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Document 32005D0941

    2005/941/CE: Decisión de la Comisión, de 1 de diciembre de 2004 , relativa a la ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la sociedad Bull [notificada con el número C(2004) 4514] (Texto pertinente a efectos del EEE)

    DO L 342 de 24.12.2005, p. 81–91 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/941/oj

    24.12.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 342/81


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 1 de diciembre de 2004

    relativa a la ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la sociedad Bull

    [notificada con el número C(2004) 4514]

    (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2005/941/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

    Después de haber invitado a los interesados a presentar sus observaciones de conformidad con dichos artículos (1) y vistas estas observaciones,

    Considerando lo siguiente:

    I.   PROCEDIMIENTO

    (1)

    El 13 de noviembre de 2002, la Comisión dio por finalizado el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado contra el anticipo de tesorería de 450 millones EUR concedido por Francia a Bull mediante la Decisión 2003/599/CE (2), decisión positiva supeditada a la condición de que la ayuda se reembolsase a más tardar el 17 de junio de 2003. El 26 de noviembre de 2003, la Comisión recurrió al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por el incumplimiento de dicha decisión por Francia (3). A finales de 2003 y principios de 2004, tuvieron lugar varias reuniones en las que las autoridades francesas y la sociedad Bull explicaron el contenido del plan de reestructuración de Bull, y en particular su tercera etapa, la de recapitalización. Francia notificó el proyecto de ayuda, objeto de la presente Decisión, por carta de 20 de febrero de 2004.

    (2)

    Por carta de 16 de marzo de 2000, la Comisión informó a España de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado con respecto a esta ayuda.

    (3)

    La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea  (4). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

    (4)

    La Comisión recibió observaciones a este respecto por parte de los representantes de los empleados de la sociedad Bull. El 8 de junio de 2004 tuvo lugar una reunión entre una delegación de estos representantes y la Comisión, a raíz de la cual los primeros transmitieron a la Comisión información complementaria. La Comisión transmitió esta información a Francia para que presentase observaciones, planteando al mismo tiempo preguntas sobre varios aspectos del caso. La Comisión recibió los comentarios y respuestas de Francia por cartas de 28 de mayo de 2004 y 29 de julio de 2004. El 10 de septiembre de 2004 se celebró una reunión entre las autoridades francesas y la Comisión.

    II.   DESCRIPCIÓN

    1.   Beneficiario

    (5)

    Bull es un grupo informático internacional, con sede en Europa, que opera en más de cien países (5). El grupo Bull es especialmente activo en dos ámbitos:

    Servidores informáticos profesionales de gama alta:

    Bull concibe y ofrece una gama de grandes servidores de uso profesional, así como servicios de mantenimiento directamente vinculados a los servidores. La cuota de mercado de Bull en la Comunidad en su composición a 30 de abril de 2004 (en lo sucesivo, «la Comunidad de los Quince») asciende a aproximadamente el 3 % (aproximadamente el 5 % para los servidores de gama media y alta). Sus principales competidores en este capítulo son IBM (34,3 % de cuota de mercado), Hewlett Packard (HP), que adquirió Compaq en 2001 (29,4 %), Sun (12,6 %) y Fujitsu/Siemens (8,9 %).

    Servicios especializados de ingeniería informática:

    Bull desarrolla e integra distintas aplicaciones, construye arquitecturas de software, etc. A raíz de la venta de su división Integris a Steria, la actividad de Bull en este mercado se concentra sobre todo en Francia e Italia. En este ámbito, los principales competidores de Bull son IBM y HP. La cuota de mercado de Bull en la Comunidad de los Quince es inferior al 1 %.

    (6)

    El volumen de negocios de Bull en 2003 alcanzó los 1 265 millones EUR, que se distribuyen del siguiente modo: productos 46 %, mantenimiento asociado 27 % y servicios 27 %.

    (7)

    Bull es una sociedad anónima de Derecho francés. Sus accionistas, después de la recapitalización de julio de 2004 y después del ejercicio de los derechos de suscripción de acciones por los tenedores anteriores, son France Télécom y NEC, cada uno con un 10,1 %; Axa Private Equity y Artemis con un 8,6 %; los directivos de Bull con un 5,1 %; Motorola con un 3,0 %, y Debeka con un 2,9 %. El Estado francés sólo tiene el 2,9 %, y el 57,3 % restante está compuesto por el accionariado flotante.

    (8)

    Desde 1994, para solucionar las dificultades encontradas a principios de los años 90, Bull aplicó las medidas previstas en un plan de reestructuración anterior, de acuerdo con los compromisos asumidos por Francia y recogidos por la Comisión en su Decisión 94/1073/CE, de 12 de octubre de 1994, relativa a una ayuda de Estado de Francia al grupo Bull en forma de una ampliación de capital no notificada (6). En particular, se cedió Zenith Data Systems y se cerró la división OSS («open systems and software»). Además, Francia procedió a la privatización de Bull abriendo su capital. A partir de 1999, de nuevo, Bull se vio obligada a ceder activos y a despedir personal. En 2000, un plan llevó a una concentración estratégica, a la cesión de activos no estratégicos, así como a una reducción de costes. A finales de 2001, Bull sólo contaba con 9 500 empleados en toda Europa, en vez de los 11 500 que tenía en 1999.

    2.   Las dificultades de Bull antes del plan de reestructuración objeto de la presente Decisión

    (9)

    A pesar de las medidas expuestas en el considerando 8, el plan fracasó en 2001. Por una parte, la crisis bursátil de los valores tecnológicos impidió a Bull ceder su división Integris, muy deficitaria, a terceros. Por otra parte, la crisis del sector de Internet penalizó gravemente las actividades de las tecnologías vinculadas a Internet. El hundimiento del mercado de las telecomunicaciones y el estallido de la burbuja de Internet, la fuerte reducción de los márgenes de las empresas y las tensiones internacionales condujeron a una contracción de la demanda. Los gastos de las empresas en ordenadores descendieron mucho en 2002 (25 % para los servidores de gama media y alta). El mercado de los servicios experimentó un repliegue drástico con relación a la subida anterior a causa del problema del paso al año 2000 y la transición al euro. La degradación de la situación económica a raíz de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 empeoró aún más la situación de Bull.

    (10)

    Desde hacía varios años Bull había invertido mucho en las tecnologías de Internet, basando su oferta comercial en los conceptos de «servicios electrónicos» y de «infraestructura de red». La crisis del sector de Internet demostró que Bull, en este contexto, realizó malas elecciones tecnológicas y se concentró en mercados donde no tuvo éxito. Por otra parte, Bull demostró una importante falta de coherencia entre sus ambiciones en términos de mercados objetivos y productos ofrecidos, por una parte, y las inversiones de desarrollo tecnológico y los gastos comerciales y administrativos realizados, por otra parte.

    (11)

    Asimismo, el grupo sufrió la repercusión de unas cargas muy elevadas vinculadas a los sistemas de jubilación de sus empleados en Estados Unidos. De acuerdo con las normas americanas, el activo del balance consolidado incluía el coste de las jubilaciones que deben pagarse, que representaba el excedente del valor de los activos del fondo de pensiones (valor de mercado actual) comparado con la deuda actualizada de los derechos de jubilación previstos. En 2002, Bull tomó la decisión de transferir la totalidad de sus obligaciones en materia de jubilación a las compañías de seguros. En combinación con la caída de los valores bursátiles, esta decisión se tradujo en una pérdida financiera de 87 millones EUR para el conjunto de los años 2002 y 2003.

    (12)

    La incertidumbre sobre la capacidad financiera de la empresa condujo a una cierta reticencia por parte de los clientes para la realización de grandes proyectos, pues dichos clientes no tenían la seguridad de que la empresa pudiera cumplir sus obligaciones en los años siguientes. Los proveedores impusieron condiciones de pago más rigurosas, mientras que Bull apenas tenía acceso a las garantías bancarias.

    3.   Plan de reestructuración

    (13)

    El 2 de diciembre de 2001, se nombró a un nuevo presidente de Bull. Su plan de reestructuración, adoptado por el consejo de administración en marzo de 2002, incluye una reducción masiva de los gastos generales y de personal, así como la concentración en los puntos fuertes de la empresa mediante importantes cesiones de activos industriales. La estrategia de desarrollo está basada en tres ejes principales:

    valorizar el parque de grandes servidores de empresas garantizando la perpetuidad de las soluciones utilizadas por los clientes, aportándoles al mismo tiempo una evolución tecnológica competitiva,

    situarse como líder europeo de las soluciones a base de arquitectura INTEL 64 bits y de programas informáticos de fuente abierta en mercados específicos,

    proseguir el desarrollo de las actividades de servicios en los ámbitos donde Bull se diferencia, en particular, mediante el suministro de soluciones completas (material + middleware + aplicaciones) en sectores prioritarios, como el sector público (impuestos y aduanas, sistemas sociales, administración pública en línea), la defensa y la seguridad, así como los operadores de telecomunicaciones (7).

    (14)

    Los principios rectores del apartado financiero son los siguientes:

    una reducción de aproximadamente el 90 % de la deuda de 204 millones EUR para los titulares de obligaciones convertibles, en combinación con una oferta de conversión de sus títulos en acciones o en acciones con derecho de suscripción. Esto se traduce en un aplazamiento del vencimiento de sus obligaciones, una reducción del cupón anual y una supresión de la prima de reembolso. Las condiciones de la oferta de cambio de sus obligaciones son bien con carácter principal 20 nuevas acciones por una obligación, o con carácter subsidiario 16 acciones más 16 derechos de suscripción de acciones, cuya fecha límite para el ejercicio es el 15 de diciembre de 2004. La gran mayoría optó por la oferta subsidiaria, y en el supuesto de que ejercieran sistemáticamente sus derechos de suscripción, los titulares de obligaciones convertibles aportarían por esta vía 17,2 millones EUR,

    un aumento de capital lanzado en el mercado y garantizado hasta un máximo de 33 millones EUR por un grupo de inversores: NEC y France Télécom (accionistas históricos de Bull), 7,5 millones EUR cada una; Debeka (compañía de seguros alemana y cliente importante de Bull), 3 millones EUR; los fondos de inversiones Axa Private Equity y Artemis, 7 y 2 millones EUR, respectivamente, y, finalmente, 350 directivos del grupo Bull, 6 millones EUR. En realidad, el público aportó 13,8 millones EUR. Por tanto, las contribuciones de los inversores sólo alcanzan un nivel de cerca del 90 % de los importes garantizados. El aumento total alcanza los 44,2 millones EUR,

    la ayuda descrita en la sección 4, consistente en un pago de 517 millones EUR, acompañada de una cláusula de retorno a la prosperidad.

    (15)

    Tras la aplicación de todas estas medidas, los capitales propios del Grupo Bull deberían alcanzar los 59,2 millones EUR. Las proyecciones financieras asociadas al plan figuran en el cuadro.

    Cuadro

    (en millones EUR)

     

    2004

    2005

    2006

    2007

    Volumen de negocios

    […] (8)

    […]*

    […]*

    […]*

    BAII (9)

    […]*

    […]*

    […]*

    […]*

    Resultado neto

    […]*

    […]*

    […]*

    […]*

    4.   Descripción de la ayuda

    (16)

    La ayuda notificada adoptará la forma de un pago por el Estado francés de 517 millones EUR, que se efectuará como pronto el 31 de diciembre de 2004. Este importe equivale a la ayuda de salvamento autorizada por la Decisión 2003/599/CE, incluidos los intereses desde su pago en diciembre de 2001 y junio de 2002. La nueva ayuda no se pagará efectivamente hasta después del reembolso por Bull de esta ayuda de salvamento. A cambio, el Estado impone una cláusula de retorno a la prosperidad, estructurada en forma de pago al Estado por la sociedad Bull del 23,5 % de su resultado corriente antes de impuestos sobre una base consolidada durante un período de ocho años a partir del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2005.

    (17)

    Según las autoridades francesas, esta cláusula representa un valor actualizado de entre 50 y 60 millones EUR. La ayuda máxima, por tanto, ascendería a 467 millones EUR, lo que representa alrededor del 90 % del crédito existente. De esta forma, las autoridades francesas pretenden garantizar un tratamiento similar al de los titulares de obligaciones convertibles, que, a su vez, renuncian a aproximadamente el 90 % de sus créditos.

    III.   MOTIVOS DE LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN ELARTÍCULO 88, APARTADO 2, DEL TRATADO

    (18)

    La decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado incluye una evaluación preliminar de la ayuda, en particular a la luz de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (10) (en lo sucesivo, «las Directrices»). En dicha decisión, la Comisión dudaba que el plan garantizara el restablecimiento de la viabilidad. Las últimas cifras financieras demostraban un restablecimiento de la viabilidad en caso de sanearse el balance, pero la Comisión estimó que el plazo de un año era demasiado limitado para demostrar el restablecimiento la viabilidad. Las previsiones para los mercados en cuestión no eran muy detalladas, parecían desiguales y parecía que varios mercados iban a seguir siendo difíciles, sobre todo a corto plazo. Básicamente, la información proporcionada por las autoridades francesas no permitía evaluar si Bull sería capaz de beneficiarse de un posible crecimiento de los mercados, dado que las actividades industriales restantes del grupo se basaban en gran medida en la fabricación de sistemas donde la competencia se mantenía fuerte. Además, el proyecto de recapitalización no incluía a ningún socio nuevo aparte de los operadores ya presentes, que eran France Télécom y NEC.

    (19)

    Visto el elevado importe de la ayuda, la Comisión temía también que se produjeran distorsiones de competencia indebidas, que la ayuda no se limitara al mínimo necesario y que llevara a la empresa a disponer de liquidez excedentaria que podría dedicar a actividades agresivas susceptibles de causar distorsiones en el mercado y que no estarían vinculadas al proceso de reestructuración. Por ejemplo, no quedaba claro cuáles serían los coeficientes de solvencia y de liquidez después del pago de la ayuda y cómo se situarían éstos en comparación con los de los competidores en los mercados en cuestión.

    IV.   OBSERVACIONES DE LOS TERCEROS Y COMENTARIOS DE FRANCIA

    (20)

    Francia transmitió proyecciones actualizadas para los mercados en cuestión, precisiones sobre los principales competidores, sobre los datos financieros y sobre los acontecimientos de los últimos meses, en particular, el éxito de la recapitalización.

    (21)

    Francia destaca que la ayuda va acompañada de importantes compromisos financieros por parte de algunos accionistas y acreedores privados. Desde el punto de vista de la competencia, la perpetuación de Bull parece más tendente a favorecer la competencia en el mercado europeo que a obstaculizarlo. La cuota de mercado de Bull no le permitiría desempeñar un papel de líder en materia de precios; desempeñaría más bien el papel de outsider, útil para animar la competencia. La aplicación de la estrategia de Bull basada en Itanium y en la fuente abierta reforzaría este papel en el futuro.

    (22)

    Francia constata que la mejora de los resultados de la empresa se vio confirmada a lo largo del año 2003 en una coyuntura deteriorada. Las previsiones para 2004, que se inscriben en un medio difícil, arrojan un resultado operativo similar al de 2003: un BAII de 17 millones EUR y un resultado neto de 2 millones EUR para el primer semestre de 2004. Esto demostraría que la empresa llegó a reducir sensiblemente su punto muerto. Por consiguiente, la mejora del volumen de negocios prevista a partir del próximo año debido a la recuperación de los mercados que se espera para 2005, al despegue de las nuevas ofertas de Bull y a una situación financiera restablecida, se traduciría mecánicamente por una progresión suplementaria de la rentabilidad. El plan comercial para el período 2004-2007 demostraría también que la vuelta a la viabilidad de la empresa sería duradera.

    (23)

    Al fundar también su desarrollo en los servidores a base de arquitectura INTEL 64 bits, Bull escogió alternativas tecnológicas correspondientes a las necesidades de los clientes para los próximos años. Además, la utilización de esta tecnología en los servidores Bull abre nuevos ejes de crecimiento, en particular en el ámbito del cálculo científico.

    (24)

    En materia de servicios, la estrategia de Bull se inscribe en el cruce de tres competencias distintas y de tres sectores prioritarios. Los ámbitos de competencia son los siguientes: 1) la integración y el desarrollo de infraestructuras abiertas; 2) la seguridad de los sistemas de información, y 3) la gestión de la información de sistemas distribuidos. Los sectores prioritarios son aquellos a los que pertenecen los clientes más fieles de Bull: las administraciones, los operadores de telecomunicaciones y los servicios públicos (utilities).

    (25)

    Estas competencias y estas opciones sectoriales están perfectamente sincronizadas con las principales tendencias del mercado que resultan de los análisis de los expertos: máximo aprovechamiento y reducción de los costes de las infraestructuras (que generan necesidades de desarrollo de infraestructuras abiertas), urbanización y consolidación de los sistemas de información (ámbitos de excelencia de Bull), administración y protección (donde Bull interviene en distintos capítulos: fabricante de equipos de criptografía, editor de programas informáticos e integrador). Asimismo, Bull se ha situado muy rápidamente en determinados mercados emergentes: plataformas móviles, administración electrónica y generalización de la identidad y la firma electrónicas.

    (26)

    Como el peso de Bull es muy relativo y la concentración en el mercado de referencia muy fuerte, la ayuda a Bull no implicaría distorsiones de la competencia indebidas. En algunos mercados específicos, la oferta de Bull sería la única alternativa creíble a IBM. Además, la estrategia de Bull dirigida hacia la fuente abierta dinamizaría la competencia en el mercado de los servidores en los próximos años.

    (27)

    La ayuda se limitaría al mínimo. La viabilidad de la empresa exige precisamente la reconstitución de los capitales propios, siendo la ayuda y el desendeudamiento factores esenciales. Los distintos inversores no habrían aceptado invertir si una parte de la financiación necesaria para el restablecimiento de la viabilidad de la empresa se hubiera obtenido mediante empréstito.

    (28)

    Bull no debería disponer de liquidez excedentaria después del pago de la ayuda. Ésta permitiría restablecer los capitales propios a un nivel adecuado, pero lejos de ser excesivo, lo que confirmarían el cociente de la deuda sobre fondos propios y el cociente de la cobertura de deudas a corto plazo mediante el activo circulante comparados a los mismos cocientes de los principales competidores.

    (29)

    Por lo que respecta a la contribución privada al plan de reestructuración, habría que sumar tres elementos: los esfuerzos realizados por la propia empresa en 2002-2003, el aumento de capital y la contribución de los titulares de obligaciones convertibles.

    (30)

    Francia recuerda que, en los considerandos 60 y 70 de la Decisión 2003/599/CE, que autorizan el pago de una ayuda de salvamento a Bull, la Comisión indicó expresamente que Francia no deberá conceder ayuda a la reestructuración de Bull antes del 31 de diciembre de 2004.

    (31)

    Los representantes de los empleados de Bull apoyan el plan de reestructuración y destacan la importancia de la ayuda para la continuidad de la empresa y los empleos existentes. Apoyan los elementos aportados por las autoridades francesas y han transmitido información y referencias complementarias relativas en particular a la viabilidad y a la situación competitiva de la empresa. Sus comentarios se han comunicado a las autoridades francesas, que han manifestado su acuerdo.

    V.   EVALUACIÓN DE LA AYUDA

    1.   Existencia de ayuda

    (32)

    El artículo 87, apartado 1, del Tratado declara que «serán incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones».

    (33)

    La medida notificada por Francia constituye una ayuda en el sentido del artículo 87, apartado 1, del Tratado. Esta ayuda, concedida por el Estado, será financiada con recursos del Estado en beneficio de una empresa concreta, Bull. La ayuda no se ajusta al principio del inversor privado en una economía de mercado. En particular, no se podría mantener que el Estado interviene al mismo título y en las mismas condiciones que los titulares de obligaciones convertibles, porque el crédito de Francia se refiere a una ayuda estatal de salvamento cuyo plazo de reembolso ha vencido, y la renuncia al cobro, o la concesión de una nueva ayuda de un importe equivalente al de la ayuda pendiente de reembolsar no responde al comportamiento de un inversor y no puede por tanto apreciarse de acuerdo con el principio del inversor privado. Además, la medida notificada difiere en su forma y en sus condiciones de las medidas financieras adoptadas por los accionistas y los titulares de obligaciones convertibles. En cualquier caso, la medida notificada no va acompañada de compromisos financieros comparables por parte de los otros accionistas. La ayuda afecta a los intercambios entre Estados miembros y falsea o amenaza con falsear la competencia debido al hecho de que Bull es una empresa internacional, y que sus productos son objeto de intercambios internacionales. Además, Bull tiene competidores en el mercado común, tales como IBM, Fujitsu/Siemens, Sun y HP. Las autoridades francesas no cuestionan esta valoración.

    2.   Compatibilidad de la ayuda

    (34)

    La medida notificada debe evaluarse como ayuda estatal ad hoc. El artículo 87, apartados 2 y 3, del Tratado prevé excepciones a la incompatibilidad general prevista en el apartado 1 de dicho artículo.

    (35)

    El artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado prevé la compatibilidad con el mercado común de las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común. Sobre esta base, la Comisión adoptó unas directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (11). A la vista de las cifras relativas a sus fondos propios, está claro que la sociedad Bull debe ser considerada como empresa en crisis según lo dispuesto en el punto 5, letra a), de las Directrices, y que el conjunto del grupo está también en crisis según lo dispuesto en los puntos 4 a 8 de dichas Directrices (12). Tras efectuar un examen, la Comisión considera que ningún otro marco comunitario ni ninguna otra disposición permitirían en este caso declarar la ayuda compatible con el mercado común. Por otra parte, Francia no ha alegado ninguna otra excepción al Tratado y se ha basado exclusivamente en las Directrices para defender la compatibilidad de la ayuda en cuestión. La Comisión evaluó, por tanto, la ayuda a la luz de las Directrices.

    (36)

    Las Directrices prevén cuatro condiciones acumulativas para autorizar una ayuda a la reestructuración: un plan que garantice la viabilidad a largo plazo, la prevención de las distorsiones de competencia, ayudas limitadas al mínimo y la total aplicación del plan de reestructuración. Además, se aplican los principios de «ayuda única» (one time, last time) y el resultante de la jurisprudencia [Deggendorf (13)].

    (37)

    Según las Directrices, la concesión de la ayuda está supeditada a la ejecución del plan de reestructuración que habrá sido autorizado por la Comisión para todas las ayudas individuales. El plan de reestructuración, cuya duración ha de ser lo más breve posible, ha de permitir que se restablezca la viabilidad a largo plazo de la empresa en un plazo razonable, partiendo de hipótesis realistas por lo que se refiere a las condiciones futuras de explotación. Por consiguiente, la ayuda de reestructuración deberá estar vinculada a un programa viable de reestructuración, por cuya aplicación velará el Estado miembro.

    (38)

    La ayuda en cuestión está vinculada al plan de reestructuración de marzo de 2002 y a su capítulo financiero, que se concretó en el momento de la notificación de la ayuda. Este plan se refiere al período que llega hasta finales de 2007, tras el cual la situación financiera debe haberse restablecido, y haberse establecido la nueva estructura. La mayoría de las medidas ya se han aplicado y la recapitalización está finalizada. Sin embargo, el período que va hasta finales de 2007 puede considerarse como un plazo razonable y necesario para reestructurar la oferta de la empresa y para adaptar sus actividades a la evolución de los mercados en cuestión.

    (39)

    El plan parece basarse en hipótesis realistas relativas a las condiciones de explotación futuras. Tiene en cuenta la lenta recuperación de los mercados y no parece exageradamente optimista. El plan presenta tres situaciones en cuanto a los resultados de la recapitalización, de los cuales el más optimista es el más cercano al resultado actual. El plan destaca el restablecimiento de una coherencia entre la estrategia de la empresa, sus puntos fuertes, las necesidades de los clientes y la evolución tecnológica. Habida cuenta de las incertidumbres tecnológicas y comerciales, el plan parece lo suficientemente preciso habida cuenta de la información adicional enviada por las autoridades francesas.

    (40)

    La mejora de la viabilidad resulta principalmente de la aplicación de medidas internas, en particular el cese de las actividades no esenciales, la reestructuración de la oferta y la reducción de los gastos generales.

    (41)

    Las dificultades de la empresa se deben sobre todo a malas elecciones tecnológicas y a la concentración en mercados en los que Bull no ha tenido éxito. Estas actividades se han abandonado, incluida la red de servicios en varios países europeos. Varias razones que son causa de pérdidas específicas, como las vinculadas a los sistemas de jubilaciones, no se repetirán. La mayoría de los altos directivos han sido sustituidos. Bull se ha centrado en sus puntos fuertes.

    (42)

    Para los años 2000 a 2002, el margen bruto sobre el volumen de negocios se situaba entre el 21 % y el 25 %. Sin embargo el conjunto de los gastos de investigación y desarrollo, los gastos comerciales y los gastos administrativos superaba el margen bruto por un importe cercano a los 100 millones EUR cada año. El plan de reestructuración prevé una rectificación de este desequilibrio: los gastos de investigación y desarrollo disminuyen de 160 millones EUR en 2000 a […]* millones EUR previstos para los años 2005-2007. Los gastos comerciales y administrativos disminuyen de 706 millones EUR en 2000 a […]* millones EUR previstos para los años 2006-2007. Las proyecciones tienen en cuenta las provisiones vinculadas a posibles decisiones judiciales (contingency). Esta línea aumenta hasta alcanzar el […]* % del volumen de negocios en 2007. Sobre la base de estas proyecciones, el BAII futuro se estima en el […]* % después de las provisiones para posibles decisiones judiciales. Los gastos actuales para 2003 y el primer semestre de 2004 apoyan las proyecciones. Desde este punto de vista, la Comisión considera que el plan de reestructuración permite un resultado operativo satisfactorio.

    (43)

    Para el futuro, la recuperación de la demanda está prevista a un ritmo más moderado que en la década anterior, bajo el efecto combinado de varios factores: la disminución de las tarifas de comunicación, el desarrollo de las redes de banda ancha, el desarrollo de los teleprocedimientos en el sector público, la potenciación de las aplicaciones compartidas por Internet, el desarrollo de la movilidad y la mayor consideración de las dificultades de seguridad y, por último, la generalización de las tecnologías digitales que sustituyen a las herramientas analógicas anteriores. Según las últimas previsiones de IDC (International Data Corporation) para los años 2003 a 2007, el mercado europeo de los servidores crecerá un 44 % en volumen, y el de los servidores de gamas media y alta un 39 %. El mercado de los servidores a base de componentes INTEL 64 bits, que constituye un eje principal de desarrollo de Bull, experimentará un desarrollo considerable. En efecto, el mercado se estima en cerca de 2 400 millones de dólares estadounidenses en 2007, lo que representaría el 16 % del mercado de servidores (frente a menos del 1 % en 2003).

    (44)

    Así pues, IDC, en un estudio de diciembre de 2002, prevé en Europa occidental un aumento del 30 % de los gastos de las empresas en servicios y de alrededor del 20 % en los servidores de aquí a 2006. Las previsiones más recientes de Gartner (noviembre de 2003) para los servicios en Europa occidental son del + 3 % en 2004, con un índice de crecimiento medio anual del 6,2 % entre 2002 y 2007. Por lo que respecta a los servidores, el crecimiento se diferenciará sobre todo en función de las tecnologías empleadas; en particular, los componentes INTEL Itanium, que constituyen la base de la nueva oferta de servidores de Bull y que comenzaron a utilizarse en 2003, deberían alcanzar un volumen de negocios de 8 000 millones EUR en 2008. El mercado de servicios está muy disperso, es muy competitivo y está en reestructuración permanente, pero a medio/largo plazo el crecimiento será más rápido que el del mercado de productos. En conclusión, las condiciones de los mercados en cuestión no ponen en entredicho el restablecimiento de la viabilidad y hacen posible el aumento de la parte de servicios en las ventas totales y el margen bruto, tal como se prevé en el plan de reestructuración.

    (45)

    Varios estudios confirman las proyecciones de crecimiento en los nichos previstos por Bull y las oportunidades en las tecnologías elegidas (14).

    (46)

    El parque de grandes servidores, los «GCOS», de los clientes actuales constituye una importante fuente de beneficios. Sin embargo, después de […]*, la sustitución de los GCOS habrá finalizado y Bull deberá hacer frente a sus competidores y realizar sus ambiciones, incluso las más modestas, en otras condiciones. En este contexto, la Comisión tuvo en cuenta, en particular, lo que figura a continuación en los considerandos 47 a 54.

    (47)

    Con la elección de las soluciones a base de arquitectura INTEL 64 bits, para programas de fuente abierta y para sacar provecho de la normalización de los componentes (commoditisation), todo indica que Bull toma el camino tecnológico correcto, correspondiente a la evolución del mercado y a las necesidades de sus clientes. Esta evolución aumentará la intensidad de la competencia en los mercados de servidores y en los contratos de servicios, pero gracias a su tamaño, Bull puede invertir importes considerables en I+D y ofrecer una gama más amplia y coherente que las empresas nuevas y las pequeñas empresas más especializadas. Su tamaño también podría otorgarle una cierta fiabilidad ante los clientes que conceden una importancia estratégica a la elección de su proveedor de servidores. Los gigantes como IBM, HP y Dell, por el contrario, están más especializados en productos de gran serie cuyo ámbito de aplicación es más amplio y donde los clientes no tienen la misma necesidad de productos «a la medida».

    (48)

    El plan va dirigido a los sectores donde los clientes son más fieles: el sector público, la defensa y la seguridad, así como los operadores de telecomunicaciones. Bull no tiene mayores ambiciones que las de un niche player.

    (49)

    La introducción en el mercado de la nueva gama de servidores NovaScale, destinada a la sustitución de los sistemas GCOS, ha sido evaluada positivamente por expertos independientes (15). En este ámbito, Bull ha realizado ventas de referencia importantes y esta línea de productos se diferencia de los productos competidores por su coste, fiabilidad, facilidad de uso y adaptabilidad de tamaño.

    (50)

    La reestructuración de Bull le permite restablecer una coherencia entre su tecnología, su oferta, su organización y sus objetivos a corto plazo. Una causa importante de las dificultades de la empresa era precisamente la ausencia de tal coherencia. La renovación de su personal, objetivo ampliamente realizado en 2002, y la gama sustancial de asociaciones estratégicas garantizarán los activos tecnológicos futuros.

    (51)

    El papel previsto para la nueva línea de servidores a base de procesadores INTEL, sobre todo el procesador 64 bits, es muy importante: en 2007, el volumen de negocios debería alcanzar el […]* % de las ventas totales, con un margen bruto del […]* %. Como ya no se trata de una tecnología específica, es lógico que este margen no alcance el nivel de los márgenes en los antiguos servidores, los GCOS. Los servidores a 64 bits permiten soportar sistemas más complejos y más amplios, pero son obviamente más costosos que los servidores «normales» a 32 bits. Bull intentará ganar la confianza de sus clientes por la calidad técnica de sus servidores a 64 bits, añadiendo su oferta de servicios, cuyas competencias especializadas están reconocidas, en torno a estos productos. Establecerá una cooperación entre sus propios equipos y los de sus clientes. La Comisión reconoce que esta estrategia es coherente con la concentración de Bull en determinados sectores.

    (52)

    Por lo que respecta al segmento de los servicios, procede hacer mención de algunas conclusiones del informe de Forrester ya citado (16). Por lo que se refiere a los servicios de fuente abierta, la tecnología de Bull se considera mejor que la de los otros generalistas globales como IBM. Entre los generalistas globales y los de tamaño medio, Bull es el único que posee una cobertura tecnológica completa. El informe sólo menciona a un único pequeño especialista de fuente abierta que tiene la misma cobertura.

    (53)

    El proyecto de recapitalización no implica a ningún nuevo socio industrial aparte de los operadores ya presentes, que son France Télécom y NEC. Sin embargo, la participación de Debeka, compañía de seguros, apoya la estrategia de focalización en un número de sectores reducido. Por otra parte, Bull dispone de varias asociaciones y se ha comprometido en varios proyectos de desarrollo de tecnologías clave para las actividades futuras. Por último, a título de ejemplo, cabe mencionar la firma de un primer contrato Original equipment manufacturer con Kraftway, el fabricante ruso líder en servidores con base INTEL. Otro acuerdo se refiere a la distribución de servidores en China.

    (54)

    En conclusión, la Comisión considera que el plan de reestructuración permite a Bull situarse satisfactoriamente. A pesar de los riesgos tecnológicos y comerciales inherentes a los mercados en cuestión, la Comisión considera que el restablecimiento de la viabilidad está suficientemente garantizado.

    (55)

    Para que la Comisión autorice las ayudas a la reestructuración, éstas deben cumplir una segunda condición, a saber, introducir contrapartidas que reduzcan todo lo posible los efectos negativos que podrían tener las ayudas en los competidores.

    (56)

    Tal y como ha destacado Francia, las cuotas de mercado de Bull en el ámbito de los servicios y en el ámbito de los servidores son muy escasas. En el ámbito de los servidores, el mercado geográfico en cuestión debe considerarse mundial o al menos europeo. En 2002, en el conjunto del mercado de los servidores de la Comunidad de los Quince, Bull tenía una cuota de mercado de aproximadamente el 3 %. En el segmento de los servidores medios y de gama alta, Bull había conservado una posición de cerca del 5 %, muy por detrás de los principales competidores que son IBM (40 %), HP-Compaq (24 %), Sun (17 %) y Fujitsu (9 %). En el segmento de gama alta, la cuota de mercado será más elevada. En efecto, Bull quiere situarse como líder europeo de las soluciones a base de arquitectura INTEL 64 bits y de programas de fuente abierta en mercados específicos. El mercado de los servidores a base de arquitectura INTEL 64 bits se estima en cerca de 2 400 millones de dólares estadounidenses para 2007, lo que representaría el 16 % del mercado de los servidores (frente a menos del 1 % en 2003).

    (57)

    En el ámbito de los servicios, hay indicios de que el mercado geográfico en cuestión debe considerarse europeo, aunque no pueda excluirse la existencia de mercados regionales o nacionales. En el mercado de servicios de la Comunidad de los Quince, Bull tenía en 2002 una cuota de mercado cercana al 0,4 % y desde 2002, Bull se ha centrado aún más en los servicios de infraestructura y sus otras especificidades, sufriendo fuertes reducciones de su volumen de negocios en los servicios. En un estudio de septiembre de 2003, publicado por el Instituto Gartner, Bull no figura entre los diez primeros competidores en el mercado mundial de servicios informáticos, y en 2002 sólo ocupa el vigésimo segundo lugar en el mercado europeo. Este mercado es por otro lado muy competitivo, lo que permitió, por ejemplo, la autorización por la Comisión de las operaciones de concentración de varios competidores de Bull [HP-Compaq (17), Cap Gemini-Transiciel (18), ATOS Origin-SEMA (19)] por la razón de que estas concentraciones no afectarían a las condiciones de competencia en los mercados de servicios informáticos.

    (58)

    Obviamente, la presencia de la empresa es más importante en determinadas áreas geográficas, en particular, en Francia. Pero la competencia sigue siendo importante, incluso en estas áreas geográficas.

    (59)

    Para algunos segmentos de mercado de servidores en Europa, la perpetuación de Bull tendrá el efecto de estimular la competencia en el mercado, en particular, en los segmentos donde la posición de IBM es preponderante. En el segmento de los sistemas de alta intensidad de transacciones, por ejemplo, la oferta de Bull parece constituir la única alternativa a IBM para todos los clientes que no pueden emigrar fácilmente hacia las soluciones de Sun, HP o Wintel (bancos, seguros, organismos sociales, administraciones sociales, etc.). […]* pone de manifiesto que este tipo de clientes desea conservar la perpetuidad de la oferta de Bull. Se trata, sin embargo, de nichos de mercado muy específicos y la perpetuación de Bull tiene poca incidencia en la competencia del segmento de los servidores de gama alta en su conjunto.

    (60)

    La Comisión tiene también en cuenta el hecho de que la estrategia de Bull está dirigida hacia la fuente abierta. Por otra parte, la mayoría de los competidores son al mismo tiempo socios en varios proyectos de desarrollo. Ningún competidor ha aludido a distorsiones de la competencia con ocasión de la incoación del procedimiento.

    (61)

    No se ha previsto ninguna operación de crecimiento externo, salvo la adquisición de «materia gris», que es una práctica frecuente en el sector. Bull considera que toda compra importante va contra la estrategia del plan de reestructuración y plantearía problemas de integración.

    (62)

    Bull ha cedido activos importantes. En el segmento de los productos, Bull cedió el conjunto de las actividades relativas a los autómatas bancarios, los terminales de pago, las tarjetas inteligentes y una buena parte de sus programas informáticos de middleware. En el mercado de servicios, Bull cedió la mayor parte de su red comercial fuera de Francia e Italia mediante la venta de su división Integris a Steria. El plan de reestructuración prevé la focalización en torno a las actividades básicas. Esto limita también el impacto negativo de la ayuda en la competencia entre Estados miembros. En este contexto, es importante que esta estrategia, prevista en el plan de reestructuración, se siga efectivamente.

    (63)

    Habida cuenta de lo anterior, la Comisión considera que se evitan falseamientos indebidos de la competencia. La posición de Bull en los mercados en cuestión, junto con el cumplimiento del plan de reestructuración y la focalización efectuada, hace que no se necesiten contrapartidas adicionales.

    (64)

    Para que la ayuda pueda autorizarse, es necesario que se cumpla una tercera condición, consistente en que el importe y la intensidad de la ayuda se limiten al mínimo estricto necesario para permitir la reestructuración en función de las disponibilidades financieras de la empresa, sus accionistas o el grupo de que forma parte. Los beneficiarios de la ayuda deben contribuir de manera significativa al plan de reestructuración con sus propios recursos. En cualquier caso, es necesario demostrar a la Comisión que la ayuda se utilizará solamente para restablecer la viabilidad de la empresa y que no permitirá a su destinatario aumentar su capacidad de producción durante la aplicación del plan de reestructuración.

    (65)

    La contribución del beneficiario y sus accionistas es sustancial. Desde el 31 de diciembre de 2001, Bull contribuyó a la reestructuración con 160 millones EUR, procedentes de cesiones de activos no pertenecientes a la actividad central en 2002 y durante el primer semestre de 2003. Además, para las acciones de reestructuración había reservado 94 millones EUR procedentes de su tesorería disponible a 31 de diciembre de 2001 (20). Los accionistas existentes y nuevos contribuyeron a la recapitalización con 44,2 millones EUR, lo que constituye una contribución sustancial. El hecho de que la suscripción al capital de inversores proceda parcialmente de empresas que tienen asociaciones con Bull (France Télécom, NEC), de clientes (Debeka), y de directivos del grupo Bull, no quita nada a esta constatación. La Comisión puede tener en cuenta también el capital aportado con el ejercicio de los derechos de suscripción de acciones de hasta 17 millones EUR, puesto que los antiguos titulares de obligaciones convertibles no estaban obligados a elegir esta opción.

    (66)

    Los coeficientes de solvencia y de liquidez, después del pago de la ayuda y considerando la ayuda como una deuda, se sitúan en niveles comparables a los de los competidores. El restablecimiento financiero permitirá sobre todo obtener garantías bancarias para las actividades corrientes. En efecto, se prevé que Bull siga recurriendo a la financiación externa a corto plazo basada en la titulización de sus créditos, para un volumen del orden de […]* a […]* millones EUR. Habida cuenta de los riesgos inherentes a los mercados y la estrategia de Bull, que es la de un niche player, parece poco probable que instituciones financieras se muestren dispuestas a conceder nuevas líneas de crédito para actividades agresivas no vinculadas al proceso de reestructuración.

    (67)

    Según las autoridades francesas, con una ayuda más reducida, los otros socios no habrían aceptado invertir y los titulares de obligaciones convertibles no habrían aceptado el cambio de sus créditos por nuevos títulos. Por lo que se refiere a la principal alternativa propuesta por un fondo de inversión americano, que no se aceptó, las autoridades francesas explicaron satisfactoriamente que ésta no habría conducido a una ayuda menos elevada. Este fondo preveía una inyección de capital más elevada que los 33 millones EUR previstos por el grupo de inversores, pero la garantía de 11 millones EUR de los titulares de obligaciones convertibles cubre la diferencia.

    (68)

    En conclusión, la Comisión considera que la ayuda no lleva a la empresa a disponer de un exceso de flujo de tesorería, que podría ser utilizado para actividades agresivas y distorsionadoras del mercado no vinculadas al proceso de reestructuración.

    (69)

    Con el fin de evitar toda ayuda abusiva, el punto 48 de las Directrices precisa que las ayudas a la reestructuración sólo deben concederse una única vez. Si la empresa ya se ha beneficiado anteriormente de una ayuda a la reestructuración y si el período de reestructuración ha acabado hace menos de diez años, entonces la Comisión no autorizará normalmente la concesión de una nueva ayuda a la reestructuración, salvo en circunstancias excepcionales, imprevisibles y no imputables a la empresa. Las ayudas notificadas en este caso se pagarán como pronto el 31 de diciembre de 2004. En 1993 y 1994, el Estado francés concedió ayudas para la reestructuración de Bull, que fueron aprobadas por la Comisión a finales de 1994. El plan de reestructuración en cuestión, sin embargo, se refería a un período que va hasta finales de 1995. La Decisión 2003/599/CE, por la cual la Comisión aprobó la ayuda de salvamento (21), que en su considerando 60 hace referencia a la fecha del 31 de diciembre de 2004 como fecha a partir de la cual puede concederse una nueva ayuda a la reestructuración, es errónea sobre este punto. El plazo de diez años no se alcanza en este caso.

    (70)

    No obstante, el principio de la ayuda única no puede aplicarse de manera absoluta. Según el Tribunal (22), esto es así ciertamente en el marco del Tratado CECA, pero tanto más en el marco del Tratado CE, pues las disposiciones en materia de ayudas tienen por objeto dar competencia a la Comisión para que pueda hacer frente a situaciones imprevistas, teniendo en cuenta el carácter evolutivo de las condiciones del mercado. Por consiguiente, la aplicación indiscriminada del principio de la ayuda única limitaría de manera excesiva la categoría de las ayudas susceptibles de considerarse necesarias y no permitiría a la Comisión examinar en cada caso si un proyecto de ayuda a la reestructuración es indispensable para la realización de los objetivos del Tratado. Del mismo modo, la Comisión no podría en principio basarse exclusivamente en la existencia de una decisión anterior para denegar una ayuda posterior al mismo beneficiario (23).

    (71)

    En este contexto, las Directrices ofrecen la posibilidad de establecer una excepción al principio de la ayuda única en caso de circunstancias excepcionales, imprevisibles y no imputables a la empresa. A este respecto, conviene subrayar que, aunque la crisis en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación en 2001 no haya sido ni excepcional ni imprevisible, su magnitud, sobre todo en el segmento de las tecnologías vinculadas a Internet y a las telecomunicaciones, era excepcional, imprevisible y no imputable a Bull. Otra consideración que debe tenerse en cuenta en este caso es la gran rapidez de la evolución tecnológica en el sector en cuestión.

    (72)

    Por otra parte, cabe destacar en este contexto que Bull y el Estado francés habían cumplido escrupulosamente el plan de reestructuración previo, en particular, la privatización, la asociación con NEC y France Télécom y la cesión de varios activos, tal como propuso un experto independiente y recogió la Comisión, y que dicho plan no podía prevenir las dificultades actuales. En efecto, en aquel momento, las dificultades financieras estaban muy vinculadas a divisiones y filiales que fueron cedidas en el marco del plan de reestructuración, en particular, Zenith Data Systems en el sector de los microordenadores y la división OSS. Una primera reestructuración de Bull tuvo lugar, en el contexto de la cual la empresa intentó adaptarse a su medio. La disminución del personal de la empresa refleja este cambio radical: de 44 500 en 1990, la plantilla pasó a 24 000 en 1995 y a 11 500 en 1999. Las dificultades actuales, descritas en los considerandos 9 a 12, difieren en su naturaleza de las que condujeron a las reestructuraciones en 1993-1995.

    (73)

    Por tanto, en el caso que nos ocupa, se respeta la filosofía que preside el principio de la ayuda única, a saber, impedir las ayudas abusivas. El Estado no mantuvo artificialmente con vida a Bull, si bien sus dificultades tendrían un carácter recurrente; por el contrario, la ayuda que es objeto de la presente Decisión tenía por objeto hacer frente a dificultades nuevas.

    (74)

    Añadiremos de nuevo que casi se alcanza el plazo de diez años.

    (75)

    En conclusión, en las circunstancias del caso que nos ocupa, la Comisión considera que el criterio de la ayuda única no se opone a la autorización de la ayuda notificada.

    (76)

    Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en el asunto «Deggendorf» (24), cuando la Comisión examina la compatibilidad de una ayuda, debe tener en cuenta todos los elementos pertinentes, y, en particular, el posible efecto acumulativo de esta ayuda y otras ayudas no reembolsadas. En este caso, Bull dispone de la ayuda de salvamento cuya autorización está sujeta a su reembolso por Bull el 17 de junio de 2003 a más tardar. Según las autoridades francesas, la ayuda notificada no se pagará no obstante hasta después del reembolso de la ayuda de salvamento. Por consiguiente, el principio «Deggendorf» se respeta, pero la Comisión debe en cualquier caso garantizar que será así.

    (77)

    De acuerdo con el punto 43 de las Directrices, el plan de reestructuración comunicado a la Comisión, según lo precisado y completado, debe respetarse íntegramente.

    (78)

    De acuerdo con los puntos 45 y 46 de las Directrices, deberá presentarse a la Comisión informes anuales.

    VI.   CONCLUSIÓN

    (79)

    La Comisión considera que la ayuda a la reestructuración en favor de la sociedad Bull notificada por Francia puede declararse compatible con el mercado común siempre que se cumplan todos los compromisos asumidos por Francia y todas las condiciones impuestas.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La ayuda estatal que Francia tiene previsto ejecutar en favor de la sociedad Bull, por un importe de 517 millones EUR, acompañada de una cláusula de retorno a la prosperidad, es compatible con el mercado común a reserva de las condiciones previstas en el artículo 2.

    Artículo 2

    1.   El plan de reestructuración de Bull, según lo comunicado a la Comisión por Francia, se cumplirá íntegramente.

    2.   La ayuda contemplada en el artículo 1 no se pagará antes del reembolso de la ayuda de salvamento aprobada por la Decisión 2003/599/CE. La ayuda se pagará como pronto el 31 de diciembre de 2004.

    3.   Francia presentará a la Comisión un informe anual sobre la aplicación del plan de reestructuración para el período que llega hasta finales de 2007.

    Artículo 3

    Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma.

    Artículo 4

    El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

    Hecho en Bruselas, el 1 de diciembre de 2004.

    Por la Comisión

    Neelie KROES

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO C 102 de 28.4.2004, p. 12.

    (2)  DO L 209 de 19.8.2003, p. 1.

    (3)  El asunto se registró con el número C-504/03.

    (4)  Véase la nota 1.

    (5)  http://www.bull.com

    (6)  DO L 386 de 31.12.1994, p. 1.

    (7)  Véase la Decisión 2003/599/CE para más detalles sobre el plan de reestructuración.

    (8)  Se han suprimido determinadas partes del presente texto con objeto de garantizar que no se haga pública ninguna información confidencial; estas partes se señalan mediante corchetes y un asterisco.

    (9)  Beneficios antes de intereses e impuestos (Earnings before interest and taxes).

    (10)  DO C 288 de 9.10.1999, p. 2.

    (11)  Recientemente se ha publicado una nueva versión de las Directrices (DO C 244 de 1.10.2004, p. 2). De acuerdo con el punto 103 de esta nueva versión, la ayuda en cuestión se examinará a la luz de los criterios vigentes en el momento de la notificación, es decir, las Directrices de 1999.

    (12)  Desde 2001, los capitales propios son negativos, ascendiendo a – 726 millones EUR a finales de 2003. Las pérdidas en 2000, 2001 y 2002 ascendieron a 243 millones EUR, 253 millones EUR y 548 millones EUR, respectivamente.

    (13)  Sentencia del Tribunal de 15 de mayo de 1997 en el asunto C-355/95 P, Textilwerke Deggendorf GmbH/Comisión y Alemania, Rec. 1997, p. I -2549.

    (14)  Por ejemplo: Forrester, Market overview — Exploiting open source in Europe, 22.6.2004.

    (15)  Véase The Clipper Group Navigator, «Bull transitions GCOS 8 to Open Systems — Novascale 9000 to the Rescue», 15.10.2003, e IDC, «Vendor needs and Strategies, Bull fills out Novascale line — targets commercial and High-Performance Computing (HPC) Customers in 2004», abril de 2004. IDC, por ejemplo, concluye que «Bull’s introduction of NovaScale servers in 2003 saw it enhancing its approach to the high-performance computing market — a market it had previously addressed. It has won a reasonable number of reference customers in this sector over the last year. […] The addition of the Microsoft Windows 2003 Server operating system and SQL Server, plus new ISV software – especially from Oracle, SAP and BEA — will see it matching an expected growth in demand for high-end commercial applications in the recovering European market». («La introducción de los servidores NovaScale por Bull en 2003 permitió a la empresa mejorar su enfoque del mercado informático de alto rendimiento, un mercado que había abordado anteriormente. Durante el último año, conquistó un número considerable de clientes de referencia en este sector. […] La adición del sistema operativo Microsoft Windows 2003 Server y SQL Server, así como los nuevos programas ISV, en particular de Oracle, SAP y BEA, le permitirá responder a un crecimiento esperado de la demanda de aplicaciones comerciales de gama alta en un mercado europeo en recuperación.»).

    (16)  Véase la nota 12.

    (17)  Decisión de la Comisión de 31 de enero de 2002 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (asunto no IV/M.2609 — HP/Compaq) sobre la base del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo (DO C 39 de 13.2.2002, p. 23).

    (18)  Decisión de la Comisión de 24 de noviembre de 2003 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (asunto no IV/M.3307 — CAP Gemini/Transiciel) sobre la base del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo (DO C 295 de 5.12.2003, p. 16).

    (19)  Decisión de la Comisión de 10 de noviembre de 2003 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (asunto no IV/M.3295 — ATOS Origin/SEMA Group) sobre la base del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo (DO C 295 de 5.12.2003, p. 16).

    (20)  Este importe no incluye el anticipo del Estado concedido a finales de diciembre de 2001, ni los recursos que Bull haya podido generar gracias a este anticipo.

    (21)  Véase la nota 7.

    (22)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 23 de noviembre de 2000 en el asunto C-441/97 P, Wirtschaftsvereinigung Stahl, Thyssen Stahl AG, Preussag Stahl AG y Hoogovens Staal BV, antes Hoogovens Groep BV/Comisión, apartado 55, Rec. 2000, p. I-10293.

    (23)  Conclusiones del Abogado General Jacobs en el asunto C-110/02, Comisión/Consejo, apartado 43 (aún no publicado en la Recopilación).

    (24)  Véase la nota 11.


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