Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA CARTA?
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la Carta) protege los derechos fundamentales de los que disfrutan las personas en la Unión Europea (UE). Es un instrumento moderno y completo de legislación de la UE que protege y promueve los derechos y libertades de las personas a la luz de los cambios en la sociedad, el progreso social y los avances científicos y tecnológicos.
PUNTOS CLAVE
Contenido
La Carta reafirma, dentro del debido respeto de las competencias y misiones de la UE y del principio de subsidiariedad, los derechos que emanan de las tradiciones constitucionales y las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros de la UE, entre las que se incluyen el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, las Cartas Sociales adoptadas por la UE y por el Consejo de Europa, y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Al dar mayor visibilidad y claridad a los derechos fundamentales, establece una seguridad jurídica dentro de la UE.
La Carta consta de un preámbulo y de 54 artículos agrupados en siete capítulos.
- Capítulo I: dignidad (dignidad humana, derecho a la vida, derecho a la integridad de la persona, prohibición de la tortura y de las penas o los tratos inhumanos o degradantes, prohibición de la esclavitud y el trabajo forzado).
- Capítulo II: libertad (derechos a la libertad y a la seguridad, respeto de la vida privada y familiar, protección de los datos de carácter personal, derecho a contraer matrimonio y derecho a fundar una familia, libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de expresión e información, libertad de reunión y asociación, libertad de las artes y de las ciencias, derecho a la educación, libertad profesional y derecho a trabajar, libertad de empresa, derecho a la propiedad, derecho de asilo, protección en caso de devolución, expulsión y extradición).
- Capítulo III: igualdad (igualdad ante la ley, no discriminación, diversidad cultural, religiosa y lingüística, igualdad entre hombres y mujeres, derechos del menor, derechos de las personas mayores, integración de las personas discapacitadas).
- Capítulo IV: solidaridad (derecho a la información y a la consulta de los trabajadores en la empresa, derecho de negociación y de acción colectiva, derecho de acceso a los servicios de colocación, protección en caso de despido injustificado, condiciones de trabajo justas y equitativas, prohibición del trabajo infantil y protección de los jóvenes en el trabajo, vida familiar y vida profesional, seguridad social y ayuda social, protección de la salud, acceso a los servicios de interés económico general, protección del medio ambiente, protección de los consumidores).
- Capítulo V: ciudadanía (derecho a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales, derecho a una buena administración, derecho de acceso a los documentos, Defensor del Pueblo Europeo, derecho de petición, libertad de circulación y de residencia, protección diplomática y consular).
- Capítulo VI: justicia (derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, presunción de inocencia y derechos de la defensa, principios de legalidad y de proporcionalidad de los delitos y las penas, derecho a no ser acusado o condenado penalmente dos veces por el mismo delito).
- Capítulo VII: disposiciones generales.
Ámbito de aplicación
La Carta es aplicable a las instituciones, órganos y organismos de la UE en todas sus actuaciones. No amplía las competencias y las misiones que les confieren los tratados. La Carta también es aplicable a los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la UE.
La Carta se aplica conjuntamente con los sistemas de protección de derechos fundamentales internacionales y nacionales, que incluyen el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Informes anuales
Desde 2010, cada año la Comisión Europea publica un informe anual que controla el progreso de la aplicación de la Carta. Desde 2021, siguiendo la estrategia para fortalecer la aplicación de la Carta en la UE (véase la síntesis), el informe de la Carta se centra cada año en un ámbito temático distinto de relevancia estratégica regido por el Derecho de la UE.
ANTECEDENTES
- En 1999, con el fin de destacar su importancia, el Consejo Europeo consideró oportuno recoger en una Carta los derechos fundamentales vigentes en la UE.
- La Carta fue formalmente proclamada en Niza en diciembre de 2000 por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión.
- Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa (véase la síntesis) en diciembre de 2009, la Carta pasó a ser jurídicamente vinculante y ahora tiene la misma validez jurídica que los tratados de la UE.
Para más información, véase:
DOCUMENTO PRINCIPAL
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 389-405).
última actualización 14.01.2022