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Dokument C2006/178/26

Asunto C-195/06: Petición de decisión prejudicial planteada por Bundeskommunikationssenat (Austria) el 27 de abril de 2006 — Österreichischer Rundfunk (ORF)

DO C 178 de 29.7.2006, s. 16–17 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

29.7.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 178/16


Petición de decisión prejudicial planteada por Bundeskommunikationssenat (Austria) el 27 de abril de 2006 — Österreichischer Rundfunk (ORF)

(Asunto C-195/06)

(2006/C 178/26)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundeskommunikationssenat (Austria)

Partes en el procedimiento principal

Österreichischer Rundfunk (ORF)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 1, letra f), de la Directiva 89/552/CEE (1) del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en la versión resultante de la Directiva 97/36/CE (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997, por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en el sentido de que también deben entenderse como «televenta» los programas o partes de programa en los que una cadena de televisión ofrezca a los telespectadores la posibilidad de participar en un sorteo organizado por dicha cadena de televisión, llamando directamente a números de teléfono de un servicio de valor añadido y, por tanto, onerosamente?

2)

En el supuesto de que se conteste en sentido negativo a la anterior cuestión: ¿Debe interpretarse el artículo 1, letra c), de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en la versión resultante de la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997, por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en el sentido de que también debe entenderse como «publicidad televisiva» cualquier mensaje que aparezca en programas o partes de programas en los que una cadena de televisión ofrezca a los telespectadores la posibilidad de participar en un sorteo organizado por dicha cadena de televisión, llamando directamente a números de teléfono de un servicio de valor añadido y, por tanto, onerosamente?


(1)  DO L 298, p. 23.

(2)  DO L 202, p. 60.


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