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Document 32015R1746

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1746 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2015, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n° 750/2014 con la ampliación del período de aplicación de las medidas de protección frente a la diarrea epidémica porcina (Texto pertinente a efectos del EEE)

OJ L 256, 1.10.2015, p. 5–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/10/2016

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2015/1746/oj

1.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 256/5


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1746 DE LA COMISIÓN

de 30 de septiembre de 2015

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 con la ampliación del período de aplicación de las medidas de protección frente a la diarrea epidémica porcina

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (1), y, en particular, su artículo 18, apartados 1 y 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 de la Comisión (2) se adoptó a raíz de la información relativa a la presencia en América del Norte de una nueva enfermedad de coronavirus entéricos porcinos causada por α-coronavirus porcinos de reciente aparición, incluidos el virus de la diarrea epidémica porcina y un nuevo δ-coronavirus porcino. Dicho Reglamento de Ejecución establecía medidas de protección en relación con la introducción en la Unión de partidas de cerdos vivos para cría y producción procedentes de las zonas en las que está presente esta enfermedad vírica, a fin de ofrecer las garantías necesarias en la explotación de origen e impedir la introducción en la Unión de la diarrea epidémica porcina causada por esos virus. Estas medidas de protección eran aplicables hasta el 12 de enero de 2015.

(2)

El Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 fue modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1306/2014 (3) a fin de ampliar su período de aplicación hasta el 31 de octubre de 2015, ya que la situación epidemiológica en los terceros países afectados por la nueva enfermedad de coronavirus entéricos porcinos causada por α-coronavirus porcinos de reciente aparición, incluidos el virus de la diarrea epidémica porcina y el δ-coronavirus porcino, no había cambiado en cuanto al riesgo de propagación de dichos coronavirus entéricos porcinos desde la fecha de adopción del Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014.

(3)

A la luz de la evolución de la situación de la enfermedad en los terceros países afectados y a falta de nueva información científica, las medidas de protección establecidas mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 deben prorrogarse hasta el final de octubre de 2016. Por tanto, el período de aplicación de dicho Reglamento de Ejecución debe modificarse en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2, párrafo segundo, del Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014, la fecha «31 de octubre de 2015» se sustituye por «31 de octubre de 2016».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2015.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 de la Comisión, de 10 de julio de 2014, relativo a medidas de protección ante la diarrea epidémica porcina por lo que respecta a los requisitos zoosanitarios para la entrada de porcinos en la Unión (DO L 203 de 11.7.2014, p. 91).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) no 1306/2014 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 750/2014 con la ampliación del período de aplicación de las medidas de protección frente a la diarrea epidémica porcina (DO L 351 de 9.12.2014, p. 1).


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