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Indicadores
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Indicadores
Este cuadro reúne el conjunto de las medidas necesarias para realizar un espacio de libertad, seguridad y justicia. Permite un seguimiento de los progresos realizados en la aplicación de estas medidas.
ACTO
Comunicación de la Comisión, de 24 de marzo de 2000: Indicadores para el examen de los progresos realizados para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea [COM (2000) 167 final - no publicada en el Diario Oficial].
SÍNTESIS
El Tratado de Amsterdam fijó plazos para la aprobación de las distintas medidas necesarias para la instauración de un espacio de libertad, seguridad y justicia, que fueron detallados por el Consejo Europeo en sus reuniones de Viena (diciembre de 1998) y Tampere (octubre de 1999).
Al reunir las distintas medidas que deben adoptarse, así como su calendario, en uno único cuadro, la Comisión se propone facilitar un seguimiento detallado del progreso realizado en la aplicación de un espacio de libertad, seguridad y justicia.
Los indicadores permitirán:
El cuadro sigue lo más estrechamente posible los títulos de los capítulos de las conclusiones de Tampere. Incluye las columnas siguientes:
Cada seis meses la Comisión presentará una versión actualizada del cuadro al Parlamento Europeo y al Consejo.
Los indicadores se dividen en siete partes principales:
Partes de los indicadores:
1) POLÍTICA EUROPEA DE ASILO Y EMIGRACIÓN
1.1. Asociación con los países de origen
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Evaluación de los países y regiones de origen y tránsito con el fin de llegar a un enfoque integrado específicamente adaptado a cada país o región. |
Prórroga del mandato del grupo de alto nivel "Asilo y Emigración" |
Consejo y Comisión |
- |
Trabajos en curso en el GHN - Informe sobre la aplicación de los planes de acción ya adoptados: diciembre 2000 |
Evaluación de otros países y regiones para establecer nuevos planes de acción |
Consejo y Comisión |
Abril 2001 |
- |
1.2. Régimen de asilo común
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Determinación del Estado responsable del examen de una solicitud de asilo |
Examen de la eficacia del Convenio de Dublín |
Evaluación por la Comisión |
2000 |
Puesto en marcha en el 2000 |
Adopción de criterios y mecanismos (Reglamento) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
La Comisión presentó una propuesta en julio del 2001 |
|
Consejo y Comisión |
En diciembre de 2000 el Consejo adoptó el Reglamento sobre la creación del sistema EURODAC |
|||
Un procedimiento de asilo equitativo y eficaz |
Adopción de normas mínimas comunes relativas al procedimiento de concesión o retirada del estatuto de refugiado para reducir la duración de los procedimientos de asilo, prestando una atención especial a la situación de los niños (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En septiembre de 2000 la Comisión presentó una propuesta que actualmente está siendo estudiada por el Consejo |
Definición de condiciones mínimas comunes de recepción de los solicitantes de asilo (prestando una atención especial a la situación de los niños) (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En abril de 2001 la Comisión presentó una propuesta |
|
Procedimiento de asilo común |
Comisión (en parte) |
- |
La Comisión elaboró una comunicación en noviembre de 2000 [COM(2001) 710 final] |
|
Estatuto uniforme, válido en toda la Unión, para las personas a las que se concede asilo |
En el marco del seguimiento de la comunicación de la Comisión, un instrumento legislativo podría ser necesario |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
La Comisión elaborará una comunicación |
Aproximación de las normas sobre reconocimiento y contenido del estatuto de refugiado (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2004 |
En septiembre de 2001 la Comisión presentó una propuesta |
|
Aprobación de medidas relativas a los refugiados y desplazados, destinadas a ofrecer un estatuto conveniente a toda persona que necesite una protección internacional |
Protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas que necesiten una protección internacional (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Cuanto antes |
En julio del 2001 el Consejo adoptó la Directiva 2001/55/CE |
Formas subsidiarias de protección (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2004 |
- |
|
Garantizar un equilibrio entre los esfuerzos realizados por los Estados miembros para acoger a refugiados y desplazados y soportar las consecuencias de esta recepción |
Creación de un Fondo europeo por los refugiados(decisión) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Cuanto antes |
En septiembre de 2000 el Consejo adoptó la Decisión |
Constitución de una reserva financiera en caso de afluencia masiva de refugiados |
Consejo y Parlamento Europeo |
- |
La Comisión explora las posibilidades |
1.3 Trato equitativo para nacionales de terceros países
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Lucha contra todas las formas de discriminación y más concretamente el racismo y la xenofobia |
Aplicación del principio de igualdad de trato entre las personas, sin distinción de raza u origen étnico (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Junio-diciembre 2000. |
En junio de 2000 el Consejo adoptó la Directiva |
Establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en cuanto a empleo y trabajo (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
En noviembre de 2000 el Consejo adoptó la Directiva |
|
Programas que aprovechan las mejores prácticas y la experiencia adquirida (decisión) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
En noviembre de 2000 el Consejo adoptó la Decisión |
|
Refuerzo de la cooperación con el Observatorio europeo de los fenómenos racistas y xenófobos y con el Consejo de Europa |
Consejo/Comisión |
- |
Inauguración del centro el 7 de abril del 2000 |
|
Desarrollo de la cooperación policial y judicial para prevenir y combatir el racismo y la xenofobia - Incriminación común del racismo y la xenofobia (decisión marco) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
Depósito en junio de 2000 del segundo informe sobre la aplicación de la acción común de 15 de julio de 1996. En noviembre de 2001 la Comisión presentó una propuesta de decisión marco |
|
Aproximación de las legislaciones nacionales relativas a las condiciones de admisión y estancia de nacionales de terceros paísesAproximación del estatuto jurídico de los nacionales de terceros países |
Evaluación de los flujos migratorios actuales y futuros en la Unión Europea, desde el punto de vista de la evolución demográfica, de la situación en el mercado laboral, así como de las presiones migratorias de los países o las regiones de origen |
Consejo/Comisión/Estados Miembros |
- |
En julio de 2001 la Comisión presentó una comunicación sobre un método abierto de coordinación de la política de inmigración |
Condiciones de entrada y estancia para:a) reagrupación familiar,b) estudios o formación profesional,c) empleo o actividad económica independiente remunerada (directivas) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
Propuesta de Directiva de la Comisión relativa al derecho a la reagrupación familiar, presentada al Parlamento y al Consejo el 1 diciembre 1999. Una propuesta modificada fue presentada por la Comisión en octubre de 2000 y otra en mayo de 2002 |
|
Normas y procedimientos para la expedición de visados y permisos de residencia de larga duración (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
- |
|
Definición de un conjunto de derechos uniformes (por ejemplo, el derecho a residir, estudiar, trabajar como asalariado o independiente) a conceder a los nacionales de países terceros que residen legalmente en un Estado miembro desde un determinado momento (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
Estudio emprendido por la Comisión sobre el estatuto jurídico de los nacionales de terceros países que residen desde hace tiempo en un Estado miembro de la Unión Europea. En marzo de 2001 la Comisión presentó una propuesta de directiva. |
|
Determinación de los criterios y condiciones en que los nacionales de países terceros podrían, tal como ocurre con los nacionales de la Comunidad y sus familias, ser autorizados a establecerse y trabajar en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, teniendo en cuenta las incidencias en el equilibrio social y el mercado laboral (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
En julio de 2001 la Comisión presentó una propuesta de directiva. |
1.4. Gestión de los flujos migratorios
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Mejora de los intercambios de estadísticas e informaciones sobre asilo y la inmigración (este intercambio debería centrarse en estadísticas e informaciones relativas a legislaciones y políticas nacionales) |
Profundizar en la aplicación del plan de acción adoptado por el Consejo en abril de 1998 |
Comisión, en cooperación con los Estados miembros |
- |
La recogida de datos comenzó en octubre de 1998; lanzamiento de la segunda fase (extensión a los países candidatos, Noruega e Islandia) en el segundo semestre de 2000 (después de la evaluación de la fase inicial) |
Creación de un observatorio (virtual) europeo de las migraciones |
Comisión |
- |
Acciones preparatorias (sobre la base de un estudio de viabilidad previo) financiadas por el programa ODYSSEUS |
|
Refuerzo de la lucha contra la trata de seres humanos y contra la explotación económica de los emigrantes |
Aprobación de medidas sobre normas mínimas relativas a los elementos constitutivos de las infracciones penales y a las sanciones en el ámbito de la delincuencia organizada vinculada a la trata de seres humanos (decisión-marco) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
La Comisión presentó una propuesta de decisión marco en diciembre de 2000 |
Detección y desmantelamiento de los sectores criminales implicados, colocando la lucha contra la inmigración clandestina entre las prioridades de la cooperación operativa |
Estados Miembros/Europol |
- |
En noviembre de 2001 la Comisión presentó una comunicación sobre una política común en materia de inmigración clandestina |
|
Continuación de la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en cuanto a responsabilidad de los transportistas (Directiva) |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
- |
En junio del 2001 el Consejo aprobó la Directiva 2001/51/CE |
|
Ayuda a los países de origen y tránsito |
Lanzamiento de campañas de información sobre las posibilidades reales de inmigración ilegal y la prevención de todas las formas de trata de seres humanos. |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
- |
Facilitar el regreso voluntario |
- |
- |
- |
|
Refuerzo de los medios de las autoridades de estos países para combatir eficazmente la trata de seres humanos |
- |
- |
- |
|
Ayudar a terceros países a satisfacer sus obligaciones en cuanto a readmisión respecto a la Unión y a los Estados miembros |
- |
- |
- |
|
Establecimiento de una política coherente de la Unión Europea de readmisión y regreso |
Celebración de acuerdos de readmisión o inserción de cláusulas en otros acuerdos celebrados entre la Comunidad Europea y los países o grupos de países terceros interesados |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
- |
Recomendación por la que se autoriza a la Comisión a negociar acuerdos de readmisión con cuatro terceros países, depositada por la Comisión el 14 de febrero del 2000 |
2) UN VERDADERO ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA
2.1. Mejor acceso a la justicia en Europa
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Garantizar la seguridad jurídica y la igualdad de acceso a la justicia |
Campaña de información y publicación de "guías del usuario" sobre la cooperación judicial en la Unión |
Comisión |
- |
La Comisión lanzará trabajos preparatorios |
Creación de un sistema de información permanente por una red de autoridades nacionales (red judicial europea en materia civil) |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
2001 |
En mayo del 2001 el Consejo adoptó una decisión sobre la creación de una red judicial europea en materia civil y mercantil |
|
Propuesta destinada a establecer normas mínimas en cuanto a ayuda judicial |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
La Comisión presentó un libro verde en febrero del 2000. La Comisión prepara un documento sobre los gastos judiciales y honorarios de abogados, así como sobre las "acciones colectivas" |
|
Propuesta relativa a normas de procedimiento comunes sobre solución de litigios relativos a las solicitudes en materia civil y mercantil, así como los créditos evidentes y los créditos alimentarios |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
En abril del 2002 la Comisión presentó una propuesta de reglamento sobre la creación de un título ejecutivo europeo para los créditos no contestados |
|
Propuesta destinada a establecer normas de calidad mínimas en cuanto a resolución extrajudicial de litigios |
Los Estados miembros establecerán los procedimientos extrajudiciales |
Abril 2004 |
La Comisión adoptó en 1998 una recomendación relativa a los principios aplicables a la Resolución extrajudicial de los litigios de consumo. La Comisión lanza una red extrajudicial europea (red EJE) para los consumidores. En abril del 2002 la Comisión presentó un libro verde sobre los modos alternativos de resolución de conflictos. |
|
Garantizar la seguridad jurídica y la igualdad de acceso a la justicia |
Creación de formularios multilingües cuya validez se reconozca mutuamente en los procedimientos judiciales fronterizos |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
A incluir en el programa sobre el reconocimiento mutuo decisiones en materia civil y mercantil |
Protección de los derechos de las víctimas a ser compensadas y asistencia a las víctimas |
Establecimiento de normas mínimas en cuanto a protección de víctimas |
El Parlamento y el Consejo deben examinar la comunicación de la Comisión |
- |
La Comisión presentó una comunicación en julio de 1999. En septiembre del 2001 la Comisión presentó un libro verde sobre la indemnización de las víctimas de delitos |
Otros instrumentos sobre la aproximación de los regímenes de indemnización de las víctimas |
- |
2004 |
- |
2.2. Reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales
En materia civil:
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Refuerzo del reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales y juicios y aproximación necesaria de las legislaciones, con el fin de facilitar la cooperación entre autoridades y la protección judicial de los derechos de la persona |
Programa de medidas sobre reconocimiento mutuo de las decisiones en materia civil y mercantil (en particular, las medidas necesarias para el reconocimiento mutuo y para la ejecución de las decisiones; supresión de los obstáculos para los litigios referentes a solicitudes de poca importancia y litigios que dependen del derecho de la familia) |
El Consejo y la Comisión adoptarán un programa |
Aprobación del programa de aquí a finales del 2000 |
En abril del 2002 el Consejo adoptó un reglamento por el que se establece un marco general de actividades para facilitar la cooperación judicial en materia civil |
Lanzamiento de los trabajos sobre el título ejecutorio europeo |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
- |
Esta acción debe integrarse en el programa de medidas de aplicación del principio de reconocimiento mutuo |
|
Propuesta de normas mínimas para algunos aspectos del procedimiento civil (nuevas disposiciones de derecho procesal sobre las obligaciones de pago) |
- |
- |
Esta acción debe integrarse en el programa de medidas de aplicación del principio de reconocimiento mutuo |
En materia penal:
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Lograr que los autores de infracciones no tengan ningún refugio financiero |
Ratificación de los convenios de extradición de la UE de 1995 y 1996 |
Estados Miembros |
Abril 2001 |
Seis Estados miembros ratificaron el convenio de 1995 y otros seis el de 1996 |
Estudio sobre la supresión de los procedimientos formales de extradición para las personas que intentan escapar de la justicia después de haber sido objeto de una condena |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Finales 2001 |
En septiembre del 2001 la Comisión presentó una propuesta de decisión marco. El Consejo adoptó la Decisión marco relativa a la orden de detención europea |
|
Prever procedimientos de extradición acelerados |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Finales 2001 |
- |
|
Examen de la cuestión de la extradición en los procedimientos por contumacia |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
- |
|
Procurar que las decisiones dictadas en un Estado miembro produzcan sus efectos en toda la Unión |
Programa de medidas sobre la aplicación del principio del reconocimiento mutuo, seguido de instrumentos específicos |
Consejo/Comisión |
Programa en el 2000 |
En julio del 2000 la Comisión presentó una comunicación sobre el reconocimiento mutua de las decisiones en materia penal |
Aplicación del reconocimiento mutuo a las decisiones que preceden a la fase de juicio |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
- |
En noviembre del 2000 Francia, Suecia y Bélgica presentaron una iniciativa sobre el embargo preventivo y aseguramiento de pruebas que dio lugar a una Decisión marco del Consejo. |
|
Examinar la posibilidad de mejorar la cooperación fronteriza para la transmisión de los procedimientos y de ejecución de las penas |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
A integrar en un documento de la Comisión |
|
Estudio sobre la posibilidad de extender y formalizar el intercambio de informaciones sobre los registros de antecedentes penales |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
A integrar en un documento de la Comisión |
(1) Véase el cuadro dedicado a la "acción específica de lucha contra el blanqueo de dinero".
2.3. Mayor convergencia en el ámbito del Derecho civil
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Eliminar los obstáculos creados por las disparidades entre las legislaciones y los procedimientos |
Nuevas disposiciones de Derecho procesal en los asuntos fronterizos (en particular medidas provisionales, obtención pruebas y plazos) |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro. Alemania debe presentar una iniciativa sobre la obtención de pruebas |
Abril 2004 |
En mayo del 2001 el Consejo aprobó un reglamento sobre la obtención de pruebas en materia civil y mercantil |
Estudio general para contabilizar y eliminar los obstáculos al buen desarrollo de los procedimientos civiles |
El Consejo preparará un informe |
Finales 2001 |
La Comisión elaborará un proyecto de acuerdo que debe concluirse con Noruega, Islandia y Suiza |
|
Remate de los convenios de Bruselas y Lugano |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
||
Elaboración de un instrumento jurídico sobre la ley aplicable a las obligaciones no contractuales |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
La Comisión elaborará una comunicación, seguida, en su caso, de un proyecto de Reglamento |
|
Revisión, si fuere necesario, del convenio de Roma de 1980 |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
- |
|
Estudio preliminar sobre la posibilidad de elaborar un instrumento jurídico sobre la ley aplicable al divorcio |
Consejo/Comisión |
Abril 2004 |
En mayo del 2000 el Consejo aprobó el Reglamento (CE) nº 1347/2000 |
|
Estudio preliminar sobre la competencia y la ley aplicable en cuanto a regímenes matrimoniales y sucesiones |
- |
Abril 2004 |
- |
3) LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA A LA ESCALA DE LA UNIÓN
3.1. Prevención de la delincuencia en la Unión
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Prevención de la delincuencia reduciendo las posibilidades de cometer una infracción |
Lograr y definir prioridades comunes (orientaciones políticas) que deberán tenerse en cuenta al redactar las nuevas disposiciones legales. |
Consejo/Comisión/Estados Miembros |
- |
En mayo de 2001 el Consejo adoptó una decisión por la que se crea una red europea de prevención de la delincuencia. En noviembre de 2000, la Comisión presentó una comunicación sobre la prevención de la delincuencia |
Integración de los aspectos de prevención en las acciones y programas de lucha contra la delincuencia en la Unión y los Estados miembros - el Consejo establecerá orientaciones políticas |
Consejo/Comisión/Estados Miembros |
- |
||
Facilitar la cooperación entre los Estados miembros |
Intercambio de mejores prácticas y cooperación entre las autoridades nacionales de prevención de la delincuencia en ámbitos de acción prioritarios, si es preciso creando un programa que sería financiado por la Comunidad y trataría, entre otras cosas, de la delincuencia juvenil, la delincuencia urbana y la derivada de la droga |
Consejo/Comisión/Estados Miembros |
2001 |
- |
3.2. Intensificación de la cooperación en la lucha contra la delincuencia
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Coordinar y, cuando proceda, centralizar los procedimientos |
Crear equipos comunes de investigación, inicialmente para luchar contra el tráfico de droga y la trata de seres humanos, así como contra el terrorismo, en investigaciones sobre la delincuencia fronteriza |
Aprobación del Convenio relativo a la ayuda mutua judicial en materia penal o acción del Consejo, a iniciativa de un Estado miembro |
Sin demora |
El 23 de agosto de 2005, el Convenio entró en vigor, reemplazando a la Decisión marco 2002/465/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a los equipos comunes de investigación |
Creación de una unidad compuesta de fiscales, magistrados o policías nacionales con competencias equivalentes: EUROJUST |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Finales 2001 |
En febrero de 2002 el Consejo adoptó la decisión por la que se crea EUROJUST |
|
Aplicar y, en su caso, desarrollar la red judicial europea |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
- |
|
Prevenir los conflictos de competencias examinando la posibilidad de registrar los procedimientos en curso en varios Estados miembros |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
- |
|
Garantizar la ayuda mutua judicial en la medida de lo posible |
Adopción, ratificación y aplicación del convenio de ayuda mutua judicial en materia penal |
Consejo/Estados Miembros |
Abril 2001 |
En mayo de 2000 el Consejo adoptó una acto por el que se establece el Convenio relativo a la ayuda judicial mutua en materia penal |
Examinar las modalidades según las cuales autoridades pueden intervenir en el territorio de otro Estado miembro |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
- |
|
Explorar las posibilidades de armonizar las normas relativas a la protección de los datos |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
Los trabajos en el Consejo comenzaron sobre la base de un documento de reflexión de la Presidencia portuguesa |
|
Protección de los derechos de víctimas y asistencia a las víctimas |
Establecimiento de normas mínimas |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
En marzo de 2001, el Consejo adoptó una decisión marco relativa a los derechos de las víctimas |
Intensificar la cooperación operativa entre los servicios de policía y la formación de los servicios represivos en la UE |
Crear una estructura de conexión operativa de los responsables de los servicios de policía europeos |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
2001 |
El Consejo inició un debate sobre la base de un documento presentado por el Reino Unido. |
Creación de una escuela europea de policía, que consistirá inicialmente en una red de institutos nacionales de formación ya existentes y será accesible a los países candidatos |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
2001 |
En diciembre de 2000, el Consejo adoptó una decisión por la que creó la escuela europea de policía |
|
Intensificar la cooperación aduanera en la lucha contra la delincuencia y para la utilización de las tecnologías de la información |
Aplicación de los convenios SID (sistema de información aduanero) y Nápoles II |
Estados Miembros |
En curso |
- |
Reforzar la cooperación de los servicios represivos en la lucha contra el contrabando |
- |
- |
Italia prepara una iniciativa referente al contrabando |
|
Fomentar la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia transnacional organizada |
Adopción y ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia transnacional organizada y de los protocolos adicionales |
Consejo/Estados Miembros/Comisión |
Finales 2000 para firma |
La firma del Convenio y sus protocolos se realizó en Palermo en diciembre de 2000 |
Reforzar el papel de Europol para facilitar la cooperación europea en prevención y lucha contra la delincuencia, dotándolo con el apoyo y con los medios necesarios para su acción |
Extender la competencia de Europol a la lucha contra el blanqueo de dinero en general, cualquiera sea la infracción en el origen de los productos blanqueados |
Consejo, por iniciativa de un Estado miembro |
- |
Todas estas cuestiones están en estudio en el Consejo |
Examinar la posibilidad de crear una base de datos sobre las investigaciones en curso |
Europol/Consejo |
- |
- |
|
Permitir a Europol facilitar la preparación de acciones específicas de investigación realizadas por las autoridades competentes de los Estados miembros, incluidas acciones operativas de equipos comunes de investigación |
Necesidad de una decisión del Consejo a tal efecto |
Abril 2004, sin demora para algunos ámbitos |
- |
|
Adoptar medidas para permitir a Europol pedir a las autoridades competentes de los Estados miembros realizar y coordinar sus investigaciones en asuntos precisos y desarrollar competencias especializadas que pueden ponerse a disposición de los Estados miembros para ayudarlos en investigaciones sobre la delincuencia organizada |
Consejo, a iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2004 |
- |
|
Estudiar la necesidad de una revisión del convenio Europol para ampliar su campo a nuevas competencias y a la cuestión del control jurisdiccional y democrático |
Consejo/Comisión |
- |
- |
(2) En el sector de la protección de los intereses financieros de la Comunidad, el texto revisado de la Directiva sobre el blanqueo de dinero permitirá asistir a las autoridades nacionales Ver también el cuadro consagrado a la "acción específica de lucha contra el blanqueo de dinero".
3.3. Lucha contra algunas formas de delincuencia
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Adopción de un enfoque común en el conjunto de la UE sobre la delincuencia fronteriza |
Criminalización de la trata de seres humanos y de la explotación sexual de los niños, en particular la pornografía infantil en Internet |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En diciembre de 2000, la Comisión presentó una Comunicación y una propuesta de decisión marco relativas a la trata de seres humanos |
Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes por lo que se refiere al tráfico de droga |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En mayo de 2001, la Comisión presentó una propuesta de decisión marco relativa a los elementos constitutivos de delitos y penas aplicables |
|
Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes por lo que se refiere a la corrupción |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
La Comisión elabora un documento de orientación |
|
Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes por lo que se refiere a los crímenes en el ámbito del medio ambiente |
Consejo |
Abril 2001 |
Dinamarca depositó (con arreglo al artículo 34) una propuesta en enero del 2000.En marzo de 2001, la Comisión presentó una propuesta de directiva |
|
Propuesta relativa a la incriminación común del vandalismo |
Consejo, a iniciativa de un Estado miembro |
- |
En abril de 2002 se adoptó una decisión a propuesta de Bélgica |
|
Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes en lo que se refiere al racismo y la xenofobia (decisión cuadro) |
Consejo, a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un Estado miembro |
Abril de 2004 |
Depósito en junio de 2000 del segundo informe sobre la aplicación de la acción común de 15 de julio de 1996En noviembre de 2001, la Comisión presentó una propuesta de decisión marco relativa a la lucha contra el racismo y la xenofobia |
|
Definiciones comunes en cuanto a prevención y lucha contra la delincuencia en el ciberespacio, incluidas incriminaciones y sanciones comunes relativas a la delincuencia que utiliza las tecnologías avanzadas |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril de 2001 |
La Comisión elaboró en enero de 2001 una Comunicación sobre la lucha contra la delincuencia en el ciberespacio [COM(2000) 890 final]. Se presentó en abril de 2002 una propuesta de decisión marco relativa a los ataques contra los sistemas de información |
|
Adopción de un enfoque común en el conjunto de la UE sobre la delincuencia fronteriza |
Criminalización del fraude sobre los medios de pago distintos del pago al contado |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En mayo de 2001 se adoptó una decisión marco relativa a la lucha contra el fraude sobre los medios de pago |
Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes para la falsificación del euro |
El Consejo adoptará una decisión-marco seguido de medidas complementarias |
Abril 2001 |
La Comisión preparó medidas complementarias.El Consejo adoptó en diciembre de 2001 una decisión por la que se establece el programa Pericles |
|
Criminalización del fraude en los contratos públicos |
Consejo, por iniciativa de un Estado miembro |
Abril 2001 |
Alemania presentó una iniciativa en marzo de 1999 |
|
Refuerzo del marco legal para la protección de los intereses financieros de la Comunidad |
Consejo y el Parlamento Europeo a propuesta de la Comisión |
- |
La Comisión presentó en mayo de 2001 una propuesta de directiva relativa a la protección legal de los intereses financieros de la Comunidad |
3.4. Acción específica de lucha contra el blanqueo de dinero
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Confiscar los productos del delito |
Convenio (decisión marco) sobre la delincuencia financiera y el blanqueo de dinero |
Consejo, a iniciativa de Francia |
- |
- |
Medidas concretas para detectar, congelar, decomisar y confiscar los productos del delito |
- |
- |
El Consejo adopta la decisión marco 2003/577/JAI relativa a la ejecución, en la Unión Europea, de las decisiones de embargo preventivo o aseguramiento de pruebas. |
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Reforzar los conocimientos y las capacidades de lucha contra las actividades de blanqueo de dinero |
Aplicar íntegramente, incluso en todos los territorios independientes de los Estados miembros, las disposiciones de la Directiva sobre el blanqueo de dinero, el convenio de Estrasburgo de 1990 y las recomendaciones del Grupo de acción financiera sobre el blanqueo de capitales |
Estados Miembros |
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Adoptar la propuesta de Directiva que modifica la Directiva sobre el blanqueo de capitales |
Consejo y Parlamento |
Cuanto antes |
En diciembre de 2001 se adoptó una directiva sobre la prevención del uso del sistema financiero con fines de blanqueo de capitales |
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Acelerar el intercambio de informaciones entre los servicios de información financiera existentes y dotar a las autoridades judiciales y a los servicios de información financiera para recibir informaciones, cualesquiera que sean las disposiciones en cuanto a confidencialidad |
Consejo, a iniciativa de Finlandia |
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En octubre de 2000, el Consejo adoptó la decisión 2000/642/JAI sobre el intercambio de informaciones entre los servicios de información financiera |
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Deben elaborarse normas comunes con el fin de impedir el recurso a sociedades y entidades registradas fuera del territorio de la Unión para disimular y blanquear el producto de actividades delictivas |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
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Redactar un informe que recoja las disposiciones de las legislaciones nacionales en los ámbitos bancario, de las finanzas y sociedades, que suponen un obstáculo a la cooperación internacional |
Comisión |
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Extender la competencia de Europol al blanqueo de dinero en general, cualquiera que sea la infracción origen de los productos blanqueados |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
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Examen por el Consejo y por el consejo de administración de Europol |
4) CUESTIONES RELATIVAS A LA POLÍTICA DE FRONTERAS INTERIORES Y EXTERIORES DE LA UNIÓN Y DE VISADOS. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 62 DEL TRATADO CE Y CONVERSIÓN DEL ACERVO DE SCHENGEN
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Desarrollo de una política común de visados |
Reglamento relativo a los países cuyos nacionales están exentos de la obligación de visado y de los que no lo están en los Estados miembros de la Unión Europea |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
Se adoptó el Reglamento (CE) nº 539/2001 |
Procedimiento y condiciones de expedición de los visados por los Estados miembros |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
Abril 2003 |
- |
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Normas en cuanto a visado uniforme |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
- |
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Puesta a punto de las características técnicas de un modelo normalizado de visado |
- |
Medidas a corto plazo 2000-2002; medidas a largo plazo 2004 |
El Consejo adoptó en febrero de 2002 el Reglamento (CE) nº 333/2002 y el Reglamento (CE) nº 334/2002 |
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Propuesta de Reglamento sobre un visado de tránsito aeroportuario |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
Abril 2001 |
- |
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Más estrecha cooperación entre los consulados de la UE en terceros países |
Estados Miembros |
En curso |
- |
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Medidas relativas a la libre circulación en el territorio de los Estados miembros |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
Abril 2001 |
- |
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Desarrollo de una política común sobre documentos falsos |
Reforzar la seguridad de los documentos, instaurando normas mínimas para los documentos de viaje y los permisos de residencia |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
Abril 2001 |
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Facilitar la detección de los falsos documentos, proporcionar formación y el equipo correspondiente |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
En curso |
- |
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Reforzar el control en las fronteras exteriores de la Unión |
Estrecha cooperación entre los servicios de control en las fronteras de los Estados miembros, en particular, en forma de programas de intercambios y transferencia de tecnologías |
Comisión/Consejo/Estados Miembros |
Abril 2001 |
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Asociar sin demora los Estados candidatos a esta cooperación |
- |
En curso |
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Integración del acervo de Schengen |
Comunitarización del apartado 2 del artículo 2 del Convenio de Schengen (cláusula de salvaguardia que autoriza la reintroducción temporal de controles en las fronteras) |
Consejo/Comisión |
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5) CIUDADANÍA DE LA UNIÓN
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Mejorar la libre circulación y la libertad de estancia de los ciudadanos de la Unión |
Reglamento destinado a actualizar y revisar las normas sobre el derecho de entrada, circulación y estancia |
Comisión |
2001 |
En mayo del 2001 la Comisión presentó una propuesta |
Informe sobre la ciudadanía de la Unión |
Comisión |
Finales 2000 |
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6) COOPERACIÓN EN LA LUCHA CONTRA LA DROGA
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Aplicación de la estrategia antidroga de la Unión Europea (2000-04) aprobada por el Consejo Europeo de Helsinki |
Informe al Consejo Europeo sobre un plan de acción de la Unión de lucha contra la droga (2000-2004) |
El Consejo elaborará un informe |
Junio 2000 |
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Refuerzo de la cooperación con el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías y con Europol, en particular para las drogas de síntesis y los precursores |
Consejo/Comisión/Estados Miembros |
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Conferencia organizada por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la política de lucha contra las drogas (28 y 29 de febrero del 2000) |
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Puesta a punto de un método de evaluación para la estrategia antidroga de la Unión (2000-2004) |
Consejo y Parlamento, a propuesta de la Comisión |
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Definiciones, incriminaciones y sanciones comunes para el tráfico de droga |
Consejo, a propuesta de la Comisión |
Abril 2001 |
En mayo del 2001 la Comisión presentó una propuesta de decisión-marco relativa a los elementos constitutivos de infracciones penales y las sanciones aplicables |
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Desarrollo de la cooperación policial, aduanera y judicial para prevenir y combatir el tráfico de droga |
Consejo, a propuesta de la Comisión o a iniciativa de un Estado miembro |
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7) UNA ACCIÓN EXTERIOR MÁS FUERTE
Objetivo |
Acciones que deben emprenderse |
Competencia |
Calendario de adopción |
Estado actual |
Todas las competencias e instrumentos a disposición de la Unión, en especial en materia de relaciones exteriores, deben utilizarse de una manera integrada y coherente. Las cuestiones relativas a justicia e interior deben integrarse en la definición y la aplicación de otras políticas y acciones de la Unión |
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El Consejo, en estrecha cooperación con la Comisión, elaborará recomendaciones específicas |
Junio 2000 |
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Para más detalles sobre los indicadores (EN, FR) puede consultarse el sitio de la Comisión de Libertades y Derechos del Ciudadano del Parlamento Europeo.
4) medidas de aplicación
El 30 de noviembre del 2000 la Comisión presentó una comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo que contenía la actualización semestral de los indicadores para el examen de los progresos realizados para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea [COM(2000) 782 final - aún no ha sido publicada].
El 23 de mayo del 2001 la Comisión presentó una comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo que contenía la actualización semestral de los indicadores para el examen de los progresos realizados para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea [COM(2001) 278 final - aún no ha sido publicada].
El 30 de octubre del 2001 la Comisión presentó una comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo que contenía la actualización semestral de los indicadores para el examen de los progresos realizados para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea [COM(2001) 628 final - aún no ha sido publicada].
El 30 de mayo del 2002 la Comisión presentó una comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo con la actualización semestral de los indicadores para el examen de los progresos realizados para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea [COM(2002) 261 final - aún no ha sido publicada].
5) trabajos posteriores
Última modificación: 11.08.2005