grupo de productores indonesios que cooperaron. |
(138) |
Así, el valor normal se basó en los precios de venta internos facilitados por el grupo de productores indonesios que cooperaron. Debido a la falta de cooperación de los productores exportadores indonesios, no se dispuso de precios de exportación detallados por tipo de producto. Por consiguiente, no fue posible realizar una prueba sobre las operaciones comerciales normales según lo establecido en el artículo 2, apartados 4 a 6, del Reglamento de base. La Comisión determinó que el precio medio de las ventas interiores era rentable, es decir, estaba por encima del coste medio de la producción establecido para el grupo de productores indonesios que cooperaron. Por esta razón, el valor normal se basó en el precio medio de las ventas interiores de todas las ventas en el mercado nacional del grupo de productores indonesios que cooperaron. |
(139) |
La investigación reveló que el GMS se vendió a granel y para el comercio minorista. El solicitante facilitó información según la cual el GMS a granel (es decir, en ventas en tamaños de envase a partir de 20 kg) representaba la amplia mayoría de las ventas de exportación a la Unión, mientras que las ventas en el mercado interno en Indonesia se efectuaban tanto a granel como para el comercio minorista (ventas en pequeños envases para el consumidor). |
(140) |
Los datos presentados por el grupo de productores indonesios que cooperaron confirmaron que el GMS a granel se vendía en el mercado interno indonesio a precios por debajo del coste de producción y mostraron que había una diferencia de precio sistemática entre las ventas a granel y para el comercio minorista. |
(141) |
Por esta razón, en aras de la exhaustividad y para garantizar una comparación justa entre el valor normal y el precio de exportación, la Comisión también calculó un valor normal alternativo basado en las ventas interiores a granel solo comparable a los precios de venta de exportación, predominantemente a granel. Según lo indicado anteriormente, los precios de venta del GMS a granel se basaron en la información facilitada por el grupo de productores indonesios que cooperaron. Las ventas interiores a granel se realizaron por debajo del coste medio de producción, por lo que la Comisión calculó el valor normal de conformidad con el artículo 2, apartados 3 y 6, del Reglamento de base mediante la adición de la media ponderada de los gastos administrativos, de venta y generales y los beneficios del grupo de productores indonesios que cooperaron en todas las ventas interiores de GMS (a granel y minoristas), durante el período de investigación de la reconsideración. A falta de otra información disponible, se consideró la fuente de información más adecuada y razonable. |
3.3.2. Precio de exportación
(142) |
A falta de cooperación de los productores exportadores indonesios, el precio de exportación se determinó según los datos de Comext (Eurostat), de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base. Los precios en Comext se registran a nivel de cif y el grupo de productores indonesios que cooperaron no exportó a la Unión, por lo que el nivel franco fábrica se estableció a partir de las pruebas facilitadas en la solicitud de reconsideración por expiración para los costes de transporte y seguro desde Indonesia hasta la frontera de la Unión. |
3.3.3. Comparación y margen de dumping
(143) |
La Comisión comparó el valor normal en las dos situaciones diferentes descritas anteriormente con el precio de exportación establecido anteriormente. Sobre esa base, el margen de dumping medio ponderado, expresado como porcentaje del precio cif (frontera de la Unión) no despachado de aduana, era:
|
3.3.4. Conclusión
(144) |
Por lo tanto, la Comisión concluyó que el dumping de Indonesia continuó durante el período de investigación de la reconsideración. |
4. PROBABILIDAD DE CONTINUACIÓN DEL DUMPING
4.1. China
(145) |
A raíz de la constatación de la existencia de dumping durante el período de investigación de la reconsideración, la Comisión investigó, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base, la probabilidad de continuación del dumping en caso de que se derogaran las medidas en relación con las importaciones procedentes de China. Debido a la falta de cooperación de los productores exportadores/productores de China, la Comisión basó su evaluación en los datos disponibles de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, es decir, en las conclusiones de la reconsideración por expiración previa mencionada en el considerando 2, en la información facilitada en la solicitud de reconsideración, en información públicamente disponible, en Comext (Eurostat) y GTA. Se analizaron los elementos siguientes: la capacidad de producción y la capacidad excedentaria de China, los precios de las exportaciones a mercados de terceros países, el atractivo del mercado de la Unión y las prácticas de elusión. |
4.1.1. Capacidad de producción y capacidad excedentaria de China
(146) |
Debido a la falta de cooperación, la Comisión tuvo que basar su evaluación en los datos disponibles de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, particularmente en la información facilitada en la solicitud y los resultados de la reconsideración por expiración previa, así como otras fuentes públicas, según se indica en el considerando 149. |
(147) |
La capacidad de producción de GMS de China ha aumentado de forma continua desde 2015, según la información facilitada por el solicitante. Desde 2013, debido al refuerzo de las leyes de protección ambiental, los pequeños productores de GMS en China han salido del mercado de GMS, mientras que los productores más grandes han ampliado sus instalaciones y aumentado la capacidad de producción en un [10-30 %], hasta alcanzar las [3 500 000-4 000 000] toneladas, entre 2016 y 2018. Durante el mismo período, la capacidad excedentaria total aumentó un [100-130] %. Hasta 2018, la capacidad no utilizada entre los productores de GMS activos en China se estimó que era entre [doce y quince] veces mayor que el consumo de la Unión en el período de investigación de la reconsideración. |
(148) |
Asimismo, varios artículos públicamente disponibles (90) basados en informes de mercado confirman el rápido aumento de los volúmenes de producción chinos. Según esta información públicamente disponible, varios productores líderes de GMS de China han aumentado su capacidad desde 2015. |
(149) |
Otra información públicamente disponible (91) indicaba que Fufeng Group, uno de los productores líderes de GMS de China y el principal exportador a la Unión según el solicitante, aumentó su capacidad de producción en un 41 %, de 940 000 toneladas en 2015 a 1 330 000 toneladas en 2019. Al mismo tiempo su utilización de la capacidad disminuyó al 80 %. Esto significa que la capacidad excedentaria en 2019 de un solo productor chino ascendió a 266 000 toneladas, es decir, más de [dos a cuatro] veces el consumo total de la Unión durante el mismo período. |
(150) |
Considerando que hay varios productores de GMS más en China con un tamaño comparable al de Fufeng Group, es razonable concluir que en China existe un exceso de capacidad significativo. |
4.1.2. Atractivo del mercado de la Unión, precios de exportación a mercados de terceros países y elusión
(151) |
La Comisión analizó si es probable que los productores exportadores chinos aumenten sus ventas de exportación a la Unión a precios objeto de dumping si se dejan expirar las medidas. Por esta razón, la Comisión analizó los niveles de precios de los productores exportadores chinos a la Unión en comparación con otros mercados de terceros países, para determinar si el mercado de la Unión era atractivo en términos de niveles de precios. |
(152) |
A falta de cooperación, la Comisión utilizó las estadísticas de Eurostat y GTA. Se observó que el precio medio de exportación chino a la Unión solo era marginalmente inferior al precio medio de exportación chino global a otros mercados de terceros países. Teniendo en cuenta que, según lo expuesto en el considerando 221, los precios de importación chinos a la UE (sin derecho antidumping) subcotizaron significativamente los precios de la industria de la Unión durante el PIR, es altamente probable que, en caso de que se dejaran expirar las medidas, el mercado de la Unión fuera más atractivo para los exportadores chinos que otros mercados de terceros países. Esto se debe a que, sin derechos, los exportadores chinos podrían exportar a la Unión a precios superiores a los de otros mercados de terceros países pero aun así inferiores a los precios de la industria de la Unión. |
(153) |
También se observó que, a pesar de las medidas antidumping en vigor, las importaciones procedentes de China (de las cuales más de la mitad se importaron con arreglo al régimen de perfeccionamiento activo, véase la sección 5.3.2 a continuación), se mantuvieron relativamente estables en términos de volumen y cuota de mercado, con una cuota de mercado del [4-7 %] durante el período de investigación de la reconsideración. Asimismo, según lo expuesto en los considerandos 8 y 9, se ha observado que los productores exportadores eluden la medida antidumping en vigor mediante la exportación de un producto ligeramente modificado (GMS mezclado y en solución). Las prácticas de elusión demuestran el interés de los productores exportadores chinos por acceder al mercado de la Unión sin restricciones y, por consiguiente, el atractivo del mercado de la Unión para las exportaciones chinas. |
(154) |
Basándose en el importante exceso de capacidad de China y el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores chinos, como ponen de manifiesto los precios de exportación a terceros países y las prácticas de elusión, la Comisión llegó a la conclusión de que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping genere un aumento de las exportaciones objeto de dumping. |
4.1.3. Conclusión sobre la probabilidad de continuación del dumping
(155) |
A la vista de sus conclusiones sobre la continuación del dumping durante el PIR y sobre la evolución probable de las exportaciones si las medidas se dejaran expirar según se explica en el considerando 154, la Comisión concluyó que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping en las importaciones procedentes de China tenga como resultado la continuación del dumping. |
4.2. Indonesia
(156) |
A raíz de la constatación de la existencia de dumping durante el período de investigación de la reconsideración, la Comisión investigó, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base, la probabilidad de continuación del dumping en caso de que se derogaran las medidas. Como consecuencia de la falta de cooperación de los productores exportadores de Indonesia, la Comisión basó su evaluación en los datos disponibles de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, es decir, en la información facilitada en la solicitud y las estadísticas disponibles, a saber, las de Eurostat y GTA. Se analizaron los elementos siguientes: la capacidad de producción y la capacidad excedentaria de Indonesia, la situación del mercado interno en Indonesia, los precios de exportación a otros mercados de terceros países y el atractivo del mercado de la Unión. |
4.2.1. Capacidad de producción y capacidad excedentaria de Indonesia
(157) |
Dada la gran falta de cooperación de los productores exportadores indonesios, la capacidad de producción y la capacidad excedentaria de Indonesia se determinaron sobre la base de los datos disponibles y, en particular, de la información facilitada por el solicitante, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base. |
(158) |
La capacidad de producción de Indonesia superaba sustancialmente los volúmenes de producción. Según la solicitud, la capacidad de producción de GMS ascendió a unas 240 000 toneladas entre julio de 2018 y junio de 2019, mientras que los volúmenes de producción ascendieron aproximadamente a 200 000 toneladas en el mismo período. Por esta razón, la utilización de la capacidad alcanzó aproximadamente un 85 %, lo que representa una capacidad excedentaria estimada de unas 35 000 toneladas, es decir, [entre cero y dos] veces el consumo total de la Unión durante el período de investigación de la reconsideración. |
(159) |
En vista de lo anterior, la Comisión concluyó que los productores exportadores indonesios cuentan con una importante capacidad excedentaria que podrían usar para producir GMS para su exportación al mercado de la Unión si se dejaran expirar las medidas. |
4.2.2. Situación del mercado en Indonesia
(160) |
Según las estadísticas de GTA, las exportaciones de GMS desde China a Indonesia aumentaron un 71 % entre 2016 y 2019, de 26 668 toneladas a 45 498 toneladas en 2019. Durante el mismo período, los precios del GMS de China a Indonesia disminuyeron más de un 8 %, de 949 EUR/tonelada en 2016 a 874 EUR/tonelada en 2019. |
(161) |
Los niveles crecientes de las importaciones a bajo precio desde China dificultaron cada vez más que los productores indonesios vendieran GMS en el mercado interno o cubrieran los costes de producción a través de las ventas internas. Durante la investigación, esto también se pudo observar en el nivel del grupo de productores indonesios que cooperaron que vendían GMS a granel por debajo del coste, según se expone en el considerando 139. Esta situación refuerza el incentivo para los productores indonesios de aumentar sus ventas de exportación a terceros países, incluida la Unión, para absorber al menos el coste fijo de la producción. |
4.2.3. Atractivo del mercado de la Unión y precios de exportación a mercados de terceros países
(162) |
La investigación reveló que la cuota de mercado Indonesia fue representativa durante todo el período considerado y fue del [5-9] % durante el período de investigación de la reconsideración, a pesar de las medidas antidumping en vigor. Esto muestra claramente el atractivo del mercado de la Unión para los productores de GMS indonesios. |
(163) |
La Comisión analizó si es probable que los productores exportadores indonesios aumenten sus ventas de exportación a la Unión a precios objeto de dumping si se dejan expirar las medidas. Por esta razón, la Comisión analizó los niveles de precios de los productores exportadores indonesios a la Unión en comparación con otros mercados de terceros países, para determinar si el mercado de la Unión era atractivo en términos de niveles de precios. |
(164) |
A falta de cooperación de los productores exportadores indonesios, la comparación de los precios de exportación de Indonesia a la Unión con los precios de exportación de Indonesia a otros mercados de exportación durante el período de investigación de la reconsideración se basó en datos de GTA. Sobre esa base, el precio de venta de exportación franco a bordo (fob) desde Indonesia a la Unión fue ligeramente superior (un 1,6 %) al precio de venta de exportación medio general de Indonesia a otros mercados de terceros países. Aunque los precios solo fueron ligeramente más elevados para la Unión, la cuota de mercado constante y todavía significativa de las exportaciones indonesias en la Unión confirma que los niveles de precios en la Unión fueron atractivos. Además, considerando que los precios franco a bordo registrados en GTA no incluyen los derechos antidumping (que se sitúan entre el 7,2 % y el 28,4 % para los productores exportadores indonesios), está claro que el nivel de precios a la Unión sería atractivo para los exportadores indonesios en caso de que los derechos expirasen, ya que les permitiría aumentar sus precios de exportación. En esa situación, el mercado de la Unión generaría un nivel de precios más lucrativo que otros mercados de terceros países y, por esta razón, habría un elevado incentivo para aumentar las exportaciones a la Unión. |
(165) |
Sobre la base del exceso de capacidad significativo de los productores indonesios, la situación del mercado interno de Indonesia y el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores indonesios, la Comisión llegó a la conclusión de que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping genere un aumento de las exportaciones objeto de dumping. |
4.2.4. Conclusión sobre la probabilidad de continuación del dumping
(166) |
A la vista de sus conclusiones sobre la continuidad del dumping durante el PIR y de la evolución probable de las exportaciones si las medidas se dejaran expirar según lo establecido en el considerando 165, la Comisión concluyó que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping en las importaciones procedentes de Indonesia tenga como resultado la continuación del dumping. |
5. PERJUICIO
5.1. Definición de la industria de la Unión y de la producción de la Unión
(167) |
Durante el período considerado, un productor fabricó el producto similar en la Unión. Ese productor constituye la «industria de la Unión» con arreglo al artículo 4, apartado 1, del Reglamento de base. |
5.2. Consumo de la Unión
(168) |
La Comisión estableció el consumo de la Unión agregando las ventas de la industria de la Unión en el mercado de la Unión a las importaciones procedentes de China, Indonesia y de otros terceros países, a partir de los datos de Eurostat. |
(169) |
El consumo de la Unión evolucionó de la siguiente manera: Cuadro 2 Consumo de la Unión (toneladas)
|
(170) |
El consumo de la Unión en el mercado libre aumentó ligeramente entre 2016 y 2017 antes de disminuir hacia el final del período de investigación de la reconsideración. En conjunto, el consumo de la Unión en el mercado libre disminuyó un 5 % durante el período considerado. |
(171) |
También se observa un consumo cautivo muy reducido en la Unión, que representa menos del 0,5 % del consumo del mercado libre durante todo el período considerado. El consumo cautivo aumentó un 145 % a lo largo del período considerado. |
5.3. Importaciones procedentes de los países afectados
5.3.1. Volumen y cuota de mercado de las importaciones procedentes de los países afectados
(172) |
La Comisión determinó el volumen y la cuota de mercado de las importaciones a partir de los datos de Eurostat. |
(173) |
Las importaciones procedentes de los países afectados y su cuota de mercado evolucionaron de la siguiente manera: Cuadro 3 Volumen de las importaciones (en toneladas) y cuota de mercado
|
(174) |
Los volúmenes de las importaciones procedentes de China se mantuvieron casi constantes entre 2016 y 2017, disminuyeron significativamente en 2018 (un 39 % en comparación con 2017) y posteriormente aumentaron un 57 % al final del período de investigación de la reconsideración en comparación con 2018. En conjunto, los volúmenes de las importaciones procedentes de China disminuyeron un 3 % durante el período considerado. |
(175) |
Los volúmenes de las importaciones procedentes de Indonesia aumentaron un 10 % entre 2016 y 2018, antes de disminuir significativamente un 39 % al final del período de investigación de la reconsideración en comparación con los niveles de 2018. Durante el período considerado, los volúmenes de las importaciones procedentes de Indonesia disminuyeron un 32 %. |
(176) |
La cuota de mercado de China aumentó un 2 % durante el período considerado, mientras que para Indonesia disminuyó un 29 % durante el mismo período. Sin embargo, las cuotas de mercado de China e Indonesia se situaron por encima del valor de minimis durante todo el período considerado. |
5.3.2. Régimen de perfeccionamiento activo
(177) |
El GMS se importa desde China con arreglo al régimen normal y al régimen de perfeccionamiento activo. |
(178) |
Las importaciones procedentes de China con arreglo al régimen normal y al régimen de perfeccionamiento activo evolucionaron de la forma siguiente: Cuadro 4 Volumen de las importaciones (en toneladas) procedentes de China con arreglo al régimen normal y al régimen de perfeccionamiento activo
|
(179) |
El 68 % de las importaciones totales procedentes de China se efectuaron con arreglo al régimen de perfeccionamiento activo en el período de investigación de la reconsideración. Su volumen aumentó un 41 % durante el período considerado. |
5.3.3. Precios de las importaciones procedentes de los países afectados y subcotización de los precios
(180) |
La Comisión estableció los precios de las importaciones basándose en los datos de Eurostat. |
(181) |
El precio medio ponderado de las importaciones procedentes de los países afectados evolucionó de la siguiente forma: Cuadro 5 Precios de importación (EUR/kg)
|
(182) |
El precio de importación desde China disminuyó entre 2016 y 2018 un 17 %, antes de aumentar un 5 % al final del período de investigación de la reconsideración. En conjunto, el precio de importación desde China disminuyó un 12 % durante el período considerado. |
(183) |
El precio de importación desde Indonesia siguió la misma tendencia que el precio de importación desde China: disminuyó entre 2016 y 2018 un 13 % y después aumentó un 9 % al final del período de investigación de la reconsideración. Durante el período considerado, el precio de importación desde Indonesia disminuyó un 6 %. |
(184) |
En vista de la falta de cooperación de los productores exportadores chinos e indonesios mencionada en el considerando 24, la Comisión determinó la subcotización de precios durante el período de investigación de la reconsideración comparando el precio de venta medio ponderado del único productor de la Unión cobrado a clientes no vinculados en el mercado de la Unión, ajustados al valor franco fábrica y los precios de exportación medios ponderados de Eurostat, incluido el derecho antidumping, con ajustes adecuados para tener en cuenta los derechos de aduana y los costes posteriores a la importación. En relación con las importaciones procedentes de China, el precio de los volúmenes de GMS importados con arreglo al régimen de perfeccionamiento activo no se tuvo en cuenta ya que estos volúmenes no circulan libremente en el mercado de la Unión. |
(185) |
El resultado de la comparación se expresó como porcentaje del volumen de negocios del único productor de la Unión durante el período de investigación de la reconsideración. No mostró ninguna subcotización para China ni para Indonesia. |
5.4. Importaciones procedentes de terceros países distintos de China e Indonesia
(186) |
Las importaciones de GMS procedentes de terceros países distintos de China e Indonesia procedieron principalmente de Vietnam y Brasil. |
(187) |
El volumen de las importaciones, así como las cuotas de mercado y tendencias de los precios de las importaciones de GMS procedentes de otros terceros países evolucionó de la siguiente forma: Cuadro 6 Importaciones procedentes de terceros países
|
(188) |
El volumen de las importaciones procedentes de otros terceros países disminuyó globalmente al pasar de 5 642 400 kg en 2016 a 4 345 700 kg en el período de investigación de la reconsideración, lo que supone un descenso del 23 % durante el período considerado. La cuota de mercado correspondiente disminuyó un 19 % en el mismo período. En conjunto, los precios de las importaciones procedentes de terceros países aumentaron un 3 % durante el período considerado y son considerablemente más elevados que los precios de las importaciones de los países afectados. |
5.5. Situación económica de la industria de la Unión
5.5.1. Observaciones generales
(189) |
La evaluación de la situación económica de la industria de la Unión incluyó una evaluación de todos los indicadores económicos que influían en el estado de la industria de la Unión durante el período considerado. |
5.5.2. Producción, capacidad de producción y utilización de la capacidad
(190) |
La producción, la capacidad de producción y la utilización de la capacidad totales de la Unión evolucionaron como sigue durante el período considerado: Cuadro 7 Producción, capacidad de producción y utilización de la capacidad
|
(191) |
La producción fluctuó ligeramente durante el período considerado. Aunque aumentó un 6 % entre 2016 y 2017, disminuyó un 3 % entre 2017 y 2018 y después volvió a aumentar un 3 % en el período de investigación de la reconsideración. En conjunto, el volumen de producción aumentó un 6 % durante el período considerado. La investigación mostró que las fluctuaciones se debieron principalmente a los cierres de mantenimiento que llevó a cabo la industria de la Unión (en determinados años fueron de dieciséis días y, en otros, de diez días). |
(192) |
La capacidad de producción permaneció estable durante el período considerado. |
(193) |
Debido a la capacidad de producción estable, la utilización de la capacidad se desarrolló en consonancia con el volumen de producción, es decir, aumentó primero entre 2016 y 2017, a continuación disminuyó entre 2017 y 2018 y aumentó de nuevo en el período de investigación de la reconsideración. Por esta razón, la utilización de la capacidad también aumentó un 6 % durante el período considerado. |
5.5.3. Volumen de ventas y cuota de mercado
(194) |
Durante el período considerado, el volumen de ventas y la cuota de mercado de la industria de la Unión evolucionaron como sigue: Cuadro 8 Volumen de ventas y cuota de mercado
|
(195) |
El volumen de ventas de GMS por la industria de la Unión apenas aumentó un 1 % durante el período considerado. Primero aumentó un 7 % entre 2016 y 2017 y después descendió un 6 % al final del período de investigación de la reconsideración. El descenso paralelo del consumo produjo un aumento de la cuota de mercado de la industria de la Unión en un 6 % durante el período considerado. |
5.5.3.1. Crecimiento
(196) |
Según se ha mencionado anteriormente, mientras que el consumo de la Unión en el mercado libre disminuyó un 5 % durante el período considerado, el volumen de ventas de la industria de la Unión aumentó ligeramente un 1 %, lo que se traduce en un aumento de la cuota de mercado del 6 %. |
5.5.4. Empleo y productividad
(197) |
Durante el período considerado, el empleo y la productividad evolucionaron de la manera siguiente: Cuadro 9 Empleo y productividad
|
(198) |
El empleo de la industria de la Unión disminuyó un 3 % durante el período considerado. Esta disminución se debió a las sinergias en los servicios compartidos [como las tecnologías de la información (TI) y los recursos humanos (RRHH)] después de la integración del sector al por menor de congelados en AFE. |
(199) |
La productividad aumentó por el efecto combinado de la disminución del empleo y el aumento de la producción, tal y como se expone en el considerando 191. |
5.5.5. Magnitud del margen de dumping y recuperación de prácticas de dumping anteriores
(200) |
Los márgenes de dumping para los países afectados se situaron significativamente por encima del nivel de minimis establecido en los considerandos 134 y 143, y el volumen y la cuota de mercado de las importaciones procedentes de los países afectados fueron significativos durante el período considerado según se indica en los considerandos 174 a 176. |
(201) |
Por esta razón, la persistencia de las prácticas desleales de fijación de precios por parte de los productores exportadores de China e Indonesia no permitió que la industria de la Unión se recuperase de las prácticas de dumping anteriores. |
5.5.6. Precios y factores que inciden en los precios
(202) |
Durante el período considerado, los precios de venta unitarios medios ponderados del único productor de la Unión aplicados a clientes no vinculados en la Unión evolucionaron de la manera siguiente: Cuadro 10 Precios de venta y costes en la Unión
|
(203) |
El precio de venta unitario medio de la industria de la Unión a clientes no vinculados en la Unión disminuyó un 7 % durante el período considerado. Mostró una tendencia decreciente entre 2016 y 2018 y después aumentó en el período de investigación de la reconsideración. La tendencia del precio de venta de la industria de la Unión siguió la tendencia del precio de importación chino e indonesio en el mercado de la Unión. |
(204) |
Durante el período considerado, el coste unitario de producción disminuyó un 4 %. Se mantuvo estable entre 2016 y 2017 y posteriormente aumentó un 4 % en 2018 en comparación con 2017 y disminuyó un 8 % en el período de investigación de la reconsideración. La disminución del coste de la producción en 2019 en comparación con 2018 se debe a los esfuerzos de la industria de la Unión por disminuir el consumo de materias primas en el proceso de fabricación así como a la disminución del precio de las materias primas. |
5.5.7. Costes laborales
(205) |
Durante el período considerado, los costes laborales medios del único productor de la Unión evolucionaron de la manera siguiente: Cuadro 11 Costes laborales medios por empleado
|
(206) |
El coste medio por empleado disminuyó un 2 % durante el período considerado. Esta disminución va ligada a sinergias en las TI, las finanzas, los RRHH y las funciones de gestión superiores adquiridas tras la integración del sector al por menor de congelados en AFE que se menciona en el considerando 198. |
5.5.8. Existencias
(207) |
Durante el período considerado, los niveles de existencias del único productor de la Unión evolucionaron del modo siguiente: Cuadro 12 Existencias
|
(208) |
En conjunto, las existencias al cierre disminuyeron un 22 % durante el período considerado. Las existencias al cierre mostraron una tendencia a la baja entre 2016 y 2018 y posteriormente aumentaron en el período de investigación de la reconsideración un 23 % en comparación con 2018. A pesar de la tendencia a la baja, el nivel de existencias se mantuvo elevado durante el período considerado. |
(209) |
Las existencias al cierre como porcentaje de la producción disminuyeron un 38 % entre 2016 y 2018 y posteriormente aumentaron un 20 % en el período de investigación de la reconsideración. En conjunto, se redujeron un 26 %. Esta tendencia a la baja siguió la tendencia a la baja de las existencias al cierre y el pequeño aumento del volumen de producción. |
5.5.9. Rentabilidad, flujo de caja, inversiones, rendimiento de las inversiones y capacidad para reunir capital
(210) |
Durante el período considerado, la rentabilidad, el flujo de caja, las inversiones y el rendimiento de las inversiones del único productor de la Unión evolucionaron del modo siguiente: Cuadro 13 Rentabilidad, flujo de caja, inversiones y rendimiento de las inversiones
|
(211) |
La Comisión estableció la rentabilidad del único productor de la Unión expresando el beneficio neto antes de impuestos obtenido en las ventas del producto similar a clientes no vinculados en la Unión como porcentaje del volumen de negocio de esas ventas. La rentabilidad disminuyó significativamente entre 2016 y 2018. El único productor de la Unión registró pérdidas entre 2017 y 2019. En 2019, la rentabilidad mejoró en comparación con 2018 debido a un aumento del precio de venta y una disminución del coste de producción, según se indica en los considerandos 203 y 204. Durante el período considerado, no obstante, la rentabilidad disminuyó de [1,6 % – 2,7 %] en 2016 a pérdidas de [-0,6 % – -0,4 %] en el PIR. |
(212) |
El flujo de caja neto es la capacidad de la industria de la Unión de autofinanciar sus actividades. El flujo de caja neto mostró la misma tendencia que la rentabilidad: disminuyó entre 2016 y 2018, antes de volver a aumentar durante el período de investigación de la reconsideración. En conjunto, el flujo de caja neto disminuyó un 50 % durante el período considerado. |
(213) |
Las inversiones disminuyeron un 23 % durante el período considerado. Principalmente representaron inversiones necesarias para mantener los equipos y reducir el consumo de materias primas, así como inversiones para el cumplimiento de los requisitos legales para la seguridad y la protección ambiental. |
(214) |
El rendimiento de las inversiones es el beneficio porcentual del valor contable neto de las inversiones. Del mismo modo que con otros indicadores financieros, el rendimiento de las inversiones presentó una tendencia a la baja entre 2016 y 2018 y aumentó ligeramente en el período de investigación de la reconsideración. Durante el período considerado, el rendimiento de las inversiones cayó un 386 %. |
(215) |
Finalmente, la baja rentabilidad y la disminución del flujo de caja incidieron negativamente en la capacidad de la empresa para reunir capital. |
5.6. Conclusión sobre el perjuicio
(216) |
A pesar de las medidas en vigor, las importaciones objeto de dumping procedentes de China e Indonesia continuaron en volúmenes significativos. |
(217) |
La industria de la Unión se encuentra en una situación económica difícil. Aunque algunos indicadores del prejuicio, como el volumen de producción, la cuota de mercado y las existencias, muestran una tendencia favorable, otros indicadores, como los precios de venta, la rentabilidad, el flujo caja, las inversiones y el rendimiento de las inversiones muestran una tendencia negativa. |
(218) |
A pesar de las medidas en vigor, el aumento de la productividad y el hecho de que la industria de la Unión consiguiera disminuir el coste de la producción, la industria de la Unión registró pérdidas entre 2017 y 2019. |
(219) |
Habida cuenta de lo anterior, la Comisión concluyó que la industria de la Unión había sufrido un perjuicio importante a tenor del artículo 3, apartado 5, del Reglamento de base. |
(220) |
A continuación, la Comisión evaluó si existe un nexo causal entre las importaciones procedentes de los países afectados y el perjuicio sufrido por la industria de la Unión. |
(221) |
En relación con China, la investigación reveló que el volumen de las importaciones se mantuvo por encima de los niveles de minimis durante todo el período considerado. Aunque el margen de subcotización fue negativo al aplicar los derechos antidumping al precio de las importaciones durante el período de investigación de la reconsideración, el margen de subcotización sin los derechos antidumping incluido fue superior al 20 %. Asimismo, dado que la industria de la Unión genera pérdidas y debido al beneficio objetivo de entre el 5 % y el 15 % establecido durante la investigación original relativa a Indonesia (92), las importaciones chinas entran claramente en la Unión a precios perjudiciales. |
(222) |
En relación con Indonesia, la investigación también reveló que, del mismo modo que en el caso de China, las importaciones se mantuvieron por encima de los niveles de minimis durante todo el período considerado. El margen de subcotización fue negativo sin los derechos antidumping. No obstante, los precios de las importaciones actuales sin derechos antidumping producirían un margen de subvalorización de más del 7 % en comparación con el precio objetivo establecido de acuerdo con el coste de producción de la industria de la UE durante el PIR y el beneficio objetivo de entre el 5 % y el 15 % establecido durante la investigación original relativa a Indonesia. |
(223) |
En vista de lo anterior, la Comisión concluyó que el perjuicio importante sufrido por la industria de la Unión se debió a las importaciones procedentes de China y no podría haber sido causado por las importaciones procedentes de Indonesia ya que, debido al efecto de las medidas, las importaciones indonesias se realizaron a precios que no causaron perjuicio a la industria de la Unión. |
(224) |
Por esta razón, la Comisión analizó adicionalmente la probabilidad de continuación del perjuicio causado por las importaciones objeto de dumping procedentes de China y la probabilidad de reaparición del perjuicio causado por las importaciones objeto de dumping procedentes de Indonesia si las medidas se derogasen. |
6. PROBABILIDAD DE CONTINUACIÓN O REAPARICIÓN DEL PERJUICIO
6.1. Probabilidad de continuación del perjuicio causado por China
(225) |
La Comisión concluyó en el considerando 219 que la industria de la Unión había sufrido un perjuicio importante durante el período de investigación de la reconsideración. En el considerando 223, la Comisión también determinó que el perjuicio importante sufrido por la industria de la Unión se debió a las importaciones procedentes de China. La Comisión evaluó asimismo si en este caso sería probable la continuación del perjuicio causado por las importaciones objeto de dumping procedentes de China si se dejaran expirar las medidas. |
(226) |
A este respecto, la Comisión analizó los siguientes elementos: el volumen de producción y la capacidad excedentaria en China, el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores chinos, los niveles de precios probables de las importaciones procedentes de China en ausencia de medidas antidumping y su impacto en la industria de la Unión. |
6.1.1. La capacidad de producción, la capacidad excedentaria en China y el atractivo del mercado de la Unión
(227) |
Como se expone en los considerandos 147 a 153, sobre la base del importante exceso de capacidad de China y el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores chinos, se llegó a la conclusión de que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping genere un aumento de las exportaciones. |
6.1.2. Impacto de las importaciones procedentes de China en la situación de la industria de la Unión si se dejaran expirar las medidas
(228) |
En relación con el efecto probable de esas importaciones, la Comisión analizó sus niveles de precios probables si se dejaran expirar las medidas. En ese sentido, la Comisión consideró como un indicador razonable los niveles de los precios de importación durante el período de investigación de la reconsideración sin derecho antidumping. Sobre esa base, la Comisión determinó una subcotización significativa de los precios de la industria de la Unión (más del 20 %). |
(229) |
Asimismo, dado que la industria de la Unión generó pérdidas durante prácticamente la totalidad del período considerado según se indica en el considerando 211, y considerando que, según se indica en el considerando 221, el beneficio objetivo establecido para dicha industria es de entre el 5 % y el 15 %, las importaciones chinas han entrado en la Unión a precios perjudiciales. |
(230) |
Por esta razón, se llegó a la conclusión de que la situación de la industria de la Unión, que ya sufre de un perjuicio importante, se deterioraría aún más si las medidas se derogasen. Efectivamente, a falta de medidas, las importaciones objeto de dumping procedentes de la China a precios perjudiciales probablemente presionarían a la baja los precios de venta en el mercado de la Unión. Es probable que la industria de la Unión se viera obligada a disminuir sus precios de venta, lo que produciría una pérdida de rentabilidad aún mayor y, con toda probabilidad, pérdidas importantes a corto plazo. |
(231) |
Alternativamente, cualquier intento de aumentar los precios de venta a niveles rentables de la industria de la Unión probablemente produciría una pérdida de volúmenes de ventas y cuota de mercado respecto a las importaciones a bajo precio. Debido a la capacidad excedentaria masiva de China, los productores exportadores chinos podrían aumentar sus exportaciones a corto plazo y ganar una cuota de mercado significativa en detrimento de la industria de la Unión. La industria de la Unión probablemente perdería economías de escala, lo que llevaría a un aumento del coste de producción unitario y, por consiguiente, produciría disminuciones aún mayores de la rentabilidad para la industria de la Unión. Como consecuencia de ello, la viabilidad de la industria de la Unión se vería seriamente comprometida. |
6.1.3. Conclusión
(232) |
En vista de las conclusiones anteriores, a saber, la capacidad excedentaria masiva de China, el atractivo del mercado de la Unión, los niveles de precios de las importaciones procedentes de China en ausencia de medidas antidumping y su impacto probable en la industria de la Unión, la Comisión concluyó que la ausencia de medidas probablemente produciría un aumento significativo de las importaciones objeto de dumping procedentes de China a precios perjudiciales y probablemente continuaría produciéndose un perjuicio importante. |
6.2. Probabilidad de reaparición del perjuicio causado por Indonesia
(233) |
La Comisión concluyó en el considerando 219 que la industria de la Unión sufrió un perjuicio importante. En el considerando 223, la Comisión también determinó que el perjuicio importante sufrido por la industria de la Unión no podría haber sido causado por las importaciones procedentes de Indonesia. Por lo tanto, de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento de base, la Comisión evaluó la probabilidad de que reapareciera el perjuicio provocado por las importaciones objeto de dumping procedentes de Indonesia si se dejaran expirar las medidas. |
(234) |
En este sentido, la Comisión analizó la capacidad de producción y la capacidad excedentaria en Indonesia, la situación del mercado en Indonesia, el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores indonesios, los niveles de precios probables de las importaciones procedentes de Indonesia en ausencia de medidas antidumping y su impacto en la industria de la Unión. |
6.2.1. Capacidad de producción y capacidad excedentaria de Indonesia, situación del mercado en Indonesia y atractivo del mercado de la Unión
(235) |
Como se explica en los considerandos 158 a 165, sobre la base de la capacidad excedentaria importante de los productores indonesios, la situación del mercado interno en Indonesia y el atractivo del mercado de la Unión para los productores exportadores indonesios, la Comisión llegó a la conclusión de que es muy probable que la expiración de las medidas antidumping genere un aumento de las exportaciones. |
6.2.2. Impacto de las importaciones procedentes de Indonesia en la situación de la industria de la Unión si se dejaran expirar las medidas
(236) |
La Comisión analizó los niveles de precios probables de las importaciones indonesias si se dejaran expirar las medidas basándose en los niveles de precios de las importaciones indonesias durante el período de investigación de la reconsideración y su efecto en la situación de la industria de la Unión. Aunque los exportadores indonesios no produjeron la subcotización de los precios de la industria de la Unión después de la deducción de los derechos antidumping en vigor, se produjo una subvalorización de más del 7 %, con un beneficio objetivo de entre el 5 % y el 15 %, según lo expuesto en el considerando 229. Esto muestra que, si se dejaran expirar las medidas, las importaciones indonesias se efectuarían a niveles de precios perjudiciales, lo cual aumentaría la presión sobre los precios en la industria de la Unión, que, o bien perdería volumen de ventas, o bien se vería obligada a disminuir sus niveles de precios. Esto daría lugar rápidamente a una situación de pérdidas significativas, lo cual no es viable a corto plazo. |
6.2.3. Conclusión
(237) |
En vista de las conclusiones anteriores, a saber, la presencia de capacidad excedentaria en Indonesia, la situación del mercado en Indonesia, el atractivo del mercado de la Unión y los niveles de precios previstos de las importaciones procedentes de Indonesia en ausencia de medidas antidumping y su impacto en la industria de la Unión, se concluyó que la ausencia de medidas probablemente produciría un aumento significativo de las importaciones objeto de dumping procedentes de Indonesia a precios perjudiciales y probablemente continuaría produciéndose un perjuicio importante. |
7. INTERÉS DE LA UNIÓN
(238) |
De conformidad con el artículo 21 del Reglamento de base, la Comisión examinó si el mantenimiento de las medidas antidumping en vigor sería contrario al interés de la Unión en su conjunto. La determinación del interés de la Unión se basó en una estimación de los diversos intereses pertinentes, concretamente los de la industria de la Unión, los de los importadores y los de los usuarios. |
(239) |
Se ofreció a todas las partes interesadas la posibilidad de dar a conocer sus puntos de vista de conformidad con el artículo 21, apartado 2, del Reglamento de base. |
(240) |
En este contexto, la Comisión examinó si, independientemente de las conclusiones sobre la probabilidad de continuación del dumping y del perjuicio para China y de continuación del dumping y de reaparición del perjuicio para Indonesia, existían razones de peso que llevaran a concluir que a la Unión no le interesa mantener las medidas en vigor. |
7.1. Interés de la industria de la Unión
(241) |
La investigación determinó que la industria de la Unión sufrió un perjuicio importante. Según se indica en el considerando 223, el perjuicio importante se produjo a raíz de las importaciones objeto de dumping procedentes de China, por lo que se concluyó que era probable la continuación del perjuicio importante si se dejaran expirar las medidas contra China. La investigación también estableció que era probable que reapareciese el perjuicio si las medidas contra las importaciones procedentes de Indonesia se dejaran expirar. En particular, la recuperación prevista de la industria de la Unión del perjuicio importante sufrido es probable que esté en peligro si aumentan las importaciones de GMS procedentes de China e Indonesia en el mercado de la Unión a precios objeto de dumping. |
(242) |
Si se mantuvieran las normas, se prevé que, de forma gradual, la industria de la Unión sea capaz de beneficiarse plenamente de los efectos de las medidas impuestas. Esto también se confirma por el hecho de que las medidas antidumping sobre las importaciones de GMS procedentes de China se ampliaron a las importaciones de GMS mezclado o en solución originarias de China después de una investigación antielusión en 2020, según se indica en los considerandos 8 y 9. |
(243) |
Si se dejan expirar las medidas, es muy probable que la situación de la industria de la Unión se siga deteriorando según se explicó anteriormente en el análisis de la probabilidad de continuación/reaparición del perjuicio en los considerandos 225 a 237. |
(244) |
Por todo ello, se concluyó que mantener las medidas vigentes contra China e Indonesia redundaría en beneficio de la industria de la Unión. |
7.2. Interés de los importadores no vinculados
(245) |
Una vez publicado el anuncio de inicio, se presentaron cuatro importadores no vinculados. Cuatro de ellos cooperaron plenamente en la investigación mediante la presentación de una respuesta completa al cuestionario. |
(246) |
Dos de los importadores no vinculados que cooperaron importaban GMS tanto desde China como desde Indonesia, y los otros dos solo desde Indonesia. Para todos ellos el impacto de la actividad de GMS en su volumen de negocios total fue muy limitado (por debajo del 1,5 % del volumen de negocios total). Asimismo, la investigación reveló que los importadores eran rentables, a pesar de las medidas en vigor. El GMS importado se utilizó tanto en el sector alimentario como en el no alimentario. |
(247) |
Por estos motivos, la Comisión llegó a la conclusión de que en caso de que las medidas se mantuvieran, el impacto para la situación económica de los importadores es probable que no sea significativo. |
7.3. Interés de los usuarios
(248) |
Los usuarios operan principalmente en el sector de los alimentos y bebidas y utilizan el GMS para producir mezclas de especias, sopas y otros preparados. El GMS se puede utilizar para aplicaciones específicas en el sector no alimentario, por ejemplo, para producir detergentes. |
(249) |
Ningún usuario cooperó en la investigación. |
(250) |
La investigación actual no reveló ningún efecto adverso significativo de las medidas en vigor para los usuarios. Las investigaciones previas sobre China e Indonesia revelaron que las medidas no parecían tener ningún efecto adverso significativo para los usuarios que cooperaron. |
(251) |
Por estos motivos, la Comisión llegó a la conclusión de que en caso de que las medidas se mantuvieran, el impacto para la situación económica de estos operadores es probable que no sea significativo. |
7.4. Conclusión sobre el interés de la Unión
(252) |
Sobre la base de lo anterior, la Comisión concluyó que, desde el punto de vista del interés de la Unión, no había razones convincentes contra el mantenimiento de las medidas existentes sobre las importaciones de GMS originario de los países afectados. |
8. MEDIDAS ANTIDUMPING
(253) |
Sobre la base de las conclusiones a las que llegó la Comisión sobre la probabilidad de continuación del dumping para China e Indonesia, de la probabilidad de continuación del perjuicio para China y de reaparición del perjuicio para Indonesia, así como del interés de la Unión, las medidas antidumping sobre las importaciones de GMS originario de China e Indonesia deben mantenerse. |
(254) |
Para reducir al mínimo el riesgo de elusión debido a la gran diferencia entre los tipos del derecho, deben adoptarse medidas especiales para garantizar la aplicación de los derechos antidumping individuales. Las empresas para las que se apliquen derechos antidumping individuales deberán presentar una factura comercial válida a las autoridades aduaneras de los Estados miembros. Esa factura debe ajustarse a los requisitos establecidos en el artículo 1, apartado 3, del presente Reglamento. Las importaciones que no vayan acompañadas de dicha factura deben someterse al derecho antidumping aplicable a «todas las demás empresas». |
(255) |
Si bien es necesario presentar esa factura para que las autoridades aduaneras de los Estados miembros apliquen los tipos del derecho antidumping individuales a las importaciones, no es el único elemento que deben tener en cuenta las autoridades aduaneras. De hecho, aunque se presente una factura que cumpla todos los requisitos establecidos en el artículo 1, apartado 3, del presente Reglamento, las autoridades aduaneras de los Estados miembros deben llevar a cabo las comprobaciones habituales y pueden, como en cualquier otro caso, exigir documentos adicionales (de transporte, etc.), al objeto de verificar la exactitud de los datos reflejados en la declaración y garantizar que la consiguiente aplicación del tipo menor del derecho esté justificada, de conformidad con el Derecho aduanero. |
(256) |
Si el volumen de exportación de una de las empresas que se benefician de los tipos de derecho individuales más bajos aumentara significativamente tras imponerse las medidas en cuestión, podría considerarse que ese aumento del volumen constituye en sí mismo un cambio en las características del comercio como consecuencia de la imposición de las medidas a tenor del artículo 13, apartado 1, del Reglamento de base. En tales circunstancias, y si se dieran las condiciones, podría iniciarse una investigación antielusión. En esa investigación podrían examinarse, entre otros elementos, la necesidad de eliminar los tipos de derecho individuales y la consiguiente imposición de un derecho de ámbito nacional. |
(257) |
Los tipos del derecho antidumping individuales de cada empresa que figuran en el presente Reglamento solo se aplican a las importaciones del producto objeto de reconsideración fabricado por dichas empresas y, por tanto, por las personas jurídicas específicas mencionadas. Las importaciones del producto objeto de reconsideración fabricado por cualquier otra empresa no mencionada específicamente en la parte dispositiva del presente Reglamento con su nombre y dirección, incluidas las entidades vinculadas a las específicamente mencionadas, no pueden beneficiarse de estos tipos y estarán sujetas al tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas». Toda solicitud de aplicación de estos tipos individuales del derecho antidumping (por ejemplo, a raíz de un cambio de nombre de la entidad o de la creación de nuevas entidades de producción o de venta) debe dirigirse inmediatamente a la Comisión (93) con toda la información pertinente, en particular la relativa a cualquier modificación de las actividades de la empresa relacionadas con la producción, las ventas en el mercado interno y las ventas de exportación como consecuencia, por ejemplo, del cambio de nombre o del cambio de las entidades de producción y de venta. En su caso, el presente Reglamento se modificará en consecuencia para actualizar la lista de empresas que se benefician de tipos de derecho individuales. |
(258) |
Se informó a todas las partes interesadas de los hechos y consideraciones esenciales sobre cuya base se pretendía recomendar el mantenimiento de las medidas existentes. También se les concedió un plazo para presentar observaciones tras dicha comunicación. Solo el solicitante presentó observaciones acogiendo con beneplácito las conclusiones de la Comisión. |
(259) |
Con arreglo al artículo 109 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (94), cuando deba reembolsarse un importe a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el tipo de interés será el aplicado por el Banco Central Europeo a sus operaciones principales de refinanciación, publicado el primer día natural de cada mes en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea. |
(260) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/1036 |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico clasificado actualmente en el código ex 2922 42 00 (código TARIC 2922420010) y originario de la República Popular China.
2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente:
País |
Empresa |
Derecho antidumping (%) |
Código TARIC adicional |
China |
Hebei Meihua MSG Group Co. Ltd. y Tongliao Meihua Bio-Tech Co. Ltd. |
33,8 |
A883 |
China |
Fujian Province Jianyang Wuyi MSG Co. Ltd. |
36,5 |
A884 |
China |
Todas las demás empresas |
39,7 |
A999 |
3. La aplicación a las empresas mencionadas en el apartado 2 de los tipos individuales del derecho especificados estará condicionada a la presentación ante las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en (país afectado). Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, se aplicará el derecho aplicable a las demás empresas.
4. Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
Artículo 2
1. El derecho antidumping definitivo aplicable a «todas las demás empresas» establecido en el artículo 1, apartado 2, se amplía por el presente a las importaciones de glutamato monosódico mezclado o en solución, con un peso seco de glutamato monosódico igual o superior al 50 %, clasificado actualmente en los códigos NC ex 2103 90 90, ex 2104 10 00, ex 2104 20 00, ex 3824 99 92, ex 3824 99 93 y ex 3824 99 96 (códigos TARIC 2103909011, 2103909081, 2104100011, 2104100081, 2104200011, 3824999298, 3824999389 y 3824999689), procedentes de la República Popular China.
2. Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
Artículo 3
1. Las solicitudes de exención del derecho ampliado por el artículo 2 se presentarán por escrito en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y deberán ir firmadas por un representante autorizado de la entidad solicitante. La solicitud se enviará a la dirección siguiente:
Comisión Europea |
Dirección General de Comercio |
Dirección G |
Despacho: CHAR 04/039 |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
2. De conformidad con el artículo 13, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036, la Comisión puede autorizar, mediante una decisión, la exención a las importaciones procedentes de empresas que no eludan las medidas antidumping establecidas por el artículo 1 del presente Reglamento.
Artículo 4
1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico clasificado actualmente en el código NC ex 2922 42 00 (código TARIC 2922420010) originario de Indonesia.
2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente:
País |
Empresa |
Derecho antidumping (%) |
Código TARIC adicional |
Indonesia |
PT. Cheil Jedang Indonesia |
7,2 |
B961 |
Indonesia |
PT. Miwon Indonesia |
13,3 |
B962 |
Indonesia |
Todas las demás empresas |
28,4 |
B999 |
3. La aplicación a las empresas mencionadas en el apartado 2 de los tipos individuales del derecho especificados estará condicionada a la presentación ante las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en (país afectado). Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, se aplicará el derecho aplicable a las demás empresas.
4. Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
Artículo 5
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será vinculante en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de abril de 2021.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.
(2) Reglamento (CE) n.o 1187/2008 del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China (DO L 322 de 2.12.2008, p. 1).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/83 de la Comisión, de 21 de enero de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1225/2009 del Consejo (DO L 15 de 22.1.2015, p. 31).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/84 de la Comisión, de 21 de enero de 2015, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de Indonesia (DO L 15 de 22.1.2015, p. 54).
(5) Anuncios de la expiración inminente de determinadas medidas antidumping (DO C 165 de 14.5.2019, pp. 4 y 5).
(6) Debido a que solo hay un productor de GMS en la Unión, algunos de los datos de este Reglamento se presentan en intervalos o en forma de índice para preservar la confidencialidad de los datos del productor de la Unión.
(7) Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China y de Indonesia (DO C 20 de 21.1.2020, p. 18).
(8) Reglamento de Ejecución (UE) 2020/230 de la Comisión, de 19 de febrero de 2020, por el que se abre una investigación sobre la posible elusión de las medidas antidumping establecidas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/83 sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China, y por el que se someten a registro dichas importaciones (DO L 47 de 20.2.2020, p. 9).
(9) Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1427 de la Comisión, de 12 de octubre de 2020, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/83 sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China a las importaciones de glutamato monosódico mezclado o en solución originario de la República Popular China (DO L 336 de 13.10.2020, p. 1).
(10) El 31 de enero de 2020, el Reino Unido se retiró de la Unión. La Unión y el Reino Unido acordaron conjuntamente un período de transición durante el cual el Reino Unido permanecería sujeto al Derecho de la Unión, que finalizó el 31 de diciembre de 2020. El Reino Unido ya no es un Estado miembro de la Unión y, por consiguiente, las cifras, los resultados y las conclusiones del presente Reglamento otorgan al Reino Unido el tratamiento de tercer país.
(11) Comunicación sobre las consecuencias del brote de COVID-19 para las investigaciones antidumping y antisubvenciones 2020/C 86/06 (DO C 86 de 16.3.2020, p. 6).
(12) Documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre distorsiones significativas en la economía de la República Popular China a efectos de las investigaciones de defensa comercial, de 20 de diciembre de 2017, SWD(2017) 483 final/2.
(13) Según lo mencionado en el considerando 6, el solicitante representa el 100 % de la producción total de GMS de la Unión. Por esa razón, con el fin de preservar los secretos comerciales, una parte de los datos del presente Reglamento se presenta únicamente en forma de intervalos o índices.
(14) Informe, capítulo 2, pp. 6-7.
(15) Informe, capítulo 2, p. 10.
(16) Disponible en http://www.fdi.gov.cn/1800000121_39_4866_0_7.html (consultado por última vez el 27 de octubre de 2020).
(17) Informe, capítulo 2, pp. 20-21.
(18) Informe, capítulo 3, pp. 41 y 73-74.
(19) Informe, capítulo 6, pp. 120-121.
(20) Informe, capítulo 6, pp. 122 a 135.
(21) Informe, capítulo 7, pp. 167-168.
(22) Informe, capítulo 8, pp. 169-170 y 200-201.
(23) Informe, capítulo 2, pp. 15-16, capítulo 4, pp. 50 y 84, y capítulo 5, pp. 108-109.
(24) Véase el extracto de la publicación analítica realizada por Guosheng Securities sobre una de esas empresas, Meihua Biological: «La oferta de glutamato monosódico está compuesta por tres partes interesadas y las características propias de un oligopolio son evidentes: el sector del GMS se caracteriza por una estructura de oligopolio dominada por Fufeng Group, Meihua Biological y Ningxia Eppen, cuya producción y capacidad de producción representan más del 90 % de las cifras del país. Gracias a la integración y a la competencia en el sector, así como a las enormes inversiones de capital, las tres empresas han desarrollado una cadena industrial integral, que produce una brecha enorme entre estas y las demás, y actualmente disponen de una clara ventaja de liderazgo en el sector. […] Desde el punto de vista del GMS, Meihua, Fufeng y Eppen han alcanzado una estructura de oligopolio pura e interdependiente. Son muy raros los productos para los que existe una concentración tan elevada en el subsector de la industria química». 1 de agosto de 2019. http://pdf.dfcfw.com/pdf/H3_AP201908011342041272_1.PDF (consultado por última vez el 19 de enero de 2021).
(25) Véase el artículo del sitio web de la empresa, publicado el 2 de enero de 2018: «Liu Qifan, miembro de la Comisión Permanente del Comité del Partido y secretario de la Comisión Disciplinaria de la Región Autónoma de Mongolia Interior, visitó Northeast Fufeng Company para investigarla», http://www.fufeng-group.com/news/details-236_1.html (consultado por última vez el 19 de enero de 2021).
(26) Véase el artículo «Conferencia de prensa con ocasión del 20.° aniversario de Fufeng organizada en la ciudad de Qiqihar» , 29 de julio de 2019, http://www.qqhr.gov.cn/News_showNews.action?messagekey=175677 (consultado por última vez el 19 de enero de 2021).
(27) Véase el artículo «El alcalde de Qiqihar, Li Yugang, visitó la sede de Fufeng Group para investigarla», 11 de diciembre de 2019, http://en.fufeng-group.cn/news/details-260_1.html (consultado por última vez el 19 de enero de 2021).
(28) Véase el artículo de Dongfang Financial News: «Reforzar el liderazgo en la industria, luchar contra la pobreza y asegurar posiciones de liderazgo; 20 años de Fufeng: el crecimiento sale a la luz), 19 de agosto de 2019, http://www.jinxingwenshi.com/caijing/shh/201908195018.html (consultado por última vez el 21 de enero de 2021).
(29) Véase el artículo acerca de Ningxia Eppen Biotech de 20 de agosto de 2013: http://nxgsl.com/hyzl/hyfc/201308/t20130820_1163706.html (consultado por última vez el 21 de enero de 2021).
(30) Véase el sitio web oficial del Departamento de Industria y Tecnologías de la Información de Ningxia Hui: Resultados del centro tecnológico empresarial de Ningxia Eppen Biotech 23 de noviembre de 2020. https://gxt.nx.gov.cn/info/1004/8250.htm (consultado por última vez el 26 de enero de 2021).
(31) «Los principales costes del GMS son el maíz y el carbón. Por esta razón, las empresas que han aprovechado los precios bajos del maíz y el carbón ya disfrutan de una ventaja comparativa en relación con el coste», según el artículo «Previsión para 2018-2022 y análisis de las perspectivas de desarrollo del sector del GMS». China Investment Consulting Network, 5 de mayo de 2018.
http://www.ocn.com.cn/touzi/chanye/201806/ypxwt05100100-2.shtml (consultado por última vez el 25 de enero de 2021).
(32) Véase el sitio web de la SASAC: http://www.sasac.gov.cn/n2588035/n2641579/n2641645/index.html (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(33) Véanse los datos de la Asociación del Sector del Almidón de China, presentados en el sitio web: https://www.ershicimi.com/p/a14ff87430b1ea50d458d1347123cba5 (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(34) Véase: https://www.qcc.com/firm/d8b3787389e66016cbede3e1dea817bf.html (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(35) Datos de 2015 basados en el Informe estadístico anual de China de 2016, Oficina Nacional de Estadísticas de China.
(36) Informe, capítulo 3, pp. 22-24, y capítulo 5, pp. 97-108.
(37) Informe, capítulo 5, pp. 104-9.
(38) Informe, capítulo 5, pp. 100-1.
(39) Informe, capítulo 2, p. 26.
(40) Informe, capítulo 2, pp. 31-2.
(41) Disponible en https://www.reuters.com/article/us-china-congress-companies-idUSKCN1B40JU (consultado por última vez el 27 de octubre de 2020).
(42) Véase el sitio web del Congreso Popular de Linyi: http://www.lyrenda.gov.cn/view-SpecialArticles.aspx?id=1285&spid=39 (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(43) Véase el informe anual de la empresa de 2019:
http://pdf.dfcfw.com/pdf/H2_AN202004151378041301_1.pdf, página 54 (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(44) Véase el sitio web de la empresa: http://www.meihuagrp.com/index.php/article/1237.html (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(45) Véase https://baike.baidu.com/item/%E9%97%AB%E6%99%93%E5%B9%B3 (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(46) Véase la información en el sitio web de la Federación de Industria y Comercio de Ningxia acerca de Ningxia Eppen Biotech de 20 de agosto de 2013: http://nxgsl.com/hyzl/hyfc/201308/t20130820_1163706.html (consultado por última vez el 22 de enero de 2021).
(47) Informe, capítulos 14.1 a 14.3.
(48) Informe, capítulo 4, pp. 41-42 y 83.
(49) Informe, capítulo 16, pp. 406-424.
(50) Véase el 13.° Plan Quinquenal para la Transformación de los Cereales y el Aceite, pp. 16 y 22. http://www.gov.cn/xinwen/2017-01/03/5155835/files/5bd8566b8a254067a076ef41d38ce6b3.doc (consultado por última vez el 25 de enero de 2021).
(51) Informe, capítulo 12, p. 319.
(52) Información sobre subvenciones disponible en el sitio web del Ministerio de Agricultura chino: http://www.moa.gov.cn/gk/zcfg/qnhnzc/201904/t20190416_6179338.htm.
(53) Véase la Notificación de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma (NDRC) 2017/627 que sustituye a la «Notificación de la NDRC sobre cuestiones relacionadas con la gestión de proyectos de transformación profunda de maíz», disponible en:
https://www.ndrc.gov.cn/fggz/cyfz/zcyfz/201704/t20170417_1149901.html (consultado por última vez el 25 de enero de 2021).
(54) Véase el comunicado de prensa: «El Ministerio de Agricultura y Asuntos Rurales y el Ministerio de Finanzas han promulgado las políticas clave para reforzar y promover la agricultura en 2019» 16 de abril de 2019. http://www.moa.gov.cn/gk/zcfg/qnhnzc/201904/t20190416_6179338.htm (consultado por última vez el 25 de enero de 2021).
(55) Véase la Notificación de la NDRC 2017/627.
(56) Véase la notificación de la Oficina General del Gobierno Popular de la Provincia de Heilongjiang de 1 de agosto de 2017. http://ydscyl.cn/goods.php?id=1271 (consultado por última vez el 26 de enero de 2021).
(57) «En tres años, en la provincia de Heilongjiang, en la ciudad de Jixi, se ha instalado el Parque Nacional de Demostración y Desarrollo de Integración de la Industria Rural de Mishan como parque con unas características industriales distintivas, un elevado grado de concentración, instalaciones y equipos avanzados, métodos de producción ecológica, beneficios económicos evidentes y un fuerte impacto. […] Medidas organizativas: La ciudad de Mishan creó un pequeño grupo líder compuesto por el secretario del Comité del Partido Municipal y el alcalde como los líderes del grupo, el subsecretario del Comité del Partido Municipal y el teniente de alcalde como sublíderes, y los principales líderes de varios departamentos. El grupo es responsable de promover las obras de construcción del parque de demostración, de coordinar y resolver los problemas acontecidos durante la construcción del parque a su debido tiempo y de garantizar el avance favorable de la construcción del parque de demostración. Al mismo tiempo, la construcción del parque de demostración se someterá a una evaluación de rendimiento, que incluirá las obras de promoción clave del departamento, los incentivos y los avances, además de un sistema estricto de recompensas y sanciones. En relación con los departamentos y entidades con una ejecución insuficiente del proyecto, un pensamiento deficiente y obras de promoción lentas, estos se someterán a supervisión. […] Refuerzo del apoyo a las políticas: En 2017, la ciudad de Mishan promulgó políticas de apoyo a la promoción de inversiones, brindó apoyo activamente a las políticas fiscales para las empresas pertinentes, como la medida “tres exenciones, tres reducciones” y la exención de gravámenes, e introdujo y aplicó las políticas de apoyo nacionales pertinentes en relación con la fiscalidad, el uso del suelo, la financiación de la energía hidroeléctrica, etc., los precios de la energía hidroeléctrica para el uso agrícola y el suministro preferencial de nuevos terrenos para la construcción. La ciudad de Mishan ha adquirido y reservado 157 hectáreas de terreno, y dispone asimismo de 81 hectáreas más que pueden utilizarse para la construcción de parques de demostración». Fragmento extraído del sitio web de la NDRC: Experiencia y práctica del Parque Nacional de Demostración y Desarrollo de la Integración de la Industria Rural (Heilongjiang) — Parque de Demostración de Jixi Mishan (Parte 1). 26 de julio de 2019. https://www.ndrc.gov.cn/fggz/nyncjj/njxx/201907/t20190726_1144182.html (consultado por última vez el 25 de enero de 2021).
(58) Informe, capítulo 16, p. 411.
(59) Informe, capítulo 4, p. 69.
(60) Informe, capítulo 10, p. 223.
(61) Informe, capítulo 10.
(62) «Basarse en “empresas troncales” del sector del carbón para formar un modelo de desarrollo del carbón “1 + 5”, donde “1” es una zona productora de carbón al oeste de Luxi: de acuerdo con el principio de “retirarse de las zonas orientales, reducir las zonas centrales, estabilizarse en las zonas occidentales y mantener las reservas en las zonas septentrionales”, reducir y cerrar Longkou, Zibo, Linyi, Jinan y otras zonas mineras obsoletas con recursos agotados, reducir los volúmenes mineros de Yanzhou, Jining, Zaoteng, Feicheng, Xinwen, Laiwu y otras zonas mineras, mantener la producción de carbón de Juye básicamente estable y aplicar reservas estratégicas y un control estricto del desarrollo y la construcción en campos de carbón y áreas con recursos de carbón concentrados y no explotados situadas a lo largo de la parte septentrional del río Amarillo. “5” significa la promoción constante de la construcción de bases de carbón en el extranjero además de las cinco áreas principales, que son: Ning (Mongolia Interior), Shanxi, Guizhou (Yunnan), Xinjiang y Australia y mejorar su nivel de desarrollo».
(63) Véase http://www.energynews.com.cn/uploadfile/2016/1220/20161220020713472.pdf (consultado por última vez el 27 de enero de 2021).
(64) Véase el informe anual de la empresa de 2019: http://pdf.dfcfw.com/pdf/H2_AN202004151378041301_1.pdf, p. 167 (consultado por última vez el 26 de enero de 2021).
(65) Véase http://pdf.dfcfw.com/pdf/H2_AN201905051326655801_1.pdf, p. 70 (consultado por última vez el 26 de enero de 2021).
(66) Ibídem, p. 68.
(67) Véanse los sitios web http://transcustoms.com/China_HS_Code/China_Tariff.asp?HS_Code=2922422000 y http://www.hlbrdaily.com.cn/news/3/html/286480.html (consultados por última vez el 26 de enero de 2021).
(68) Informe, capítulo 6, pp. 138-149.
(69) Informe, capítulo 9, p. 216.
(70) Informe, capítulo 9, pp. 213-215.
(71) Informe, capítulo 9, pp. 209-211.
(72) Informe, capítulo 13, pp. 332-337.
(73) Informe, capítulo 13, p. 336.
(74) Informe, capítulo 13, pp. 337-341.
(75) Informe, capítulo 6, pp. 114-117.
(76) Informe, capítulo 6, p. 119.
(77) Informe, capítulo 6, p. 120.
(78) Informe, capítulo 6, pp. 121-122, 126-128 y 133-135.
(79) Véase el documento de trabajo del FMI titulado Resolving China’s Corporate Debt Problem (Solucionar el problema del endeudamiento empresarial de China), de Wojciech Maliszewski, Serkan Arslanalp, John Caparusso, José Garrido, Si Guo, Joong Shik Kang, W. Raphael Lam, T. Daniel Law, Wei Liao, Nadia Rendak, Philippe Wingender, Jiangyan, octubre de 2016 (WP/16/203).
(80) Informe, capítulo 6, pp. 121-122, 126-128 y 133-135.
(81) Datos abiertos del Banco Mundial — Ingreso mediano alto, https://datos.bancomundial.org/nivel-de-ingresos/ingreso-mediano-alto.
(82) https://www.boi.go.th/index.php?page=utility_costs
(83) https://ilostat.ilo.org/?_afrLoop=767707374397500&_afrWindowMode=0&_afrWindowId=null.
(84) http://www.gtis.com/gta/secure/default.cfm.
(85) Reglamento (UE) 2015/755 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, sobre el régimen común aplicable a las importaciones de determinados terceros países (DO L 123 de 19.5.2015, p. 33). En el artículo 2, apartado 7, del Reglamento de base se considera que los precios internos de esos países no pueden utilizarse para determinar el valor normal y, en cualquier caso, dichos datos relativos a las importaciones eran insignificantes.
(86) https://ilostat.ilo.org/?_afrLoop=767707374397500&_afrWindowMode=0&_afrWindowId=null.
(87) https://www.boi.go.th/index.php?page=utility_costs
(88) https://orbis4.bvdinfo.com/version-201866/orbis/Companies/Login?SetLanguage=es.
(89) https://ec.altares.eu/.
(90) https://www.prnewswire.com/news-releases/global-monosodium-glutamate-msg-market-2019-2024-key-players-growth-price-demands-and-forecasts---reportsnreports-300795733.html.
https://ihsmarkit.com/products/monosodium-glutamate-chemical-economics-handbook.html#:~:text=Currently%2C%20China%20is%20the%20world's,world's%20largest%20exporter%20of%20MSG.
https://ihsmarkit.com/products/monosodium-glutamate-chemical-economics-handbook.html#:~:text=Currently%2C%20China%20is%20the%20world's,world's%20largest%20exporter%20of%20MSG.
(91) http://en.fufeng-group.cn/investor/.
(92) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 904/2014 de la Comisión, de 20 de agosto de 2014, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de Indonesia (DO L 246 de 21.8.2014, p. 1, considerando 151).
(93) Comisión Europea, Dirección General de Comercio, Dirección H, Rue de la Loi/Wetsraat 170, 1040 Bruselas, Bélgica.
(94) Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).