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Document 32006R0308

Reglamento (CE) n o  308/2006 de la Comisión, de 22 de febrero de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

DO L 52 de 23.2.2006, pp. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/308/oj

23.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 52/1


REGLAMENTO (CE) N o 308/2006 DE LA COMISIÓN

de 22 de febrero de 2006

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2)

En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 23 de febrero de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de febrero de 2006.

Por la Comisión

J. L. DEMARTY

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 22 de febrero de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC

Código país tercero (1)

Valor global de importación

0702 00 00

052

81,1

204

46,2

212

139,7

624

111,0

999

94,5

0707 00 05

052

106,2

204

90,1

628

131,0

999

109,1

0709 10 00

220

60,4

999

60,4

0709 90 70

052

116,5

204

51,2

999

83,9

0805 10 20

052

48,2

204

52,4

212

45,9

220

51,2

624

59,2

999

51,4

0805 20 10

204

100,4

999

100,4

0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

052

58,8

204

125,1

220

48,0

464

141,8

624

70,1

662

54,4

999

83,0

0805 50 10

052

47,1

220

39,9

999

43,5

0808 10 80

400

135,2

404

100,9

528

97,2

720

66,5

999

100,0

0808 20 50

052

105,2

388

88,8

400

94,8

512

69,6

528

77,6

720

47,6

999

80,6


(1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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