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Fundamental rights
Derechos fundamentales
Derechos fundamentales
El término «derechos fundamentales» se utiliza para expresar el concepto de «derechos humanos» en la Unión Europea (UE). Estos derechos que son fundamentales de las personas que residen en la UE, se establecen en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. La Carta adquirió carácter jurídicamente vinculante en toda la UE con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en diciembre de 2009.
El término «derechos humanos» se utiliza generalmente en derecho internacional y se refiere a los derechos que corresponden a todos los humanos independientemente de su nacionalidad, raza, casta, credo, género, etc. La UE suele utilizar el término «derechos humanos» en el contexto de sus relaciones exteriores y políticas de cooperación al desarrollo.
La Carta es aplicable a las instituciones europeas, en cumplimiento del principio de subsidiariedad, y no puede exceder las competencias y las tareas que los tratados les confieren. También es aplicable a los Estados miembros de la UE cuando aplican la legislación comunitaria.
Muchos de los derechos y las libertades contenidos en la Carta de la UE reflejan los ya consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950) del Consejo de Europa y la Carta Social Europea (1965 y revisada en 1996).
La Agencia de los Derechos Fundamentales de la UE con sede en Viena (Austria) y que sustituye al Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, se creó en 2007 para salvaguardar los derechos, los valores y las libertades consagrados en la Carta de la UE.
El artículo 7 del Tratado de la Unión Europea contempla la posibilidad de suspender los derechos propios de los países miembros de la UE (por ejemplo, el derecho de voto en el Consejo) si un país infringe de forma grave y persistente los principios en los que se basa la UE (libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y el Estado de Derecho).
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