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Document 62014TN0107
Case T-107/14: Action brought on 14 February 2014 — Hellenic Republic v Commission
Asunto T-107/14: Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2014 — República Helénica/Comisión
Asunto T-107/14: Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2014 — República Helénica/Comisión
DO C 129 de 28.4.2014, pp. 31–33
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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28.4.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/31 |
Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2014 — República Helénica/Comisión
(Asunto T-107/14)
(2014/C 129/39)
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: República Helénica (representantes: I. Chalkias, E. Leftheriotou y A. Vasilopoulou)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 12 de diciembre de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), notificada con el número C(2013) 8743 y publicada en el Diario Oficial 2013, L 338, en la parte en que se excluyen de la financiación de la Unión Europea gastos: a) por un importe total de 78 813 783,87 euros, efectuados por la República Helénica en el ámbito del régimen de pago única durante los ejercicios 2008 a 2010 y b) por un importe de 22 230 822,10 euros, efectuados por la República Helénica en el ámbito de la condicionalidad durante de los ejercicios 2006 a 2010. |
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Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los motivos siguientes:
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1. |
En relación con la corrección impuesta por la Decisión impugnada en el marco del régimen de pago único del Reglamento no 1782/2003 (1) (derechos de pago).
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2. |
Por lo que se refiere a la corrección impuesta por la Decisión impugnada en el ámbito de la condicionalidad:
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(1) Reglamento (CE) no 795/2004 de la Comisión de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) no 2019/93, (CE) no 1452/2001, (CE) no 1453/2001, (CE) no 1454/2001, (CE) no 1868/94, (CE) no 1251/1999, (CE) no 1254/1999, (CE) no 1673/2000, (CEE) no 2358/71 y (CE) no 2529/2001 (DO L 141, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (DO L 209, p. 1).
(3) Reglamento (CE) n o 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (JO L 209, p. 1).