This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document L:1992:227:TOC
Official Journal of the European Communities, L 227, 11 August 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 227, 11 de agosto de 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 227, 11 de agosto de 1992
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CEE) n° 2334/92 del Consejo de 7 de agosto de 1992 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3906/89 con vistas a la ampliación de la ayuda económica a Eslovenia | |||
* | Reglamento (CEE) nº 2335/92 del Consejo, de 7 de agosto de 1992, relativo a una acción de urgencia para el suministro de productos alimenticios destinados a las poblaciones de Estonia, Letonia y Lituania | |||
Reglamento (CEE) n 2336/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n 2337/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 2338/92 DE LA COMISIÓN de 31 de julio de 1992 relativo a la interrupción de la pesca del bacalao por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de Alemania # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 2339/92 DE LA COMISIÓN de 6 de agosto de 1992 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los productos del código NC 7318 15 81 originarios de China, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 2340/92 DE LA COMISIÓN de 6 de agosto de 1992 relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a los produtos del código NC 9105 originarios de China, beneficiarios de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) no 3831/90 del Consejo # | |||
Reglamento (CEE) n 2341/92 de la Comisión, de 7 de agosto de 1992, por el que se adoptan las medidas definitivas relativas a la expedición de los certificados «MCI» en el sector de la carne de vacuno para los intercambios con Portugal | ||||
* | Reglamento (CEE) n° 2342/92 de la Comisión, de 7 de agosto de 1992, sobre las importaciones procedentes de terceros países y la concesión de restituciones por exportación de animales de la especie bovina reproductores de raza pura y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 1544/79 | |||
Reglamento (CEE) n° 2343/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, relativo al suministro de "corned beef" en concepto de ayuda alimentaria | ||||
* | Reglamento (CEE) nº 2344/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se definen las normas aplicables al suministro gratuito de productos agrarios destinados a la población víctima del conflicto en la antigua Yugoslavia establecido por el Reglamento (CEE) nº 2139/92 del Consejo | |||
Reglamento (CEE) n 2345/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se modifican las restituciones aplicables a la exportación de los cereales y de las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n 2346/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, relativo a la expedición de certificados de importación para las carnes de vacuno de alta calidad, frescas, refrigeradas o congeladas | ||||
Reglamento (CEE) n 2347/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se fijan las exacciones reguladoras sobre la importación del azúcar blanco y del azúcar en bruto | ||||
Reglamento (CEE) n 2348/92 de la Comisión, de 10 de agosto de 1992, por el que se modifican las exacciones reguladoras aplicables a la importación de productos transformados a base de cereales y de arroz |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |