Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52017BP1649

    Resolución (UE) 2017/1649 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Aérea para el ejercicio 2015

    DO L 252 de 29.9.2017, p. 188–191 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2017/1649/oj

    29.9.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 252/188


    RESOLUCIÓN (UE) 2017/1649 DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 27 de abril de 2017

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Aérea para el ejercicio 2015

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Seguridad Aérea para el ejercicio 2015,

    Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Transportes y Turismo (A8-0087/2017),

    A.

    Considerando que, según sus estados financieros, el presupuesto definitivo de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2015 ascendió a 204 907 790 EUR, lo que representa un aumento del 11,58 % con respecto a 2014; que el 18,27 % del presupuesto de la Agencia procede del presupuesto de la Unión;

    B.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2015 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y regularidad de las operaciones correspondientes;

    C.

    Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

    Gestión presupuestaria y financiera

    1.

    Observa que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2015 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 98 %, lo que representa un incremento del 0,9 % con respecto a 2014; observa, además, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 91 %;

    2.

    Toma nota de que la reducción marginal de los compromisos relativos a los gastos de personal por valor de 539 000 EUR se debió al efecto combinado del personal que abandonó la Agencia a lo largo del año (19 agentes temporales y 3 agentes contractuales) y a la entrada de nuevo personal (23 agentes temporales y 3 agentes contractuales), que ocupó sus puestos, sobre todo, durante el último trimestre del año; señala, además, que los gastos de personal, expresados como un porcentaje del presupuesto total para el ejercicio 2015, descendieron en un 1,7 % y se sitúan actualmente en el 53 % del presupuesto total;

    3.

    Toma nota de que los compromisos para otros gastos administrativos aumentaron en 5 692 000 EUR (3,8 %) en términos absolutos hasta alcanzar los 21 949 000 EUR, lo que representa un 15,7 % del presupuesto de la Agencia; señala que este incremento es en gran parte imputable a los costes del traslado de la Agencia a su nueva sede en 2016 y al correspondiente incremento de las inversiones en tecnologías de la información;

    4.

    Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por la Agencia a lo largo de 2015 para mejorar el nivel de planificación y seguimiento, en particular en lo que se refiere al porcentaje de ejecución presupuestaria y la gestión de contratos marco así como a la hora de facilitar información puntual a la dirección por lo que respecta a los riesgos y las demoras;

    Compromisos y prórrogas

    5.

    Observa que, según el informe del Tribunal, las prórrogas de créditos comprometidos en el título II (gastos administrativos) se elevaban a 4 400 000 EUR (20,2 %) frente a los 3 600 000 EUR (22 %) de 2014; señala, además, que las prórrogas de créditos comprometidos en el título III (presupuesto de operaciones) se situaban en 2 000 000 EUR (32,0 %) frente a los 2 000 000 EUR (38,1 %) de 2014; reconoce que estas prórrogas corresponden principalmente a aplicaciones informáticas que se encargaron cerca del final del año, así como a actividades de elaboración de normas y proyectos de investigación de carácter plurianual que, por lo tanto, se prolongan más allá de 2015;

    6.

    Señala que las prórrogas a menudo pueden justificarse, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias, que no tienen por qué ser indicio de insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias y que tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad, especialmente si se planifican con antelación y se comunican al Tribunal;

    Procedimientos de contratación pública y de selección de personal

    7.

    Observa que, a raíz de la reorganización de la Agencia, esta realizó 24 contrataciones a partir de las listas de reserva y organizó, además, 80 procedimientos de selección internos y 33 externos, lo que dio lugar a que la Agencia alcanzara el pleno empleo a finales de año; señala, además, que la Agencia debe incluir un desglose de su personal por categorías y sectores, así como por fuentes de financiación de sus actividades, en su informe anual de 2016;

    8.

    Reconoce que la Agencia aprobó en el segundo semestre de 2015 nuevas normas sobre las disposiciones generales de ejecución de los procedimientos que regulan la contratación y utilización del personal temporal con arreglo al artículo 2, letra f), del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea; constata además que estas nuevas normas están fomentando la movilidad interna, la movilidad entre las agencias y la armonización de las normas que regulan los procedimientos de selección externa;

    9.

    Acoge con satisfacción que la Agencia haya ido cambiando paulatinamente su planteamiento en materia de selección de personal de uno reactivo (determinación de las necesidades vinculadas a la subsanación de las carencias, sustitución automática de los antiguos empleados) a uno proactivo (planificación prospectiva, establecimiento de prioridades y reasignación, y adecuación de las necesidades de recursos a los objetivos estratégicos generales);

    10.

    Toma conocimiento por la Agencia de que ha mejorado el nivel de la planificación y el seguimiento de sus procedimientos de contratación pública; observa, en particular, que la Agencia llevó a cabo ejercicios de seguimiento del presupuesto trimestrales, reuniones ad hoc de planificación de la contratación pública, y que proporciona periódicamente información a la dirección a fin de destacar los posibles retrasos o riesgos en la ejecución; toma nota de que la Agencia ha elaborado un acuerdo de nivel de servicio sobre contratación pública y gestión de contratos con las partes interesadas en la Agencia y que ha puesto en marcha herramientas de control adicionales como el seguimiento de las fechas de finalización o renovación de los contratos, la supervisión centralizada de la utilización de los contratos marco y un mayor acceso a los documentos y a la información a través de su sistema informático;

    11.

    Toma nota de los resultados del segundo ejercicio de evaluación de los puestos de trabajo de la Agencia, que muestran que el 13,8 % de los puestos se dedicaron a apoyo y coordinación de carácter administrativo, un 79,5 % a tareas operativas, y un 6,7 % a tareas financieras y de control; toma nota, asimismo, de una transferencia (+0,8 puntos porcentuales) de puestos de categorías administrativas a categorías operativas; considera que en el próximo informe anual debería introducirse también un desglose del personal por categorías y sectores así como por fuentes de financiación de sus actividades (tasas y gravámenes frente a las subvenciones de la Unión) con el fin de obtener una imagen más detallada de los recursos necesarios; toma nota de que, por primera vez, la Agencia ha alcanzado la plena ocupación de todos los puestos, de acuerdo con el plan previsto;

    12.

    Observa que, en 2015, la Agencia inició 33 procedimientos de contratación pública por un valor superior a los 60 000 EUR, incluidos doce procedimientos en apoyo del proyecto MOVE2016; señala, además, que se concluyeron aproximadamente 350 contratos específicos en el ámbito de contratos marco y 200 contratos de escasa cuantía;

    13.

    Señala que hay margen para mejorar la planificación de adquisiciones públicas de la Agencia, sobre todo por lo que se refiere a los contratos marco;

    Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

    14.

    Se congratula de la adecuada labor desarrollada en materia de prevención y gestión de los conflictos de intereses y confía en que se informe anualmente al Parlamento Europeo, al Consejo y al público acerca de los resultados y el seguimiento de estas medidas;

    15.

    Reconoce que la Agencia adoptó una estrategia de lucha contra el fraude en noviembre de 2014 para aumentar la eficacia de la prevención y detección del fraude así como para desarrollar procedimientos para contrarrestarlo; observa con satisfacción que en 2015 no se notificó ningún caso de fraude;

    16.

    Toma nota de que, en el segundo semestre de 2015 y en el transcurso de 2016, la Agencia ha evaluado de nuevo y continúa supervisando su sistema y entorno de control; señala que, como resultado principal de este ejercicio, la Agencia elaboró un código de conducta específico para los expertos externos que apoyan la labor de la Agencia, incluidas una política en materia de conflictos de intereses y una declaración de reconocimiento del código;

    17.

    Observa que la Agencia publicó las declaraciones de ausencia de conflicto de intereses y los currículos de los miembros del consejo de administración en su sitio web; lamenta, no obstante, que algunos de los currículos todavía no están disponibles o presentan discordancias; toma nota, además, de que la Agencia ha puesto en marcha una política en materia de prevención y gestión de conflictos de intereses que tiene en cuenta su personal externo, sus agentes interinos y los expertos nacionales en comisión de servicio; lamenta, no obstante, que la Agencia no previó ningún control de la veracidad de los hechos ni un proceso de actualización de las declaraciones de intereses; insta a la Autoridad a que ponga remedio a esta situación para garantizar que su gestión sea objeto de la supervisión y el control públicos necesarios; señala que la Agencia ha establecido y aplicado normas internas sobre la denuncia de irregularidades;

    18.

    Observa con preocupación que la Agencia no ha tomado ninguna iniciativa específica para aumentar la transparencia en relación con sus contactos con las partes interesadas y los grupos de interés; pide a la Agencia que apruebe una política proactiva de transparencia de los grupos de interés;

    Auditorías internas

    19.

    Observa que el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión (SAI) llevó a cabo una revisión de las acciones iniciadas a raíz de auditorías anteriores; toma nota, asimismo, de la conclusión del SAI en el sentido de que diez de las once acciones abiertas a raíz de sus auditorías anteriores fueron ejecutadas, y que se prevé cerrar la acción pendiente con la publicación del documento de planificación plurianual 2017-2020 en diciembre de 2015; reconoce, además, que el SAI consideró esta última acción como ejecutada en febrero de 2016;

    20.

    Toma nota de que la estructura de auditoría interna realizó en 2015 ocho encargos de fiabilidad en la Agencia; señala que las principales recomendaciones derivadas del trabajo de auditoría de la estructura de auditoría interna en 2015 fueron ejecutadas a lo largo de 2016; espera con interés el próximo informe anual de la Agencia y otros detalles en relación con estas auditorías;

    Control interno

    21.

    Observa que, en 2015, la Agencia efectuó una evaluación anual de las «normas de gestión de la AESA», que integran tanto normas de control interno como normas ISO; constata que en la evaluación se concluyó que el sistema de gestión de la Agencia cumple las normas de gestión pertinentes, gracias a la solidez del sistema de control que se ha establecido tanto a nivel de gestión como de proceso; señala que se han detectado algunas posibles mejoras en relación con la continuidad de las actividades y la gestión de la información y de los documentos; toma conocimiento de que la Agencia elaboró un plan de acción para definir el marco de la política y los hitos del plan de aplicación; constata, asimismo, que la Agencia completó la contratación de su responsable de continuidad de las actividades en el primer semestre de 2016;

    22.

    Toma nota de que en 2015 se llevaron a cabo dieciocho ejercicios de control a posteriori, que abarcaron los ámbitos del reembolso de los gastos de misión, los procedimientos de contratación pública, los prestadores de servicios de certificación y las operaciones relativas a servicios empresariales; se congratula de que todas las operaciones examinadas fueron legales y regulares;

    Otros comentarios

    23.

    Destaca la importancia vital que reviste la Agencia para garantizar la máxima seguridad aérea posible en toda Europa; subraya que en Europa se requiere un sistema europeo común de evaluación y de alerta, en particular en el contexto de los vuelos sobre las zonas de conflicto; subraya que, en el contexto de un sector en constante cambio como es el de la aviación civil —como atestigua el recurso cada vez más generalizado a vehículos aéreos no tripulados, los llamados drones—, habría que proporcionar a la Agencia los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para permitirle realizar con éxito sus tareas de reglamentación y ejecución en los ámbitos de la seguridad y la protección medioambiental sin poner en riesgo su independencia e imparcialidad;

    24.

    Señala que la revisión del Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) prevé una ampliación del alcance de las competencias de la Agencia y que, en este sentido, ha de tenerse plenamente en cuenta el papel que desempeñan las nuevas tecnologías, tales como los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia, a la hora de asignarle sus nuevas competencias; subraya la importancia de asignar una financiación adecuada a la Agencia para garantizar el éxito de la incorporación de estas nuevas responsabilidades así como una dotación adecuada de personal para cumplir con sus cometidos adicionales; destaca que los puestos de la Agencia (incluidas las correspondientes pensiones) que son íntegramente financiados por el sector, y por lo tanto no tienen incidencia en el presupuesto de la Unión, no deben estar sujetos a obligación alguna de reducción de personal;

    25.

    Acoge con satisfacción la adopción por parte del consejo de administración del documento de programación plurianual 2016-2020 (MAP), que incluye la estrategia de la Agencia, los objetivos plurianuales y las acciones anuales;

    26.

    Toma nota de que la Agencia y el Ministerio de Transportes alemán han concertado recientemente un texto para el acuerdo de sede de la Agencia, que fue firmado posteriormente en diciembre de 2016; observa que el acuerdo está pendiente de ratificación por el Bundestag alemán, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional; toma nota, además, de que se espera que el coste anual por metro cuadrado después del traslado sea un 20 % inferior respecto al edificio anterior; reconoce que esta disminución mejora la dotación de instalaciones, lo que permite la reintegración de actividades desarrolladas anteriormente en espacios de reunión alquilados ad hoc;

    27.

    Observa con preocupación el desequilibrio de género (23 % de mujeres y 77 % de hombres) que existe entre los miembros y suplentes de su consejo de administración; insta a la Agencia a que corrija este desequilibrio y comunique lo antes posible los resultados al Parlamento;

    28.

    Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (2) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.


    (1)  Reglamento (CE) n.o 216/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia Europea de Seguridad Aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) n.o 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE (DO L 79 de 19.3.2008, p. 1).

    (2)  Textos aprobados de esa fecha, P8_TA(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).


    Top