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Document 52022DC0438

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Revisión de la aplicación de la política medioambiental 2022 Cambiar de rumbo mediante el cumplimiento de la la normativa medioambiental

COM/2022/438 final

Bruselas, 8.9.2022

COM(2022) 438 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Revisión de la aplicación de la política medioambiental 2022









Cambiar de rumbo mediante el cumplimiento de la la normativa medioambiental

{SWD(2022) 252 final} - {SWD(2022) 253 final} - {SWD(2022) 254 final} - {SWD(2022) 255 final} - {SWD(2022) 256 final} - {SWD(2022) 257 final} - {SWD(2022) 258 final} - {SWD(2022) 259 final} - {SWD(2022) 260 final} - {SWD(2022) 261 final} - {SWD(2022) 262 final} - {SWD(2022) 263 final} - {SWD(2022) 264 final} - {SWD(2022) 265 final} - {SWD(2022) 266 final} - {SWD(2022) 267 final} - {SWD(2022) 268 final} - {SWD(2022) 269 final} - {SWD(2022) 270 final} - {SWD(2022) 271 final} - {SWD(2022) 272 final} - {SWD(2022) 273 final} - {SWD(2022) 274 final} - {SWD(2022) 275 final} - {SWD(2022) 276 final} - {SWD(2022) 277 final} - {SWD(2022) 278 final}


1.La política medioambiental es aún más crítica en el contexto actual

En los últimos tres años, la Unión Europea (UE) se ha enfrentado a retos sanitarios, económicos y geopolíticos sin precedentes en la historia reciente. La mejora de nuestra seguridad colectiva se ha convertido en una prioridad absoluta. Con la guerra en Ucrania, los precios de la energía han aumentado drásticamente y el conflicto repercutirá claramente en la disponibilidad y precio de los alimentos básicos. Esto ha suscitado la inquietud de que pueda retrasarse la consecución del objetivo de la UE de convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro. Por otra parte, la situación actual ha puesto de manifiesto más que nunca la importancia de aumentar la futura independencia de la UE en materia de recursos, basada en las energías renovables nacionales y en una mayor eficiencia. El medio ambiente, como uno de los pilares en los que se basa nuestro modelo socioeconómico, no puede ser inmune a estos retos, sino que puede contribuir a mejorar nuestra resistencia.

El aumento de las tensiones geopolíticas no debe hacernos perder de vista la actual crisis medioambiental. En su plan REPowerEU 1 , la Comisión ha recordado que la aceleración de la transición energética limpia de Europa y una aplicación más rápida de las propuestas «Objetivo 55» constituyen el núcleo de nuestra estrategia europea para hacer frente a la actual crisis energética y lograr un sistema energético más resistente. La guerra en Ucrania no altera el hecho de que el cambio climático, la contaminación y la pérdida de biodiversidad son tres de los retos más difíciles a los que nos enfrentamos hoy en día. Cada año, los fenómenos meteorológicos y climáticos extremos causan muertes y pérdidas económicas significativas 2 . Los efectos del cambio climático ya pueden verse en los incendios que sufrimos verano tras verano en el sur de Europa, las sequías que afectan cada vez más al centro y al norte de Europa y la creciente cantidad de inundaciones graves. La presión sobre el agua y la producción de alimentos seguirá aumentando y algunas partes de la UE ya están sujetas a niveles de estrés hídrico medio a alto, una situación que se espera que empeore con el tiempo. Una de cada ocho muertes en Europa puede estar relacionada con la contaminación 3 . La contaminación afecta ante todo a los grupos de población más desfavorecidos y vulnerables, lo que agrava la discriminación y el riesgo de conflictos. Es además uno de los cinco factores principales de pérdida de la biodiversidad, que actualmente amenaza la supervivencia de más de un millón de los estimados ocho millones de especies vegetales y animales del planeta.

El Pacto Verde Europeo 4 ha demostrado ser correcto en sus objetivos y lo suficientemente flexible como para adaptarse a la evolución de la situación. La aplicación de las políticas y normas de la UE en respuesta a los retos emergentes y, en caso necesario, su definición con mayor precisión, se orientarán hacia la sostenibilidad a largo plazo. El Pacto Verde ya apoya la descarbonización del sistema energético y el desarrollo de nuevas tecnologías más limpias, como la electromovilidad, el hidrógeno verde, los bioquímicos y los materiales descarbonizados. La UE también está reevaluando su política energética para avanzar hacia un sistema energético basado en gran medida en las energías renovables y en una mayor eficiencia energética que apoye sus objetivos climáticos y medioambientales, complementada por una estrategia comercial centrada en la autonomía estratégica abierta, basada en el aumento de la resistencia y la sostenibilidad de la economía de la UE 5 . Asimismo, el Pacto Verde y la legislación de la UE relativa a la ecologización de la política agrícola y la protección de la biodiversidad, y el fomento de la agricultura ecológica, son algunas de las respuestas sostenibles a la cuestión de la seguridad alimentaria mundial y del abastecimiento.

Además, un entorno saludable está intrínsecamente ligado a nuestros valores democráticos. Las generaciones futuras tienen derecho a heredar un medio ambiente limpio y tenemos el deber de configurar un modelo socioeconómico que respete los límites del planeta. En este sentido, nuestro trabajo contribuye a la buena aplicación del Estado de Derecho medioambiental, a una gobernanza medioambiental más sólida y a un mejor cumplimiento de la normativa en los Estados miembros.

El Pacto Verde Europeo otorgó a la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental un mandato específico en reconocimiento de su análisis y conclusiones amplios y precisos, señalando que la Comisión y los Estados miembros deben garantizar el cumplimiento de las políticas y la legislación, y subrayando al mismo tiempo que «la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental desempeñará un papel fundamental para pormenorizar la situación de cada Estado miembro». Este mandato se vio reforzado por el Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo 6 , que subraya que la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental, al igual que otros instrumentos, como el Semestre Europeo o los planes nacionales de energía y clima en el marco de la Unión de la Energía, también servirá para determinar las necesidades de inversión de cada Estado miembro en los sectores clave de la política medioambiental 7 .

2.Los objetivos políticos y las obligaciones jurídicas no serán más que buenos consejos si no se ponen en práctica: el papel de la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental

Además de acordar objetivos ambiciosos a escala de la UE, es de vital importancia garantizar la aplicación de las políticas y la legislación medioambientales de la UE. Una aplicación deficiente o escasa de las normas medioambientales puede tener múltiples efectos perjudiciales para el planeta, la población y la economía. Puede generar desconfianza política y frustración, especialmente entre los jóvenes, a quienes importan muy poco las palabras vacías y juzgarán por los resultados. 

La política medioambiental se aplica normalmente a largo plazo y resulta un reto mantener el impulso. Sin embargo, es la aplicación la que permite obtener resultados concretos para las personas. La continuidad y la persistencia como elementos esenciales de una aplicación eficaz son, por tanto, necesarias para alcanzar las aspiraciones medioambientales de la Unión. En 2016 8 , la Comisión se comprometió a informar periódicamente sobre el estado de aplicación de la legislación medioambiental de la UE. Esta tercera revisión de la aplicación de la normativa medioambiental 9 hace un balance de las actuaciones de los Estados miembros en relación con la aplicación de las obligaciones medioambientales de la UE, cinco años después de la primera evaluación.

Como se señalaba en las ediciones anteriores, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental complementa, en lugar de sustituir, otras herramientas que apoyan el cumplimiento, supervisan y garantizan el cumplimiento a través de la aplicación a escala de la UE. Por lo tanto, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental se entiende sin perjuicio de la facultad de la Comisión de incoar procedimientos 10 de infracción por incumplimiento del Derecho de la Unión. La revisión de la aplicación de la normativa medioambiental tiene por objeto apoyar a los Estados miembros, permitiéndoles aplicar mejor las políticas y normas medioambientales al proporcionarles las observaciones y la información que necesitan y una visión general muy necesaria de la situación de la aplicación de dicha normativa en cada país de la UE y a escala de la Unión 11 . Asimismo, aporta claridad en cuanto a los problemas a los que se enfrentan los Estados miembros al ayudar a los responsables de toma de decisiones durante la aplicación, en particular en cuanto a la forma en que deben priorizarse los recursos.

A este respecto, la Comisión ha identificado los objetivos y metas más importantes, tal como se definen en las políticas y normas acordadas en vigor, que proporcionan los parámetros de referencia para medir los avances en la aplicación. Los objetivos y metas son similares a los utilizados en anteriores ciclos de revisión de la aplicación de la normativa medioambiental, pero se han revisado y mejorado, cuando procede. Esto permite hacer un seguimiento de los avances y comparaciones justas en lo que respecta a los resultados de los Estados miembros en la aplicación del Derecho de la Unión en materia de medio ambiente (el acervo medioambiental).

La revisión de la aplicación de la normativa medioambiental muestra que los objetivos políticos comunes a todos solo pueden alcanzarse si se abordan eficazmente los retos específicos de cada Estado miembro. Las actuaciones prioritarias, que formulan recomendaciones a cada Estado miembro, se adaptaron sobre la base de las evaluaciones de los informes por país con el fin de determinar cómo hacer frente a las deficiencias de cumplimiento y, posteriormente, se armonizaron para adaptarse a los países que se encontraban en una posición similar. El anexo de la presente Comunicación ofrece una visión global de las actuaciones prioritarias.

Sobre la base de los informes por país, la presente Comunicación tiene por objeto extraer conclusiones transversales a escala de la UE para cada uno de los ámbitos temáticos evaluados en los informes por país, así como sobre el marco y los mecanismos de gobernanza que deben permitir la aplicación de la normativa medioambiental. Concluye con las vías para seguir avanzando.

3.Estado de ejecución: constataciones

3.1. Economía circular y gestión de los residuos 

Con el nuevo plan de acción para la economía circular de marzo de 2020 12 , la Comisión Europea anunció iniciativas para todo el ciclo de vida de los productos, desde el diseño y la fabricación hasta el consumo, la reparación, la reutilización, el reciclado y la reintegración de los recursos en la economía. El objetivo es reducir la huella de consumo de la UE y duplicar su tasa de utilización circular de materiales de aquí a 2030. Posteriormente, con las iniciativas sobre productos sostenibles y sobre declaraciones ecológicas y la primera estrategia de la UE para los textiles sostenibles 13 , la Comisión cumple los compromisos clave en el marco del nuevo plan de acción para la economía circular. El marco de seguimiento de la economía circular 14 supervisa las principales tendencias y patrones para comprender cómo se están desarrollando los diversos elementos de la economía circular y si se han tomado medidas suficientes. No obstante, son necesarias reformas e inversiones eficaces a nivel nacional.

Para evaluar la circularidad en toda la UE, en el marco de la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental, la Comisión examinó varios aspectos, como el uso secundario de materiales, la productividad de los recursos 15 y la existencia de estrategias y programas de economía circular a nivel nacional. Los informes por país de la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental también examinaron la generación de residuos per cápita y la forma en que se tratan los residuos, centrándose en la evolución del índice de reciclado a lo largo de los años. Los informes de «alerta rápida» sobre la gestión de residuos, que evalúan y sensibilizan sobre los avances en la consecución de los objetivos de la UE en materia de residuos, estarán disponibles a finales de 2022. La revisión de la aplicación de la normativa medioambiental también evaluó la situación de la transposición del paquete legislativo sobre residuos de 2018, en particular la Directiva sobre residuos 16 , la Directiva relativa al vertido de residuos 17 , la Directiva relativa a los envases y residuos de envases 18 y la Directiva por la que se modifican la Directiva 2000/53/CE relativa a los vehículos al final de su vida útil, la Directiva 2006/66/CE relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores, y la Directiva 2012/19/UE relativa a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos 19 , así como la situación relativa a la adopción de los planes de gestión de residuos y los programas de prevención de residuos, que son instrumentos clave para la aplicación de la legislación de la UE sobre residuos.

 Gráfico 1: Índice de reciclado de los residuos municipales en 2020 (porcentaje) 20

Gráfico 2: Tasa de utilización circular de materiales en 2020 (porcentaje) 21

Constataciones 

1.La mayoría de los Estados miembros cuentan ahora con estrategias nacionales de economía circular y planes de acción, o han anunciado o realizado avances en estrategias globales que abarcan todo el ciclo de vida 22 .

2.Existen grandes diferencias en el índice de circularidad entre los Estados miembros, ya que el uso secundario de materiales difiere de la media de la UE del 12,8 %, del 1,3 % en Rumanía al 30,9 % en los Países Bajos. Lo mismo ocurre con la productividad de los recursos, cuya media en la UE es de 2,09 euros/kg, y que oscila entre los 0,3 euros/kg de Bulgaria y los 5,89 euros/kg de los Países Bajos.

3.Debe prestarse especial atención a sectores como el del plástico, los materiales de construcción y los textiles, debido a su efecto en el medio ambiente, pero también a su utilidad como materiales secundarios.

4.La prevención de los residuos sigue planteando un gran reto en todos los Estados miembros, en particular en los que registran altos porcentajes de reciclado. La tendencia va en la dirección equivocada, ya que la generación de residuos municipales en la UE ha aumentado desde 2014 de una media de 478 kg a 505 kg per cápita. Solo cinco Estados miembros han reducido su generación de residuos per cápita desde 2014 23 .

5.La consecución del objetivo de 2020 del 50 % de preparación para la reutilización/reciclado de residuos municipales sigue siendo motivo de especial preocupación, como se destaca en los informes de alerta temprana de 2018 24 .

6.Pese a los progresos realizados, aún no se ha logrado el cumplimiento de las obligaciones básicas de las Directivas marco sobre los residuos 25 y el vertido de residuos 26 (cierre de vertederos ilegales, rehabilitación y tratamiento de residuos antes del vertido). La Comisión está llevando a cabo procedimientos de infracción contra doce Estados miembros por incumplimiento de la Directiva relativa al vertido de residuos 27 . 

7.Lamentablemente, algunos Estados miembros se enfrentan a ambos retos: están lejos de alcanzar los objetivos de reciclaje y siguen explotando vertederos que no se ajustan a la normativa. Como resultado, estos países tienen una mayor desfase de aplicación en comparación con el resto de la UE 28 . Deben realizar importantes esfuerzos no solo para alcanzar los objetivos ya en vigor, sino también para construir infraestructuras básicas y cambiar las prácticas improductivas y a menudo ilegales de gestión de residuos.

Prácticas eficaces

España ha puesto en marcha una estrategia nacional integral de economía circular denominada «España Circular 2030», que presenta una visión a largo plazo, así como planes de acción trienales basados en objetivos cuantitativos.

Irlanda 29 es un ejemplo útil con su importante reforma del sector de los residuos, el cierre de vertederos ilegales y la financiación de amplias obras de limpieza y rehabilitación. Las reformas se llevaron a cabo en estrecha cooperación con la Comisión, lo que dio lugar a un sistema que garantiza un alto nivel de cumplimiento de la legislación de la UE en materia de residuos.

3.2. Biodiversidad y capital natural

 

A raíz del Pacto Verde, la Comisión se ha comprometido a renovar sus esfuerzos de control para hacer frente a las infracciones de la legislación de la UE relacionada con la naturaleza. La Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 30 tiene por objeto situar la biodiversidad de Europa en la senda de la recuperación y establece nuevas formas de aplicar la legislación vigente de manera más eficaz, con nuevos objetivos y mecanismos de gobernanza para lograr ecosistemas sanos y resilientes. Su objetivo es recuperar y proteger la naturaleza y reconoce que la mejora de la aplicación y el cumplimiento requiere apoyo político y mayores recursos financieros y humanos, tanto a escala nacional como de la UE. Como elemento clave de la Estrategia de la Unión sobre la Biodiversidad, la Comisión propuso una Ley de Restauración de la Naturaleza 31 , que combina un objetivo general de restauración para la recuperación a largo plazo de la naturaleza en las zonas terrestres y marítimas de la UE con objetivos vinculantes de restauración para hábitats y especies específicas. Estas medidas deben alcanzar al menos el 20 % de las zonas terrestres y marítimas de la UE de aquí a 2030 y que se extiendan finalmente a todos los ecosistemas que necesiten ser restaurados de aquí a 2050. Los Estados miembros comparten la responsabilidad de proteger y restaurar la biodiversidad y los ecosistemas naturales garantizando la aplicación y el cumplimiento adecuados del acervo pertinente de la UE en materia de medio ambiente. En particular, la Ley de Restauración de la Naturaleza establece un sistema de presentación de planes nacionales de restauración por parte de los Estados miembros, en los que se muestra cómo van a cumplir los objetivos, así como sistemas de seguimiento e información en relación con los progresos realizados.

La Estrategia sobre la biodiversidad trabaja conjuntamente con la nueva Estrategia «De la Granja a la Mesa» 32 , la Estrategia de la UE en favor de los Bosques 33 y la nueva política agrícola común para apoyar y lograr la transición hacia una agricultura y gestión forestal plenamente sostenibles. También establece objetivos en relación con las especies exóticas invasoras (EEI) y reconoce la necesidad de intensificar la aplicación del Reglamento en la materia 34 . A fin de alcanzar sus objetivos en materia de cooperación internacional, la legislación de la UE está concebida para garantizar que cumplimos nuestros acuerdos internacionales y luchamos contra el consumo, en la UE, de productos obtenidos de forma ilegal o de especies en peligro de extinción. Por lo que se refiere a los bosques, que aportan importantes beneficios medioambientales y socioeconómicos, en julio de 2021 se adoptó la Estrategia de la UE en favor de los Bosques para 2030 como parte del paquete de medidas «Objetivo 55». Su objetivo clave es garantizar la salud, la diversidad y la resiliencia de los bosques de la UE. Además, en noviembre de 2021, la Comisión adoptó una propuesta de reglamento sobre productos libres de deforestación 35 . Este Reglamento garantiza que las materias primas incluidas en el ámbito de aplicación (ganado, cacao, café, palma aceitera, soja y madera) y los productos que las contengan no pueden ser comercializados o puestos a disposición en el mercado de la Unión, ni exportados desde la Unión, a menos que estén libres de deforestación. Los bosques son importantes sumideros de carbono y los esfuerzos por conservarlos son vitales para la visión de la UE de lograr la neutralidad climática de aquí a 2050. Por ello, la Comisión ha actuado para minimizar la contribución de la UE a la deforestación y la degradación de los bosques en todo el mundo, y de esta manera reducir así también la contribución de la UE a las emisiones de gases de efecto invernadero y a la pérdida de biodiversidad mundial.

La nueva Estrategia de la UE para la protección del suelo 36 aborda la degradación del suelo y su repercusión en la biodiversidad. Destaca la importancia de la protección del suelo, su gestión sostenible y la restauración de los suelos degradados para lograr la neutralidad en la degradación de las tierras de aquí a 2030. El suelo es un recurso finito, extremadamente frágil y cada vez más degradado en la UE.

En el ámbito de la naturaleza, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental se centra en la evaluación del cumplimiento de las Directivas de protección de los hábitats 37 y las aves 38 y del Reglamento sobre especies exóticas invasoras. Más concretamente, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental evalúa los espacios de la red Natura 2000 (en particular, los bosques y espacios marinos) en los Estados miembros y cómo garantizan un estado de conservación favorable para los hábitats y las especies. Además, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental evaluó los mecanismos de control sobre las especies exóticas invasoras. Lograr el pleno cumplimiento por parte de todos los Estados miembros es esencial para cumplir los objetivos de la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para 2030, y son la piedra angular de la legislación europea destinada a conservar la vida silvestre de la UE. A este respecto, Natura 2000 39 , la mayor red coordinada de zonas protegidas del mundo, basada en dichas Directivas, desempeña un papel central. Se trata de un instrumento clave para garantizar la protección y conservación a largo plazo de las especies y hábitats más valiosos y amenazados de Europa y de los ecosistemas que sustentan. Dada la enorme disminución de la biodiversidad, es extremadamente urgente que la red se complete y gestione eficazmente.

Gráfico 3: Estado de conservación de los hábitats y especies protegidas en virtud de la Directiva sobre hábitats a nivel de los Estados miembros durante el período de referencia 2013-2018 40

Constataciones

1.A pesar de los importantes esfuerzos realizados por los Estados miembros y de algunas mejoras, la biodiversidad en la UE sigue disminuyendo y muestra tendencias de deterioro. Algunos de los hábitats más deteriorados de la UE son los prados seminaturales, los pantanos y las turberas bajas. A pesar de la reducción registrada en la última década, la ocupación neta de la tierra en la Europa de los Veintisiete siguió siendo de 83,8 m2/km2 entre 2012 y 2018.

2.Los bosques están sometidos a una enorme presión. Del 27 % de la superficie forestal de la UE protegida en virtud de las Directivas de la UE sobre la naturaleza, menos del 15 % tiene un estado de conservación favorable y el número de hábitats forestales con un mal estado de conservación ha aumentado.

3.Aunque las disposiciones de la Directivas sobre hábitats y sobre aves llevan mucho tiempo en vigor, varios Estados miembros todavía no han designado zonas especiales de conservación 41 ni establecido objetivos y medidas de conservación 42 . La mayoría de los Estados miembros deben acelerar los esfuerzos para completar sus Redes Natura 2000, especialmente en el medio marino.

4.La biodiversidad y los ecosistemas se beneficiarían en gran medida de mejoras significativas de la política agrícola común (PAC) y de los nuevos planes estratégicos de la PAC 2023-2027, así como del apoyo a la gestión de los prados seminaturales, la protección de los servicios ecosistémicos y de esfuerzos para reintroducir elementos paisajísticos en las zonas en las que se han perdido.

5.Las medidas de ejecución a escala de la UE han limitado los efectos perjudiciales de los proyectos de infraestructura y las actividades de explotación forestal, contribuyendo al mismo tiempo a la protección de las especies, ampliando la Red Natura 2000 y aumentando el número de espacios con un plan de gestión.

6.Aunque la aplicación plena del Reglamento sobre especies exóticas invasoras solo se inició en 2019, ya está empezando a cumplir sus objetivos, tales como un marco coherente para abordar las especies exóticas invasoras a escala de la UE y una mayor sensibilización sobre el problema de las EEI. No obstante, siguen existiendo retos, pues la mayoría de los Estados miembros todavía no han aplicado los planes de acción para abordar las vías de introducción prioritarias que exige el artículo 13 del Reglamento sobre especies exóticas invasoras.

7.Se han logrado progresos en toda la UE en la evaluación del estado de los ecosistemas y sus servicios, y las presiones sobre ellos, utilizando la metodología común de la UE (cartografíado y evaluación de los ecosistemas y sus servicios), así como en la contabilidad de los ecosistemas. No obstante, se necesita más apoyo para mejorar los resultados del seguimiento de la biodiversidad y garantizar informes coherentes, así como para implicar a una masa crítica de agentes empresariales con el fin de demostrar los beneficios que obtenemos del capital natural de la UE y sus repercusiones.

Prácticas eficaces:

Estonia es uno de los países pioneros en la restauración de humedales. Su experiencia en el fomento de la restauración será muy valiosa en el marco de la Ley sobre la recuperación de la naturaleza, lo que demuestra que los humedales restaurados pueden aportar múltiples beneficios y coexistir con buenas prácticas agrícolas.

Italia ha avanzado en las prácticas de contabilidad medioambiental, capital natural e indicador del bienestar, que actualmente se están reforzado con el respaldo del Instrumento de Apoyo Técnico de la Comisión y la herramienta EIR peer to peer.

3.3. Hacia una contaminación cero

Calidad del aire: emisiones industriales y seguridad (Seveso). Ruido

El plan de acción «Contaminación cero para el aire, el agua y el suelo» 43 establece una visión para 2050 de reducción de la contaminación del aire, el agua y el suelo a unos niveles que ya no se consideran perjudiciales para la salud y los ecosistemas naturales, y que respetan unos límites aceptables para nuestro planeta, generando de este modo un entorno sin sustancias tóxicas. Esto se traduce en objetivos clave para 2030 orientados a acelerar la reducción de la contaminación en su origen.

La revisión de la aplicación de la normativa medioambiental examina el cumplimiento de las obligaciones clave de la legislación sobre un aire puro 44  vigente 45 , que establece normas basadas en la salud para las concentraciones de emisiones y compromisos nacionales de reducción de las emisiones para una serie de contaminantes atmosféricos. La contaminación atmosférica tiene graves repercusiones en la salud humana y el medio ambiente. El lugar donde vive repercute en los riesgos a los que está expuesto. La contaminación atmosférica también afecta negativamente a los ecosistemas, principalmente a través de la acidificación, la eutrofización, los daños por ozono, lo que provoca la pérdida de biodiversidad y la reducción del rendimiento agrícola. En cuanto a las tendencias en años de vida 46 perdida por cada 100 000 habitantes, en la Europa de los Veintisiete, en el caso de las PM2.5, se ha reducido de 820 (2015) a 762 (2019) y en el de las NO2, de 157 (2015) a 99 (2019). Sin embargo, en muchos Estados miembros se superan constantemente los valores límite de estos contaminantes, que son objeto de un estrecho seguimiento por parte de la Comisión.

Al igual que en 2019, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental examina la Directiva sobre las emisiones industriales (DEI) 47 , que cubre unas 52 000 instalaciones agroindustriales en toda la UE. Presenta nuevos datos para 2018 y, por primera vez, las emisiones al agua y a la atmósfera: Las instalaciones que cubre la DEI emiten el 20 % del total de contaminantes a la atmósfera y una proporción similar de los que se vierten al agua 48 . Se calcula que los daños a la salud y al medio ambiente causados por la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales europeas han costado entre 277 000 y 433 000 millones EUR en 2017 y unas 200 instalaciones son responsables de la mitad de los daños 49 .

En la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental de 2022, se presentan por primera vez los datos de aplicación de la Directiva Seveso III 50 . La Directiva tiene por objeto controlar los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, especialmente productos químicos, y contribuye al esfuerzo tecnológico de reducción del riesgo de catástrofes. Teniendo en cuenta el elevado índice de industrialización en la UE, la Directiva Seveso, que se aplica a unas 12 000 plantas industriales, ha contribuido a reducir la frecuencia de los accidentes graves. La Directiva se considera, en general, un referente en la política de accidentes industriales y ha sido un modelo para la legislación en muchos países de todo el mundo.

El ruido ambiental es la segunda causa principal de muerte prematura tras la contaminación atmosférica, lo que da lugar a 48 000 nuevos casos de cardiopatía al año en la Europa de los Veintisiete 51 . La Directiva sobre el ruido 52 tiene por objeto proteger la salud humana exigiendo a los Estados miembros que evalúen los niveles de ruido para que las autoridades y los ciudadanos puedan elegir las mejores soluciones establecidas en los planes de acción obligatorios.

Gráfico 4: Evaluación del riesgo de los compromisos de reducción de emisiones para el período 2020-2029 53

Constataciones

1.A pesar de las mejoras, la contaminación atmosférica sigue siendo un grave problema de salud para los europeos. En los casos en que se han rebasado persistentemente los límites, la Comisión ha sido coherente en la incoación de procedimientos de infracción por contaminantes clave, como las partículas y el dióxido de nitrógeno 54 . En algunos de estos casos, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ya ha dictado una sentencia que hace aún más urgente la adopción de medidas decisivas 55 .

2.Los Estados miembros deben cumplir los requisitos de control de la calidad del aire de manera sistemática y coherente a fin de orientar mejor las políticas sobre aire limpio y biodiversidad a escala nacional y de la UE. Los procedimientos de infracción contra dos Estados miembros se centran en las deficiencias en las redes de seguimiento 56 .

3.El cumplimiento de los compromisos de reducción de emisiones de amoníaco (NH3) procedentes de la agricultura, uno de los cinco contaminantes cubiertos por la Directiva relativa a la reducción de las emisiones nacionales, requiere mayores esfuerzos. La revisión de las proyecciones de emisiones de 2022 57 indica que más del 70 % de los Estados miembros corren un alto riesgo de incumplimiento de los compromisos de reducción de emisiones de amoniaco para el período 2020-2029 58 y de 2030 en adelante 59 . Lograr el cumplimiento requiere medidas como la introducción de técnicas agraria con bajas emisiones, también para la gestión del ganado, el estiércol y los fertilizantes.

4.Además, se considera que alrededor de la mitad de los Estados miembros 60 corren un alto riesgo de incumplimiento de los compromisos de reducción de emisiones de óxidos de nitrógeno (NONOX), partículas de un tamaño de 2,5 micras (PM2,5) y compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM) de 2030 en adelante.

5.Un Estado miembro aún no ha presentado su programa nacional de lucha contra la contaminación atmosférica 61 .

6.Se ha retrasado la transposición de los requisitos aplicables a las instalaciones industriales. La Comisión tuvo que incoar procedimientos de infracción contra varios Estados miembros por no transponer correctamente la Directiva sobre las emisiones industriales 62 y la Directiva Seveso III 63 .

7.Se ha producido una mejora en la adopción de mapas y planes de acción en el marco de la Directiva sobre el ruido, pero todavía se carece de ellas en varios Estados miembros 64 que son objeto de procedimientos de infracción, algunos de los cuales han sido remitidos al TJUE 65 .

Prácticas eficaces

El proyecto integrado LIFE PREPAIR (Po Regions Engaged to Policies of AIR) 66 en Italia cubre el valle del Po y las regiones y ciudades que tienen la mayor repercusión en la calidad del aire de la cuenca, que se extienden hasta Eslovenia. El proyecto tiene una duración de siete años (2017-2024) e incluye medidas para la combustión de biomasa, la eficiencia energética, el transporte y la agricultura, en consonancia con el Acuerdo de la cuenca del Po de 2017 y los planes de calidad del aire. Un objetivo específico es crear una red de estaciones de bicicletas en las principales ciudades de la cuenca del Po y desarrollar la infraestructura de acompañamiento.

El proyecto integrado LIFE LIFE-IP-HUNGAIRY 67 tiene por objetivo descarbonizar, de aquí a 2030, la central eléctrica de Mátra de Hungría, que utiliza lignito, movilizando el apoyo del Fondo de Transición Justa a través de la política de cohesión, junto con el Mecanismo «Conectar Europa» y el Fondo de Modernización. La descarbonización de la central eléctrica de Mátra es también una acción en el marco del Plan de acción húngaro, de 2020, para la protección del clima y el medio ambiente.

Chequia ha puesto en marcha un programa para la sustitución de fuentes de calefacción locales obsoletas e inadecuadas en los hogares (Kotlíkova dotace), respaldado por fondos de la UE. El programa ha apoyado la sustitución de 100 000 calderas hasta 2020, lo que ha supuesto un ahorro de 2,7 kT de emisiones de PM2,5 y de consumo de energía. Estas subvenciones podrían combinarse con subvenciones nacionales adicionales para aumentar la eficiencia energética de los edificios (Nová Zelená úsporám).

 

Gestión y calidad del agua

La protección de los recursos hídricos y los ecosistemas dependientes, así como la disponibilidad de un suministro de agua limpia, son fundamentales para la existencia humana, la economía (el agua impulsa todos los sectores económicos) y el desarrollo sostenible, así como para nuestro medio ambiente. La correcta aplicación de las normas vigentes es fundamental para garantizar la calidad de vida y el bienestar de las personas. Además, tiene un gran potencial en términos de crecimiento económico y creación de empleo.

Por estas razones, la política de aguas de la UE es una de las prioridades establecidas en el Pacto Verde Europeo 68 . A tal fin, la Comisión colabora estrechamente con los Estados miembros para contribuir a la consecución de los objetivos de conservación, protección y mejora de la calidad de nuestros recursos hídricos.

Los principales instrumentos son la Directiva marco sobre el agua 69 sus directivas conexas, la Directiva sobre inundaciones 70 , la Directiva relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano 71 , la Directiva sobre las aguas de baño 72 , la Directiva sobre los nitratos 73 , la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas 74 y la Directiva marco sobre la estrategia marina 75 . Los diferentes controles de adecuación llevados a cabo hasta la fecha muestran que las Directivas sobre el agua son en general adecuadas para su finalidad, pero requieren una mejor aplicación.

Gráfico 5: Porcentaje de masas de agua superficiales (ríos, lagos, aguas de transición y costeras) en un estado ecológico deficiente por demarcación hidrográfica 76

Constataciones

1.Continúa la aplicación de los objetivos de la Directiva marco sobre el agua, pero, aunque está pendiente la evaluación de los terceros planes hidrológicos de cuenca, puede decirse que los avances hacia el buen estado de las masas de agua son, en general, lentos, a pesar de que se está acercando el plazo de 2027. Esto se debe a una combinación de factores: el hecho de no haber establecido condiciones de referencia para la caracterización de las masas de agua y la evaluación incompleta de las presiones; las deficiencias en el control del agua, por lo que se desconoce el estado de las masas de agua, la realización incorrecta de evaluaciones del impacto de las actividades en las masas de agua y la invocación de exenciones insuficientemente justificadas.

2.Los informes por país presentan la información más reciente sobre el porcentaje de masas de agua que no alcanzan un buen estado ecológico y químico, la captación de agua por sector y el índice de explotación del agua 77 . Es fundamental aumentar las inversiones para alcanzar estos objetivos y la financiación de la UE sigue apoyando esos esfuerzos de aplicación, principalmente a través de la política de cohesión, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y Horizonte Europa.

3.La Comisión ha compartido sus conclusiones 78 sobre los segundos planes hidrológicos de cuenca con los Estados miembros en cuestión y espera que se aborden las deficiencias cuando se presenten los terceros. Además, la Comisión está verificando cómo los sistemas nacionales (por ejemplo, permisos e inspecciones) garantizan que todo Estado miembro aplique correctamente la Directiva marco sobre el agua sobre el terreno en lo que respecta a la captación de agua, las fuentes puntuales y la contaminación difusa. Los Estados miembros debían notificar a la Comisión sus planes hidrológicos de cuenca y sus planes de gestión del riesgo de inundación a más tardar el 22 de marzo de 2022. La Comisión manifiesta su preocupación por el hecho de que muchos Estados miembros aún no hayan cumplido sus obligaciones legales de notificación 79 y está dispuesta a actuar en casos de incumplimiento, según proceda.

4.La Directiva, de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, en general, se aplica correctamente en la UE. No obstante, es motivo de preocupación en algunos países 80 . Todos los Estados miembros deben transponer la Directiva refundida, a más tardar el 12 de enero de 2023, para cumplir las normas de calidad revisadas y la Comisión está prestando apoyo para garantizar la transposición oportuna y correcta de las nuevas normas.

5.En general, la Directiva sobre las aguas de baño muestra altos índices de resultados excelentes o buenos en la UE. Sin embargo, existen todavía diferencias entre los Estados miembros 81 .

6.En muchos casos, aunque existen obligaciones a veces bien definidas y específicas, como las de la Directiva sobre los nitratos y la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, la aplicación sobre el terreno ha sido muy lenta, debido a deficiencias de planificación y organización y a la falta de financiación y priorización, a pesar del enfoque de apoyo de la Comisión (como garantizar una financiación sustancial de la UE). Estas cuestiones se convierten en prioridades a nivel nacional tarde, a veces tras una segunda sentencia del TJUE.

7.Muchos Estados miembros tienen problemas en relación con la aplicación de la Directiva sobre los nitratos y deberían redoblar sus esfuerzos para reducir aún más la contaminación por nitratos procedente de la agricultura en las aguas subterráneas y la eutrofización mediante la designación de todas las zonas vulnerables a los nitratos y la inclusión de medidas adecuadas en sus planes de acción 82 .

8.A pesar de algunos avances, las aguas residuales urbanas siguen sin recogerse ni tratarse como deberían en muchos Estados miembros, razón por la cual la mayoría de ellos siguen siendo objeto de procedimientos de infracción 83 y algunos han sido objeto de sanciones económicas 84 . El progreso depende de que los Estados miembros den prioridad a las inversiones en depuradoras y sistemas de recogida de aguas residuales, en particular mediante el uso eficiente de la financiación de la política de cohesión, en su caso, y de los préstamos del Banco Europeo de Inversiones.

9.Los avances en relación con la Directiva marco sobre la estrategia marina figuran en los informes por país en el capítulo sobre biodiversidad debido a su importancia para la protección del medio marino. La Comisión examinó los avances en la evaluación del estado de las aguas marinas de la UE y, en su caso, la cooperación regional entre los Estados miembros que comparten la misma subregión marina para hacer frente a las presiones predominantes.

Prácticas eficaces

El enfoque de los Países Bajos con respecto a la gestión del riesgo de inundación (en la medida de lo posible, la restauración de los lechos y las planicies aluviales del Rin y el Mosa) demostró ser eficaz durante las inundaciones que afectaron a Bélgica y Alemania en julio de 2021.

 

Portugal ha aprobado recientemente una política de producción de agua regenerada para su uso con múltiples fines no potables.

Para mejorar el medio ambiente acuático, Suecia concede subvenciones para inversiones que minimicen los microplásticos y otros contaminantes emergentes (productos farmacéuticos) a través de las aguas pluviales.

Productos químicos

La legislación de la UE en materia de sustancias químicas 85 tiene por objeto garantizar que las sustancias químicas se produzcan y se utilicen de manera que se minimice cualquier efecto adverso significativo para la salud humana y el medio ambiente. También garantiza estabilidad y previsibilidad a las empresas que operan en el mercado interior. Además, como parte del objetivo de contaminación cero de la UE en el marco del Pacto Verde Europeo, el 14 de octubre de 2020 la Comisión Europea presentó la «Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas – Hacia un entorno sin sustancias tóxicas» 86 , que tiene por objeto aumentar la protección de los ciudadanos y del medio ambiente e impulsar la innovación en materia de sustancias químicas seguras y sostenibles.

La transición a una economía circular hipocarbónica ofrece excelentes oportunidades para impulsar una química segura y sostenible desde el punto de vista medioambiental. La innovación debe centrarse en productos «seguros desde el diseño» compatibles con ciclos de materiales limpios, que utilizan menos sustancias químicas nocivas. En la economía circular, los materiales pueden acabar siendo utilizados para fines muy distintos de los previstos inicialmente y para los que se evaluaron los riesgos. Esto pone de relieve la necesidad de centrarse en la calidad de los materiales limpios como requisito previo para alcanzar objetivos de reciclado ambiciosos y cuantitativos 87 .

Sin embargo, los proyectos coordinados de garantía del cumplimiento 88 llevados a cabo en el contexto del Foro de intercambio de información relativa al cumplimiento de la normativa han puesto de manifiesto que podría hacerse más para hacerlo más eficaz, especialmente en lo que se refiere a las obligaciones de registro y las fichas de datos de seguridad, que muestran un nivel bastante elevado de incumplimiento. La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) ha intentado poner remedio a esta situación mediante el cribado sistemático de los registros y, entretanto, se ha actualizado el Reglamento REACH para aclarar cuándo los solicitantes de registro deben actualizar a la ECHA sobre cualquier cambio pertinente. El último proyecto sobre ventas en línea 89 , puso de manifiesto un grado significativo de incumplimiento en el caso de los productos vendidos en línea. A la luz de las conclusiones de los informes que figuran a continuación, la Comisión también está estudiando la viabilidad de establecer una capacidad europea de auditoría para garantizar una mayor homogeneidad en la aplicación entre los Estados miembros.

Por primera vez, los informes de revisión de la aplicación de la normativa medioambiental examinan el estado de aplicación del Reglamento relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) 90 y del Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado 91 . sobre la base de la evaluación de la Comisión 92 de los informes elaborados por las autoridades nacionales con arreglo al artículo 117, apartado 1, del Reglamento REACH y al artículo 46, apartado 2, del Reglamento CLP. En agosto de 2021, la Comisión publicó una evaluación mensurable del cumplimiento 93 de los dos principales Reglamentos de la UE sobre productos químicos, utilizando un conjunto de indicadores sobre diferentes aspectos de la aplicación.

Constataciones

1.La aplicación de los Reglamentos REACH y CLP mejoró con respecto al período 2010-2012. Los niveles de cumplimiento registrados parecen ser bastante estables a lo largo del tiempo y las autoridades competentes parecen ser más eficaces a la hora de detectar los productos y las empresas no conformes, así como los productos no conformes comercializados en el mercado de la UE. En particular, se redujo el número de recursos y decisiones revocadas sobre la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas, aumentó la proporción entre las sanciones y el coste del cumplimiento, se formó a más inspectores en la UE y el Foro de intercambio de información relativa al cumplimiento de la normativa aumentó su rendimiento.

2.Alrededor del 70 % de los controles REACH dan lugar a medidas de ejecución. La medida de ejecución más utilizada es el asesoramiento escrito (11 %), seguido de las medidas administrativas (4 %) y el asesoramiento verbal (2 %). Nueve países han llevado a cabo medidas de seguimiento en relación con la evaluación durante el período de referencia 94 .

3.Las multas son, con mucho, el principal tipo de sanciones utilizadas y, en menor medida, la remisión al Ministerio Fiscal por incumplimiento de los Reglamentos REACH y CLP. Rara vez se ha recurrido a la suspensión o revocación de licencias comerciales. La situación varía considerablemente de un país a otro. Por ejemplo, casi tres cuartas partes de las remisiones al Ministerio Fiscal por infracciones del Reglamento REACH durante el período de referencia han sido notificadas por solo dos Estados miembros (Alemania y Suecia).

4.La mayoría de los países han elaborado y aplicado, al menos parcialmente, una estrategia de control del cumplimiento de los Reglamentos REACH y CLP. Solo cuatro países (Croacia, Letonia, Polonia y Bélgica) todavía no han elaborado una estrategia REACH. Croacia, Letonia, Polonia y Malta no han aplicado la estrategia de ejecución del Reglamento CLP.

Prácticas eficaces

El Grupo de trabajo nórdico sobre sustancias químicas, medio ambiente y salud se reúne anualmente para debatir la aplicación de la legislación sobre sustancias químicas, cuenta con un programa de intercambio de inspectores y lleva a cabo proyectos conjuntos de aplicación entre los países nórdicos (Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia, así como las Islas Feroe, Groenlandia y las Islas Åland).

Cooperación en el comercio en línea entre Austria, Alemania y Suiza y International Nano Authorities Dialogue, una plataforma que reúne a autoridades de medio ambiente, salud y seguridad de Austria, Alemania, Liechtenstein, Luxemburgo y Suiza y diversas partes interesadas (ONG, asociaciones, empresas) para el intercambio informal de conocimientos y experiencias sobre el uso seguro y sostenible de la nanotecnología.

Proyecto LIFE «Chemicals Regulations Enforcement & Inspections - CHEREE» de Grecia y Chipre, cuyo objetivo es aumentar la eficiencia de la aplicación del Reglamento REACH mediante un protocolo de inspección común; visitas y proyectos piloto comunes; y la creación de un «centro electrónico de inspectores» y de una «herramienta de aprendizaje electrónico REACH» para el intercambio de conocimientos y experiencias entre los inspectores y las autoridades pertinentes.

3.4. Acción por el clima

En consonancia con el Acuerdo de París 95 y en el marco del Pacto Verde Europeo, la Legislación Europea, de 2021, sobre el Clima 96 establece el objetivo de la Unión de lograr la neutralidad climática de aquí a 2050 y de reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990. La legislación también limita la contribución que las absorciones de carbono pueden aportar a la reducción de emisiones en 2030 para garantizar un esfuerzo de mitigación suficiente.

Desde la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental de 2019, se ha adoptado legislación en materia de clima para incentivar la reducción de las emisiones del transporte, el sector marítimo y los gases fluorados utilizados en los productos. Por lo que respecta al transporte por carretera, la legislación vigente de la UE exige que la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles para vehículos se reduzca en un 6 % de aquí a 2020 con respecto a los niveles de 2010 y establece las normas de emisión de gases de efecto invernadero que deben respetarse para las diferentes categorías de vehículos. Gracias al actual Reglamento sobre los gases fluorados 97 , las emisiones de gases fluorados de la UE se reducirán en dos tercios de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 2014. A partir de 2021, se incluyen en los esfuerzos de reducción de emisiones de la UE las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero resultantes del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura (UTCUTS).

La política de adaptación de la UE forma parte del Pacto Verde Europeo. A partir de 2021, los Estados miembros deben informar sobre sus políticas nacionales de adaptación. La Legislación Europea sobre el Clima reconoce la adaptación como un componente clave de la respuesta mundial al cambio climático a largo plazo y exige a los Estados miembros y a la UE que refuercen sus medidas de adaptación, introduciendo la exigencia de la aplicación de estrategias nacionales y evaluaciones periódicas de los avances como parte de la gobernanza general de la UE de la acción por el clima. En febrero de 2021, la estrategia actualizada de adaptación al cambio climático de la UE 98 estableció cómo la Unión puede adaptarse a los efectos inevitables del cambio climático y ser resiliente al cambio climático de aquí a 2050.

La presente revisión de la aplicación de la normativa medioambiental revisa las políticas y estrategias nacionales en materia de cambio climático, en particular los planes nacionales de energía y clima y las estrategias de adaptación. A continuación, examina las emisiones fuera del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE), en el que los Estados miembros tienen objetivos nacionales vinculantes en virtud de la legislación sobre el reparto del esfuerzo 99 , y se analizan los principales avances sectoriales, en particular en lo que se refiere al transporte por carretera, los edificios y el uso del suelo, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura. Se presenta el uso de los ingresos procedentes de la subasta de emisiones en el RCDE por Estado miembro y, por primera vez, las actuaciones prioritarias por país.

Constataciones 

1.En general, existe un buen nivel de aplicación de la legislación sobre el clima en toda la UE.

2.En 2020, las emisiones nacionales de gases de efecto invernadero de la Europa de los Veintisiete, en particular en la aviación internacional, disminuyeron un 31 % con respecto a los niveles de 1990 y alcanzaron su nivel más bajo en 30 años. Si las emisiones y absorciones de gases del sector UTCUTS están incluidas, esto da lugar a una reducción neta de las emisiones del 34 %. Así pues, la UE ha superado sustancialmente su objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20 % de aquí a 2020 en comparación con 1990 en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).

3.Dado que los sectores del sistema de reparto del esfuerzo (como el transporte, el sector difuso, la construcción, la agricultura y los residuos) no están incluido en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, que se puso en marcha en 2013, las emisiones a escala de la UE se han situado, cada año, por debajo del límite global.

4.La Decisión de reparto del esfuerzo (DRE) 100 establece objetivos nacionales de emisión para 2020, expresados en variaciones porcentuales con respecto a los niveles de 2005. También establece las asignaciones anuales de emisiones (AAE) que los Estados miembros deben respetar. Del mismo modo, el sucesor del Reglamento de reparto del esfuerzo (RRE) 101 establece objetivos nacionales de emisiones para 2030 y AAE para el período 2021-2030.

5.Las emisiones de la Europa de las Veintisiete cubiertas por la DRE fueron un 11 % más bajas en 2019 en comparación con 2005. Por tanto, el objetivo para 2020 (- 8 %) ya se había superado antes de la crisis de la COVID-19. Todos los Estados miembros cumplieron sus obligaciones en virtud de la DRE en el período 2013-2018. Algunos Estados miembros tuvieron que movilizar los mecanismos de flexibilidad de la legislación para cumplir sus obligaciones actuales. Los Estados miembros están planificando, adoptando y ejecutando políticas y medidas para alcanzar sus objetivos en materia de reparto del esfuerzo en el marco del actual RRE. Existe una necesidad acuciante e inminente de que los Estados miembros planifiquen y apliquen medidas adicionales por el clima en los sectores de reparto del esfuerzo, a fin de reflejar la mayor ambición en el marco de la propuesta de RRE revisado.

6.El RCDE UE tiene un índice de cumplimiento muy elevado, ya que cada año las instalaciones cubren alrededor del 99 % de sus emisiones con el número de derechos de emisión requerido. El sistema cubre actualmente alrededor del 36 % de las emisiones totales de gases de efecto invernadero de la UE procedentes de cerca de 9 500 centrales eléctricas y plantas de fabricación (es decir, instalaciones fijas), así como vuelos dentro del Espacio Económico Europeo. En total, en 2020 las emisiones del RCDE UE de las instalaciones fijas ya habían disminuido un 43 % desde 2005.

7.En 2020, todos los Estados miembros habían puesto en marcha una estrategia o plan nacional de adaptación. Deben intensificarse los esfuerzos de adaptación en cada Estado miembro y a escala de la UE, ya que los efectos climáticos parecen situarse en el extremo más desfavorable del espectro proyectado, y se manifestarán cada vez más también en los riesgos en cascada y subyacentes. Entretanto, la aplicación de la adaptación se ha quedado rezagada. La adopción de medidas adecuadas para prevenir o reducir al mínimo los daños que puede causar el cambio climático aporta importantes beneficios económicos y sociales 102 .

 

Prácticas eficaces

El plan de recuperación y resiliencia de Dinamarca promueve la reforma de la fiscalidad ecológica. Se espera que el plan de recuperación y resiliencia contribuya de manera significativa a la aplicación de la reforma mediante la financiación de un «eje de inversión» subvencionado, a fin de crear un incentivo para que las empresas aceleren sus inversiones ecológicas, por ejemplo, en programas informáticos para hacer que las cadenas logísticas utilicen los recursos de forma más eficaz.

La ambición climática de Estonia ha aumentado constantemente a lo largo de los años, y el país se está desviando de la fuerte dependencia del esquisto bituminoso. El gobierno se ha comprometido a eliminar gradualmente la producción de electricidad basada en el esquisto bituminoso de aquí a 2035 y la utilización de esquisto bituminoso en el sector de la energía de aquí a 2040.

3.5. Financiación de la aplicación de la normativa medioambiental

Para que la plena aplicación de la normativa de medio ambiente tenga éxito, es esencial que se financie adecuadamente. La mayor parte de la financiación debe subvencionarse a través del gasto público de los Estados miembros y de los fondos privados de los operadores económicos, pero los fondos de la UE contribuyen de manera importante a orientar la aplicación y ayudar a satisfacer las necesidades de inversión medioambiental de la UE, que siguen siendo significativas. El Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo de 2020 interrelaciona la financiación y las inversiones medioambientales y moviliza 1 billón EUR en inversiones ecológicas (públicas y privadas) durante una década, respaldadas por el presupuesto de la UE para 2021-2027 103 . Desde 2021, además de la financiación sustancial disponible a través de la política de cohesión del marco financiero plurianual, la aplicación de la normativa medioambiental también ha recibido el apoyo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), en virtud del cual las reformas e inversiones deben respetar el principio de «no causar un perjuicio significativo». La taxonomía de la UE de actividades sostenibles 104 y otras iniciativas de financiación sostenible contribuirán a aumentar la transparencia, integrar las consideraciones medioambientales y reorientar los flujos financieros hacia los seis objetivos medioambientales en el caso de las inversiones privadas.

Por primera vez, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental examina las necesidades de inversión en dicha aplicación y las compara con los recursos disponibles hasta la fecha, en respuesta al mandato del Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo de 2020. 

Constataciones

1.El nivel global de financiación de las inversiones medioambientales 105 (de fuentes nacionales y de la UE combinadas), en 2014-2020, se estimó en entre el 0,6 y el 0,7 % del PIB (para el período 2014-2020) en la Europa de los Veintisiete, un 14 % del cual procede de la financiación de la UE. En algunos países (por ejemplo, Croacia, Eslovaquia, Grecia y Rumanía), el 50 % o más procede de la financiación de la UE. Como media de la UE, la mitad de la financiación total (53 %) y más de dos tercios en el caso de unos diez países procedía de fuentes públicas (fondos de la UE y fuentes públicas nacionales combinadas), lo que demuestra la importancia de estas fuentes.

2.A modo de comparación, se calcula que las necesidades anuales de inversión medioambiental a escala de la UE para el período de programación 2021-2027 oscilan entre el 0,9 y el 1,5 % del PIB previsto para el período 2021-2027 106 , lo que indica un considerable déficit de inversión (entre el 0,6 y el 0,8 % del PIB, que asciende a 76 000-110 000 millones EUR al año, aunque varía mucho entre los Estados miembros) 107 , que debe abordarse para garantizar la aplicación efectiva de las prioridades medioambientales y apoyar la transición ecológica de la UE.

3.Casi dos tercios del déficit de inversión medioambiental se refieren a la lucha contra la contaminación general y a la protección y gestión de nuestras masas de agua. El déficit de inversión para la economía circular y los residuos se estima en entre 13 000 y 28 000 millones EUR al año, dependiendo de los niveles de circularidad que deben conseguirse. El déficit anual de financiación destinada a la biodiversidad se estima en unos 20 000 millones EUR.

4.Las necesidades adicionales de inversión por encima de los valores de referencia para el clima, la energía y el transporte se han estimado en 390 000 millones EUR al año (Europa de los Veintisiete), y otros 130 000 millones EUR al año para alcanzar los objetivos medioambientales fundamentales de la UE. Los costes de adaptación al cambio climático también pueden ser significativos, entre 35 000 y 62 000 millones EUR (ámbito de aplicación más reducido) y entre 158 000 y 518 000 millones EUR (ámbito de aplicación más amplio) al año. Estas necesidades de inversión reflejan los objetivos de ejecución para 2020 y 2030 (aunque los costes de adaptación al cambio climático se espera que se mantengan durante un período de tiempo más largo).

5.La mayor parte de las inversiones ecológicas (71 %) en los planes de recuperación y resiliencia se ha asignado a la movilidad sostenible, la renovación de edificios y la eficiencia energética, así como a las energías renovables y las redes de energía. En cambio, la biodiversidad, la economía circular, el agua y la prevención y el control de la contaminación solo representaron el 13 % de la inversión ecológica total 108 . Las inversiones ecológicas asignadas al clima, la energía y el transporte respaldan significativamente los objetivos medioambientales, por ejemplo, para hacer que el aire de Europa sea más limpio, pero no satisfacen, por ejemplo, las importantes necesidades en materia de infraestructura y gestión del agua y los residuos. Además, varios Estados miembros optaron por no priorizar las medidas que benefician directamente a la biodiversidad 109 .

6.Los fondos generales de la UE, que incluyen el marco financiero plurianual (MFP 2021-2027) y NextGenerationEU, movilizarán 2,018 billones EUR a precios corrientes para apoyar la recuperación de la pandemia de COVID-19 y las prioridades a largo plazo de la UE, en particular la protección del medio ambiente. El 30 % del MFP se dedicará a la acción por el clima y el 7,5 % a la biodiversidad (en 2024), un porcentaje que aumentará al 10 % en 2026 y 2027. En el marco de NextGenerationEU, el MRR dedicará el 37 % a la acción por el clima. 

Cuadro 1: Desglose estimado de las necesidades adicionales de inversión medioambiental de la UE

Objetivo medioambiental

Déficit de inversión estimado (EU-27, anual)

Miles de millones EUR

Porcentaje

Prevención y control de la contaminación

42,8

38,9 %

Protección, gestión e industrias del agua

26,6

24,2 %

Economía circular y residuos

13,0

11,8 %

Biodiversidad y ecosistemas

21,5

19,6 %

I+D+i y otros

6,2

5,7 %

Total 

110,1

100 %

Gráfico 6: Financiación medioambiental total (2014-2020) y previsiones de las necesidades (2021-2027) en la Europa de los Veintisiete (porcentaje del PIB) 110  

Prácticas eficaces

En el marco de su plan de recuperación y resiliencia, Grecia está realizando importantes inversiones en la reforestación, la biodiversidad, la gestión de los incendios forestales, la mitigación de inundaciones y la mejora de la red de riego, que se complementan con reformas que promuevan el vertido sostenible de residuos y el reciclado. Croacia pretende mejorar la protección contra las inundaciones utilizando soluciones basadas en la naturaleza, como la revitalización de los cursos de agua, la conexión de mangas abandonadas, la creación de hábitats secundarios de humedales y la eliminación de especies invasoras.

Malta, junto con Estonia, Eslovaquia, Grecia, Letonia y Rumanía, han incorporado un impuesto de «pago por generación de residuos» que se aplica al peso o volumen de los residuos generados por los hogares y las empresas y que recogen las autoridades responsables. Este instrumento apoya el principio de prevención de residuos.

Alemania, Francia y Suecia destacaron por el elevado nivel de emisiones de bonos verdes en 2020.

Italia ha avanzado en el seguimiento y la notificación del impacto ambiental en su presupuesto nacional (presupuestación ecológica). Desde 2000, ha elaborado informes sobre los gastos previstos en protección del medio ambiente y gestión de recursos. Los informes también incorporaban doce indicadores sobre bienestar justo y sostenible de conformidad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y las metas de la Agenda 2030.

3.6. Gobernanza medioambiental

La gobernanza medioambiental es un concepto amplio que incluye la integración de las consideraciones medioambientales en la toma de decisiones, la participación pública, el acceso a la justicia, el intercambio de información y la notificación, la garantía del cumplimiento de la normativa medioambiental y la respuesta a las responsabilidades medioambientales. Abarca la forma en que las autoridades públicas comprueban y garantizan el cumplimiento sobre el terreno a través de la ejecución. En el marco del Pacto Verde Europeo, todas las actuaciones y políticas de la UE tendrán que contribuir a la consecución de sus objetivos. El Pacto establece explícitamente que la Comisión tomará medidas para mejorar el acceso de los ciudadanos y las organizaciones no gubernamentales (ONG) a la justicia ante los órganos jurisdiccionales nacionales. A este respecto, los instrumentos de gobernanza medioambiental se desarrollaron con vistas a alcanzar los objetivos del Pacto Verde Europeo en materia de neutralidad climática, protección y restauración de los ecosistemas y la biodiversidad, contaminación cero y economía circular 111 . Con este mismo fin, el 14 de diciembre de 2021, la Comisión adoptó una propuesta de nueva directiva sobre delitos medioambientales 112  destinada a proteger el medio ambiente de forma más eficaz mediante medidas de derecho penal a nivel nacional. La nueva Directiva sustituirá a la Directiva 2008/99/CE y establece nuevas infracciones penales en materia de medio ambiente en la UE, aclara las existentes, propone sanciones adicionales para los delitos medioambientales y pretende garantizar la eficacia de las investigaciones y los procedimientos penales, así como ayudar a la investigación y el enjuiciamiento transfronterizos.

Las principales obligaciones y temas cubiertos por esta tercera revisión de la aplicación de la normativa medioambiental son la Directiva INSPIRE 113 , las evaluaciones de impacto ambiental 114 , el acceso a la justicia en asuntos medioambientales en los órganos jurisdiccionales nacionales, las sanciones y la garantía del cumplimiento de la normativa medioambiental, y la Directiva sobre responsabilidad medioambiental 115 .

Además de sus medidas de ejecución, la Comisión ha fomentado la racionalización de las evaluaciones medioambientales con el fin de reducir la duplicación y evitar solapamientos a la hora de autorizar proyectos. La racionalización contribuye a reducir las cargas administrativas innecesarias y acelera la toma de decisiones, siempre que no comprometa la calidad de la evaluación medioambiental. También es esencial que, al mismo tiempo que se hacen más eficientes los procedimientos, se respeten las normas de los derechos de participación, en particular los relativos a la participación del público y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en consonancia con el Derecho derivado de la UE 116 y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE 117 .

Asimismo, ha apoyado el desarrollo de capacidades con el fin de mejorar las capacidades de aplicación tanto de las autoridades nacionales como de las ONG 118 . Los informes por país presentan algunos de los esfuerzos desplegados a través del Instrumento de Apoyo Técnico y el programa TAIEX EIR peer-to-peer, como se ilustra en el gráfico que figura a continuación.

Constataciones

1.A pesar de las mejoras en la aplicación de la Directiva INSPIRE, en particular en Alemania, Estonia, España, Lituania, Luxemburgo, Malta y Eslovenia, sigue siendo difícil para la mayoría de los Estados miembros garantizar un mejor intercambio de datos, lo que proporcionaría al público un mayor nivel de transparencia y apoyaría la aplicación de las políticas medioambientales.

2.El acceso efectivo a la justicia a nivel nacional es fundamental para la aplicación de la legislación medioambiental. La Comisión ha tomado medidas para garantizar que las ONG que se ocupan del medio ambiente y los miembros del público puedan solicitar la revisión de las medidas para combatir la contaminación atmosférica 119 , la ampliación de los permisos de explotación 120 o las capturas excepcionales 121 . Las medidas de ejecución también han intentado garantizar el acceso a la justicia en la aplicación de la Directiva sobre responsabilidad medioambiental. No obstante, en la mayoría de los Estados miembros todavía hay margen de mejora en cuanto al acceso del público a los órganos jurisdiccionales para impugnar decisiones, actos u omisiones, en particular en los ámbitos de la planificación relacionados con el agua, la naturaleza o la calidad del aire 122 .

3.La mayor parte de los Estados miembros también deben mantener al público mejor informado sobre su acceso a la justicia 123 . Un mayor acceso del público a la información medioambiental y la difusión de tal información contribuye a una mayor concienciación en materia de medio ambiente y garantiza una más efectiva participación del público en la toma de decisiones medioambientales y, en definitiva, a la mejora del medio ambiente.

4.Además, en varios países son necesarias nuevas medidas o esfuerzos de supervisión para garantizar que los costes no obstaculicen el acceso efectivo a la justicia en materia de medio ambiente 124 .

5.La fragmentación regional y local sigue siendo un reto para la gobernanza medioambiental en España, Italia, Luxemburgo y Hungría, algo que debe abordarse, en particular mediante el desarrollo de mejores mecanismos de coordinación medioambiental.

6.La Directiva sobre la evaluación del impacto ambiental se revisó en 2014 para reducir las cargas administrativas y mejorar la protección del medio ambiente, haciendo al mismo tiempo que las decisiones de inversión pública y privada sean más sólidas, predecibles y sostenibles. La mayoría de los Estados miembros 125 aprovecharon esta oportunidad para racionalizar su marco regulador de las evaluaciones medioambientales. No obstante, fue preciso adoptar medidas para garantizar la correcta transposición de la Directiva en todos los Estados miembros 126 .

Prácticas eficaces 

En Letonia, el Ministerio de Protección del Medio Ambiente y Desarrollo Regional ofrece una visión general del procedimiento de evaluación del impacto ambiental en su sitio web. La Oficina de Seguimiento Medioambiental proporciona información a nivel de proyecto sobre quién ha presentado una propuesta, enlaces a dónde se puede acceder a los documentos e información sobre cuándo y dónde tendrán lugar las audiencias de consulta pública. También se publica información exhaustiva sobre las evaluaciones del impacto ambiental (EIA) finalizadas, y el sitio web incluye una infografía en la que se detalla todo el procedimiento para llevar a cabo una EIA y una breve explicación de su finalidad.

Varios Estados miembros han creado organismos u órganos jurisdiccionales especializados en materia de evaluación medioambiental. Entre los ejemplos existentes cabe citar el Tribunal en Materia de Suelo y Medio Ambiente de Suecia, el Tribunal Administrativo finlandés, la Sala de Recurso de Dinamarca para la Protección de la Naturaleza y el Medio Ambiente, el Tribunal maltés de Revisión en materia de Medio Ambiente y Planificación, la Comisión de Planificación irlandesa y el Consejo belga para la resolución de litigios en materia de permisos (Raad voor Vergunningsbetwistingen). Recientemente, en el Tribunal de Apelación de Mons de Bélgica se ha creado una sala en materia medioambiental (chambre de l’environnement), para asuntos civiles y penales.

Gráfico 7: Ejemplos de la asistencia prestada por la Comisión Europea a los Estados miembros durante el período de referencia 

4.Vías para seguir avanzado con respecto al Estado de Derecho medioambiental

Los europeos consideran que el cambio climático es uno de los principales retos de la UE 127 . Los estudios disponibles 128 apuntan en la misma dirección: si seguimos degradando los ecosistemas de los que dependemos fundamentalmente, las generaciones futuras pagarán un precio terrible. Las señales de alarma son más obvias que nunca. Con la continua extinción de especies y la destrucción de los bosques, las sequías, la degradación del suelo, la contaminación atmosférica, la degradación del suministro de agua, la pérdida de biodiversidad y las catástrofes naturales y humanas, una cosa está clara: se requiere una acción colectiva decidida para invertir estas tendencias y restaurar y proteger nuestros sistemas ecológicos.

El aumento de la transparencia permitirá la aplicación efectiva de las normas y la legislación. La revisión de la aplicación de la normativa medioambiental está orientada a todos en la UE, no solo a los responsables de la toma de decisiones en materia de medio ambiente. No es simplemente de un informe más de tantos otros. La revisión sensibiliza a la opinión pública, fomenta la rendición de cuentas y permite que los ciudadanos de toda la UE participen en un esfuerzo conjunto, al darles una mejor comprensión de lo que puede hacerse o todavía es necesario hacer a nivel individual, local, nacional o de la UE. Pretende capacitar a todas estas partes interesadas para que actúen de manera coherente, pero desde distintos ángulos, con el mismo objetivo de sentido común: aplicar las normas de que disponemos.

A ojos de los ciudadanos, el incumplimiento de los objetivos medioambientales de la UE afecta a la credibilidad tanto de las autoridades nacionales como de la UE. El importante número de asuntos, infracciones, peticiones y denuncias relacionados con el medio ambiente, y tramitados tanto a escala nacional como de la UE, refleja el nivel insuficiente de aplicación del acervo en materia de medio ambiente.

Las autoridades medioambientales y los órganos jurisdiccionales nacionales, que son los principales responsables de la aplicación del Derecho de la Unión, se han esforzado por aplicar y hacer cumplir las normas medioambientales, pero esto no ha sido suficiente para resolver las deficiencias. Aunque algunos Estados miembros y regiones tienen un excelente historial en la aplicación del acervo en materia de medio ambiente, otros se están quedando rezagados, a veces de manera significativa. La aplicación es deficiente incluso en los casos en que la Comisión ha adoptado medidas de ejecución, que a veces han dado lugar a que los Estados miembros paguen multas elevadas tras una segunda sentencia del TJUE.

¿Por qué sucede esto? Las anteriores revisiones de la aplicación de la normativa medioambiental identificaron algunas de las razones, que siguen siendo válidas en la actualidad y están relacionada con la insuficiente integración de los objetivos medioambientales en la elaboración y ejecución de las políticas públicas con una huella ambiental significativa, la ineficacia de la gobernanza medioambiental, también por parte de los responsables de garantizar el cumplimiento sobre el terreno, y la falta de transparencia de la información medioambiental, que permitiría a los interesados, ya sean autoridades o ciudadanos, movilizar y actuar. Los informes por país también señalan que siguen existiendo deficiencias en la aplicación de los tres pilares del Convenio de Aarhus 129 : el acceso a la información, la participación del público y el acceso a la justicia, que afecta a la aplicación y el cumplimiento a escala nacional 130 .

¿Qué puede hacerse al respecto? Aunque todos tenemos un papel que desempeñar, la voluntad política es el ingrediente fundamental para que los gobiernos y los responsables de la toma de decisiones impulsen la aplicación oportuna, correcta y eficiente de las políticas y reglamentos medioambientales de la UE, alcancen sus objetivos y obtengan sus beneficios. En su Comunicación «Mejorar el acceso a la justicia en materia de medio ambiente en la UE y sus Estados miembros» 131 la Comisión también pidió que se intensificara la aplicación mediante un acceso más eficaz a la justicia en materia de medio ambiente en los tribunales nacionales. En concreto, se pidió al Parlamento Europeo y al Consejo que adoptaran disposiciones sobre el acceso a la justicia en las propuestas legislativas nuevas o revisadas de la UE 132 . La respuesta a la crisis de la COVID-19 o al conflicto en Ucrania ha puesto de manifiesto la capacidad de los gobiernos cuando perciben una emergencia. Las autoridades públicas disponen de los medios para movilizar fondos públicos con el fin de realizar las inversiones y reformas necesarias para restaurar y proteger los sistemas ecológicos, la tierra, el agua y el aire.

Una vez garantizada la voluntad política necesaria, las soluciones a las principales causas de la aplicación insuficiente son las siguientes:

1.Planificar de antemano e identificar las correlaciones e implicaciones: antes de tomar decisiones con impacto ambiental, deben evaluarse de antemano y sistemáticamente todos los aspectos, con el fin de identificar otras soluciones integradas para los sectores implicados. La legislación sobre las evaluaciones de impacto proporciona el marco necesario y la práctica demuestra que los procedimientos medioambientales (evaluaciones de impacto, consultas públicas, autorizaciones ambientales) pueden integrarse y, con una planificación y una organización adecuadas, no tienen por qué ser onerosos. Podemos aprender de las buenas prácticas.

2.Asignar los recursos adecuados de manera oportuna, ya que más tarde costará más: no podemos esperar una rápida aplicación de las normas medioambientales si las personas que deben hacerlo carecen del personal, los recursos, la organización o la formación adecuados. El desarrollo de capacidades es una inversión rentable, pero el análisis realizado en la presente revisión de la aplicación de la normativa medioambiental indica que en muchos Estados miembros sigue habiendo un déficit significativo entre las necesidades y la financiación.

3.Supervisar y medir constantemente, ya que los datos son la fuente de los cambios en curso y de la futura toma de decisiones: para subsanar las deficiencias en la aplicación es preciso disponer de pruebas sólidas para determinar la distancia al objetivo, los obstáculos y las opciones disponibles, y controlar la eficacia de las soluciones aplicadas. Se requiere realizar un esfuerzo serio para que esta información esté disponible de manera fácilmente comprensible. Esto permitiría a las autoridades públicas actuar, y también a los agentes privados contribuir y garantizar que se toman medidas, desarrollando en última instancia conocimientos sólidos, y generando seguridad y confianza.

En este sentido, el Pacto Verde Europeo y NextGenerationEU han supuesto un punto de inflexión. El primero sitúa la acción por el clima y los objetivos medioambientales en el centro de la agenda de la UE. Este último introdujo el principio de «no ocasionar daños significativos» y lo aplicó tanto a través del gasto ordinario como de los fondos extraordinarios de la UE destinados a relanzar la economía de la UE asolada por la pandemia de COVID-19, asignando una parte de ese dinero a proyectos ecológicos. Esto tiene un gran potencial para garantizar la disciplina en la integración medioambiental e impulsar el desarrollo de las tecnologías limpias y las energías ecológicas, la movilidad sostenible, etc. La asignación y el etiquetado ecológicos han hecho posible el desarrollo de proyectos ecológicos, así como las reformas que los Estados miembros presentaron en sus planes de recuperación y resiliencia, que, entre otras cosas, deberían empezar a reforzar la gobernanza medioambiental. Estas reformas son solo el principio del cambio de rumbo en el cumplimiento de la normativa medioambiental y, por tanto, en la protección de nuestro medio ambiente.

No obstante, hay una cosa que está en nuestras manos: hacer demandas legítimas y, al mismo tiempo, adoptar medidas concretas para garantizar el respeto de las normas medioambientales de la UE. Depende de todos los ciudadanos de la UE, en su capacidad pública o privada, hacer que esto ocurra. 

(1)

  COM(2022) 230 final .

(2)

 Economic losses and fatalities from weather- and climate-related events in Europe — European Environment Agency (europa.eu) [«Pérdidas económicas y muertes por fenómenos meteorológicos y climáticos en Europa; Agencia Europea de Medio Ambiente (europa.eu)», documento en inglés].

(3)

Informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) n.º 21/2019 .

(4)

  COM(2019) 640 final.

(5)

  COM(2021) 66 final.  

(6)

  COM(2020) 21 final. .

(7)

 Las medidas de apoyo público mencionadas en la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental deben cumplir las normas sobre ayudas estatales de conformidad con el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

(8)

  COM(2016) 316 final.

(9)

El primer paquete sobre la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental se adoptó el 3 de febrero de 2017. El 4 de abril de 2019, la Comisión Europea adoptó el segundo paquete de revisión de la aplicación de la normativa medioambiental.

(10)

Sobre la base de los artículos 258 y 260, del TFUE.

(11)

La presente edición de la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental se basa en la información de que dispone la Comisión hasta mayo de 2022.

(12)

  COM(2020) 98 final .

(13)

  COM(2022) 141 final.

(14)

COM y SWD(2022), planes actuales de adopción para finales de 2022. 

(15)

Expresa la eficiencia con la que la economía utiliza los recursos materiales para producir riqueza.

(16)

 Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos , (DO L 150 de 14.6.2018, p. 109).

(17)

Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos ,  (DO L 150 de 14.6.2018, p. 100).

(18)

Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE, relativa a los envases y residuos de envases , (DO L 150 de 14.6.2018, p. 141).

(19)

 Directiva (UE) 2018/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifican la Directiva 2000/53/CE, relativa a los vehículos al final de su vida útil, la Directiva 2006/66/CE, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores, y la Directiva 2012/19/UE, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, (DO L 150 de 14.6.2018, p. 93).

(20)

 Eurostat,  Recycling rate of municipal waste [«Índice de reciclado de residuos urbanos», documento en inglés], Oct. 2021. Los datos corresponden a 2020 para todos los Estados miembros excepto BG (2018), AT, EL e IT (2019).

(21)

Eurostat:  Circular Economy Use Rate [«Tasa de utilización circular de materiales», documento en inglés].

(22)

A excepción de HR, HU, MT y SK.

(23)

 BE, BG (cifras de 2018), IE, HU y SE.

(24)

PL, ES, SK, RO, PT, MT, LV, HU, EL, FI, EE, CY, HR y BG corrían el riesgo de incumplir los objetivos de reciclado para 2020. A finales de 2022, se presentará un nuevo informe e alerta temprana en el que se analizarán los progresos realizados en relación con las recomendaciones del informe de alerta temprana de 2018, así como un análisis de los avances en la consecución de los objetivos de reciclado de residuos para 2025.

(25)

Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO L 312 de 22.11.2008, p. 3).

(26)

Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos (DO L 182 de 16.7.1999, p. 1).

(27)

BG, CY, EL, ES, IT, HR, PL, RO, SI, SK, CZ y PT. Además, la Comisión está investigando si MT y ES cumplen su obligación de tratamiento adecuado antes del depósito en vertederos.

(28)

 En particular, EL, RO, MT y CY.

(29)

No obstante, Irlanda debe intensificar su economía circular y mejorar su nivel de reciclado.

(30)

  COM(2020) 380 final .

(31)

  COM(2022) 304 final .

(32)

  COM(2020) 381 final .

(33)

  COM(2021) 572 final .

(34)

Reglamento (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras (DO L 317 de 4.11.2014, p. 35).

(35)

  COM(2021) 706 final.

(36)

  COM(2021) 699 final .

(37)

Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).

(38)

Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 20 de 26.1.2010, p. 7).

(39)

 Natura 2000 comprende lugares de importancia comunitaria (LIC) designados de conformidad con la Directiva sobre los hábitats, así como zonas especiales de protección (ZEP) clasificadas con arreglo a la Directiva relativa a la conservación de las aves silvestres.

(40)

AEMA: Informe n.º 10/2020,  State of nature in the EU. Results from reporting under the nature directives 2013-2018 [«Estado de la Naturaleza en la UE. Resultados de los informes con arreglo a las Directivas sobre la naturaleza 2013-2018», documento en inglés], p. 44, gráfico 3.8 y p. 50, gráfico 3.13.

(41)

La designación de zonas especiales de conservación no se ha completado en BG, CY, IE y PT.

(42)

En el caso de ES, BE, CZ, EL, DE, IT, PL, LT, LV, MT, SK y EE, no se han establecido correctamente los objetivos de conservación. En AT, DK, FR, HU, FI, LV, NL y SI, son precisas medidas adicionales para proteger los espacios.

(43)

  COM(2021) 400 final. .

(44)

 Comisión Europea: Air Quality Standards  [«Normas de calidad del aire», documento en inglés], 2016.

(45)

Comisión Europea: Reduction of National Emissions [«Reducción de las emisiones nacionales», documento en inglés].

(46)

Agencia Europea de Medio Ambiente: Air Quality in Europe – 2021 Report [«Calidad del Aire en Europa: Informe de 2021», documento en inglés], 2022.

(47)

Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) (DO L 334 de 17.12.2010, p. 17). La DEI está siendo objeto de revisión para hacerla más eficaz.

(48)

Comisión Europea: Industrial Emissions Directive evaluation [«Evaluación de la Directiva sobre emisiones industriales», documento en inglés], 2020, p. 5

(49)

AEMA: Costs of air pollution from European industrial facilities 2008-2017  Costes de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones industriales europeas 2008-2017», documento en inglés], 2021, cuadro 1 en pp. 15 y 16.

(50)

Directiva 2012/18/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE (DO L 197 de 24.7.2012, p. 1).

(51)

  Agencia Europea de Medio Ambiente , 2020.

(52)

Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental - Declaración de la Comisión ante el Comité de Conciliación de la Directiva sobre evaluación y gestión del ruido ambiental (DO L 189 de 18.7.2002, p. 12).

(53)

Ricardo Energy & Environment: Review of National Air Pollutant Projections and Assessment of National Air Pollution Control Programmes [«Revisión de las proyecciones nacionales de contaminantes atmosféricos y evaluación de los programas nacionales de contaminación atmosférica», documento en inglés], 2022, p. 80, gráficos 4-1.

(54)

Pendiente para la materia particulada 10 (PM10): BG, CZ, EL, ES, FR, HR, HU, IT, PL, RO, SI, SK y SE. Para la materia particulada 2,5 (PM2.5): HR e IT. Pendiente para el dióxido de nitrógeno (NO2): AT, BE, CZ, DE, EL, ES, FR, HU, IT, LU, PL, PT y RO. 

(55)

BG, PL, HU, RO, IT y FR, en el caso de las partículas en suspensión, y FR y DE en el caso de las NO2.

(56)

RO y SK.

(57)

Ricardo Energy & Environment: Review of National Air Pollutant Projections and Assessment of National Air Pollution Control Programmes [«Revisión de las proyecciones nacionales de contaminantes atmosféricos y evaluación de los programas nacionales de contaminación atmosférica», documento en inglés], 2022, pp. 85-86. Nota: En esta revisión solo se incluyen veintiséis Estados miembros, ya que Rumanía aún tiene que presentar su programa nacional de lucha contra la contaminación atmosférica.

(58)

AT, BG, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, FR, HU, IE, IT, LU, LV, MT, NL, PL, PT y SE.

(59)

AT, BG, CZ, DK, EE, EL, FR, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, SE y SI.

(60)

 14 Estados miembros para los compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM); 13 Estados miembros para las partículas 2,5 (PM2.5); 12 Estados miembros para los óxidos de nitrógeno (NOx).

(61)

RO.

(62)

AT, BG, CZ, DE, EL, IE, HR, SI y SK.

(63)

AT, BG, CZ, DE, EE, FI, FR, HR, HU, IE, LT, LV, MT, PL, SI y SK.

(64)

CY, CZ, DE, EL, ES, FR, IT, PT, PL y SK.

(65)

Hasta la fecha se han dictado dos sentencias en el caso de SK y PT.

(66)

LIFE PREPAIR .

(67)

LIFE HUNGAIRY .

(68)

 En septiembre de 2021, la Comisión puso en marcha la misión de la UE «Restaurar nuestros océanos y aguas de aquí a 2030», como forma de alcanzar los objetivos del Pacto Verde Europeo en materia de agua marina y agua dulce, como la protección del 30 % de la zona marítima de la UE y la restauración de ecosistemas marinos y de 25 000 km de ríos de flujo libre.

(69)

Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327 de 22.12.2000, p. 1).

(70)

Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación (DO L 288 de 6.11.2007, p. 27).

(71)

 Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO L 435 de 23.12.2020, p. 1).

(72)

Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE (DO L 64 de 4.3.2006, p. 37).

(73)

Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias (DO L 375 de 31.12.1991, p. 1).

(74)

Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DO L 135 de 30.5.1991, p. 40). La Comisión presentó una propuesta para seguir modernizando esta Directiva de 1991 con el fin de mejorar la prevención de la contaminación, la eficiencia en el uso de los recursos y la neutralidad energética para todo el sector.

(75)

Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina) (DO L 164 de 25.6.2008, p. 19).

(76)

 Agencia Europea de Medio Ambiente, 2021 .

(77)

La media de la UE es de 8,39, por debajo del umbral de escasez del 20 %, pero la situación es más preocupante en algunos Estados miembros, como CY, EL, ES, CZ y MT.

(78)

Proyectos piloto de la UE sobre la aplicación de la Directiva 2000/60/CE marco sobre el agua en relación con las deficiencias detectadas en la evaluación de la Comisión de los segundos planes hidrológicos de cuenca: AT, BG, CY, CZ, DK, EE, EL, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, PL, PT, RO, SE, SI, SK.

(79)

  https://ec.europa.eu/environment/water/participation/map_mc/map.htm ;  https://ec.europa.eu/environment/water/flood_risk/implem.htm .

(80)

FR, HU, IR e IT.

(81)

Esta Directiva está siendo objeto de evaluación, y la Comisión tiene previsto presentar un balance global de su funcionamiento en 2023.

(82)

Existen procesos de infracciones pendientes contra: BE, DE, ES, IT.

(83)

Actualmente están en curso procedimientos de infracción por aplicación incorrecta de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas en diecinueve Estados miembros: BG, BE, CY, FR, GR, HU, IR, IT, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK, CZ, SI, SW y ES.

(84)

GR, IT y ES están pagando actualmente multas en relación con la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

(85)

REACH: DO L 396 de 30.12.2006, p. 1. - CLP: DO L 252 de 31.12.2006, p. 1.

(86)

  COM(2020) 667 final.

(87)

Informe del Comité Científico de la AEMA:  Chemicals for a sustainable future [«Productos químicos para un futuro sostenible», documento en inglés], p. 14.

(88)

ECHA, sobre la base de los proyectos REF-1, REF-2, REF-3 y REF-4.

(89)

Página principal de la ECHA en FORUM REF 8 (2021) .

(90)

Reglamento (UE) 2020/878 de la Comisión, de 18 de junio de 2020, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas («REACH») (DO L 203 de 26.6.2020, p. 28).

(91)

 Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, p. 1).

(92)

Comisión Europea: Final Report, on the operation of REACH and CLP [«Informe final sobre el funcionamiento de los Reglamentos REACH y CLP», documento en inglés], Final report_REACH-CLPMSreporting_2020.pdf (europa.eu).  

(93)

  Comisión Europea: REACH and CLP enforcement: EU level enforcement indicators [«Aplicación de los Reglamentos REACH Y CLP: Indicadores a nivel de la UE», documento en inglés].

(94)

BE, DE, ES, FI, GR, IR, IT, NL y SE.

(95)

  Texto del Acuerdo de París en español (unfccc.int) .

(96)

Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima») (DO L 243 de 9.7.2021, p. 1).

(97)

Reglamento (UE) n.º 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 842/2006 (DO L 150 de 20.5.2014, p. 195).

(98)

  COM(2021) 82 final .

(99)

La legislación sobre el reparto del esfuerzo forma parte de un conjunto de políticas y medidas en materia de cambio climático y energía que ayudarán a Europa a avanzar hacia una economía hipocarbónica y a aumentar su seguridad energética ( https://ec.europa.eu/clima/eu-action/effort-sharing-member-states-emission-targets_es ).

(100)

Decisión n.º 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020 (DO L 140 de 5.6.2009, p. 136).

(101)

Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 525/2013 (DO L 156 de 19.6.2018, p. 26).

(102)

Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático: Climate Change 2022: Impacts, Adaptation and Vulnerability [«Cambio Climático 2022: Efectos, adaptación y vulnerabilidad», documento en inglés], 2022.

(103)

Contribuirá al menos un 30 % a los objetivos climáticos, un 7,5 %, en 2024, y un 10 %, en 2026 y 2027, a la biodiversidad.

(104)

 Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (DO L 198 de 22.6.2020, p. 13).

(105)

La financiación ecológica incluye la financiación de la lucha contra el cambio climático, pero también la financiación de objetivos medioambientales específicos, como el control de la contaminación industrial, la gestión de aguas y la protección de la biodiversidad. Dado su ámbito de aplicación, la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental las examina por separado.

(106)

O entre el 1,0 y el 1,6 % del PIB de la UE para el período 2014-2020.

(107)

Fuente: Dirección General de Medio Ambiente.

(108)

Las contribuciones a los objetivos climáticos y medioambientales se basan en la metodología descrita en el anexo VI del Reglamento por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

(109)

 CY, CZ, DE, DK, EE, FI, LT, LV, MT, PT y SK.

(110)

 Eurostat:  ESI Funds Open Data [«Datos abiertos de los Fondos EIE», documento en inglés], 2021. 

(111)

Por ejemplo, la plataforma de la UE sobre biodiversidad, el Centro de Conocimiento sobre Biodiversidad, los nuevos rastreadores y cuadros de indicadores en el marco de la Estrategia sobre Biodiversidad, el Plan de Acción para la Economía Circular y la iniciativa de contaminación cero. El 8.º Programa de Acción en materia de Medio Ambiente también incluye un marco de seguimiento integrado.

(112)

  Protección del medio ambiente mediante el Derecho penal (europa.eu) .

(113)

 Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (INSPIRE) (DO L 108 de 25.4.2007, p. 1).

(114)

 Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en su versión modificada por la Directiva 2014/52/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014 (DO L 124 de 25.4.2014); y Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (DO L 197 de 21.7.2001, p. 30).

(115)

 Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales (DO L 143 de 30.4.2004, p. 56).

(116)

Artículo 6 apartado 2 de la Directiva 2003/4/CE relativa al acceso del público a la información medioambiental; Artículo 13 de la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental; Artículo 25 de la Directiva 2010/75/UE sobre emisiones industriales; Artículo 11 de la Directiva 2011/92/UE de evaluación de impacto ambiental; y el artículo 23 de la Directiva Seveso-III 2012/18/UE. Véase también el considerando 27 de la Directiva 2016/2284 (UE) sobre techos nacionales de emisión que hace una referencia específica a la jurisprudencia del TJUE sobre el acceso a la justicia.

(117)

 Véase, en particular, la Comunicación de la Comisión relativa al acceso a la justicia en materia de medio ambiente (2017/C 275/01, DO C 275 de 18.8.2017, p. 1).

(118)

En particular, a través del programa de gobernanza LIFE.

(119)

PL y BG.

(120)

PL.

(121)

LT.

(122)

AT, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, HR, HU, IE, IT, MT, NL, PL, RO, SK, SE, SI.

(123)

BG, CZ, DE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, PL, PT, RO, SK, SE, SI.

(124)

BE, HR, IE, IT, PT.

(125)

 AT, BE, BG, CZ, DE, EE, ES, FI, FR, HR, HU, IT, LV, LU, MT, NL, PT, RO, SE, SK.

(126)

Los procedimientos de infracción afectaron a diecisiete Estados miembros.

(127)

  Avenir de l'Europe (europa.eu).

(128)

  The European environment — state and outlook 2020 [«El Medio Ambiente en Europa: Estado y perspectivas 2020», documento en inglés].

(129)

Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, ratificado por 2005/370/CE: Decisión del Consejo de 17 de febrero de 2005 sobre la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO L 124 de 17.5.2005, p. 1).

(130)

Cabe señalar que el Reglamento (UE) 2021/1767 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de octubre de 2021, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1367/2006 relativo a la aplicación a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, DO L 356 de 8.10.2021, p. 1 - mejora del acceso a la revisión administrativa y judicial a nivel de la Unión para los ciudadanos y las organizaciones no gubernamentales de defensa del medio ambiente que tengan preocupaciones específicas sobre la compatibilidad con el Derecho medioambiental de los actos administrativos que tengan efectos sobre el medio ambiente, como se ha comprometido en el Pacto Verde Europeo.

(131)

  COM(2020) 643 final. .

(132)

Véanse las propuestas más recientes de revisión de la Directiva sobre emisiones industriales , la Ley sobre recuperación de la naturaleza y el Reglamento sobre deforestación , que incluyen disposiciones específicas de acceso a la justicia.

Top

Bruselas, 8.9.2022

COM(2022) 438 final

ANEXO

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Revisión de la aplicación de la política medioambiental 2022





Cambiar de rumbo mediante el cumplimiento de la normativa medioambiental















{SWD(2022) 252 final} - {SWD(2022) 253 final} - {SWD(2022) 254 final} - {SWD(2022) 255 final} - {SWD(2022) 256 final} - {SWD(2022) 257 final} - {SWD(2022) 258 final} - {SWD(2022) 259 final} - {SWD(2022) 260 final} - {SWD(2022) 261 final} - {SWD(2022) 262 final} - {SWD(2022) 263 final} - {SWD(2022) 264 final} - {SWD(2022) 265 final} - {SWD(2022) 266 final} - {SWD(2022) 267 final} - {SWD(2022) 268 final} - {SWD(2022) 269 final} - {SWD(2022) 270 final} - {SWD(2022) 271 final} - {SWD(2022) 272 final} - {SWD(2022) 273 final} - {SWD(2022) 274 final} - {SWD(2022) 275 final} - {SWD(2022) 276 final} - {SWD(2022) 277 final} - {SWD(2022) 278 final}


ACTUACIONES PRIORITARIAS PARA APLICAR MEJOR LA NORMATIVA SOBRE MEDIO AMBIENTE

En el presente anexo se resumen las actuaciones prioritarias que figuran en los veintisiete informes nacionales sobre la revisión de la aplicación de la normativa medioambiental 1 .

Actuaciones prioritarias

Estado(s) miembro(s)

Medidas para lograr una economía circular

Reforzar el marco político para acelerar la transición hacia la economía circular por parte de todos los sectores económicos, en particular los sectores prioritarios como el del plástico, el textil y la construcción.

DE, HR, HU, MT, SK

Adoptar planes de acción o estrategias para la economía circular que abarquen todo el ciclo de vida, con resultados claros y un calendario de aplicación.

AT, BG, CZ, IE, RO, PT

Adoptar medidas para aumentar el índice de uso circular de los materiales.

BG, CY, DK, EL, ES, FI, HR, HU, IE, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK, SE

Gestión de residuos

Garantizar la existencia de planes nacionales o regionales de gestión de residuos y de programas de prevención de residuos en consonancia con la Directiva marco sobre residuos revisada.

AT, BE, BG, CZ, CY, DE, EE, EL, ES, FI, FR, HR, IE, IT, LT, LU, MT, PL, PT, RO, SI

Mejorar la cooperación y la coordinación en materia de gestión de residuos entre las distintas administraciones públicas competentes.

ES

Introducir nuevos instrumentos políticos —en particular instrumentos económicos— en las políticas en materia de residuos, como los impuestos sobre los vertederos o la incineración, y los sistemas de pago por generación de residuos.

BG, CY, DK, EE, EL, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, SE, SK

Mejorar el funcionamiento de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, en consonancia con los requisitos mínimos generales establecidos en la Directiva marco sobre residuos.

AT, CY, CZ, EL, EE, HR, HU, LT, LV, PL, SK RO

Introducir nuevas políticas para aplicar la jerarquía de residuos, es decir, promover la prevención de residuos y la reutilización de los productos; mantener la incineración con recuperación de energía al mínimo necesario y frenar significativamente el vertido de residuos.

FI, LU, MT, PT, SE, SI

Garantizar la eficacia de los sistemas de recogida de residuos como precursor del reciclado de calidad, por ejemplo implicando a los municipios y utilizando instrumentos económicos significativos (por ejemplo, sistemas de pago por generación de residuos) y teniendo en cuenta su tratamiento en materiales útiles.

BG, CZ, CY, EE, EL, FR, HR, HU, IE, LV, MT, RO, SK

Desarrollar y ejecutar programas de apoyo a los municipios para ayudarles a aplicar políticas de recogida selectiva y mejorar los índices de reciclado.

CY, EE, HR, LT, LV, PL, RO

Desviar los residuos que pueden prepararse para su reutilización o reciclado de las incineración y el depósito en vertederos.

AT, BE, CZ, DE, DK, EE, HR, IE, LU, NL, PL, SE

Cerrar y rehabilitar los vertederos no conformes con carácter prioritario.

BG, CY, EL, ES, HR, PL, PT, RO, SK, SI

Prevenir el vertido ilegal de residuos, especialmente los vertidos de basura, en particular mediante sanciones eficaces. 

BG, PL

Limitar los traslados entrantes de residuos destinados a las incineradoras con el fin de evitar el vertido de desechos residuales generados localmente.

CY

Evitar la construcción de una infraestructura excesiva de gestión de residuos para el tratamiento de desechos residuales, a saber, vertederos, plantas de tratamiento mecánico-biológico e incineradoras.

CZ, EL, ES, PL, PT, SK

Ratificar los convenios internacionales pertinentes sobre reciclado de buques.

BG, CY, LU

Protección y restauración de la naturaleza

Completar el proceso de designación de espacios Natura 2000, que incluye abordar las zonas especiales de conservación (ZEC) y definir los objetivos y medidas de conservación necesarios para lograr un estado de conservación favorable de los hábitats y las especies protegidas en el marco de los planes de gestión de espacios o instrumentos equivalentes.

AT, BE, BG, CZ, CY, DE, DK, EL, EE, ES, FI, FR, HU, IE, IT, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Garantizar que los planes de gestión Natura 2000 se aplican efectivamente con una capacidad administrativa y unos fondos suficientes. Garantizar la aplicación del marco de actuaciones prioritarias (MAP) 2021-2027.

BG, CY, DK, EL, HR, HU, IT, LT, MT, PL, PT, RO, SK

Mejorar la calidad de las evaluaciones adecuadas. Crear y promover enfoques de aplicación inteligentes y racionalizados, en particular para procedimientos de evaluación y procedimientos de autorización adecuados para las especies.

BE, BG, CY, EE, HR, EL

Reforzar la integración de las cuestiones relativas a la biodiversidad en otras políticas y promover la comunicación entre las partes interesadas.

BG, CZ, EL, ES, FI, HR, LU, LV, PT

Garantizar el marco regulador necesario para las especies protegidas, recopilar datos fiables sobre el estado de conservación de los hábitats y especies protegidas y poner en marcha un sistema de seguimiento sólido.

EL, FI, HR, RO

Hacer cumplir adecuadamente la prohibición de la caza o captura de especies de aves protegidas, la explotación forestal ilegal y la extracción de la turba.

CY, EL, IE, MT, RO

Adoptar medidas prácticas para hacer frente al grave declive de las charadridas y seguir desarrollando el programa de conservación para los zapatitos reales, tanto en los espacios Natura 2000 como en el campo en general.

IE

Garantizar la cooperación regional con los Estados miembros vecinos para hacer frente a las presiones predominantes sobre los hábitats y las especies.

LU

Mejorar la conservación de los pastizales de gestión extensiva y aumentar la proporción de pastizales gestionados con fines de conservación.

AT, EE

Restaurar los hábitats fluviales y de llanuras aluviales y mejorar la conectividad fluvial.

AT

Reducir el uso y el riesgo de los plaguicidas continuando con la aplicación programas específicos y promoviendo los plaguicidas no químicos y los bajos insumos de plaguicidas y la gestión integrada de plagas.

NL

Intensificar las medidas de aplicación del Reglamento de la UE sobre especies exóticas invasoras.  Adoptar medidas adicionales para luchar contra las especies exóticas invasoras.

BG, CZ, CY, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, LV, LT, LU, MT, PL, PT, RO, SI, SK

Garantizar la recogida de datos sobre especies exóticas invasoras y buscar formas de mejorar el sistema de vigilancia.

HU, RO

Evitar la presión sobre los hábitats y las especies protegidas debido a las prácticas agrícolas perjudiciales y utilizar la política agrícola común (PAC) para incentivar las buenas prácticas, intensificando las medidas de aplicación de la recomendación establecida en el plan estratégico nacional de la PAC.

BE, CZ, CY, DE, EE, EL, FI, HU, IE, LT, LV, LU, MT, NL, SI, SK

Promover la agricultura ecológica, la gestión forestal sostenible y la forestación. Garantizar el cumplimiento de la Directiva sobre hábitats antes de conceder o renovar permisos de explotación forestal.

AT, BE, CZ, EE, FI, LT, LV, NL, PL, RO, SE, SI, SK

Reducir y rehabilitar las zonas degradadas del suelo, reducir las pérdidas de nutrientes y considerar la posibilidad de comprometerse formalmente con las metas de neutralización en la degradación de las tierras en virtud de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. Aumentar el contenido de carbono orgánico del suelo, mejorar la gestión de los nutrientes y aumentar la eficiencia del uso de los nutrientes.

BE, ES, HU, LU, MT, PL, PT, SI

Ecosistemas marinos

Garantizar la cooperación regional con los Estados miembros que comparten la misma (sub)región marina para hacer frente a las presiones predominantes.

BE, BG, CY, DK, DE, EL, EE, ES, FI, FR, HR, IE, IT, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI

Aplicar las recomendaciones de la Comisión respecto a la preparación de las estrategias marinas, que incluyen: la evaluación, la determinación del buen estado medioambiental y el establecimiento de objetivos medioambientales.

BE, BG, CY, DK, DE, EL, ES, EE, FI, FR, HR, IE, IT, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI

Garantizar que se determine, evalúe y mejore, cuando sea necesario, el estado ecológico de las aguas marinas.

BG, EL, HR, RO, SI

Firmar y ratificar los convenios y protocolos internacionales pertinentes (Protocolo relativo a la Gestión Integrada de las Zonas Costeras y «Protocolo Offshore» del Convenio de Barcelona, Regulación de la Pesca de la Ballena, Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y diversidad biológica en el Mediterráneo).

CY, EL, FR, IT, MT

Evaluación y contabilidad de los ecosistemas

Seguir apoyando el cartografiado y la evaluación de los ecosistemas y sus servicios, así como el desarrollo de la contabilidad de los ecosistemas, mediante indicadores adecuados para integrar su extensión, estado y servicios en las cuentas nacionales. Seguir apoyando la creación de plataformas empresariales y de biodiversidad nacionales, en particular los sistemas de contabilidad del capital natural para supervisar y evaluar el efecto de las empresas en la biodiversidad. 

AT, BE, CY, DK, FR, EE, EL, FI, HR, HU, IE, LT, LV, LU, MT, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Garantizar el adecuado desarrollo de capacidades administrativas y la formación, el intercambio de información entre redes y la participación de las partes interesadas, en particular la creación de plataformas empresariales y de biodiversidad nacionales.

BG, CZ, DE, ES, FI, LU, MT, NL

Aire limpio

Mantener las tendencias a la baja de las emisiones de contaminantes atmosféricos y reducir los efectos adversos de la contaminación atmosférica en la salud y la economía a fin de garantizar las futuras concentraciones, cumplir todas las normas de calidad del aire, actualizar y mejorar la red de vigilancia de la calidad del aire y velar por la notificación oportuna de los datos sobre calidad del aire.

AT, BE, BG, CY, CZ, DK, DE, EE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PT, PL, RO, SE, SI, SK

Adoptar medidas para reducir las fuentes de emisión en el marco del programa nacional de control de la contaminación atmosférica.

AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, SK, ES, SE, SI

Adoptar un programa nacional de control de la contaminación atmosférica.

RO

Firmar y ratificar los convenios internacionales (Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, Protocolo relativo a los metales pesados, Protocolo sobre contaminantes orgánicos persistentes y anexo VI del Convenio MARPOL).

AT, BE, BG, EL, HU, IE, FR, IT, LV, MT, PL, PT

Emisiones industriales

Seguir combatiendo las emisiones de los sectores pertinentes (sector eléctrico, sector siderúrgico y cría intensiva de animales).

BG, CZ, DE, EE, ES, EL, HU, IE, FR, IT, PL, PT, LU, RO, SK

Revisar los permisos, reforzar el control y garantizar el cumplimiento de las conclusiones sobre las MTD (mejores técnicas disponibles).

RO, SK

Mejorar la notificación al E-PRTR (Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes). 

DE, LT, NL, SK

Firmar y ratificar el Protocolo sobre registros de emisiones y transferencias de contaminantes.

MT

SEVESO

Reforzar el control y la aplicación para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Directiva Seveso III, especialmente en lo que respecta a la información que debe facilitarse al público y los planes de emergencia externos.

AT, BG, CZ, DE, DK, EE, EL, ES, IE, FR, IT, LT, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI

Firmar y ratificar el Convenio TEIA (efectos transfronterizos de los accidentes industriales).

IE, MT

Ruido

Completar los mapas de ruido.

CY, EL, PT, ES

Completar los planes de acción para la gestión del ruido de los espacios pertinentes (aglomeraciones, grandes ejes viarios y grandes ejes ferroviarios).

CY, DE, FR, EL, ES, PL, PT, SK

Gestión y calidad del agua

Facilitar la aplicación de medidas (por ejemplo, restauración de la hidromorfología fluvial) para contribuir a la consecución de los objetivos de la Directiva Marco del Agua (DMA). Reforzar el tiempo y la frecuencia de la supervisión. Garantizar una financiación suficiente para aplicar las medidas de los planes hidrológicos de cuenca.

AT, BE, CZ, DE, DK, EE, EI, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, SK, SE, SI, RO

Evaluar las nuevas modificaciones físicas de las masas de agua de conformidad con el artículo 4, apartado 7, de la DMA. Considerar las opciones alternativas y las medidas de mitigación adecuadas.

BE, BG, CY, CZ, EE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI

Garantizar urgentemente un control adecuado de la captación de agua y de los cambios hidromorfológicos de conformidad con la DMA.

IE

Completar la aplicación de la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas a todas las aglomeraciones, mediante el establecimiento de la infraestructura necesaria.

BE, BG, CY, CZ, EE, FR, EL, ES, FI, HR, HU, IE, IT, LT, LV, MT, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Mejorar la aplicación coordinada de las políticas de políticas de aguas, medio marino y naturaleza.

BE, BG, CY, CZ, EE, FI, FR, EL, EI ES, HR, HU, IE, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, SE, SI, SK

Luchar contra la contaminación por nutrientes, especialmente los nitratos procedentes de la agricultura, mediante la aplicación de la Directiva sobre los nitratos.

CY, DE, DK, EE, EL, ES, FI, FR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, SK, SE, SI

Productos químicos

Mejorar las capacidades administrativas de aplicación y ejecución para lograr una tolerancia cero frente al incumplimiento de la normativa.

AT, BE, BG, CY, CZ, DE, EE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PT, PL, RO, SE, SI, SK

Elaborar y aplicar estrategias para el cumplimiento de los Reglamentos REACH y CLP.

BE, EE, HR, LV, MT, PL

Ratificar el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

IT

Acción por el clima

Promover la sostenibilidad y la descabornización del sector del transporte (carretera, marítimo, mejores conexiones ferroviarias), en particular mediante el uso de alternativas a los combustibles fósiles (biocombustibles y utilización de vehículos eléctricos).

BE, CY, CZ, DE, EL, ES, IE, IT, FI, FR, HR, HU, IT LV, LT, LU, MT, NL, PT, PL, RO, SE, SK

Aumentar la adopción de energías limpias y renovables (solar, eólica, hidrógeno) con infraestructuras de apoyo.

AT, BE, BG, CY, CZ, DE DK, EE, EL, ES, IE, IT, FI, FR, HR, HU, LV, LT, MT, NL, PT, PL, RO, SE, SK

Considerar las reformas fiscales y la tarificación de las emisiones de gases de efecto invernadero para incentivar el uso de energías renovables sobre los combustibles fósiles.

AT, LU, LT, LV

Aumentar la eficiencia energética y las energías renovables en el sector de la construcción a través de la renovación/reacondicionamiento en profundidad.

BG, CZ, CY, EE, EL, ES, FI, HU, HR, IE, IT, LV, LT, NL, PT, SE, SK

Garantizar el uso sostenible de la biomasa. Explorar soluciones para convertir la biomasa en productos de madera de larga vida y cambiar las prácticas de gestión de la tierra para fomentar el funcionamiento de su sumidero UTCUTS.

AT, BG, CZ, EE, ES, FI, HU, IE, LT, LV, MT, SE, SK

Acelerar el desarrollo de la investigación y la innovación en tecnologías de baja emisión de carbono en el sector de la energía, empleos cualificados y empresas emergentes.

CY, DE, LV, PL, SK

Aprovechar las importantes oportunidades de mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero distintos del CO2 procedentes del sector de los residuos. Reducir las emisiones distintas del CO2 en la agricultura, permitiendo al mismo tiempo la transición de la industria agroalimentaria hacia modos de producción sostenibles.

IE, MT

Garantizar que el sector agrícola se encuentra en la senda hipocarbónica.

FR, LV

Revitalizar los cursos de agua, lo que ayudaría a proteger contra las inundaciones, las sequías y, posiblemente, la degradación cualitativa de los recursos hídricos disponibles. Integrar en mayor medida la adaptación al cambio climático y las medidas de reducción del riesgo de catástrofes, especialmente la prevención de inundaciones.

MT, SK

Aplicar reformas en las regiones con un sector energético intensivo en carbono (regiones carboníferas).

BG

Incentivar las inversiones en procesos de producción respetuosos con el clima en todo el sector industrial.

DE

Ratificar el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

IT

Finanzas

Mejorar la capacidad de utilizar los fondos de la UE para el medio ambiente de manera eficaz, en particular mediante la asistencia técnica o las estrategias de financiación medioambiental, y aumentar el nivel de financiación, en particular la financiación privada cuando proceda, para hacer frente a las necesidades de inversión en los sectores medioambientales, en especial en el ámbito de la biodiversidad. Reunir a todos los niveles administrativos pertinentes, garantizando al mismo tiempo un uso complementario de los fondos.

AT, BE, BG, DE, CZ, CY, EL, HR, FI, HU, HR, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Abordar las reformas fiscales y la presupuestación ecológica, en particular la eliminación gradual de las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, de manera que se incentive un comportamiento más respetuoso con el medio ambiente de la industria y la sociedad en general, en consonancia con el principio de «quien contamina paga».

CZ, EL, ES, FR, HU, LU, SK

Información, participación del público y acceso a la justicia

Hacer más accesibles los datos espaciales y dar prioridad a los conjuntos de datos medioambientales en la aplicación de la Directiva INSPIRE, especialmente los identificados como conjuntos de datos espaciales de alto valor para la aplicación de la legislación medioambiental.

BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, FR, HR, IE, IT, LT, LV, PL, PT, NL, RO, SK, SE

Recopilar, supervisar y publicar información sobre los procesos de EIA y EAE para facilitar y mejorar la participación del público (por ejemplo, a través de herramientas específicas) en la toma de decisiones medioambientales, en particular, sus resultados y en qué medida se han tenido en cuenta las observaciones del público en la decisión final.

AT, BE, CZ, CY, DE, DK, EL, EE, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI

Transponer totalmente la Directiva revisada sobre evaluación de impacto ambiental (EIA).

CZ, SK

Mejorar el acceso de los ciudadanos afectados a la justicia.

AT, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, HR, HU,IE, IT, LU, MT, NL, PL, RO, SK, SI, SE

Informar mejor al público sobre su acceso a los derechos a la justicia, en particular haciendo referencia, en los portales judiciales y administrativos nacionales, a las fichas informativas sobre el acceso a la justicia en materia de medio ambiente accesibles en el Portal Europeo de Justicia en línea de la Comisión y sobre las oportunidades de presentar denuncias por motivos o infracciones medioambientales, y publicar datos sobre el seguimiento de dichas denuncias.

BG, CZ, DE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, PL, PT, RO, SK, SE, SI

Garantizar que los costes no suponen un obstáculo al acceso efectivo a la justicia en materia de medio ambiente.

BE, HR, IE, IT, PT

Garantizar que los resultados de los asuntos judiciales en materia de medio ambiente sean eficaces en la práctica.

ES

Ratificar el Protocolo sobre evaluación estratégica del medio ambiente de la Convención de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo (Protocolo de Kiev).

FR

Garantía del cumplimiento

Recopilar y difundir información sobre la aplicación de la legislación medioambiental, en particular las infracciones, el enjuiciamiento de delitos contra el medio ambiente, los asuntos de daños medioambientales, los asuntos, planes e informes de inspección en virtud de la Directiva sobre responsabilidad medioambiental, la disponibilidad de garantías financieras para hacer frente a los costes de los daños medioambientales y los acuerdos formal de cooperación entre los organismos públicos responsables.

AT, BE, BG, CY, CZ DE, DK, EE, EL, ES, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Fomentar y supervisar la participación del público en la aplicación de la legislación mediante actividades de sensibilización sobre las opciones para notificar problemas medioambientales. Mejorar la información públicamente disponible sobre las oportunidades de presentar denuncias sobre cuestiones o infracciones medioambientales y sobre el seguimiento de las denuncias y las inspecciones medioambientales. 

BE, BG, CY, DE, DK, EL, ES, FI, FR, HU, IT, LT, LU, MT, PL, RO

Establecer un sistema o instrumentos de seguridad financiera o mejorar los existentes para garantizar la responsabilidad medioambiental a fin de hacer frente a los costes de los daños medioambientales.

CY, HR, HU, LU, NL

Mejorar la disponibilidad de información práctica para los agricultores o los gestores de tierras sobre cómo contribuir a una mejor aplicación de las Directivas sobre protección de la naturaleza y sobre los nitratos.

AT, BE, BG, CY, CZ, DK, EE, EL, ES, HR, IT, PL, PT, RO, SI, SK

Eficacia de las administraciones responsables del medio ambiente

Seguir mejorando la gobernanza medioambiental, en particular la capacidad administrativa y la coordinación a nivel nacional, regional y local. 

ES, FI, HU, IT, LU, MT, PT

(1)  Las actuaciones prioritarias se han incluido en cada informe nacional a la luz de la información que obra en poder de la Comisión Europea, para garantizar la igualdad de trato de todos los Estados miembros. Para poder realizar comparaciones, en el presente anexo se han reunido por grupos todas las actuaciones prioritarias de los Estados miembros a los que se formularon recomendaciones similares. Por esa razón, la redacción del anexo puede ser menos detallada que en los informes nacionales.
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