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Programa europeo para la protección de infraestructuras críticas

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Programa europeo para la protección de infraestructuras críticas

La Comisión Europea expone los principios y los instrumentos necesarios para la aplicación del programa europeo de protección de infraestructuras críticas (PEPIC), europeas y nacionales.

ACTO

Comunicación de la Comisión de 12 de diciembre de 2006 sobre un Programa Europeo para la Protección de Infraestructuras Críticas [COM (2006) 786 final – Diario Oficial C 126 de 7 de junio de 2007].

SÍNTESIS

En diciembre de 2005, el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior pidió a la Comisión que le presentara una propuesta de Programa Europeo para la Protección de Infraestructuras Críticas * (PEPIC). A raíz de esta petición, la Comisión adoptó la presente Comunicación y una propuesta de Directiva sobre la identificación y designación de las infraestructuras críticas europeas, destinada a mejorar su protección.

En esta Comunicación se exponen los principios, procedimientos e instrumentos propuestos para aplicar el PEPIC. Las amenazas a las que el programa debería responder no se limitan al terrorismo exclusivamente sino que, con un planteamiento global, incluyen las actividades delictivas, los desastres naturales y otras causas de accidentes.

El objetivo general del PEPIC es mejorar la protección de las infraestructuras críticas (PIC) de la Unión Europea (UE). Este objetivo se alcanzará mediante la aplicación de la legislación europea que se presenta en esta Comunicación.

El marco legislativo del PEPIC consta de los siguientes elementos:

  • un procedimiento de identificación y designación de las infraestructuras críticas europeas (ICE) y un enfoque común para evaluar la necesidad de mejorar su seguridad; este último se establecerá mediante una Directiva;
  • medidas destinadas a facilitar la mejora del PEPIC, entre las que figuran un plan de acción, una red de alerta relativa a las infraestructuras críticas (CIWIN), la creación de grupos de expertos de Protección de las Infraestructuras Críticas (PIC) a escala de la Unión Europea (UE), procedimientos para compartir información acerca de la PIC, y definición y análisis de la interdependencia;
  • ayuda a los Estados miembros, a petición estos, en cuanto a la seguridad de las infraestructuras críticas nacionales (ICN), y planes de intervención;
  • una dimensión exterior;
  • medidas financieras complementarias y, en particular, el Programa específico «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y de otros riesgos en materia de seguridad» para el período 2007-2013, que facilitará nuevos medios de financiación de medidas relacionadas con la protección de infraestructuras críticas.

Plan de acción del PEPIC

El plan de acción del PEPIC se centra en tres aspectos principales:

  • el primero se refiere a los aspectos estratégicos y la elaboración de medidas aplicables horizontalmente a todas las actividades en materia de protección de infraestructuras críticas (PIC);
  • el segundo se refiere a la protección de las Infraestructuras Críticas de la Unión Europea (ICE) y tiene por objeto reducir su vulnerabilidad;
  • el tercero se inscribe en un marco nacional y está destinado a ayudar a los Estados miembros a proteger sus Infraestructuras Críticas Nacionales (ICN).

Este plan de acción es evolutivo y habrá que proceder a revisarlo con regularidad.

Red de información sobre alertas en infraestructuras críticas (CIWIN)

Mediante una propuesta distinta de la Comisión, se creará una red de alerta (CIWIN) para facilitar el intercambio de las mejores prácticas y servir de plataforma para el envío de mensajes de alerta rápida, en relación con el sistema ARGUS.

Grupo de expertos

Cuando sea necesaria la intervención de expertos en un ámbito determinado de la PIC, la Comisión podrá constituir, a escala de la UE, un grupo de expertos para que procedan al examen de aspectos concretos. Según el sector a que pertenezca la infraestructura crítica y en función de sus características, las funciones de los expertos podrán incluir:

  • la identificación de los puntos vulnerables, la interdependencia y las mejores prácticas sectoriales;
  • la elaboración de medidas encaminadas a reducir la vulnerabilidad y a concebir indicadores de resultados;
  • la elaboración de estudios de casos.

Información compartida acerca de la Protección de Infraestructuras Críticas (PIC)

Los agentes interesados deberán compartir la información acerca de la PIC, especialmente las cuestiones relativas a la seguridad de infraestructuras críticas y sistemas protegidos, los estudios sobre interdependencia, la vulnerabilidad en relación con la PIC y la evaluación de amenazas y riesgos. Al mismo tiempo, habrá que velar por que no se revele la información compartida, tanto si es exclusiva como sensible o de carácter personal, y por que todas las personas que trabajen con información confidencial o sensible sean sometidas al oportuno procedimiento de habilitación por parte del Estado miembro de su nacionalidad.

Identificación de la interdependencia

Con el fin de mejorar la evaluación de los puntos vulnerables, las amenazas o los riesgos relacionados con las infraestructuras críticas, será necesario identificar y analizar las interdependencias de carácter geográfico o sectorial.

Grupo de contacto PIC

La Comisión tiene en proyecto crear un grupo de puntos de contacto para la protección de las infraestructuras críticas. Cada Estado miembro deberá designar los puntos de contacto que se encargarán de coordinar, junto con el Consejo, la Comisión y los otros Estados miembros, los asuntos relacionados con la protección de las infraestructuras a escala nacional.

Protección de Infraestructuras Críticas Nacionales (ICN)

Teniendo siempre bien presente que la protección de las ICN incumbe a sus propietarios, a quienes las explotan y a los Estados miembros donde dichas infraestructuras críticas nacionales estén situadas, la Comisión, si los Estados lo solicitan, ha previsto ayudas en este ámbito. Además, se insta a los Estados miembros a elaborar un programa nacional de protección que incluya:

  • la clasificación de las ICN, en función de las consecuencias de una interrupción de la actividad o de la destrucción de cada infraestructura (amplitud de la zona geográfica afectada y gravedad de las consecuencias);
  • la identificación de las interdependencias geográficas y sectoriales;
  • la elaboración de planes de intervención.

Dimensión exterior

Un aspecto importante del PEPIC es la dimensión exterior de la PIC. Dado el grado de interconexión e interdependencia de las economías modernas, la interrupción de la actividad o la destrucción de una infraestructura europea podría implicar consecuencias para países que no forman parte de la Unión y viceversa. Por consiguiente, es indispensable incrementar la cooperación internacional en este ámbito mediante protocolos de acuerdo sectoriales.

Medidas financieras complementarias

El PEPIC será cofinanciado por el programa comunitario «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y de otros riesgos en materia de seguridad» durante el período 2007-2013.

Antecedentes históricos

El Consejo Europeo de 17 y 18 de junio de 2004 pidió a la Comisión que elaborase una estrategia global para una mayor protección de las infraestructuras críticas. En respuesta a dicha petición la Comisión publicó, el 20 octubre 2004, la siguiente Comunicación: «Protección de las infraestructuras críticas en la lucha contra el terrorismo».

El proyecto de la Comisión encaminado a proponer un programa europeo de protección de las infraestructuras críticas (PEPIC) y una red de alerta en relación con las infraestructuras críticas (CIWIN) fue aceptado en el Consejo Europeo de 16 y 17 de diciembre de 2004, tanto en las conclusiones del Consejo relativas a la prevención, preparación y respuesta ante ataques terroristas, como en el programa de solidaridad que el Consejo aprobó el 2 de diciembre de 2004.

La elaboración del programa PEPIC fue preparada minuciosamente a lo largo de 2005. El 17 de noviembre de 2005, la Comisión adoptó el Libro Verde sobre un programa europeo para la protección de infraestructuras críticas.

El 15 de septiembre de 2005, se adoptó la Decisión C/2005/3179 sobre la financiación de un proyecto piloto que incluía acciones preparatorias destinadas a reforzar la lucha contra el terrorismo. A esta le siguió, el 26 de octubre de 2006, una segunda Decisión (C/2006/5025) sobre la financiación del proyecto piloto sobre el PEPIC.

El 12 de diciembre de 2006 la Comisión presentó una propuesta de Directiva del Consejo sobre la identificación y designación de las infraestructuras críticas europeas y la evaluación de la necesidad de mejorar su protección. El mismo día, la Comisión adoptó también la presente Comunicación. Estos documentos dan una idea precisa de cómo la Comisión propone abordar el tema de la protección de infraestructuras críticas en la UE.

Por último, el Programa específico «Prevención, preparación y gestión de las consecuencias del terrorismo y de otros riesgos en materia de seguridad» se adoptó el 12 de febrero de 2007.

Términos clave del acto

  • Infraestructura crítica: instalaciones, equipos físicos y de tecnología de la información, redes, servicios y activos cuya interrupción o destrucción pueden tener grandes repercusiones en la salud, la seguridad o el bienestar económico de los ciudadanos o en el funcionamiento de los gobiernos de los Estados miembros.

ACTOS CONEXOS

Propuesta de decisión del Consejo de 27 de octubre de 2008 relativa a una Red de información sobre alertas en infraestructuras críticas (CIWIN) [COM(2008) 676 final – no publicada en el Diario Oficial]. Tal y como se preveía en la Comunicación anterior, esta propuesta independiente tenía como objetivo establecer una Red de información sobre alertas en infraestructuras críticas (CIWIN). La CIWIN proporcionaría a los Estados miembros un sistema de información, comunicación y alertas seguro para intercambiar datos referentes a la PIC. El sistema facilitaría la cooperación entre los Estados miembros, permitiendo intercambios sobre amenazas y vulnerabilidades, así como sobre estrategias para mejorar la protección de infraestructuras críticas. La participación de los Estados miembros en esta Red sería de carácter voluntario. La CIWIN consistiría en un foro electrónico y un sistema de alerta rápida, el primero para el intercambio de información y el segundo para alertas sobre riesgos y amenazas. Se trataría de un sistema clasificado seguro, en el que el acceso a la información se regularía consecuentemente. El desarrollo de los aspectos técnicos de la CIWIN es responsabilidad de la Comisión.

Procedimiento de consulta (CNS/2008/0200)

Libro Verde de 17 de noviembre de 2005 sobre un Programa Europeo para la Protección de Infraestructuras Críticas [COM (2005) 576 final – No publicado en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2004, «Lucha contra el terrorismo: preparación y gestión de las consecuencias» [COM (2004) 701 final – Diario Oficial C 52 de 2.3.2005].

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2004, «Prevención, preparación y respuesta a los ataques terroristas» [COM (2004) 698 final – Diario Oficial C 14 de 20.1.2005].

Última modificación: 17.08.2010

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