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Document 52019IP0423

    Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2019, sobre Camerún (2019/2691(RSP))

    DO C 158 de 30.4.2021, p. 7–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    30.4.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 158/7


    P8_TA(2019)0423

    Camerún

    Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2019, sobre Camerún (2019/2691(RSP))

    (2021/C 158/02)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la declaración del presidente de su Subcomisión de Derechos Humanos, Antonio Panzeri, de 7 de marzo de 2019, sobre la situación en Camerún,

    Vista la declaración realizada el 5 de marzo de 2019 por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para asuntos exteriores y política de seguridad común (VP/AR), sobre el deterioro de la situación política y de seguridad en Camerún,

    Vistas las diversas declaraciones del portavoz de la VP/AR sobre la situación en Camerún, y en particular la de 31 de enero de 2019,

    Vista la declaración preliminar, de 9 de octubre de 2018, de la misión de observación electoral de la Unión Africana en las elecciones presidenciales camerunesas de 2018,

    Vista la declaración de los expertos de las Naciones Unidas, de 11 de diciembre de 2018, sobre la represión de las protestas en Camerún,

    Vista la declaración de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de 6 de marzo de 2019, sobre la situación de los derechos humanos en Camerún,

    Vista la Ley Antiterrorista de Camerún de 2014,

    Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos,

    Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

    Visto el Acuerdo de Asociación ACP-UE («Acuerdo de Cotonú»),

    Vista la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981, que ha sido ratificada por Camerún,

    Vista la Constitución de la República de Camerún,

    Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento interno,

    A.

    Considerando que Camerún se enfrenta a diversos desafíos políticos y de seguridad simultáneos, entre ellos, las amenazas de Boko Haram en su región del Extremo Norte, las amenazas transfronterizas a lo largo de su frontera oriental con la República Centroafricana y una rebelión armada interna de carácter separatista en sus regiones anglófonas noroccidental y sudoccidental;

    B.

    Considerando que el 7 de octubre de 2018 se celebraron en Camerún elecciones presidenciales; que estas elecciones estuvieron marcadas por denuncias de fraude e irregularidades; que el presidente Paul Biya lleva en el poder desde 1982; que en 2008 se reformó la Constitución de Camerún con el objetivo de suprimir la limitación del número de mandatos;

    C.

    Considerando que los partidarios y aliados del opositor Movimiento de Renacimiento Camerunés (MRC), liderado por Maurice Kamto, organizaron diversas protestas en Duala, Yaundé, Dshang, Bafussam y Bafang; que para acallar dichas protestas las fuerzas de seguridad hicieron un uso desproporcionado de la fuerza, recurriendo incluso a gases lacrimógenos y pelotas de goma;

    D.

    Considerando que en enero de 2019 unas doscientas personas, incluido el propio Kamto y otros líderes de la oposición, fueron detenidas de manera arbitraria y encarceladas sin acceso inmediato a asistencia letrada; que los delitos de los que se acusa a estos opositores y a su líder son, entre otros, insurrección, hostilidades contra la patria, rebelión, destrucción bienes y de bienes públicos, desacato al presidente de la República y organización de reuniones políticas;

    E.

    Considerando que el 9 de abril de 2019 el Tribunal de Apelación de la Región Central de Camerún ratificó la resolución adoptada en primera instancia, desestimando la petición de liberación de Maurice Kamto y de seis personas más; que la vista se celebró ante el Tribunal en ausencia de Kamto y sus abogados;

    F.

    Considerando que las autoridades camerunesas han reaccionado de manera desproporcionada, abriendo juicios militares contra algunos de los miembros de la oposición, y exacerbando con ello el tenso clima político del país; que, en caso de ser declarados culpables, los acusados podrían ser condenados a muerte;

    G.

    Considerando que las autoridades camerunesas han restringido reiteradamente la libertad de expresión, bloqueando internet, acosando y deteniendo a periodistas, denegando licencias a los medios independientes e intensificando los ataques políticos contra la prensa independiente;

    H.

    Considerando que en Camerún persisten las tensiones entre la mayoría francófona y las comunidades de la minoría anglófona; que las regiones noroccidental y sudoccidental del país siguen siendo mayoritariamente anglófonas y cuentan con sistemas educativos y jurídicos diferenciados del resto del país;

    I.

    Considerando que a finales de 2016 la discriminación y el relativo abandono de las regiones anglófonas y la imposición de la lengua y el sistema jurídico franceses en sus aulas y tribunales desencadenó una serie de manifestaciones y huelgas pacíficas por parte de docentes y abogados;

    J.

    Considerando que la violencia ha ido en aumento desde octubre de 2018, y que las operaciones a gran escala dirigidas por las fuerzas de seguridad conllevan a menudo abusos y violaciones de los derechos humanos, incluidos asesinatos extrajudiciales, actos de violencia contra mujeres y niños, agresiones sexuales y destrucción de propiedades;

    K.

    Considerando que los separatistas armados han realizado secuestros en masa —inclusive de estudiantes y escolares—, perpetrado asesinatos selectivos de autoridades locales y funcionarios policiales y judiciales, participado en extorsiones, organizado protestas semanales («ghost town protests») y boicoteado e incendiado centros educativos y hospitales, privando con ello a miles de jóvenes del acceso a la educación y a la población en general del acceso a los servicios de salud;

    L.

    Considerando que esta crisis ha provocado el desplazamiento interno de unas 444 000 personas y la huida de otras 32 000 a la vecina Nigeria; que la crisis humanitaria global a que se enfrenta Camerún afecta a más de 600 000 desplazados internos, a unos 35 000 refugiados de conflictos vecinos y a 1,9 millones de personas en riesgo de inseguridad alimentaria;

    M.

    Considerando que, en 2018 y 2019, el Gobierno de Camerún puso el marcha el Plan de Ayuda Humanitaria de Emergencia para las regiones del Noroeste y del Sudoeste, con el fin de garantizar con carácter de urgencia protección y asistencia de diverso tipo a las personas desplazadas y la prestación de asistencia sanitaria a las personas afectadas por la crisis;

    N.

    Considerando que la violencia de género y la persecución de las minorías siguen siendo problemas graves; que el Código Penal de Camerún castiga las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo con hasta cinco años de prisión; que la policía y los «gendarmes» (policía militar) continúan deteniendo y acosando a las personas LGTBQI;

    O.

    Considerando que Boko Haram sigue cometiendo graves violaciones de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario en la región del Extremo Norte, entre las que cabe citar el saqueo y la destrucción de bienes, así como el asesinato y el secuestro de civiles;

    1.

    Lamenta los casos de tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales perpetrados por los servicios de seguridad y separatistas armados; expresa su especial preocupación por las acciones violentas de las fuerzas gubernamentales; pide a las fuerzas de seguridad que respeten el Derecho internacional de los derechos humanos cuando lleven a cabo operaciones, y pide al Gobierno que adopte medidas con carácter inmediato para poner fin a la violencia y la impunidad en el país;

    2.

    Condena el uso excesivo de la fuerza contra los manifestantes y opositores políticos, así como las violaciones de las libertades de prensa, expresión y reunión; lamenta profundamente la detención y el encarcelamiento de Maurice Kamto y de otros manifestantes pacíficos; pide la liberación inmediata por parte de las autoridades camerunesas de Maurice Kamto y de todos los demás encarcelados por motivos políticos, independientemente de que fueran detenidos antes o después de las elecciones presidenciales de 2018;

    3.

    Pide asimismo al Gobierno de Camerún que ponga fin a todo acoso e intimidación de activistas políticos, también mediante el levantamiento de la prohibición de organizar reuniones, manifestaciones y protestas políticas pacíficas, y que tome medidas para reprimir los casos de incitación al odio;

    4.

    Señala que los tribunales militares no deben tener jurisdicción sobre la población civil bajo ninguna circunstancia; recuerda a Camerún sus obligaciones internacionales en lo que se refiere a la defensa del derecho de todos los ciudadanos a un juicio justo ante tribunales independientes;

    5.

    Recuerda que la pena de muerte no se ha aplicado en Camerún desde 1997; observa que se trata de un hito en la senda del país hacia su total abolición; reitera la absoluta oposición de la Unión Europea a la pena de muerte y pide al Gobierno de Camerún que confirme que no solicitará la pena de muerte para activistas políticos y manifestantes;

    6.

    Manifiesta su preocupación por que el Gobierno de Camerún no haya logrado que sus fuerzas de seguridad rindan cuentas de sus actos, lo que ha exacerbado la violencia y la cultura de la impunidad; pide que se proceda a una investigación independiente y transparente acerca del uso de la fuerza por parte de la policía y las fuerzas de seguridad contra manifestantes y opositores políticos, y que los responsables rindan cuentas en juicios justos;

    7.

    Insta a las autoridades de Camerún a que adopten todas las medidas necesarias que sean coherentes con las obligaciones de su país en materia de derechos humanos de cara a poner fin a la violencia; pide, en particular, al Gobierno que organice un diálogo político integrador destinado a encontrar una solución pacífica y duradera a la crisis en las regiones anglófonas; pide a la comunidad internacional que ayude a facilitar un diálogo de paz nacional e integrador ofreciendo un rol de mediación;

    8.

    Lamenta la falta de voluntad de ambas partes en el conflicto a la hora de entablar conversaciones de paz; insta a la Unión Africana y a la Comunidad Económica de los Estados del África Central a que impulsen la organización de dichas conversaciones y pide a la Unión Europea que esté preparada para respaldar este proceso; considera que, a falta de progresos, la crisis de Camerún debe ser analizada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; pide, además, que la Unión utilice la influencia política que le proporcionan la ayuda al desarrollo y otros programas bilaterales para reforzar la defensa de los derechos humanos en Camerún;

    9.

    Insta al Gobierno de Camerún a que construya una democracia genuina, representativa y dinámica; pide, por tanto, al Gobierno que convoque a todos los actores políticos a fin de consensuar una revisión del sistema electoral, con el objetivo de garantizar un proceso electoral libre, transparente y creíble; pide que este proceso se ponga en marcha antes de que se celebren nuevas elecciones en aras de promover la paz y evitar crisis postelectorales; pide a la Unión Europea que intensifique la asistencia técnica en apoyo de Camerún en sus esfuerzos por consolidar sus procedimientos electorales y hacerlos más democráticos;

    10.

    Reitera que una sociedad civil dinámica e independiente es esencial para la defensa de los derechos humanos y el Estado de Derecho; manifiesta su preocupación por que se hayan prohibido las actividades del Consorcio de la Sociedad Civil Anglófona de Camerún; insta al Gobierno a que levante la prohibición y garantice un espacio abierto en el que la sociedad civil pueda operar;

    11.

    Expresa su preocupación por que se haya hecho un uso indebido de la Ley Antiterrorista de 2014 para restringir libertades fundamentales; respalda las peticiones formuladas por los expertos de las Naciones Unidas en el sentido de que se revise la ley con el fin de garantizar que no se utiliza para restringir los derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación;

    12.

    Toma nota de la decisión de los Estados Unidos de reducir su ayuda militar a Camerún debido a la credibilidad de las acusaciones de graves violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad; pide a la Comisión a este respecto que inicie una evaluación del apoyo de la Unión a los servicios de seguridad y que informe al Parlamento Europeo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que se aseguren de que ningún apoyo prestado a las autoridades camerunesas contribuye o facilita violaciones de los derechos humanos;

    13.

    Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos, al Consejo de Ministros ACP-UE, a las instituciones de la Unión Africana, y al Gobierno y al Parlamento de Camerún.

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