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Dokument 31986D0322

    86/322/CEE: Decisión de la Comisión de 23 de junio de 1986 por la que se aprueba una addenda al programa relacionado con el sector de la patata en Dinamarca, de acuerdo con el Reglamento (CEE) n° 355/77 del Consejo (El texto en lengua danesa es el único auténtico)

    DO L 200 de 23.7.1986, p. 40–40 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Status legali tad-dokument M’għadux fis-seħħ, Data tat-tmiem tal-validitàà: 31/12/1989

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1986/322/oj

    31986D0322

    86/322/CEE: Decisión de la Comisión de 23 de junio de 1986 por la que se aprueba una addenda al programa relacionado con el sector de la patata en Dinamarca, de acuerdo con el Reglamento (CEE) n° 355/77 del Consejo (El texto en lengua danesa es el único auténtico)

    Diario Oficial n° L 200 de 23/07/1986 p. 0040


    *****

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 23 de junio de 1986

    por la que se aprueba una addenda al programa relacionado con el sector de la patata en Dinamarca, de acuerdo con el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo.

    (Solamente el texto en lengua danesa es el auténtico)

    (86/322/CEE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo, de 15 de febrero de 1977 (1), relativo a una acción común para la mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y pesqueros, modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 3827/85 (2), y, en particular, su artículo 5,

    Considerando que el 28 de junio de 1985 el gobierno danés presentó una addenda al programa aprobado mediante la Decisión 80/1037/CEE de la Comisión (3), en relación con el sector de la patata en Dinamarca,

    Considerando que la finalidad de esta addenda es permitir la prosecución de los objetivos definidos en el programa inicial, incluyendo la ampliación y racionalización de las instalaciones de almacenamiento, limpiado, selección y clasificación a fin de adaptar la comercialización de la patata de siembra y la patata común a las exigencias del mercado en cuanto a la cantidad, calidad y forma de presentación, así como la ampliación y modernización de las instalaciones para la producción de fécula, con vistas a aumentar y estabilizar los ingresos de los productores de patatas; que la addenda constituye, por lo tanto, un programa con arreglo al artículo 2 del Reglamento (CEE) no 355/77;

    Considerando que la addenda contiene la suficiente información, tal como exige el artículo 3 del Reglamento (CEE) no 355/77, para mostrar que los objetivos del artículo 1 del Reglamento pueden cumplirse en lo que respecta al sector de la patata de siembra y la patata común en Dinamarca; que el tiempo que se estima necesario para la aplicación de la addenda no rebasa los límites establecidos en la letra g) del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento;

    Considerando que, vista la situación del mercado en este sector, los objetivos establecidos en el artículo 1 del Reglamento no pueden lograrse en la medida en que la addenda incluye planes de inversión para ampliar y racionalizar las instalaciones para la producción de fécula;

    Considerando que las medidas establecidas en la presente Decisión se atienen al dictamen del Comité permanente de estructuras agrícolas,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda aprobada la addenda al programa relacionado con el sector de la patata en Dinamarca presentada por el Gobierno danés conforme al Reglamento (CEE) no 355/77 el 28 de junio de 1985, en lo tocante a la patata de siembra y la patata común.

    Artículo 2

    El destinatario de la presente Decisión será el Reino de Dinamarca.

    Hecho en Bruselas, el 23 de junio de 1986.

    Por la Comisión

    Frans ANDRIESSEN

    Vicepresidente

    (1) DO no L 51 de 23. 2. 1977, p. 1.

    (2) DO no L 372 de 31. 12. 1985, p. 1.

    (3) DO no L 305 de 14. 11. 1980, p. 68.

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