This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62010CA0138
Case C-138/10: Judgment of the Court (First Chamber) of 15 September 2011 (reference for a preliminary ruling from the Administrativen sad Sofia-grad (Bulgaria)) — DP grup EOOD v Direktor na Agentsia Mitnitsi (Customs union — Customs declaration — Acceptance by the customs authorities of that declaration — Invalidation of a customs declaration which has already been accepted — Consequences for penal measures)
Asunto C-138/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de septiembre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad — Bulgaria) — DP grup EOOD/Direktor na Agentsia Mitnitsi (Unión aduanera — Declaración en aduana — Admisión de esa declaración por la autoridad aduanera — Invalidación de una declaración en aduana ya admitida — Consecuencias en las medidas sancionadoras)
Asunto C-138/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de septiembre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad — Bulgaria) — DP grup EOOD/Direktor na Agentsia Mitnitsi (Unión aduanera — Declaración en aduana — Admisión de esa declaración por la autoridad aduanera — Invalidación de una declaración en aduana ya admitida — Consecuencias en las medidas sancionadoras)
DO C 319 de 29.10.2011, p. 7–7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.10.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/7 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de septiembre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad — Bulgaria) — «DP grup» EOOD/Direktor na Agentsia «Mitnitsi»
(Asunto C-138/10) (1)
(Unión aduanera - Declaración en aduana - Admisión de esa declaración por la autoridad aduanera - Invalidación de una declaración en aduana ya admitida - Consecuencias en las medidas sancionadoras)
2011/C 319/10
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Administrativen sad Sofia-grad
Partes en el procedimiento principal
Demandante:«DP grup» EOOD
Demandada: Direktor na Agentsia «Mitnitsi»
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Administrativen sad Sofia-grad — Interpretación de los artículos 4, número 5, 8, párrafo primero, primer guión, 62, 63 y 68 del Reglamento (CE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1) — Aceptación por la autoridad aduanera de la declaración de aduana hecha por escrito por el deudor — Asimilación de tal aceptación a una decisión administrativa susceptible de control jurisdiccional — Aceptación de la declaración a título provisional hasta la verificación definitiva de los datos que figuran en ella a través de una tasación especializada para confirmar el código arancelario — Delimitación del control ejercido por la autoridad aduanera en dicha verificación.
Fallo
Las disposiciones del Derecho de la Unión en materia aduanera deben interpretarse en el sentido de que un declarante no puede solicitar a un órgano jurisdiccional la anulación de una declaración en aduana formalizada por él cuando ésta ha sido admitida por las autoridades aduaneras. En cambio, conforme a los requisitos previstos por el artículo 66 del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1791/2006 del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, dicho declarante puede solicitar a esas autoridades que invaliden dicha declaración, y ello incluso después de que hayan concedido el levante de la mercancía. Al término de su apreciación, sin perjuicio de un recurso jurisdiccional, las referidas autoridades deberán o bien desestimar la solicitud del declarante mediante decisión motivada o bien acceder a la invalidación solicitada.