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Document 62021TN0103

Asunto T-103/21: Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2021 — Boshab/Consejo

DO C 128 de 12.4.2021, p. 44–44 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 128/44


Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2021 — Boshab/Consejo

(Asunto T-103/21)

(2021/C 128/52)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Évariste Boshab (Kinshasa, República Democrática del Congo) (representantes: T. Bontinck, P. De Wolf, A. Guillerme y T. Payan, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión (PESC) 2020/2033 del Consejo, de 10 de diciembre de 2020, en la medida en que mantiene al demandante en el n.o 6 del anexo de dicha Decisión.

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2021/UE del Consejo, de 10 de diciembre de 2020, en la medida en que mantiene al demandante en el n.o 6 del anexo I de dicho Reglamento.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la vulneración de su derecho de defensa. El demandante formula varias alegaciones en cuanto a la vulneración de su derecho de defensa en el curso de los procedimientos que llevaron al Consejo a adoptar y a renovar las medidas restrictivas adoptadas en su contra e invoca, en particular, la vulneración de su derecho a ser oído en condiciones aceptables.

2.

Segundo motivo, basado en un error manifiesto de apreciación por parte del Consejo al considerar que el demandante estaba implicado en actos constitutivos de graves violaciones de los derechos humanos en la República Democrática del Congo. El demandante critica el contexto en que se desenvolvió el reexamen que precedió a la renovación de las medidas restrictivas en su contra y niega cualquier implicación actual en los hechos que fundamentaron la decisión de incluirlo en la lista de las personas a que se refiere la Decisión 2010/788/PESC del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Democrática del Congo y por la que se deroga la Posición Común 2008/369/PESC (DO 2010, L 336, p. 30).


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