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Document C2011/223/12
Prior notification of a concentration (Case COMP/M.6303 — Antin Infrastructure Partners FCPR/RREEF Pan European Infrastructure Fund LP/Andasol-1 Central Thermosolar Uno, SA AND Andasol-2 Central Thermosolar, Dos SA) — Candidate case for simplified procedure Text with EEA relevance
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6303 — Antin Infrastructure Partners FCPR/RREEF Pan European Infrastructure Fund LP/Andasol-1 Central Thermosolar Uno, SA AND Andasol-2 Central Thermosolar, Dos SA) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6303 — Antin Infrastructure Partners FCPR/RREEF Pan European Infrastructure Fund LP/Andasol-1 Central Thermosolar Uno, SA AND Andasol-2 Central Thermosolar, Dos SA) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE
DO C 223 de 29.7.2011, p. 21–21
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.7.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 223/21 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6303 — Antin Infrastructure Partners FCPR/RREEF Pan European Infrastructure Fund LP/Andasol-1 Central Thermosolar Uno, SA AND Andasol-2 Central Thermosolar, Dos SA)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 223/12
1. |
El 20 de julio de 2011, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Antin Infrastructure Partners FCPR («Antin», Francia) y RREEF Pan European Infrastructure Fund LP («RREFF», Inglaterra) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Andasol-1 Central Termosolar Uno, SA y Andasol-2 Central Termosolar Dos, SA (conjuntamente, Andasol-1&2, ambas de España), dos empresas existentes, mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6303 — Antin Infrastructure Partners FCPR/RREEF Pan European Infrastructure Fund LP/Andasol-1 Central Thermosolar Uno, SA AND Andasol-2 Central Thermosolar, Dos SA, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).