Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62014TN0226

    Asunto T-226/14: Recurso interpuesto el 15 de abril de 2014  — Comisión/McCarron Poultry

    DO C 212 de 7.7.2014, p. 34–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    7.7.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 212/34


    Recurso interpuesto el 15 de abril de 2014 — Comisión/McCarron Poultry

    (Asunto T-226/14)

    2014/C 212/44

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: R. Van der Hout, abogado, y L. Cappelletti y F. Moro, agentes)

    Demandada: McCarron Poultry (Killacorn Emyvale, Irlanda)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Condene a la demandada a pagar a la Comisión Europea la cantidad adeudada de 9 76  663,34 euros, correspondiendo 9 00  662,25 euros al principal y 76  001,09 euros a los intereses de demora calculados al tipo de interés del 2,5 % para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2010 y el 15 de abril de 2014.

    Condene a la demandada a pagar a la Comisión Europea la cantidad de 61  690 euros diarios en concepto de intereses desde el 16 de abril de 2014 hasta el momento del pago efectivo del total de la deuda.

    Condene a la demanda al pago de las costas del procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    El presente recurso se interpone con arreglo al artículo 272 TFUE y pretende obtener una sentencia del Tribunal General que condene a la demandada a reembolsar a la Comisión Europea la cantidad principal de 9 00  662,25 euros, más intereses, en relación con el contrato no NNE5/1999/20229 para «Acciones comunitarias en el ámbito del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración “Energía, medio ambiente y desarrollo sostenible — parte B: programa de energía”».

    Para fundamentar su recurso, la Comisión Europea invoca un único motivo: la Comisión alega que la demandada ha incumplido sus obligaciones contractuales al no devolver a la Comisión la diferencia entre la contribución financiera de la Unión a la que tiene derecho la demandada y el importe total del anticipo ya percibido por ésta. La contribución financiera a la que tiene derecho la demandada es inferior al importe total pagado por la demandante en concepto de anticipos y pagos intermedios. La Comisión sostiene, en consecuencia, que la demandada es responsable de la devolución de la cantidad adeudada.


    Top