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Document C2006/075/12

    Convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT para el Programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración: Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación — Título: PRO INNO Europe — Referencia de la convocatoria: FP6-2006-INNOV-10 (capítulos 2-4)

    DO C 75 de 28.3.2006, p. 22–25 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    28.3.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 75/22


    Convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT para el Programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración: «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación»

    Título: PRO INNO Europe

    Referencia de la convocatoria: FP6-2006-INNOV-10 (capítulos 2-4) (1)

    (2006/C 75/12)

    1.

    Con arreglo a la Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación y a la innovación (2002-2006) (2), el Consejo aprobó el 30 de septiembre de 2002 el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» (2002-2006) (3) (en lo sucesivo, «el programa específico»).

    Con arreglo al artículo 5, apartado 1, del programa específico, la Comisión de las Comunidades Europeas (en lo sucesivo, «la Comisión») aprobó el 6 de diciembre de 2002 el programa de trabajo «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación» (4), en el que se presentaban de manera más detallada los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas del programa específico, así como sus calendarios de ejecución.

    De conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del sexto programa marco de la Comunidad Europea (2002-2006) (5) (en lo sucesivo, «normas de participación»), las propuestas de acción indirecta de IDT se presentarán en el marco de convocatorias de propuestas.

    2.

    La presente convocatoria de propuestas de acciones indirectas de IDT (en lo sucesivo, «la convocatoria») consta de la presente parte general y de las condiciones particulares descritas en el anexo. En éste se indica la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas de acciones indirectas de IDT, una fecha indicativa de finalización de las evaluaciones, el presupuesto indicativo, los instrumentos y los campos pertinentes, los criterios de evaluación de las propuestas de acciones indirectas de IDT, el número mínimo de participantes y las posibles restricciones aplicables.

    3.

    Se invita a las personas físicas o jurídicas que reúnan las condiciones establecidas en las normas de participación y a las que no sean aplicables los criterios de exclusión previstos en el artículo 114, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6) (en lo sucesivo denominadas «los proponentes»), a que presenten a la Comisión sus propuestas de acciones indirectas de IDT, con supeditación a las condiciones que se establecen en las normas de participación y en la convocatoria correspondiente.

    Las condiciones de participación aplicables a los proponentes se comprobarán durante la negociación de la propuesta de acción indirecta de IDT. Previamente, los proponentes deberán haber firmado una declaración según la cual no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos indicados en el artículo 93, apartado 1, del Reglamento financiero. Asimismo, deberán haber remitido a la Comisión la información indicada en el artículo 173, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (7).

    La Comunidad Europea ha adoptado una política de igualdad de oportunidades en virtud de la cual se alienta especialmente a las mujeres a presentar propuestas de acciones indirectas de IDT o bien a participar en la presentación de estas propuestas.

    4.

    La Comisión facilita unas guías del proponente relativas a la convocatoria que contienen información para preparar y presentar propuestas de acciones indirectas de IDT. También facilita unas «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» (8). Estas guías y directrices, así como el programa de trabajo y demás información acerca de la convocatoria, pueden obtenerse en la siguiente dirección de la Comisión:

    European Commission

    The FP6 Information Desk

    Directorate General RTD

    B-1049 Bruselas

    Dirección web: www.cordis.lu/fp6

    5.

    Las propuestas de acciones indirectas de IDT se presentarán exclusivamente en soporte electrónico a través del sistema electrónico de presentación de propuestas (EPSS) (9), basado en la red. Sin embargo, en casos excepcionales, los coordinadores podrán solicitar a la Comisión que les permita presentar sus propuestas en papel antes del cierre de la convocatoria. Para obtener esta autorización, será preciso solicitarla por escrito a la siguiente dirección: entr-info-innov-fp6@cec.eu.int. La solicitud deberá ir acompañada de una explicación de las razones que justifiquen dicha excepción. Los proponentes que deseen presentar sus propuestas en papel asumirán la responsabilidad de garantizar que las solicitudes de autorización y los procedimientos asociados concluyan a tiempo para poder cumplir los plazos de la convocatoria.

    Toda propuesta de acción indirecta de IDT deberá constar obligatoriamente de dos partes: los formularios (parte A) y el contenido (parte B).

    Las propuestas de acciones indirectas de IDT podrán prepararse en línea o fuera de línea y presentarse en línea. La parte B de las propuestas de acciones indirectas de IDT sólo podrá presentarse en formato PDF («portable document format», compatible con Adobe Versión 3 o superior con fuentes incrustadas). No se admitirán archivos comprimidos («zipped»).

    La herramienta de software del EPSS (para uso en línea o fuera de línea) está disponible en el sitio web de CORDIS www.cordis.lu.

    Quedarán excluidas las propuestas de acciones indirectas de IDT presentadas en línea que sean incompletas, ilegibles o contengan virus.

    También se excluirán las versiones de propuestas de acciones indirectas de IDT presentadas en un soporte electrónico extraíble (por ejemplo, CD-ROM o disquete), por correo electrónico o por fax.

    Quedará excluida toda propuesta de acción indirecta de IDT cuya presentación en papel haya sido autorizada y que sea incompleta.

    En el anexo J de las Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas figura más información sobre los diversos procedimientos de presentación de propuestas.

    6.

    Las propuestas de acciones indirectas de IDT deberán llegar a la Comisión como muy tarde el día de la fecha de cierre y a la hora especificada en la convocatoria de que se trate. Las que lleguen fuera de plazo quedarán excluidas.

    Asimismo, quedarán excluidas las propuestas que no reúnan las condiciones sobre el número mínimo de participantes indicado en la convocatoria.

    Lo mismo se aplicará con respecto a cualquier otro criterio de admisión adicional especificado en el programa de trabajo.

    7.

    Si se presentan sucesivas versiones de una propuesta, la Comisión sólo examinará la última versión recibida dentro del plazo establecido en la convocatoria correspondiente.

    8.

    En caso de que esté previsto en la convocatoria correspondiente, las propuestas de acciones indirectas de IDT podrían incluirse en el marco de una futura evaluación.

    9.

    Se ruega a los proponentes que citen la referencia de la convocatoria en toda la correspondencia relacionada con ésta (por ejemplo: solicitud de información o presentación de una propuesta de acción indirecta de IDT).


    (1)  El capítulo 1 se desarrollará mediante el contrato Trendchart, 15.12.2003 — 14.1.2008.

    (2)  DO L 232 de 29.8.2002, p. 1.

    (3)  DO L 294 de 29.10.2002, p. 44.

    (4)  Decisión C(2002)4791 de la Comisión, modificada por las Decisiones C(2003)635, C(2003)998, C(2003)1951, C(2003)2708, C(2003)4571, C(2004)48, C(2004)3330, C(2004)4726, C(2005)969, C(2005)1447, C(2005)3190, C(2005)4206, C(2005)5735, y C(2006)336 de la Comisión, todas ellas no publicadas.

    (5)  DO L 355 de 30.12.2002, p. 23.

    (6)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (7)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 1.

    (8)  C(2003)883 de 27.3.2003, modificada en último lugar por C(2004)3337 de 1.9.2004.

    (9)  EPSS es una herramienta concebida para ayudar a los proponentes a preparar y presentar sus propuestas de forma electrónica.


    ANEXO

    1)   Programas específicos: «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación»

    2)   Actividades: Investigación e innovación

    3)   Título de la convocatoria: PRO INNO Europe

    4)   Referencia de la convocatoria: FP6-2006-INNOV-10 (capítulos 2-4) (1)

    5)   Fecha de publicación: 28 de marzo de 2006.

    6)   Fecha de cierre: 28 de junio de 2006 a las 17.00 horas (hora local de Bruselas)

    7)   Presupuesto orientativo total: 5,75 millones de euros

    8)   Campos objeto de la convocatoria, instrumentos y presupuesto indicativo por campo:

    Campo

    Instrumentos (2)

    Presupuesto indicativo

    1.2.2.3

    Capítulo 2: INNO-Policy Watch

    SSA

    Capítulo 2: 4,5 millones de EUR

    Capítulo 3: INNO-Views

    Capítulo 3: 0,75 millones de EUR

    Capítulo 4: INNO-Appraisal

    Capítulo 4: 0,5 millones de EUR

    9)   Número mínimo de participantes (3):

    Instrumento

    Número mínimo de participantes

    GRIPS

    Una entidad jurídica de un EM o de un EA.

    10)   Restricciones a la participación: Capítulo 2: ninguna

    Capítulo 3: ninguna

    Capítulo 4: ninguna

    11)   Acuerdos de consorcio: En caso de consorcios, los participantes en acciones de apoyo específicas derivadas de los capítulos 2, 3 y 4 de la presente convocatoria están obligados a celebrar un acuerdo de consorcio.

    12)   Procedimiento de evaluación:

    La evaluación seguirá un procedimiento de una sola etapa.

    Las propuestas no se evaluarán de manera anónima.

    Si es preciso, la Comisión podría proponer la fusión de propuestas adjudicatarias.

    13)   Criterios de evaluación y ponderación: Los criterios aplicables para cada instrumento figuran en el anexo B del programa de trabajo del programa específico «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación».

    Para los capítulos 2, 3 y 4, se aplicarán las siguientes ponderaciones:

    Criterios/ponderación

    Capítulo 2

    Capítulo 3

    Capítulo 4

    1.

    Pertinencia

    15 %

    15 %

    15 %

    2.

    Calidad de la acción de apoyo

    30 %

    30 %

    30 %

    3.

    Impacto potencial

    10 %

    10 %

    10 %

    4.

    Calidad de la gestión

    25 %

    25 %

    25 %

    5.

    Movilización de recursos

    20 %

    20 %

    20 %

    A los tres capítulos de la presente convocatoria se les aplicarán los límites siguientes:

    Calidad de la acción de apoyo: 3 sobre 5; Calidad de la gestión: 3 sobre 5; Movilización de recursos: 3 sobre 5.

    Se facilitará más información en las guías del proponente y en la guía para evaluadores.

    14)   Calendario indicativo de la evaluación y de los contratos:

    Resultados de la evaluación: se prevé que puedan facilitarse en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de cierre aplicable mencionada en el punto 6.

    Firma del contrato: se prevé que los primeros contratos relacionados con esta convocatoria entren en vigor en un plazo de 6 meses a partir de la fecha de cierre aplicable mencionada en el punto 6.

    15)   Procedimiento de revisión: Para estos capítulos no está prevista una revisión intermedia.

    16)   Modalidades de financiación: Para los capítulos 2, 3 y 4: la contribución comunitaria podrá suponer hasta el 100 % de los costes subvencionables del proyecto.


    (1)  El capítulo 1 se desarrollará mediante el contrato Trendchart, 15.12.2003 — 14.1.2008.

    (2)   AC = acciones de coordinación; AAE = acciones de apoyo específicas.

    (3)  EM = Estados miembros de la UE; EA (incluidos los PCA) = Estados asociados; PCA = países candidatos asociados. Toda persona jurídica establecida en un Estado miembro o un Estado asociado y que cuente con el número de participantes exigido puede ser participante único en una acción indirecta.


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