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Document 32002D0030

    2002/30/CE: Decisión de la Comisión, de 8 de enero de 2002, por la que se aprueba el plan de acción técnica 2002 para la mejora de las estadísticas agrícolas [notificada con el número C(2001) 4973]

    DO L 13 de 16.1.2002, p. 28–30 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 11/12/2010

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2002/30(1)/oj

    32002D0030

    2002/30/CE: Decisión de la Comisión, de 8 de enero de 2002, por la que se aprueba el plan de acción técnica 2002 para la mejora de las estadísticas agrícolas [notificada con el número C(2001) 4973]

    Diario Oficial n° L 013 de 16/01/2002 p. 0028 - 0030


    Decisión de la Comisión

    de 8 de enero de 2002

    por la que se aprueba el plan de acción técnica 2002 para la mejora de las estadísticas agrícolas

    [notificada con el número C(2001) 4973]

    (2002/30/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Decisión 96/411/CE del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativa a la mejora de las estadísticas agrícolas comunitarias(1), cuya última modificación la constituye la Decisión 2298/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo(2), y en particular el primer apartado de su artículo 4 y el segundo apartado de su artículo 6,

    Considerando lo siguiente:

    (1) De conformidad con la Decisión 96/411/CE, la Comisión define cada año un plan de acción técnica para las estadísticas agrícolas.

    (2) Es conveniente consolidar algunas acciones iniciadas en los planes de acción anteriores y proseguir los esfuerzos de los Estados miembros, en particular, en materia de balances y de utilización de plaguicidas.

    (3) Es esencial mejorar la información sobre los datos físicos de la agricultura europea, obtener indicadores agroambientales detallados, desarrollar los aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola y establecer sistemas de información sobre el desarrollo rural para la aplicación de las políticas comunitarias correspondientes.

    (4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Decisión 96/411/CE, la Comisión contribuye a sufragar los gastos que realizan los Estados miembros para adaptar los sistemas estadísticos agrícolas nacionales, o para llevar a cabo los trabajos preparatorios relacionados con necesidades nuevas o en aumento que forman parte de un plan de acción técnica.

    (5) Las medidas previstas por la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadísticas agrícolas.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El plan de acción técnica 2002 para la mejora de las estadísticas agrícolas figura en anexo a la presente Decisión.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 8 de enero de 2002.

    Por la Comisión

    Pedro Solbes Mira

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 162 de 1.7.1996, p. 14.

    (2) DO L 263 de 18.10.2000, p. 1.

    ANEXO

    Plan de acción técnica 2002 para la mejora de las estadísticas agrícolas

    (TAPAS 2002)

    Las acciones previstas por el plan de acción técnica para la mejora de las estadísticas agrícolas (TAPAS) en 2002 tienen por objeto:

    Por una parte, permitir la continuación de algunas de las acciones iniciadas durante los planes de acción anteriores, cuyo objetivo específico es extender y validar los métodos experimentados anteriormente, con el fin de proporcionar mejores estadísticas en los ámbitos siguientes:

    i) datos físicos de la agricultura europea,

    ii) aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola,

    iii) indicadores agroambientales,

    iv) utilización de plaguicidas,

    y, por otra, introducir información referente a:

    v) desarrollo rural.

    La Comisión contribuirá a sufragar los gastos de los proyectos desarrollados en el marco de estas acciones. Esta contribución por Estado miembro no rebasará los importes indicados en el cuadro A.

    Las acciones presentadas por los Estados miembros se refieren a:

    1) Datos físicos de la agricultura europea

    Esta acción se inscribe en la prolongación de las acciones ya realizadas en años anteriores y tiene por objeto mejorar la información estadística sobre:

    a) datos sobre superficies, producción y utilización de la producción vegetal, en particular los balances;

    b) datos sobre ganado y producción y utilización de la producción animal, en particular los balances de carnes;

    c) balances forrajeros (ya sea para un primer cálculo del balance forrajero, a menudo tras la mejora de los balances de abastecimiento, ya sea para profundizar en los primeros cálculos a partir de encuestas sobre recursos y utilización de los productos agrícolas o a partir de análisis pormenorizados de los datos disponibles). Debe también procurarse la coherencia entre los balances de abastecimiento y el balance forrajero;

    d) otros trabajos, que se inscriben en la prolongación de acciones ya emprendidas, con el fin de mejorar la fiabilidad de las cifras de existencias o de utilización interna, incluidos los referentes a la explotación agrícola, así como trabajos inherentes al establecimiento de coeficientes técnicos.

    2) Aspectos medioambientales de la contabilidad agrícola

    El objetivo de esta acción es, en primer lugar, introducir en la metodología de las cuentas económicas de la agricultura (CEA) y de la silvicultura (CES) conceptos y definiciones que permitan tratar algunos componentes de interés medioambiental, tales como, por ejemplo, servicios en la producción total o como una operación de distribución en forma de subvenciones o impuestos.

    A continuación, se procederá a la aplicación de estas nuevas definiciones.

    El interés comunitario se deriva de la anticipación de la generación de series coherentes para completar las series de las cuentas económicas agrícolas y silvícolas.

    3) Indicadores agroambientales

    La Comisión desea fomentar proyectos que permitan mejorar indicadores ya existentes, como, en particular, el conocimiento a nivel regional de los rendimientos de determinados cultivos, de los datos de venta o consumo de fertilizantes minerales, etc. Apoya también el establecimiento de indicadores de paisaje, tales como la longitud de los setos o de las tapias, o las superficies utilizadas a nivel regional fuera de la superficie agrícola útil (pastoreo, pastos de montaña, etc.), la incidencia de las características estructurales sobre el funcionamiento de las explotaciones o datos sobre prácticas de cultivo.

    4) Utilización de plaguicidas

    Esta acción tiene por objeto proseguir la recogida y el tratamiento de datos sobre la utilización de plaguicidas; mejorar la calidad y la rapidez de transmisión mediante el uso de distintos métodos y la utilización de fuentes distintas. Los Estados miembros elegirán los tipos de cultivo en función de su importancia, tanto en términos de superficie cultivada, como en términos de cantidad de plaguicidas utilizada. Tiene también por objeto conocer la utilización de una materia activa específica.

    5) Desarrollo rural

    Esta nueva línea de desarrollo de las estadísticas agrícolas implica, por una parte, un mayor detalle en el reparto territorial de la información que habitualmente se recoge a nivel nacional, y también en las subdivisiones territoriales, que son a menudo diferentes de las de las regiones administrativas utilizadas durante la elaboración de la mayoría de las estadísticas regionalizadas. Por otra parte, tales necesidades se refieren a informaciones que cubren una temática más extensa y variada: los ingresos de fuentes no agrarias de la explotación y de las familias, en particular los derivados de actividades complementarias a la actividad agrícola o de servicios prestados por los agricultores a la colectividad, así como las condiciones de vida en las regiones rurales, la contribución de la agricultura como apoyo a otras actividades económicas y culturales, etc.

    CUADRO

    PLAN DE ACCIÓN TÉCNICA 2002

    Participación financiera máxima de la Comunidad en los gastos realizados

    Desglose por Estado miembro (en miles de euros)

    >SITIO PARA UN CUADRO>

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