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Document JOC_2002_291_E_0307_01

Propuesta de Decisión del Consejo por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina [COM(2002) 437 final — 2002/0193(CNS)]

DO C 291E de 26.11.2002, p. 307–314 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52002PC0437

Propuesta de Decisión del Consejo por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina /* COM/2002/0437 final - CNS 2002/0193 */

Diario Oficial n° 291 E de 26/11/2002 p. 0307 - 0314


Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Introducción

A fin de consolidar el acuerdo de paz de Dayton firmado en París en 1995, la comunidad internacional aprobó un programa prioritario a medio plazo de reconstrucción y recuperación por valor de 5 100 millones de USD para el período 1996-99. En 1998, en la cuarta Conferencia de Donantes de Fondos en favor de Bosnia y Herzegovina (BYH), la comunidad internacional se felicitó, de forma unánime de los acuerdos celebrados con las instituciones de Bretton Woods, por considerar que propician un crecimiento económico más autosostenido, y acordaron seguir apoyando con firmeza los programas de reforma económica y de reconstrucción del citado país.

Desde la firma del Acuerdo de Dayton la situación ha mejorado mucho. La economía está empezando a recuperarse, se está creando instituciones democráticas, las tensiones étnicas son bastante menores y los refugiados retornan al país. La constitución de ByH atribuye competencias limitadas al Gobierno del Estado. En muchas ocasiones, los complejos acuerdos por los que las Entidades, la República Srpska (RS) y la Federación (FByH), y Brcko disfrutan de un elevado grado de autonomía, incluida la política fiscal, hacen difícil definir una agenda política común para el país. Estos complejos acuerdos constitucionales, incluido el importante papel del Alto Representante, son elementos clave para el desarrollo del marco económico.

La Comunidad ha apoyado el proceso de reformas económicas en ByH aportando ayuda macrofinanciera comunitaria. En mayo de 1999, el Consejo decidió conceder a ByH una ayuda macrofinanciera consistente en una línea de crédito de hasta 20 millones de euros y una subvención de hasta 40 millones de euros (Decisión 1999/325/CE) en el contexto de un programa del FMI (acuerdo trienal de derechos de giro) aprobado en mayo 1998. Tras la primera evaluación realizada en junio de 1999 con arreglo a lo previsto en el programa del FMI y previa liquidación total de la deuda pendiente de ByH con la Comunidad y el BEI, la Comisión desembolsó en diciembre de 1999 un primer tramo de la ayuda de 25 millones de euros (15 millones de euros en forma de subvenciones y 10 millones de euros en forma de préstamos). A la vista de que la situación evolucionaba con arreglo al programa del FMI (completándose la cuarta y la quinta evaluación) y se cumplían satisfactoriamente las condiciones específicas impuestas para la concesión de la ayuda comunitaria, el segundo tramo, de 20 millones de euros, se desembolsó a finales de 2000. Tras completar con cierto retraso el Directorio del FMI las evaluaciones sexta y séptima (final) del acuerdo de derechos de giro y, tras dos misiones del personal de la Comisión, se concluyó que en conjunto se cumplían las condiciones de política económica específicas de la ayuda comunitaria y, consiguientemente, a finales de 2001 se desembolsó el tercer tramo (final) de la ayuda comunitaria (una subvención de 15 millones de euros).

La CE también ha apoyado las reformas del país con ayuda de los programas OBNOVA y, desde 2001, CARDS. Actualmente, la ayuda de CARDS se centra, en consonancia con el Informe estratégico nacional 2002-2006, aprobado por la Comisión en diciembre de 2001, en el apoyo a las reformas y al desarrollo institucional necesario para cumplir las obligaciones de un futuro Acuerdo de Estabilización y Asociación. En el programa anual CARDS 2002, aprobado por la Comisión en mayo de 2002, están previstos unos compromisos de 71,9 millones de euros. El Programa indicativo plurianual prevé 63 millones de euros para 2003. Además, ECHO ha aportado más de 1000 millones de euros en ayuda humanitaria desde 1991 (suprimida en 2000) y el BEI ha firmado créditos de más de 160 millones de euros. Los Estados miembros también han hecho cuantiosas donaciones para ayuda humanitaria y para la reconstrucción de las infraestructuras de transporte, comunicaciones y servicios públicos.

Aunque se ha avanzado mucho, también queda mucho por hacer. Los principales problemas que han de solventar las autoridades del país son la intensificación de la reforma económica y la creación de condiciones propicias para un crecimiento económico autosostenido orientado hacia el mercado, el retorno todavía insuficiente de los desplazados y los refugiados, prestando especial atención al problema del ejercicio por los ciudadanos de sus derechos de propiedad, y la creación de unas instituciones comunes funcionales y democráticas respaldadas por una función pública eficaz basada en la meritocracia y por una base financiera sana fundamentada en el Estado de Derecho.

El período de posguerra se ha caracterizado por una gran labor de reconstrucción, financiada y dirigida por la comunidad internacional. Aunque el país ha registrado altos niveles de crecimiento desde el fin de la guerra, el PIB todavía no ha recuperado su nivel anterior a la guerra y ocupa la penúltima posición la región. Es de suponer que la ayuda a la reconstrucción irá disminuyendo en los próximos años, con lo que reducirá su aportación al crecimiento. Es preciso continuar las reformas para sentar las bases de un crecimiento interno autosostenido que genere empleo. Las autoridades de ByH se proponen abordar estos problemas en el contexto del próximo programa del FMI.

El nuevo acuerdo de derechos de giro del FMI que será aprobado por el Directorio del FMI próximamente, se centra en las políticas orientadas a lograr un crecimiento a través de un compromiso permanente con el acuerdo de caja de conversión y una mayor consolidación fiscal. Además, el programa prevé reformas estructurales en las políticas fiscal, de privatización y comercial y mejoras en el entorno empresarial.

La sostenibilidad exterior de la economía de ByH también sigue siendo problemática dados los amplios déficits por cuenta corriente registrados y las escasas entradas de capitales privados. A medio plazo la balanza de pagos continuará basándose en la financiación oficial para hacer frente a las necesidades de financiación del país.

En estas circunstancias, y previa consulta al Comité Económico y Financiero, la Comisión propone al Consejo adoptar una decisión que permita destinar una ayuda macrofinanciera adicional a ByH.

2. Comportamiento económico reciente

Los datos macroeconómicos más recientes reflejan una clara tendencia a la baja de las altas tasas de crecimiento del PIB que acompañaron a la reconstrucción de ByH, tasas que en 2000 por primera vez desde el fin de la guerra fueron inferiores al 10%. La tasa de crecimiento de 2001 ha sido revisada a la baja de aproximadamente un 5% a un 2,3%, debido a la ralentización económica de la Federación de ByH (FByH) y la recesión de la Republika Srpska (RS). Los datos oficiales señalan niveles muy altos de desempleo (el 40% de la mano de obra en 2001), aunque las estimaciones del Banco Mundial rebajan dicha cifra a la mitad. Es probable que parte de los parados "oficiales" trabajen en la economía sumergida, aunque los limitados datos disponibles parece indicar que los índices de pobreza son entre tres y cinco veces superiores entre los parados que entre la población ocupada.

El año pasado ByH logró llevar a cabo una importante consolidación presupuestaria, a pesar del menor crecimiento, con una acumulación neta de atrasos sobre el pago de la deuda sustancialmente menor gracias a los pagos efectuados y a una mejor gestión. Con todo, la recaudación fiscal sigue siendo inestable. La recaudación fiscal de las Entidades procede sobre todo de los impuestos indirectos (ventas, impuestos especiales y aduanas), mientras que el presupuesto del Estado, falto de recursos propios, depende en gran medida de las transferencias de las Entidades para cumplir una de sus obligaciones principales, el servicio de la deuda exterior. En 2001 el gasto de las Administraciones Públicas fue elevado: alrededor de un 56% del PIB. Como en 2000, año en que no se respetaron los límites presupuestarios, hubo que tomar medidas correctivas en 2001 para reequilibrar las cuentas de la FByH y del Estado.

Una estricta adherencia a las normas del régimen de caja de conversión establecido a mediados de 1997 ha ayudado a moderar las presiones inflacionistas y ha hecho posible la aceptación casi general de la moneda común, el marco convertible (BAM), inicialmente vinculado al marco alemán, y ahora al euro, a un tipo de cambio de 1:1. El diferencial de inflación entre las dos Entidades, que anteriormente hadia sido muy elevado, está convergiendo hacia un nivel bajo: en la Federación de Bosnia y Herzegovina (FByH) la inflación se ha mantenido por debajo del 2% en los últimos tres años, mientras que en la Republika Serbska (RS) no ha dejado de disminuir hasta situarse por debajo del 10% en 2001. La mayor integración económica entre las dos Entidades ha sido un factor determinante de esta convergencia. La tasa de inflación a escala nacional ha sido del 3% en 2001, lo que refleja el efecto estabilizador de la caja de conversión.

El tipo de cambio efectivo real basado en el IPC se depreció aproximadamente un 5% en 2001, como consecuencia de la fuerte revaluación del dinar yugoslavo; gracias a ello hubo cierto margen para aumentar los costes laborales unitarios, que habrá que seguir de cerca en el futuro para evitar que socaven la competitividad de ByH.

En cuanto a los factores externos, en 2001 la balanza de pagos se benefició en cierta medida de la recuperación de las exportaciones iniciada en 2000 (en parte debido a la reapertura del mercado yugoslavo) y de una disminución de las importaciones (principalmente debida al menor volumen de la financiación aportada por los donantes para la reconstrucción). El déficit por cuenta corriente (excluidas las transferencias) disminuyó ligeramente en 2001 hasta situarse en alrededor del 20% del PIB, frente al 22,2% de 2000, pero siguió siendo excesivo. Se calcula que la inversión extranjera directa neta (IED) per cápita ascendió a alrededor de 33 $ en 2001, pero esta cifra sigue siendo una de las más baja de la región. Las reservas brutas oficiales crecieron hasta cubrir más de cinco meses de importaciones en 2001 gracias a la mayor utilización de la moneda nacional.

La deuda exterior representaba el 58% del PIB a finales de 2001. En porcentaje de las exportaciones de bienes el servicio de la deuda es relativamente bajo, gracias a las ventajosas condiciones de gran parte de la deuda y a su favorable reprogramación. Sin embargo, el servicio de la deuda exterior total aumentará sustancialmente a medio plazo, de 81 millones de $ en 2001 a 134 millones de $ en 2002 y 200 millones de $ en 2004 (una ratio de servicio de la deuda del 7 %).

3. Marco de la Política Económica a Medio Plazo

El nuevo acuerdo de derechos de giro de aproximadamente 89 millones de $ que aprobará el Directorio próximamente tendrá una duración de 15 meses y crea el marco para la política económica de 2002-2003. El objetivo de crecimiento real del PIB de las autoridades del país es un aumento del 2,5% en 2002 al 4% en 2003, con un objetivo de crecimiento a medio plazo del orden del 5-6% anual. Los demás objetivos prioritarios son la reducción del déficit por cuenta corriente, manteniendo unas reservas internacionales fuertes y conteniendo la inflación en los bajos niveles actuales. La política económica se basada en tres elementos centrales: políticas fiscales prudentes, adherencia estricta al régimen monetario de caja de conversión y reformas estructurales.

Se persigue la consolidación presupuestaria, para lo que las autoridades del país se han comprometido a reducir el déficit presupuestario consolidado (siguiendo el principio de devengo) del 6,3% del PIB en 2001 al 3% en 2003. Se reducirán los gastos gracias a la desmovilización militar prevista para 2002 y a otras medidas de reducción del gasto, como la congelación de los salarios y los alquileres. Se espera que la ratio gasto/PIB pase del 61% en 2001 al 55% en 2003. En cuanto a los ingresos, se redoblarán esfuerzos para reforzar la Administración Tributaria y Aduanera, por ejemplo, introduciendo el número de identificación fiscal y el sistema de información aduanera "ASYCUDA ++". Se espera que la recaudación fiscal crezca un punto porcentual en porcentaje del PIB durante el período en cuestión, aunque la ratio ingresos totales/PIB baje tres puntos porcentuales pasando a ser del 52% del PIB en 2003 por la menor cuantía de las subvenciones. Otras medidas fiscales incluyen la mayor armonización de los sistemas fiscales de las Entidades, la realización de una evaluación del gasto público con la ayuda del Banco Mundial y la plena aplicación en todas las Entidades del sistema centralizado de tesorería, aunque no está previsto hacerlo extensivo a otros niveles. Asimismo, se está ejecutando un segundo crédito de ajuste estructural de las finanzas públicas del Banco Mundial (PFSAC II) con el que se espera mejorar la coordinación entre las Entidades, la fijación de prioridades en materia de gasto y la gestión presupuestaria y de la deuda.

Se calcula que la deuda pública, incluidos los pagos atrasados pendientes (alrededor del 9% del PIB), pasará del 68% del PIB a finales de 2001 al 71% del PIB a finales de 2003. Sin embargo, si se incluyen las cuentas en divisas congeladas (30% del PIB) y los posibles compensaciones de guerra (50% del PIB) la deuda pública podría representar en total más del 150% del PIB. De ahí que las autoridades del país vayan a revisar la legislación sobre privatización para asegurarse de que el producto íntegro de las privatizaciones y los fondos de sucesión se ingresen en una cuenta bloqueada que servirá para pagar esta deuda.

En cuanto a la política monetaria y de cambio, la caja de conversión, una de las instituciones más creíbles y con más éxito de ByH, se mantendrá en vigor por lo menos hasta mediados de 2003, conforme a lo exigido en el Acuerdo de Dayton. Después, cualquier cambio deberá contar con la aprobación del Parlamento del Estado. Sin embargo, las autoridades han manifestado su compromiso a largo plazo con el acuerdo, en especial, por su independencia y aislamiento del complejo entorno político.

Están previstos dos cambios administrativos importante en un futuro próximo: el BAM ya está vinculado de facto al euro, de manera que habrá que modificar en consecuencia la Ley relativa al Banco Central. Asimismo, se ampliará el margen de variación del coeficiente de reservas obligatorias de 10-15% a 10-20%, para hacer posible una política monetaria más flexible. Sin embargo, el coeficiente de reservas obligatorias se mantendrá al nivel del 10% mientras esté vigente el Acuerdo de derecho de giro. Además, el Banco Central no pagará dividendos al Gobierno hasta que sus fondos propios no superen el 10% de sus obligaciones monetarias (actualmente está a un nivel del 5%).

En cuanto a las políticas estructurales, es necesaria una mayor consolidación para que ByH aproveche todo su potencial de crecimiento. Las políticas se concentrarán en cinco áreas principales.

En primer lugar, las autoridades del país procurarán mejorar el entorno empresarial facilitando tanto la creación como el cierre de las empresas, rebajando los costes administrativos y reforzando el marco jurídico de la IED. Recientemente se concertó una operación del Banco Mundial (crédito para la mejora del entorno empresarial) dirigida a propiciar un mejor el entorno empresarial. Se persigue una mayor armonización de la legislación del Estado y de las Entidades, particularmente en materia de quiebra. En la Federación se privatizarán por lo menos ocho grandes empresas estratégicas en 2002 y en la RS hay planes para privatizar ciertas empresas de tamaño mediano.

Para liberalizar y fomentar los intercambios comerciales, se harán esfuerzos para aumentar el nivel de acceso al mercado y de integración regional de ByH. Las autoridades del país procurarán expedir certificados de inspección basados en las normas fitosanitarias de la UE y se espera que a mediados de 2002 se pongan en marcha los acuerdos de libre comercio con todas las antiguas repúblicas yugoslavas, mientras que con Bulgaria y Turquía se negociarán acuerdos bilaterales en 2002. Se confía entrar en la OMC a principios de 2003.

El reforzamiento del sistema financiero también es una prioridad que pasa por la privatización del sector bancario y la aplicación de una normativa prudencial en el sector bancario. Los bancos que se puedan privatizar en el plazo fijado por la ley serán objeto de liquidación. De igual modo, a finales de 2002 todos los bancos comerciales tendrán que tener unos fondos propios mínimos de 15 millones de BAM o serán liquidados. Las autoridades del país también se proponen crear un Fondo nacional de garantía de depósitos que sustituya los dispositivos actuales de las Entidades. Cabe señalar, en este sentido, que acaba de ejecutarse un crédito de ajuste del Banco Mundial para la privatización de empresas y bancos (EBPAC).

La calidad de los datos estadísticos es muy pobre y no se publican estimaciones oficiales del PIB y la balanza de pagos, ni datos consolidados sobre las Administraciones Públicas. Por lo tanto, se redoblarán los esfuerzos para mejorar la calidad de las estadísticas; para ello será preciso mejorar la coordinación entre los tres institutos de estadística y el Banco Central, iniciando una encuesta sobre el presupuesto familiar (con el apoyo de la Oficina de asistencia aduanera y fiscal (CAFAO), un programa financiado por la Comisión Europea), y facilitar estimaciones sobre el PIB real en el período 1998-2002; también se pondrá en marcha un primer censo de la población, así como encuestas periódicas entre las empresas y los consumidores.

4. Necesidades de financiación exterior de ByH en 2002 y 2003

Con el nuevo Acuerdo de derechos de giro de 15 meses se pretende aprovechar el trabajo ya realizado facilitando al mismo tiempo un crecimiento más vigoroso y una reducción del saldo por cuenta corriente. Pero por mucho que se sigan haciendo progresos continuos en materia de reformas y macroestabilización, está claro que ByH seguirá dependiendo de la ayuda financiera oficial exterior, incluida la ayuda macrofinanciera, en un futuro previsible.

Las proyecciones del FMI sobre la evolución de la balanza de pagos recogen un déficit por cuenta corriente (antes de subvenciones) de 1 015 millón de USD y 947 millones de USD en 2002 y 2003 respectivamente (21,3% y 18,7% del PIB). Además, las reservas brutas de divisas deberían aumentar en 319 millones de USD, suponiendo, entre otras cosas, que prosiga la conversión de DM/EUR en marcos convertibles en un contexto exterior e interior favorable; para 2003 el aumento previsto es de 50 millones de USD. Habida cuenta de unos pagos de amortización de la deuda a medio y largo plazo (excluido el FMI) de 46 millones de USD en 2002 y 43 millones de USD en 2003, de pequeños cambios en los atrasos, de los activos netos de los bancos comerciales en el extranjero y de las medidas de reprogramación y condonación de la deuda del Club de Londres, las necesidades brutas de financiación se elevan a 1 281 millones de USD en 2002 y 945 millones de USD en 2003.

Estas necesidades de financiación quedarán sólo parcialmente cubiertas por la inversión extranjera directa (240 millones de USD en 2002 y 320 millones de USD en 2003), las transferencias de capital y créditos oficiales para la reconstrucción (aunque esta fuente de financiación va en disminución) y otras aportaciones de capital como la conversión de DM/EUR en BAM. Una vez consideradas otras medidas de reprogramación y condonación de la deuda previstas para 2002, el déficit de financiación resultante asciende a 140 millones de USD en 2002 y 60 millones de USD en 2003.

Si se deduce la financiación que se prevé aporten las instituciones financieras internacionales, el déficit residual de macrofinanciación exterior se calcula en aproximadamente 75 millones de USD en 2002 y unos 41 millones de USD en 2003, es decir, un total de $116 millones hasta finales de 2003. El FMI ha asumido que se concederá ayuda macrofinanciera comunitaria y de otros donantes para colmar estos déficit en 2002 y 2003.

5. ayuda macrofinanciera suplementaria de la Comunidad que se propone y principales características de la misma

La Comisión propone que la Comunidad ponga a disposición de ByH una ayuda macrofinanciera suplementaria de hasta 60 millones de euros como complemento del nuevo acuerdo de derechos de giro de 15 meses del FMI.

Dado que la deuda pública representa casi el 70% del PIB, excluidos los depósitos en divisas congelados (30% del PIB) y las posibles reclamaciones de guerra (alrededor del 50% del PIB), es aconsejable hacer gala de prudencia a la hora de conceder nuevos préstamos soberanos. Así, se recomienda que una mayor proporción de la ayuda consista en un subvención: alrededor de 40 millones de euros. Este componente tan sustancial de subvención, que está completamente en línea con el primer paquete de ayuda, contribuirá a una mayor sostenibilidad externa a medio plazo.

El importe de la subvención propuesta se financiará con cargo a la línea presupuestaria B7-548 (ayuda macroeconómica en favor de los Balcanes occidentales). Habida cuenta de las limitaciones externas de ByH, el préstamo tendrá una duración de 15 años con un período de gracia de 10 años, como el último paquete de ayuda macrofinanciera a ByH y los destinados a otros países de los Balcanes occidentales. La aprobación de esta ayuda requerirá una provisión adicional del Fondo de Garantía de unos 1.8 millones de euros, para lo cual existe el margen suficiente en la reserva para garantías.

Por consiguiente, se insta al Consejo para que adopte el proyecto de Decisión adjunto sobre una ayuda macrofinanciera suplementaria a la ByH.

2002/0193 (CNS)

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 308,

Vista la propuesta de la Comisión [1],

[1] DO

Visto el dictamen del Parlamento Europeo [2],

[2] DO

Considerando que:

(1) la Comisión ha consultado al Comité Económico y Financiero antes de presentar su propuesta;

(2) las autoridades de ByH han dado importantes pasos hacia el restablecimiento de sus relaciones con las organizaciones internacionales y, en especial, hacia la normalización de sus relaciones financieras con sus acreedores multilaterales, incluido el Banco Europeo de Inversiones, y sus acreedores bilaterales oficiales;

(3) desde octubre 2000, Bosnia y Herzegovina ha realizado considerables progresos en materia de estabilización económica y reforma y ha dado pasos importantes hacia una economía de mercado que funcione correctamente;

(4) de acuerdo con el proceso de estabilización y asociación en el que se enmarcan las relaciones de la Unión Europea con esta región, conviene apoyar la labor encaminada a asegurar la estabilidad política y económica de Bosnia y Herzegovina, a fin de permitir el desarrollo de una estrecha relación de cooperación con la Comunidad;

(5) la ayuda financiera de la Comunidad ayudará a estrechar las relaciones de Bosnia y Hercegovina con la Comunidad; la Comunidad ya ha concedido ayuda macrofinanciera a Bosnia y Herzegovina;

(6) [el [XXX] el Fondo Monetario Internacional (FMI) aprobó, en favor de Bosnia y Herzegovina, un "Acuerdo de derechos de giro" de 15 meses de duración de aproximadamente 89 millones de USD para apoyar el programa económico de las autoridades de este país en 2002-2003];

(7) el grupo del Banco Mundial ha comprometido alrededor de 900 millones de USD en apoyo a 42 créditos AID/fondos fiduciarios y ha desembolsado aproximadamente 670 millones de USD desde 1996. Además, en febrero de 2002 se habían comprometido 45 millones de USD en préstamos CIF, de los que 37 millones de USD ya han se han hecho efectivos. Asimismo, se está ejecutando un segundo crédito de ajuste estructural de las finanzas públicas del Banco Mundial (PFSAC II) y se acaba de completar un crédito de ajuste para la privatización de empresas y bancos (EBPAC) y el año pasado se llevó a cabo una operación de reforma del mercado laboral y protección social. Recientemente se concertó, además, una operación dirigida a propiciar un mejor el entorno empresarial.

(8) los miembros del Club de París acordaron en octubre 1998 reducir la deuda de Bosnia y Herzegovina, lo cual ya se ha traducido en una mejora de la situación de la balanza de pagos;

(9) las autoridades de Bosnia y Herzegovina han solicitado ayuda financiera a las instituciones financieras internacionales, la Comunidad y otros donantes bilaterales;

(10) a pesar de la financiación que se estima que aportarán el FMI y el Banco Mundial, queda por cubrir un importante déficit residual de financiación para apoyar las políticas de reforma de las autoridades del país;

(11) la concesión por la Comunidad de ayuda macrofinanciera a Bosnia y Herzegovina constituye una medida adecuada para aliviar la presión financiera externa que sufre el país, al tiempo que contribuye a sostener la balanza de pagos y a consolidar la situación de las reservas;

(12) la asistencia financiera de la Comunidad, consistente en un préstamo a largo plazo y una subvención, constituye una medida apropiada para apoyar la balanza de pagos de Bosnia y Herzegovina y contribuir a aliviar las tensiones financieras externas del país, vista su limitada capacidad de endeudamiento;

(13) la inclusión de un componente de subvención en la referida ayuda se entiende sin perjuicio de las facultes de la Autoridad Presupuestaria;

(14) la Comisión debe gestionar esta asistencia en concertación con el Comité Económico y Financiero;

(15) para la adopción de la presente Decisión, el Tratado no prevé poderes distintos de los conferidos por el artículo 308,

DECIDE:

Artículo 1

1. La Comunidad concederá a Bosnia y Herzegovina una ayuda macrofinanciera suplementaria consistente en un préstamo a largo plazo y una subvención directa, con vistas a garantizar una situación sostenible de la balanza de pagos y consolidar las reservas del país.

2. El componente de préstamo de esta ayuda se elevará a un principal máximo de 20 millones de euros, con un vencimiento máximo de 15 años. A tal fin, la Comisión queda habilitada para obtener, mediante empréstito en nombre de la Comunidad Europea, los recursos necesarios, que se pondrán a disposición de Bosnia y Herzegovina en forma de préstamo.

3. El componente de subvención de la ayuda alcanzará, como máximo, 40 millones de euros.

4. Esta ayuda financiera de la Comunidad será administrada por la Comisión en estrecha colaboración con el Comité Económico y Financiero y de forma coherente con los acuerdos celebrados entre el FMI y Bosnia y Herzegovina.

Artículo 2

1. Se habilita a la Comisión para convenir con las autoridades de Bosnia y Herzegovina, previa consulta del Comité Económico y Financiero, las condiciones de política económica a que está sujeta la ayuda. Tales condiciones habrán de ser compatibles con los acuerdos citados en el apartado 4 del artículo 1.

2. La Comisión comprobará periódicamente, en colaboración con el Comité Económico y Financiero y en coordinación con el Fondo Monetario Internacional, que las políticas económicas de Bosnia y Herzegovina se ajusten a los objetivos de la ayuda y que se cumplan las condiciones de la misma.

Artículo 3

1. El componente de préstamo y el componente de subvención de la referida ayuda se pondrán a disposición de Bosnia y Herzegovina en dos tramos como mínimo. A reserva de lo dispuesto en el artículo 2, el primer tramo está condicionado a la celebración entre Bosnia y Herzegovina y el FMI de un acuerdo de derechos de giro.

2. A reserva de lo dispuesto en el artículo 2, el segundo tramo se desembolsará siempre que la aplicación del programa de ajuste y reformas de Bosnia y Herzegovina de Macedonia prosiga de manera satisfactoria, y no antes de un trimestre después del pago del primer tramo.

3. Los fondos se abonarán al Banco Central de Bosnia y Herzegovina.

Artículo 4

1. Las operaciones de préstamo y empréstito citadas en el artículo 1 se efectuarán utilizando la misma fecha valor, y no obligarán a la Comunidad Europea a intervenir en la reprogramación de vencimientos, ni a asumir riesgos de tipos de interés o de cambio u otro tipo de riesgos comerciales.

2. La Comisión adoptará las medidas necesarias, si Bosnia y Herzegovina así lo solicita, para incluir en las condiciones de préstamo una cláusula de reembolso anticipado, así como para su ejercicio efectivo.

3. A petición de Bosnia y Herzegovina y cuando las circunstancias permitan obtener mejores tipos de interés para los préstamos, la Comisión podrá proceder a refinanciar total o parcialmente sus empréstitos iniciales o a reestructurar las condiciones financieras correspondientes. Dicha refinanciación o reestructuración deberá efectuarse con arreglo a las condiciones fijadas en el apartado 1 y no deberá tener como efecto la ampliación de la duración media del empréstito afectado o el incremento del importe del capital pendiente en la fecha en que se efectúe la refinanciación o reestructuración, calculado según el tipo de cambio vigente en esa fecha.

4. Todos los gastos a que haya de hacer frente la Comunidad en la formalización y realización de la operación a que se refiere la presente Decisión correrán a cargo de Bosnia y Herzegovina, si ello resulta apropiado.

5. El Comité Económico y Financiero será informado del desarrollo de las operaciones citadas en los apartados 2 y 3.

Artículo 5

Al menos una vez al año, pero antes de septiembre, la Comisión remitirá al Parlamento Europeo y al Consejo un informe en el que se evalúe la aplicación de la presente Decisión en el año precedente.

Artículo 6

La presente Decisión surtirá efecto en la fecha de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Expirará dos años después de la fecha de su publicación.

Hecho en,

Por el Consejo

El Presidente

ANEXO

RECURSOS PRESUPUESTARIOS NECESARIOS PARA LA PROVISIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA EN 2002 Y MARGEN PREVISTO POR LA RESERVA PARA PRÉSTAMOS Y GARANTÍAS DE PRÉSTAMOS EN FAVOR DE TERCEROS PAÍSES

(EN MILLONES DE EUROS)

>SITIO PARA UN CUADRO>

FICHA FINANCIERA

1. Denominación de la operación

Ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina.

2. Línea presupuestaria

a) Componente de subvención de la ayuda

B7-548

b) Componente de préstamo de la ayuda

B0-215: "Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una asistencia financiera en favor de los países de los Balcanes Occidentales"

3. Fundamento jurídico

Artículo 308 del Tratado.

4. Descripción y justificación de la acción

a) Descripción de la acción

Concesión de un préstamo comunitario (financiado mediante empréstitos de la Comunidad en los mercados internacionales de capitales) por un importe máximo de 20 millones de euros y de una subvención comunitaria por un importe máximo de 40 millones de euros (con cargo al presupuesto general) a Bosnia y Herzegovina a fin de respaldar los esfuerzos de reforma del Gobierno y garantizar la sostenibilidad de la balanza de pagos.

b) Justificación de la acción

La sostenibilidad de los logros de estabilización y reforma económica del país beneficiario depende en gran medida de la asistencia financiera externa en condiciones favorables por parte de organismos oficiales.

5. Clasificación del gasto

a) Componente de subvención: gasto no obligatorio, disociado.

b) Componente de préstamo: gasto obligatorio.

6. Naturaleza del gasto

a) Subvención directa (íntegramente a fondo perdido), que se desembolsará como mínimo en dos tramos sucesivos.

b) Posible ejecución de la garantía presupuestaria sobre el empréstito comunitario destinado a financiar el préstamo

7. Repercusión financiera

a) Método de cálculo

La evaluación del importe de la ayuda que se considera necesaria se basa en la estimación actual de las necesidades de financiación exterior residuales del país beneficiario.

Para el componente de préstamo de la ayuda, es de esperar que no se tenga que recurrir a la garantía presupuestaria.

b) Repercusión de la acción en los créditos de operaciones

El recurso a la partida presupuestaria correspondiente al componente de subvención de la ayuda estará supeditado al cumplimiento de una serie de condiciones que habrán de acordarse con las autoridades de Bosnia y Herzegovina.

Únicamente se recurrirá a la partida presupuestaria correspondiente a la garantía presupuestaria del componente de préstamo de la ayuda en caso de ejecución de la garantía.

c) Financiación de los gastos de operaciones

(i) Subvención

Se propone el siguiente calendario de créditos, que se financiarán dentro de los límites de la Categoría 4 de las actuales Perspectivas Financieras (en millones de euros):

// 2002

Créditos de compromiso // 40

Créditos de pago // 40

(ii) Ejecución eventual de la garantía presupuestaria

- Recurso al Fondo de Garantía que establece el Reglamento (CE, EURATOM) n° 2728 del Consejo del 31 de octubre de 1994, cuya modificación más reciente es el Reglamento nº 1149 de 25 de mayo de 1999.

- En caso de que los recursos del Fondo de Garantía fueran insuficientes, los pagos adicionales los proporcionaría el presupuesto mediante transferencia: de todo importe residual que quede en la reserva para garantías;

de cualesquiera pagos atrasados al presupuesto para los que se haya recurrido a la garantía presupuestaria (en virtud de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 27 del Reglamento financiero); de cualquier margen disponible dentro del límite máximo de la rúbrica 4 de las Perspectivas Financieras o a través de una redistribución dentro de las mismas.

- Para cumplir con sus obligaciones, la Comisión podrá garantizar temporalmente el servicio de la deuda por medio de fondos procedentes de su tesorería. En tal caso, se aplicará el artículo 12 del Reglamento (CEE, EURATOM) nº 1552/89 del Consejo, de 29 de mayo de 1989.

8. Disposiciones previstas contra el fraude

Los fondos sólo se pagarán, directamente al banco central del país beneficiario, una vez que los servicios de la Comisión, en concertación con el Comité Económico y Financiero y en contacto con los servicios de FMI, hayan comprobado que las políticas macroeconómicas aplicadas en el país son satisfactorias y que se cumplen las condiciones específicas asociadas a la ayuda.

La ayuda estará sometida a un procedimiento de verificación, control y auditoría bajo la responsabilidad del Tribunal de Cuentas Europeo y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

9. Elementos del análisis coste-eficacia

a) Fundamentos de la operación y objetivos específicos

Al sustentar las medidas de reforma macroeconómica de ByH y completar la financiación facilitada por la comunidad internacional a este país en el contexto del programa respaldado por el FMI, esta ayuda contribuirá al proceso de transición hacia una economía de mercado.

b) Seguimiento y evaluación

Esta ayuda es de carácter macroeconómico y su seguimiento y evaluación se inscribirán en el marco del programa de reforma de 15 meses que el país beneficiario está llevando a cabo y que cuenta con el apoyo del FMI.

Los servicios de la Comisión realizarán el seguimiento de la operación basándose en un verdadero sistema de indicadores macroeconómicos y de política estructural que se habrán de establecer de común acuerdo con las autoridades del país beneficiario. Por otra parte, los servicios de la Comisión se mantendrán en estrecho contacto con los servicios del FMI y el Banco Mundial a fin de conocer su valoración de los logros del país beneficiario en materia de estabilización y reforma.

La propuesta de decisión del Consejo prevé el envío al Parlamento Europeo y al Consejo de un informe anual, que contendrá una evaluación de la aplicación de la presente acción.

10. Gastos administrativos

Esta medida es de carácter excepcional y no implicará un aumento en el volumen de personal de la Comisión.

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